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Decreto 62 de 1989 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
01/03/1989
Fecha de Entrada en Vigencia:
06/04/1989
Medio de Publicación:
Registro Distrital 499 del 6 de abril de 1989
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 62 DE 1989

(Marzo 1)

Derogado por el art. 512, Decreto Único Sectorial 645 de 2025.

Por el cual se delega una función en el Tesorero Distrital.

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO ESPECIAL

En uso de sus atribuciones legales y en especial de las conferidas por el numeral 5 Artículo 5 de la Ley 49 de diciembre 4 de 1987.

Ver Art. 66 de Decreto 854 de 2001

DECRETA:

ARTICULO PRIMERO: Delegar en el Tesorero de Bogotá D.E., el ejercicio de la Jurisdicción coactiva para hacer efectivo el cobro puntual de las obligaciones a favor del Distrito Especial de Bogotá.

ARTICULO SEGUNDO: El Tesorero Distrital podrá comisionar a los Jueces de Ejecuciones Fiscales del Distrito, los cuales ejercerán dicha función de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 68, 79 y 252 del Código Contenciosos Administrativo y 561 y siguientes del Código de Procedimiento Civil.

ARTICULO TERCERO.- El presente Decreto a partir de la fecha de su publicación.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CUMPLASE.

Dado en Bogotá, D.E., a los 1 de Mayo de 1989

ANDRES PASTRANA ARANGO

ROMULO GONZALES TRUJILLO

El Alcalde Mayor de Bogotá

El Secretario General