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RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA 009 DE 2014
(Febrero 24) Derogada por el art. 4, Resolución 44 de 2016
“Por la cual se adopta un procedimiento del Proceso de Direccionamiento Estratégico de la Contraloría de Bogotá D.C. y se dictan otras disposiciones ”
EL CONTRALOR DE BOGOTÁ D.C.
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales, legales y las conferidas por el Acuerdo 519 de 2012 y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con los literales b) y l) del artículo 4 de la Ley 87 de 1993 “Por la cual se establecen normas para el ejercicio de control interno en las entidades y organismos del Estado y se dictan otras disposiciones”, se deben implementar como elementos del sistema de control interno institucional procedimientos para la ejecución de procesos y simplificación y actualización de normas y procedimientos.
Que el Modelo Estándar de Control Interno MECI, adoptado en la Contraloría de Bogotá mediante Resolución Reglamentaria Nº 013 de junio 12 de 2006, contiene entre otros elementos de control del subsistema de control de gestión, los procedimientos conformados por el conjunto de especificaciones, relaciones y ordenamiento de tareas requeridas para cumplir con las actividades de un proceso controlando acciones que requiere la operación de la Contraloría de Bogotá y el manual de procedimientos como una guía de uso individual y colectivo que permite el conocimiento de la forma como se ejecuta o desarrolla su función administrativa, propiciando la realización del trabajo bajo un lenguaje común a todos los servidores públicos.
Que el Concejo de Bogotá, D.C., expidió el Acuerdo 519 del 26 de diciembre de 2012: “Por el cual se dictan normas sobre organización y funcionamiento de la Contraloría de Bogotá, D. C., se modifica su estructura orgánica e interna, se fijan las funciones de sus dependencias, se modifica su planta de personal y se ajustan el sistema de nomenclatura y los grados de la escala salarial de la planta de personal y se dictan otras disposiciones”, que en su artículo 6º establece: “En ejercicio de su autonomía administrativa le corresponde a la Contraloría de Bogotá, D.C., definir todos los aspectos relacionados con el cumplimiento de sus funciones en armonía con los principios consagrados en la Constitución, las Leyes y en este Acuerdo”.
Que el numeral 7 del artículo 38 del precitado Acuerdo, establece como una de las funciones de la Dirección de Planeación: “Identificar y formular en coordinación con las dependencias, los proyectos de inversión de la entidad, de conformidad con los planes y programas de mediano y largo plazo, y adelantar los trámites tendientes para la programación del presupuesto de inversión” y en su numeral 9 “Realizar estudios, propuestas e investigaciones de carácter técnico sobre desarrollo administrativo, métodos de trabajo, simplificación, agilización y modernización de trámites y procedimientos y demás asuntos relacionados con la organización, tendientes al mejoramiento de la gestión y de los demás sistemas implementados en la entidad.”
Que mediante Resolución Reglamentaria No. 022 de junio 11 de 2013 “…se asignan responsabilidades y funciones para la formulación, ejecución y seguimiento de los proyectos de inversión de la Contraloría de Bogotá D.C.”, modificada por la Resolución Reglamentaria 032 del 29 de agosto de 2013.
Que para cumplir con los postulados formulados en el Plan Estratégico 2012-2015, se debe contar como instrumento de planeación con la formulación, ejecución y seguimiento de los proyectos de inversión y mantener el control, evaluación, seguimiento físico y financiero permanente sobre las actividades relacionadas con los mismos, en el marco del Decreto 449 de 1999, expedido por el Alcalde Mayor de Bogotá, que determina el seguimiento y control de los proyectos de inversión inscritos y registrados en el Banco de Programas y Proyectos de Inversión.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. Adoptar la versión 1.0 del siguiente procedimiento del Proceso de Direccionamiento Estratégico.
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Nº |
PROCEDIMIENTO |
Versión |
Código |
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1 |
Procedimiento para la formulación, actualización y seguimiento a proyectos de inversión |
1.0 |
01010 |
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ARTÍCULO SEGUNDO. Es responsabilidad de la Dirección de Planeación gestionar la simplificación, agilización y modernización del procedimiento que se adopta, para garantizar el mejoramiento de la gestión y del sistema integrado de gestión en la Entidad.
ARTÍCULO TERCERO. Es responsabilidad de los Directores, Subdirectores, Jefes de Oficinas y Gerentes, velar por la administración y divulgación del documento adoptado.
ARTÍCULO CUARTO. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D. C., a los veinticuatro (24) días del mes de febrero de dos mil catorce (2014).
DIEGO ARDILA MEDINA
Contralor de Bogotá D.C.
NOTA: Publicada en el Registro Distrital 5305 de febrero 25 de 2014
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PROCEDIMIENTO PARA LA FORMULACION,
ACTUALIZACION Y SEGUIMIENTO A PROYECTOS DE INVERSIÓN |
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Código documento:01010 |
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Código formato: 07001002 |
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Versión:1.0 |
FECHA: Enero 20 de 2014
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Aprobó elaboración o modificación |
Revisión técnica |
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Firma: |
Firma: |
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Nombre: Ligia Inés Botero Mejía |
Nombre: Juan Pablo Contreras Lizarazo |
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Cargo: Contralora Auxiliar |
Cargo:
Director Técnico – Dirección de Planeación |
1. OBJETIVO:
Estandarizar las actividades que deben desarrollarse para la programación y seguimiento de los proyectos de inversión en la Contraloría de Bogotá.
2. ALCANCE:
Este procedimiento inicia con la identificación de necesidades en materia de inversión y finaliza con el seguimiento periódico con el fin de que se cumplan los objetivos y metas formuladas.
3. BASE LEGAL: VER NORMOGRAMA
4. DEFINICIONES:
Proyecto de Inversión: Conjunto de acciones corporativas que se ejecutan en un periodo de tiempo determinado, que cumplen un objetivo de desarrollo específico y que están diseñadas para lograr productos o beneficios en términos del aumento de la productividad institucional y/o el mejoramiento de la calidad de vida de la comunidad.
Plan Estratégico Institucional: Documentos que contiene las estrategias, los objetivos estratégicos, los ejes estratégicos, la misión, la visión, la política de calidad, los focos estratégicos y en general los escenarios futuros que la entidad se ha trazado para un período determinado.
Balance Social: Es el demostrativo de las acciones ejecutadas en la atención de problemas sociales identificados y los cambios logrados en el mismo.
Armonización: se entiende por armonizar el proceso mediante el cual se ajusta el Presupuesto Anual, en ejecución, al nuevo Plan de Desarrollo aprobado para el período Constitucional correspondiente.
PMR: El componente Productos, Metas y Resultados (P.M.R.), cuantifica los productos (bienes y servicios) que ofrece la Entidad; los relaciona con las metas con las cuales la Contraloría de Bogotá se ha comprometido y finalmente, compara esas metas con los resultados alcanzados al final de una vigencia.
5. ANEXOS:
Estructura documento formulación proyectos de inversión (Anexo No. 1)
Formato seguimiento (Anexo No. 2)
Matriz de Formulación (Anexo No. 3)
Formato CB-0021-Balance Social (Anexo No. 4)
6. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO
6.1. FORMULACIÓN DE LOS PROYECTOS DE INVERSIÓN
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No. |
RESPONSABLE |
ACTIVIDAD |
REGISTROS |
PUNTO DE CONTROL
/OBSERVACIONES |
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1. |
Contralor – Contralor Auxiliar – Director Administrativo - Director Técnico de Planeación – Director Técnico de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. |
Identifica las necesidades en materia de inversión para la Contraloría de Bogotá. |
Acta de reunión |
Punto de Control:
Las necesidades identificadas de inversión deben estar alineadas con el Plan Estratégico de la Contraloría de Bogotá. |
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2. |
Contralor – Contralor Auxiliar. |
Designa los Gerentes de Proyecto.
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Acto Administrativo |
Punto de Control:
Si las necesidades identificadas involucran más de un proceso, bajo el modelo de operación por procesos de la Contraloría de Bogotá, D.C., se aplicará lo establecido en la Resolución Reglamentaria 022 de 2013. |
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3. |
Gerente de Proyecto / Responsable de Meta de Proyecto/ Director Técnico de Planeación / Profesional Universitario o Especializado de Planeación. |
Realiza la formulación del proyecto de inversión en coordinación con la Dirección de Planeación. |
Documento de Formulación |
Punto de Control:
La formulación del proyecto de inversión debe cumplir con los lineamientos y metodología dada por la Secretaría Distrital de Planeación y la Secretaría Distrital de Hacienda.
Observación
El documento de formulación debe contener los parámetros establecidos en el Anexo No.1.
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4. |
Profesional Universitario o Especializado – Dirección de Planeación. |
Elabora la matriz de formulación. (Anexo 3) |
Matriz de Formulación |
Punto de Control:
La matriz de formulación debe contener los puntos de inversión de cada meta, el presupuesto asociado a cada uno de ellos y las vigencias en las cuales serán ejecutados. |
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5. |
Director Técnico – Dirección de Planeación. |
Emite el concepto de viabilidad favorable y entrega a Profesional Universitario o Especializado de la Dirección. |
Concepto de viabilidad |
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6. |
Profesional Universitario o Especializado -Dirección de Planeación. |
Recibe el documento de formulación y/o actualización de los proyectos de inversión con concepto de viabilidad favorable y los registra en el aplicativo SEGPLAN.
Genera la Ficha EBI-D.
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Ficha Técnica (Estadísticas Básicas de Inversión Distrital) |
Punto de Control:
La ficha EBI-D debe guardar consistencia y coherencia con el documento de formulación
Observaciónes:
- En la Dirección de Planeación reposa el original del documento de Formulación de los proyectos de inversión.
- El Secretario de Planeación Distrital certifica los proyectos de inversión y los deja registrados en el Banco de Programas y Proyectos de la Secretaría Distrital de Planeación. |
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7. |
Director Técnico – Dirección de Planeación. |
Comunica vía Sigespro al Gerente de Proyecto y/o responsable de meta la Ficha EBI-D registrada en el aplicativo SEGPLAN. |
Memorando |
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8. |
Director Técnico de Planeación (Gerente estratégico de los proyectos de inversión) - Gerente de Proyecto. |
Convoca, a cada responsable de meta, a mesa de trabajo con el fin de revisar el porcentaje de avance físico y financiero de cada una de las metas del proyecto de inversión.
De ser necesario realiza la actualización del documento de formulación del proyecto de inversión.
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Acta de mesa de trabajo.
Reporte de seguimiento – Formato de Seguimiento (Anexo No. 2).
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Punto de Control:
De requerirse actualización del proyecto de inversión debe estar justificado técnicamente.
Observación:
Las mesas de trabajo se realizaran cuando el Gerente estratégico de los proyectos de inversión ó Gerente de Proyecto lo estime conveniente. Como mínimo debe realizarse mesa de trabajo cada tres meses. |
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9. |
Director Técnico de Planeación (Gerente estratégico de los proyectos de inversión) - Gerente de Proyecto-Responsable de Meta. |
Remite vía SIGESPRO a la Dirección de Planeación el seguimiento en los términos y fechas establecidas.
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Reporte de seguimiento - Formato CB-0021- Balance Social
(Anexo No. 4)
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Observación:
Al finalizar la vigencia (Cuarto trimestre), el Responsable de meta de proyecto debe reportar la evaluación del Balance Social del proyecto de Inversión de acuerdo con la metodología vigente, para los proyectos en que aplique dicho reporte. |
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10. |
Profesional Universitario o Especializado, de la Dirección de Planeación. |
Verifica que el seguimiento reportado sea consistente con la programación realizada en la Matriz de Formulación y acorde con la ejecución presupuestal registrada en PREDIS.
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Observación:
Los seguimientos reportados por los responsables de meta deben ser consolidados en un único documento por cada proyecto de inversión. |
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11. |
Dirección de Planeación. |
Reporta el seguimiento a la ejecución física y financiera de los proyectos en la base de datos.
Verifica que no se generen inconsistencias. |
Registros de informes del SEGPLAN |
Observación:
La Secretaría Distrital de Planeación realiza seguimiento trimestral a los proyectos de la Contraloría de Bogotá.
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12. |
Director Técnico – Dirección de Planeación. |
Remite a la Secretaría Distrital de Planeación, vía Outlook, el correo de validación de la información reportada. |
Correo electrónico |
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6.2 ARMONIZACIÓN DE LOS PROYECTOS DE INVERSIÓN
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No. |
RESPONSABLE |
ACTIVIDAD |
REGISTROS |
PUNTO DE CONTROL
/OBSERVACIONES |
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1. |
Contralor de Bogotá / Contralor Auxiliar |
Recibe de la Secretaria Distrital de Hacienda y de la Secretaría Distrital de Planeación los lineamientos para realizar el proceso de Armonización. |
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Observación:
El proceso de armonización presupuestal se realizará una vez se haya expedido el Plan de Desarrollo. |
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2. |
Director Técnico de Planeación (Gerente estratégico de los proyectos de inversión) - Gerente de Proyecto / Responsable de meta |
Revisa los proyectos inscritos y/o registrados en el Banco Distrital de Programas y Proyectos.
De esta revisión, se definirá cuáles proyectos deben continuar o se suspenderán, así mismo, se debe determinar la necesidad de formular nuevos proyectos de inversión.
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Observación:
Los proyectos de inversión deben estar alineados con el Plan de Desarrollo vigente y con el Plan Estratégico de la Contraloría de Bogotá.
Punto de Control:
Para aquellos proyectos de inversión que continúan, es preciso realizar la actualización de su formulación para que sus objetivos y metas sean consistentes con los compromisos del nuevo plan estratégico del Contralor de Bogotá.
En caso de formular un nuevo proyecto de inversión debe remitirse al numeral 6.1 FORMULACIÓN DE LOS PROYECTOS DE INVERSIÓN |
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3. |
Director Técnico de Planeación /
Profesional de la Dirección de Planeación. |
Realiza la armonización presupuestal y de metas de los proyectos de inversión de la Contraloría de Bogotá.
Emite concepto de viabilidad técnica. |
Documento de
Justificación |
Observación:
El documento debe contener como mínimo: partidas a contra acreditar, partidas a acreditar, metas que se armonizan. |
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4. |
Director Técnico de Planeación. |
Remite al Subdirector Financiero el documento de Armonización presupuestal. |
Memorando |
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5. |
Subdirector Financiero |
Proyecta Resolución por la cual se efectúan modificaciones en el presupuesto de Inversión.
Proyecta solicitud de concepto favorable de Armonización presupuestal para firma del Señor Contralor |
Proyecto de Resolución y Oficio |
Punto de Control:
Las modificaciones presupuestales se realizarán de acuerdo con el procedimiento establecido en las Circulares emitidas por la Secretaria Distrital de Hacienda y Secretaria Distrital de Planeación, el Manual Operativo de Programación, Ejecución y Cierre Presupuestal de la Secretaría Distrital de Hacienda. |
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6. |
Contralor de Bogotá |
Remite a la Secretaría Distrial de Planeación solicitud de concepto favorable anexando los siguientes documentos:
Justificación técnica y económica.
Formato de armonización (cuadro de fuentes).
Copia de los actos administrativos de armonización. |
Oficio |
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6.3. FORMULACION Y REPORTE PRODUCTOS, METAS Y RESULTADOS, (PMR).
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No. |
RESPONSABLE |
ACTIVIDAD |
REGISTROS |
PUNTO DE CONTROL
/OBSERVACIONES |
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1. |
Contralor de Bogotá / Contralor Auxiliar/ Director Técnico de Planeación. |
Ajusta los productos institucionales, teniendo en cuenta los nuevos proyectos de inversión y el Plan Estratégico vigente de la Contraloría de Bogotá. |
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Observación:
Se pueden presentar tres situaciones:
Continuidad en los productos existentes, para lo cual, se deben definir las metas y líneas base de los productos institucionales.
* Creación de nuevos productos. Para lo cual la Dirección Planeación debe describir y definir los indicadores, con sus respectivas metas y línea base.
*Supresión de productos: La Dirección de Planeación debe precisar el valor alcanzado hasta la entrada en vigencia del nuevo Plan Estratégico. |
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2. |
Profesional de la Dirección de Planeación. |
Realiza la programación de los indicadores de objetivo y de producto, y formula:
* Meta Anual: Valor que se espera alcanzar en la respectiva vigencia.
* Meta Plan: Valor que se espera alcanzar durante el Plan Estratégico.
* Línea Base: Valor a partir del cual se empieza a realizar la medición del indicador.
Registra la información en el sistema PREDIS. |
Registro en sistema PREDIS |
Punto de Control:
Se debe seguir la metodología establecida en el Manual Operativo de Programación, Ejecución y Cierre Presupuestal de la Secretaría Distrital de Hacienda. |
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3. |
Subdirector Financiero. |
Reporta mensualmente a la Dirección de Planeación la ejecución presupuestal de la Contraloria de Bogotá registrada en el sistema PREDIS. |
Ejecución Presupuestal |
Observación:
El reporte de la Ejecución presupuestal debe contener la Unidad Ejecutora 1 y 2. |
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4. |
Profesional Dirección de Planeación. |
Diligencia el resultado de los indicadores y la ejecución presupuestal asociada a cada producto en archivo Excel.
Remite al Director Técnico de Planeación. |
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Observación:
La ejecución presupuestal reportada en PMR corresponde a los
Giros acumulados a la fecha de seguimiento.
El seguimiento se realiza mensualmente en las fechas establecidas por la Auditoria Fiscal. |
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5. |
Director Técnico de Planeación. |
Revisa la información y coloca visto bueno.
Remite en medio físico el informe de resultados a la Oficina de Control Interno y en medio magnético a la Dirección de TIC’s. |
Informe de resultados PMR
Memorando
Comunicado Outlook |
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6. |
Técnico Dirección de Planeación. |
Reporta en el Sistema Predis la información.
Genera el reporte de inconsistencias, en caso de existir comunica al Profesional de la Dirección de Planeación.
Si no se generan inconsitencias reporta por Outlook al Director Técnico de Planeación y al Profesional de Planeación que el reporte se realizó y no se generaron inconsistencias. |
Comunicado Outlook |
Punto de Control:
Cada vez que se reporte la información se debe generar el reporte de inconsistencias.
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7. |
Profesional Dirección de Planeación. |
Verifica las inconsistencias generadas y corrige. Regresa a la actividad 6. |
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7. ANEXOS
ANEXO No. 1
ESTRUCTURA DOCUMENTO FORMULACIÓN PROYECTOS DE INVERSIÓN
PROYECTO DE INVERSIÓN
(Nombre del Proyecto de Inversión)
1. Diagnóstico
Con base en el diagnóstico se formularán proyectos para solucionar el problema o satisfacer la necesidad. El diagnóstico debe responder las siguientes preguntas:
· ¿Cuál es la situación observada?
· ¿Cuáles son sus causas?
· ¿Cuáles son sus efectos?
· ¿A quiénes afecta?
· ¿Dónde se presenta?
· ¿Se valoraron los aportes de la ciudadanía en la formulación del proyecto?
La respuesta a cada uno de estos interrogantes permite la caracterización de la situación observada. Situación que puede ser sintetizada mediante la construcción de una línea de base.
2. Justificación
Una vez el problema o necesidad ha sido diagnosticado, se debe elaborar una justificación, a partir de la magnitud de la situación observada y los efectos que se generan. Ésta debe responder la pregunta ¿por qué es importante resolver el problema o atender la necesidad identificada?
3. Objetivos
Los objetivos plantean la situación que se desea alcanzar mediante la solución del problema identificado y deben ser el resultado del balance del diagnóstico y de las decisiones que se tomen para atacar el problema. Dichos objetivos deben definirse en forma clara y estratégica, en términos de los efectos y/o impactos que se desea lograr. En su identificación se deben considerar los beneficios y/o transformaciones que el proyecto generaría en la comunidad y en la Contraloría de Bogotá.
4. Planteamiento selección de alternativas
A partir del análisis del problema, sus causas y efectos y de los objetivos planteados, se deben plantear inicialmente todas las posibles alternativas que den solución al problema identificado. Es importante que las diferentes alternativas sean coherentes y pertinentes con la situación deseada, de forma tal que se pueda realizar su comparación.
A partir de la información recopilada en los diferentes estudios se debe realizar la selección de la alternativa a implementar. La alternativa seleccionada no debe tener restricción alguna y debe ser la que tiene la mejor relación beneficio-costo.
Nota: se recomienda utilizar la metodología de Marco Lógico para la elaboración de objetivos y planteamiento de alternativas.
5. Análisis de Riesgos
Para cada una de las alternativas seleccionadas se debe realizar un análisis de los riesgos asociados. Para lo cual se implementará la metodología aprobada por la Contraloria de Bogotá dentro del SIG.
6. Metas del Proyecto
Las metas del proyecto consisten en el conjunto de resultados concretos, medibles, realizables y verificables que se esperan obtener en un tiempo señalado. Las metas deben establecerse en términos de resultado o productos.
Cada meta debe tener asociado los puntos de inversión específicos, es decir aquellas actividades, elementos ó equipos que se contratarán para el cumplimiento de la meta durante el tiempo de duración del proyecto de inversión.
Nota: Se debe seguir el Manual para la administración, y operación del Banco Distrital de Programas y Proyectos de la Secretaría Distrital de Planeación.
7. Balance Social
Se analiza la información referente a la gestión a realizar durante la ejecución del proyecto de inversión, a fin de determinar si genera o no impacto frente a problemáticas sociales, en caso de generar dicho impacto se debe focalizar la población objetivo beneficiada, el problema social atendido, establecer las actividades a ejecutar al respecto y el presupuesto asignado, para cada vigencia fiscal.
8. Financiamiento del Proyecto
Se discrimina el flujo presupuestal del proyecto para cada meta discriminando por: vigencia, componente y punto de inversión.
ANEXO 2
FORMATO DE SEGUIMIENTO
ANEXO 3
MATRIZ DE FORMULACION
ANEXO No. 4
FORMATO CB-0021- BALANCE SOCIAL
8. CONTROL DE CAMBIOS
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VERSIÓN |
Nº DEL ACTO ADMINISTRATIVO QUE LO ADOPTA Y FECHA |
NATURALEZA DEL CAMBIO |
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1.0
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