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Acuerdo 378 de 2009 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
30/06/2009
Fecha de Entrada en Vigencia:
01/07/2009
Medio de Publicación:
Registro Distrital 4233 de julio 01 de 2009
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 378 DE 2009

(Junio 30)

"Por medio del cual se establecen los lineamientos generales de la Política Pública de Productividad, Competitividad y Desarrollo Socioeconómico de Bogotá, D.C."

EL HONORABLE CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

En uso de sus atribuciones constitucionales y legales en especial las que le confiere la Constitución Política de Colombia, el Decreto Ley 1421 de 1993, artículo 12, numeral 1 y demás disposiciones legales vigentes,

Ver Proyectos de Acuerdo 097, 098, 099, 100, 101, 540 de 2008 y 104 de 2009 Concejo de Bogotá, D.C. Ver el Concepto de la Sec. Desarrollo Económico 1101 de 2009

ACUERDA:

ARTICULO 1º. Objeto. El presente Acuerdo tiene como objeto establecer los lineamientos para la formulación de la Política Distrital de Productividad, Competitividad y Desarrollo Socioeconómico de Bogotá D.C., que promueva la transformación productiva, el desarrollo socioeconómico y la prosperidad colectiva de Bogotá y su integración regional.

ARTÍCULO 2º. Fines de la Política. La Política Pública de Productividad, Competitividad y Desarrollo Socioeconómico de Bogotá D.C., tendrá como fines principales la promoción del crecimiento económico y el posicionamiento competitivo de Bogotá, la creación y desarrollo de alternativas productivas, el fortalecimiento empresarial, la generación de ingresos y oportunidades de empleo y la promoción de las capacidades y potencialidades de las personas, para el mejoramiento del ambiente competitivo y la consolidación de Bogotá y la Región Capital como foco de desarrollo socioeconómico en el contexto nacional e internacional, ampliando la base de generación y distribución de la riqueza a todos los estamentos de la sociedad.

Parágrafo: Cohesión Social. En todo caso la gestión de estimulo a la política pública de Productividad, Competitividad y Desarrollo Socioeconómico, se adelantará bajo los principios de la cohesión e inclusión social, el desarrollo integral y sustentable, la perspectiva de derechos y la preservación y conservación del patrimonio natural.

ARTÍCULO 3º. Criterios generales para la formulación de la Política. La formulación de la Política Pública de Productividad, Competitividad y Desarrollo Socioeconómico para Bogotá, tendrá como criterios generales los siguientes:

3.1. Equidad y Democratización de oportunidades productivas. Desde la Política Pública de Productividad, Competitividad y Desarrollo Socioeconómico se promoverán acciones que procuren el acceso de todas las personas a las condiciones que permitan garantizar sus derechos económicos fundamentales.

3.2. Desarrollo territorial. El Desarrollo de las actividades de la Política Distrital de Productividad, Competitividad y Desarrollo Socioeconómico debe adelantarse en consonancia con los Planes de Desarrollo, de Ordenamiento Territorial, el Plan de Gestión Ambiental, el Plan Distrital de Agua y el Enfoque Regional.

3.3. Sostenibilidad ambiental. Para la productividad y la competitividad se orientarán políticas y ejecutarán planes, programas, proyectos y acciones de manera articulada e integral, con un horizonte a largo plazo, sin deteriorar la base de recursos naturales renovables y el ambiente, amparando el derecho de las generaciones futuras a utilizarlo para la satisfacción de sus propias necesidades.

3.4. Priorización de sectores. La política se construirá con base en la identificación y priorización de sectores productivos de acuerdo con su capacidad de generación de empleo productivo, la dinámica de la demanda interna y externa que enfrentan y la generación de valor agregado.

3.5. Participación. La política pública, en su papel de definir el derrotero de desenvolvimiento productivo de la ciudad, debe contener y ser la expresión de convenios estratégicos entre los sectores público y privado, mujeres, gremios, organizaciones sociales, academia, asociaciones profesionales, grupos de interés y ciudadanía, acerca de la visión de ciudad que se pretende alcanzar y de los sectores prioritarios que pueden constituir el motor de su desarrollo.

3.6. Trabajo interinstitucional. Las entidades y sectores cuyas funciones tengan relación con el desarrollo de la Política Distrital de Productividad y Competitividad en la ciudad, deben garantizar la coordinación y articulación necesarias para la formulación y puesta en marcha de las acciones derivadas de la política, orientadas a garantizar el éxito de sus resultados y de su aplicación.

3.7. Cooperación internacional. Se estimularán y articularán programas de apoyo internacional al desarrollo de la Política Distrital de Productividad y Competitividad y desarrollo socioeconómico de Bogotá, D.C.

3.8. Evaluación y seguimiento. Se deben garantizar la generación de información y el establecimiento de herramientas de seguimiento y evaluación que fortalezcan la Política Distrital de Productividad, Competitividad y Desarrollo Socioeconómico.

ARTÍCULO 4º. Lineamientos generales. La Secretaría Distrital de Desarrollo Económico formulará la Política Pública derivada del presente Acuerdo, a partir de los siguientes lineamientos:

4.1. Promoción, fomento y fortalecimiento productivo y empresarial.

4.2. Desarrollo y fortalecimiento de redes empresariales que faciliten el emprendimiento, la innovación y la ampliación del valor agregado en los procesos productivos, y además promuevan la generación de empleos de calidad, aprovechando y dinamizando las potencialidades del mercado regional y nacional, así como del mercado externo.

4.3. Apoyo a la ampliación y diversificación de mercados para las empresas o sectores que tienen el potencial de ser competitivos en el comercio regional, nacional e internacional.

4.4. Gestión para la atracción de inversión nacional y extranjera.

4.5. Promoción de la investigación, la ciencia, la tecnología y la innovación, como instrumento del desarrollo, en el marco de la Política y el Plan Distrital de Ciencia, Tecnología e Innovación y promoción de su aplicación a los procesos de producción de bienes y servicios.

4.6. Promoción de la capacidad y competencia del capital humano y de la fuerza laboral mediante la articulación de los sistemas educativo, tanto a nivel de la educación básica como de la superior, y de formación para el trabajo, con el sistema productivo, con base en la identificación de nichos estratégicos de crecimiento y oportunidades del entorno nacional e internacional.

4.7. Promoción de oportunidades de acceso al financiamiento y democratización del crédito. Especialmente para la población que ha estado marginada de estos servicios por sus particulares condiciones sociales y económicas.

4.8. Gestión para la optimización de procesos y simplificación de trámites para hacer negocios, apertura de empresas, registro de propiedad comercial y accesos a Políticas Públicas Distritales.

4.9. Promoción del uso y apropiación de tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC) y su aplicación a la producción de bienes y servicios.

4.10. Establecimiento de mecanismos de coordinación y articulación para la solución de las deficiencias en materia de infraestructura y logística que le restan competitividad y eficiencia a la ciudad.

4.11. Promoción de estrategias para desarrollar actividades productivas en las zonas rurales de Bogotá, rentables frente a los mercados y ambiental y socialmente sostenibles, que mejoren los ingresos de sus habitantes.

4.12. Se incentivará a través de instrumentos económicos, financieros y regulatorios, la producción limpia y el uso de energías que minimicen los residuos y reduzcan las emisiones contaminantes.

4.13. Apoyo a la democratización económica y tecnológica, al mercado social y solidario, al desarrollo participativo y autogestionario, al consumo responsable, a la producción limpia, a las finanzas solidarias, a la equidad y construcción de sinergias, al comercio justo, al fortalecimiento de la pequeña y mediana empresa, a las redes de economía solidaria, al fortalecimiento de los procesos asociativos, a la inserción económica de la economía informal y de las personas en riesgo de exclusión.

4.14. Adelantar acciones para incrementar la formalización empresarial y laboral.

ARTICULO  5º. Responsables institucionales. La entidad responsable de formular la política pública de que trata este Acuerdo es la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, la cual realizará las acciones necesarias para garantizar su discusión participativa, los consensos fundamentales y los acuerdos y alianzas necesarios para su implementación, a partir de los diversos escenarios institucionales en los que participa a nivel de las instituciones distritales, de los escenarios público –privados y regionales.

ARTICULO 6º. Las acciones previstas en el presente Acuerdo, serán ejecutadas con cargo a los presupuestos aprobados, en el marco de los planes de desarrollo económico y social vigentes en cada periodo constitucional.

ARTICULO 7º. Vigencia y Plazos. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

SOLEDAD TAMAYO TAMAYO

ROSA ELENA MORALES MENESES

Presidenta

Secretaria General

SAMUEL MORENO ROJAS

Alcalde Mayor de Bogotá, D. C.

30 de Junio de 2009