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DECRETO 939 DE 2000 (Octubre 27) Por el cual se adopta el Plano de Sectores Normativos Urbanos. EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. En ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 38 - numerales 1°, 4° y 20 - del Decreto Ley 1421 de 1993 y 323 del Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá D.C. (Decreto 619 de 2000) y, CONSIDERANDO: Que el artículo 323 - Parágrafo 1. - del Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá ordena a la Administración Distrital adoptar el Plano de Sectores Normativos Urbanos de la ciudad, mediante Decreto y en un término de tres (3) meses contados a partir de la vigencia de dicho Plan. Que el Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá, comenzó a regir a partir del 28 de julio de 2000, fecha en la cual fue publicado en el Registro Distrital No. 2197. Que corresponde a este despacho dar cumplimiento a la norma anterior, por cuanto el Alcalde Mayor es el jefe del Gobierno y de la Administración Distrital (Artículo 35 del Decreto Ley 1421 de 1993). DECRETA: ARTÍCULO 1°.- Adoptar el Plano anexo de Sectores Normativos Urbanos, el cual forma parte del presente Decreto. ARTÍCULO 2°.- Este Decreto comenzará a regir a partir de su publicación en la Gaceta de Urbanismo y Construcción. Dado en Bogotá, D.C., a los veintisiete (27) días del mes de octubre del año dos mil (2000). PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO Alcalde Mayor de Bogotá D.C. CLEMENCIA ESCALLÓN GARTNER Directora (E) Departamento Administrativo de Planeación Distrital. |