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DECRETO 1 DE 1989 (Enero 5) Por el cual se reglamenta el Acuerdo 11 de 1988 y se dictan otras disposiciones EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTA, DISTRITO ESPECIAL En ejercicio de sus facultades legales y en especial de las que le confiere el Artículo 38 del Acuerdo 11 de 1988 DECRETA ARTICULO PRIMERO: Para los efectos previstos en el Acuerdo No. 11 de 1988 entiéndese por avalúo catastral Distrital, para predios formados. Para los demás predios, el avalúo catastral será el fijado por el mismo Departamento para predios no formados, con los incrementos anuales previstos por la Ley. ARTICULO SEGUNDO: Para efectos fiscales distintos a los contemplados en el Acuerdo No. 11 de 1988, el avalúo catastral, de todos los predios ubicados en el Distrito Especial de Bogotá que se tendrá en cuenta, será el vigente a 31 de Diciembre de 1988, con los incrementos anuales previstos por la Ley para los predios no formados, hasta tanto culmine en el territorio del Distrito Especial de Bogotá la totalidad del proceso de formación Catastral. ARTICULO TERCERO: Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CUMPLASE ANDRES PASTRANA ARANGO El alcalde Mayor de Bogotá
ROMULO GONZALES TRIJILLO Secretario General |