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Decreto Local 3 de 2015 Alcaldía Local de Santa Fe

Fecha de Expedición:
14/04/2015
Fecha de Entrada en Vigencia:
19/05/2015
Medio de Publicación:
Registro Distrital 5595 de mayo 19 de 2015
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 003 DE 2015

 

(Abril 14)

 

“Por el cual se conforma el Comité de Participación Comunitaria en Salud “COPACOS” de la Localidad tercera de Santa Fe”

 

EL ALCALDE LOCAL DE SANTA FE

 

El Alcalde Local de Santa Fe, en uso de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el numeral 1° del artículo 7°  capítulo III del  Decreto 1757 de 1994,  y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 49 de la Constitución Política modificado por el por el Acto Legislativo No 02 de 2009, preceptúa que: “La atención de la salud y el saneamiento ambiental son servicios públicos a cargo del Estado. Se garantiza a todas las personas el acceso a los servicios de promoción, protección y recuperación de la salud. Corresponde al Estado organizar, dirigir y reglamentar la prestación de servicios de salud a los habitantes y de saneamiento ambiental conforme a los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad. También, establecer las políticas para la prestación de servicios de salud por entidades privadas, y ejercer su vigilancia y control. Así mismo, establecer las competencias de la Nación, las entidades territoriales y los particulares y determinar los aportes a su cargo en los términos y condiciones señalados en la ley…”

 

Que el inciso segundo del artículo 103 de la Constitución Política establece que: “El Estado contribuirá a la organización, promoción y capacitación de las asociaciones profesionales, cívicas, sindicales, comunitarias, juveniles, benéficas o de utilidad común no gubernamentales, sin detrimento de su autonomía con el objeto de que constituyan mecanismos democráticos de representación en las diferentes instancias de participación, concertación, control y vigilancia de la gestión pública que se establezcan.”

 

Que el gobierno nacional expidió el Decreto 1757 de 1994 por el cual se organizan y se establecen las modalidades y formas de participación social en la prestación de servicios de salud, conforme a lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 4 del Decreto-ley 1298 de 1994.

 

Que sean (sic) realizado las reuniones contempladas en los literales a, c, d, e, f del artículo 7º numeral 4º del Decreto 1757 de 1994

 

Que de conformidad con lo establecido en el Artículo del Decreto 1757 de 1994, el día 17 de noviembre de 1999 se conformó el Comité de Participación Comunitaria de la Localidad Santa Fe, con el propósito de incentivar la participación comunitaria.  

 

Que se hace necesario conformar el Comité de Participación Comunitaria en Salud “COPACOS” de la Localidad tercera de Santa Fe.

 

En mérito de lo anteriormente expuesto,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO PRIMERO: Declarar conformado el Comité de Participación Comunitaria en Salud “COPACOS” de la Localidad tercera de Santa Fe, con las siguientes organizaciones:

 

• Alcalde Local o su Delegado(a).

 

• Gerente del Hospital Centro Oriente o su delegado(a).

 

• Representante de la Asociación de Usuarios del Hospital Centro Oriente E.S.E.

 

• Represéntate de la Junta Administradora Local.

 

• Representantes de Fundaciones que funcionan en la localidad.

 

• Representantes de cada una de las Juntas de Acción Comunal.

 

• Representante de cada una de las asociaciones que funcionan en la localidad.

 

• Representante de cada uno de los Consejos Locales de la localidad.

 

• Un representante de organizaciones de carácter veredal barrial y municipal.

 

• Representantes de cada uno de las asociaciones de padres de familia de los colegios de la localidad.

 

• Sector educativo.

 

• Iglesia.

 

ARTÍCULO SEGUNDO: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá D.C., a los 14 días del mes de abril del año 2015.

 

CARLOS RODOLFO BORJA HERRERA

 

Alcalde Local Santa Fe

 

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5595 de mayo 19 de 2015