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ACUERDO 0033 DE 1967 (16 de junio Por el cual se autoriza la construcción de terminales de vehículos automotores. El Concejo del Distrito Especial de Bogotá, ACUERDA: Artículo 1º. Autorizase al Alcalde Mayor del Distrito Especial de Bogotá para contratar empréstitos internos o externos, con el fin de realizar los estudios, compras de terrenos y la construcción de una o varias terminales de vehículos automotores, destinados al servicio intermunicipal e interdepartamental de pasajero, de acuerdo con el concepto del Departamento de Planificación. Igualmente el Alcalde Mayor del Distrito Especial de Bogotá queda autorizado para efectuar las apropiaciones y traslados presupuestales que sean necesarios en desarrollo del inciso anterior. Artículo 2º. Facúltase al Alcalde Mayor del Distrito Especial de Bogotá y en desarrollo del presente Acuerdo, para vender por propiedad horizontal a los respectivos interesados, de acuerdo con la reglamentación que sobre el particular se dicte, los locales y oficinas destinadas al fin propuesto. Asimismo, si es el caso, para arrendar para fundar una sociedad mixta, para dar en concesión, para buscar financiación con compañías petroleras o afines al objetivo deseado, para adelantar y llevar a cabo hasta su terminación, la o las terminales de que habla el artículo anterior, con firmas constructoras, inversionistas y demás interesados. Artículo 3º. Este Acuerdo rige desde su sanción. Dado en el Distrito Especial de Bogotá, a 1º. De junio de 1967. El presidente, SANTIAGO VALDERAMA. . El Secretario, Alvaro Ramírez Castaño. Alcaldía Mayor del Distrito Especial de Bogotá Junio 16 de 1967 Publíquese y ejecútese. VIRGILIO BARCO, Alcalde Mayor. . El Secretario de Hacienda, Julio César Sánchez. . El Recetario de Tránsito y Transportes, Mayor (r) Santiago Barriga |