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RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA 5 DE 2008 (Febrero 29) Derogada por el art. 4, Resolución Contraloría Distrital 024 de 2010 “Por la cual se modifican los documentos y procedimientos del Proceso de Prestación de Servicio de Responsabilidad Fiscal y Jurisdicción Coactiva de la Contraloría de Bogotá D. C.” EL CONTRALOR DE BOGOTÁ D. C. En ejercicio de sus atribuciones legales y en especial las que le confiere el artículo 10 del Acuerdo 24 de 2001; y CONSIDERANDO: De conformidad con los literales b) y l) del artículo 4 de la Ley 87 de 1993 “Por la cual se establecen normas para el ejercicio de control interno en las entidades y organismos del Estado y se dictan otras disposiciones”, se deben implementar como elementos del sistema de control interno institucional la definición de políticas como guías de acción y procedimientos para la ejecución de procesos, así como, la simplificación y actualización de normas y procedimientos. El artículo 10 del Acuerdo 24 de 2001 del Concejo de Bogotá, D.C., ”Por el cual se organiza la Contraloría de Bogotá D.C., se determinan las funciones por dependencias, se fijan los principios generales inherentes a su organización y funcionamiento y se dictan otras disposiciones”, fija la estructura organizacional de la Contraloría de Bogotá, D.C. y faculta al Contralor de Bogotá D.C., para establecer y reglamentar la organización interna, la forma de ejercer las funciones a su cargo y el funcionamiento de la Entidad, en armonía con los principios consagrados en la Constitución, la ley y los acuerdos. De conformidad con el artículo 58 del Acuerdo 24 de 2001, corresponde a la Dirección de Responsabilidad Fiscal y Jurisdicción Coactiva “definir las políticas e impartir las directrices generales sobre Indagaciones Preliminares y Procesos de Responsabilidad Fiscal y Jurisdicción Coactiva que debe desarrollar la Contraloría de Bogotá D.C.” El numeral 13 del artículo 42 ibídem, consagra como una de las funciones de la Dirección de Planeación, “elaborar y actualizar el Manual de Procedimientos de la Contraloría en coordinación con las demás dependencias”. La racionalización de los trámites, métodos y procedimientos se constituye en una herramienta fundamental del Sistema de Gestión de la Calidad, coadyuvando a la optimización y eficiencia de la función pública, al facilitar el cumplimiento de los cometidos institucionales, la delimitación de responsabilidades, la inducción del empleado en su puesto de trabajo, la definición de controles internos y el desarrollo de los sistemas de información en los procesos misionales y administrativos de la Entidad. Que el requisito “4.2.2 Manual de la Calidad”, de la Norma Técnica NTC-ISO 9001 versión 2000 y NTCGP 1000:2004, determina que la organización debe establecer y mantener un Manual de la Calidad que incluya el alcance del Sistema de Gestión de la Calidad, con los detalles y justificación de cualquier exclusión; los procedimientos y documentos establecidos para el Sistema de Gestión de la Calidad, o referencia a los mismos; descripción de la interacción entre procesos del Sistema de Gestión de la Calidad. Que en cumplimiento del Decreto 1599 de 2005, la Contraloría de Bogotá D.C., expidió la Resolución Reglamentaria 013 de 2006, mediante la cual se adoptó el Modelo Estándar de Control Interno – MECI en la Entidad, con el fin de fortalecer la estructura de control en las entidades públicas. Que el MECI contiene entre otros elementos de control del Subsistema de Control de Gestión, los procedimientos conformados por el conjunto de especificaciones, relaciones y ordenamiento de tareas requeridas para cumplir con las actividades de un proceso controlando acciones que requiere la operación de la Contraloría de Bogotá D.C., y el Manual de procedimientos como una guía de uso individual y colectivo que permite el conocimiento de la forma como se ejecuta o desarrolla su función administrativa, propiciando la realización del trabajo bajo un lenguaje común a todos los servidores públicos. Que el objetivo del Sistema de Gestión de Calidad es el de implementar acciones correctivas y preventivas para mejorar continuamente el desempeño de los procesos, con el fi n de aumentar la satisfacción de los clientes y de las partes interesadas. Que los instrumentos de medición de la gestión y resultados desarrollados al interior de la Contraloría de Bogotá D.C., como: el Plan Operativo Anual (POA) y Sistema de medición de resultados (SIMER) fueron sustituidos por el Plan de Actividades y Sistema de Medición de la Gestión de la Contraloría de Bogotá D.C, mediante Resolución Reglamentaria 017 de agosto 2 de 2006. Que el gobierno nacional promulgó la Ley 1066 de 2006 para la normalización de la cartera pública, estableciendo para todas las entidades públicas que de manera permanente tiene a su cargo el recaudo de rentas o caudales públicos, la obligación de expedir un reglamento interno para el recaudo de cartera. Que así mismo, el gobierno nacional reglamentó la Ley 1066 de 2006, mediante el Decreto 4473 de diciembre 15 de 2006, el cual ordena al representante legal de las entidades cobijadas por aquella norma expedir su propio reglamento interno de recaudo de cartera en los términos allí señalados. Que mediante Resolución Reglamentaria 020 del 22 de agosto de 2007, se reglamentó el recaudo interno de cartera de la Contraloría de Bogotá y como tal, se hace necesario ajustar el procedimiento respectivo. Que mediante Resolución Reglamentaria 015 del 19 de abril de 2005 se implementaron y modificaron los documentos y procedimientos relacionados con el Proceso de Prestación del Servicio de Responsabilidad Fiscal y Jurisdicción Coactiva. Que con el fi n de brindar al sustanciador la posibilidad de adecuar sus providencias, se hace necesario ajustar los procedimientos y anexos, los cuales servirán como guía para la expedición de las mismas. Que en desarrollo del concepto de mejora contemplado en la Normas NTC - ISO 9001: 2000, algunos procedimientos adoptados en la citada Resolución deben ser modificados en algunos de sus apartes o en su totalidad. Que los procedimientos administrativos y formatos relacionados con el Proceso de Prestación de Servicio de Responsabilidad Fiscal y Jurisdicción Coactiva que se adoptan, fueron revisados y aprobados por las dependencias competentes, teniendo en cuenta los procedimientos adoptados en el Proceso de Gestión Documental de la Contraloría de Bogotá D.C. En mérito de lo expuesto, este Despacho; RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO.- Adoptar la nueva versión de los siguientes Documentos y Procedimientos del Proceso de Prestación de Servicio de Responsabilidad Fiscal y Jurisdicción Coactiva de la Contraloría de Bogotá D.C.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Corresponde a la Dirección de Responsabilidad Fiscal y Jurisdicción Coactiva, en coordinación con la Dirección de Planeación la actualización de los documentos y procedimientos adoptados. ARTÍCULO TERCERO.- Es responsabilidad de los Directores, Subdirectores y Jefes de Oficinas, velar por la administración y divulgación de los documentos y procedimientos reglamentados a través de la presente resolución. ARTÍCULO CUARTO.- La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial la Resolución Reglamentaria 015 del 19 de abril de 2005. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Bogotá D.C., a los veintinueve (29) días del mes de febrero de dos mil ocho (2008). MIGUEL ANGEL MORALES-RUSSI RUSSI Contralor de Bogotá D.C. |