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DECRETO 250 DE 2000 (Abril 4 ) Derogado por el art. 5, Decreto Distrital 598 de 2007 Por el cual se modifica el artículo 2° y se deroga el artículo 4° del Decreto 197 del 2000. EL ALCALDE MAYOR DE SANTA FE DE BOGOTÁ, D.C. En ejercicio de las facultades que le confieren los numerales 3 y 4 del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, CONSIDERANDO: Que con el fin de obtener una adecuada integración de los diferentes espacios y construcciones que integran el parque «El Tunal», es conveniente modificar los índices de ocupación de las instalaciones necesarias para el desarrollo de los usos complementarios de las actividades correspondientes a dicho parque.Que tales índices de ocupación están previstos en el numeral 2.2 del artículo 2°. del Decreto 197 del 2000. DECRETA: ARTÍCULO 1o.- Modificar el numeral 2.2., ÍNDlCES DE OCUPAClÓN, del artículo 2°. del Decreto 197 del 2000, el cual quedará de la siguiente manera: «2.2. ÍNDICES DE OCUPACIÓN. Las instalaciones requeridas para el desarrollo de las actividades asignadas no podrán ocupar más del veinticinco por ciento (25%) del área total del predio a nivel del terreno. Hasta el setenta por ciento (70%) del área total del predio se adecuará como zonas duras, tales como plazoletas, plazas, andenes, vías y parqueaderos. Como mínimo el quince por ciento (15%) del área total del predio se destinará a espacios abiertos arborizados». ARTÍCULO 2o.- Derogar el artículo 4°. del Decreto 197 del 2000. ARTÍCULO 3o.- Vigencia. El presente Decreto rige a parar de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que lo sean contrarias. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C., a los cuatro (4) días del mes de abril del año dos mil (2000).
ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO, Alcalde Mayor. MARÍA CAROLINA BARCO DE BOTERO, Directora Departamento Administrativo de Planeación Distrital. NOTA: Publicado en el Registro Distrital 2121 de 4 de abril de 2000 |