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Acuerdo 24 de 2015 Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá -ESP

Fecha de Expedición:
20/11/2015
Fecha de Entrada en Vigencia:
01/12/2015
Medio de Publicación:
Registro Distrital 5725 de diciembre 01 de 2015
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 024 DE 2015

 

(Noviembre 20)

 

Por medio del cual se modifica el Acuerdo de Junta Directiva No. 12 de 25 de junio de 2007

 

LA JUNTA DIRECTIVA DE LA EMPRESA DE ACUEDUCTO, ALCANTARILLADO Y ASEO DE BOGOTÁ EAB-ESP, EN EJERCICIO DE SUS FACULTADES ESTATUTARIAS, EN ESPECIAL LA QUE LE CONFIERE EL LITERAL C) DEL ARTÍCULO 10º DEL ACUERDO No. 11 DE SEPTIEMBRE 13 DE 2010, Y

 

CONSIDERANDO:

 

Que corresponde a la Junta Directiva de la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Bogotá EAB-ESP, determinar la estructura interna y la planta de personal de la Empresa, según lo dispuesto en el literal c) del artículo 10° del Acuerdo No. 11 de septiembre 13 de 2010.

 

Que mediante el Acuerdo No. 12 de junio 25 de 2007, se modificó y adoptó la planta de cargos para la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Bogotá EAB-ESP.

 

Que las disposiciones contenidas en el Plan de Desarrollo Distrital “Bogotá Humana” 2012-2016, están orientadas a defender y fortalecer lo público en el marco del Estado Social de Derecho, consagrado en la Constitución Política.

 

Que en concordancia con lo anterior, la EAB–ESP se encamina a mantener y fortalecer un modelo de gestión pública de la prestación de los servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y aseo, con integralidad de procesos, altos niveles de calidad, eficiencia administrativa y operativa para los usuarios, el Plan de Desarrollo Distrital “Bogotá Humana” 2012-2016.

 

Que el Plan Estratégico 2012-2016 de la EAB-ESP, “el Agua, eje de la Bogotá Humana”, está enfocado en la gestión integral del agua definido por cinco (5) perspectivas: (I) Los usuarios: Generar valor agregado y percepción positiva institucional. (II) Financiera: promover la gestión eficiente y transparente de los recursos para lograr la sostenibilidad financiera. (III) Territorial: Posicionar a la Empresa en la sociedad y en el territorio. (IV) Aprendizaje y emprendimiento: Contar con un talento humano competente, competitivo y tecnología apropiada para el desarrollo de los procesos. (V) Procesos: Lograr la excelencia en la gestión integral del agua, el saneamiento básico, con un modelo de gestión público.

 

Que la EAB-ESP a través del Plan de Desarrollo Distrital en su eje estratégico “una Bogotá en defensa y fortalecimiento de lo público” y en el programa de “trabajo decente y digno”, da inicio al proyecto de fortalecimiento e identificación de necesidades de planta de cargos de grupos ocupacionales y áreas operativas y administrativas de apoyo.

 

Que las perspectivas de los procesos tienen como finalidad: (I) Adaptar la capacidad de los sistemas de acueducto y alcantarillado a las necesidades de Redensificación y extensión del servicio en el marco de la ley. (II) Disminuir las pérdidas de agua potable. (III) Reducir la vulnerabilidad del sistema de abastecimiento y distribución. (IV) Mitigar el impacto de la operación del sistema de alcantarillado en la calidad del agua de los cuerpos receptores. (V) Contribuir en la recuperación y mantenimiento ecológico y participativo del sistema hídrico con un enfoque de sostenibilidad territorial. (VI) Mejorar la comunicación y relacionamiento asertivo con todos los actores. (VII) Fortalecer el modelo de gestión integral que permita mejorar la calidad en la atención y prestación del servicio. (VIII) Mejorar el desempeño ambiental en los procesos de la EAB-ESP. (IX) Optimizar la gestión integral de planes, programas y proyectos. (X) Consolidar el modelo de gestión integral de los residuos sólidos para la prestación del servicio de aseo.

 

Que en concordancia con lo anterior, la Convención Colectiva de Trabajo 2012-2014, en los artículos 22, 23 y 24 señala que, la EAB-ESP seguirá prestando de manera integral los servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y aseo y los demás que asuma, conservando su naturaleza jurídica, como una empresa estatal pública con modelo de gestión público, con la integralidad de todos sus procesos y procedimientos, técnicos, operativos, comerciales, financieros, administrativos y jurídicos, para la prestación del servicio en condiciones de oportunidad, calidad, eficacia, transparencia, equidad y con tarifas justas.

 

Que en aras de hacer viable lo dispuesto en las disposiciones contenidas en el Plan de Desarrollo Distrital “Bogotá Humana” 2012-2016, en el Plan Estratégico 2012-2016 de la EAB-ESP, “el Agua, eje de la Bogotá Humana” y las disposiciones contenidas en la Convención Colectiva de Trabajo 2012-2014, es imprescindible crear una planta de cargos a término indefinido en la EAB-ESP, para el fortalecimiento de las áreas misionales y de apoyo, toda vez que resulta insuficiente para atender la totalidad de sus funciones y suministrar una adecuada y eficiente prestación de los servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y aseo, así  como para garantizar el modelo de gestión pública de dichos servicios y el desarrollo humano integral de sus trabajadores.

 

Que se visualizaron aspectos e indicadores que generaron la necesidad de normalización de la planta de cargos, sintetizadas así: (I) Dificultad en la programación de turnos, descansos y vacaciones. (II) Situaciones administrativas de personal como incapacidades permanentes, limitaciones físicas, comisiones de servicio, entre otras. (III) Aumento en el registro de horas extras (IV) Solicitud de fortalecimiento de grupos ocupacionales. (V) Predios desprotegidos por  falta de personal (VI) Procesos nuevos. (VII) Actividades retomadas por la Empresa. (VIII) Aumento en el número de usuarios. (IX) Nuevas actividades asumidas. (X) Compromisos convencionales.

 

Que las actividades comerciales, operativas de acueducto y gestión social de las Zonas 1, 4 y 5 eran ejecutadas a través de Contratos Especiales de Gestión Operativa y Comercial y el 31 de diciembre de 2012 se venció el plazo de estos contratos por lo que la Empresa debió definir la continuidad de la operación de estos procesos.

 

Que en los artículos 22, 23 24 y 25 de la Convención Colectiva de Trabajo 2012-2014 se determinó realizar estudios para definir el nuevo modelo de gestión zonal.

 

Que el Comité de Desarrollo Humano y Empresarial - CODHE aprobó el dimensionamiento de la planta de cargos para que la EAB-ESP asumiera en forma directa la operación comercial, operativa de acueducto y gestión social a través de las Actas Nos. 151 y 153 de 2012.

 

Que es necesario crear una planta de mil doscientos sesenta y tres (1263) cargos de trabajadores oficiales, para garantizar la continuidad y prestación directa de estos servicios públicos domiciliarios.

 

Que la EAB-ESP determinó que las actividades comerciales y financieras del servicio público de aseo que se encontraban tercerizadas las prestaría en forma directa, al vencimiento del contrato con CUPIC S.A, lo que significaba que estas actividades se integrarían a la Empresa  través de la Gerencia Corporativa de Servicio al Cliente para lo cual se crearon sesenta y nueve (69) cargos.

 

Que de acuerdo al incremento notorio y exponencial del desarrollo acelerado en proyectos de construcción en diferentes zonas de la ciudad, siendo la Zona 1 el área con mayor cobertura de usuarios constructivos en la zona norte de la ciudad, y la modificación  excepcional de las normas urbanísticas del Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá D.C., el cual introdujo modificaciones relacionadas con la revitalización y densificación urbana por lo que se requiere que la Empresa busque mecanismos para que se adelante de manera óptima y oportuna las revisiones de los proyectos que presenten los urbanizadores y constructores de los procesos de renovación urbana y la provisión de vivienda de interés prioritario, por lo cual surge la necesidad de crear ochenta y un (81) cargos para cubrir todos los requerimientos sobre la materia.

 

Que la creación de estos cargos está justificada y sustentada en los estudios técnicos que se realizaron para cada proceso.

 

Que es necesario crear una planta de cargos de trabajadores oficiales a término indefinido, con el fin de garantizar y fortalecer la prestación de los servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y aseo en las áreas misionales y de apoyo de la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Bogotá EAB-ESP.

 

Que el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital en oficio 2014-E-E-2105 del 1º de octubre de 2014, recomienda que la creación de estos cargos de Trabajadores Oficiales sea a término indefinido, dadas la reiteradas solicitudes de prórroga que denotan la necesidad de garantizar la continuidad de la operación comercial, operativa de acueducto y de gestión social de la EAB-ESP.

 

Que en el marco de los acuerdos de las mesas de negociación de las convenciones colectivas SINTRASERPUCOL y SINTRAEMSDES constituidas en Comité de Desarrollo Humano y Empresarial - CODHE se aprobó la creación de plantas a término indefinido siguiendo lo establecido en la Resolución No. 273 de 2010.

 

Que la Oficina de Asesoría Legal realizó estudio jurídico formal del presente Acuerdo y emitió visto bueno teniendo en cuenta que se encontraba ajustado a las disposiciones legales y reglamentarias.

 

Que el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital expidió concepto técnico favorable para la creación de los nuevos cargos de Trabajadores Oficiales para la EAB-ESP, mediante oficios Nos: 2015-E-E-2655 y  2015-E-E-2656 de noviembre 11 de 2015.

 

Que la Dirección de Presupuesto de la EAB-ESP certificó que existe disponibilidad de recursos presupuestales para atender la propuesta de creación de los nuevos cargos de Trabajadores Oficiales de la EAB-ESP.

 

Que para los fines de este Acuerdo, la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda emite concepto de viabilidad financiera, para la creación de los nuevos cargos de trabajadores oficiales de la EAB-ESP.

 

Que en mérito de lo expuesto,

 

ACUERDA:

 

ARTÍCULO PRIMERO: Crear en la EAB-ESP una planta de mil ciento noventa y tres (1193) cargos de trabajadores oficiales a término indefinido, con las denominaciones y niveles descritos a continuación para  garantizar la prestación de las actividades de la operación comercial, operativa de acueducto y gestión social, en forma permanente y continua, las cuales eran ejecutadas a través de contratos especiales de gestión operativa y comercial.

 

DENOMINACIÓN CARGO

NIVEL

No cargos

Profesional Especializado

20

1

Profesional Especializado

21

16

Profesional

22

77

Tecnólogo Administrativo

30

50

Topógrafo

30

4

Tecnólogo Administrativo

31

94

Aforador

32

12

Auxiliar Administrativo

32

98

Técnico Administrativo

32

28

Tecnólogo en Obras Civiles

32

43

Tecnólogo Operativo

32

29

Operador Válvulas

40

20

Auxiliar Administrativo

41

2

Conductor Operativo

41

19

Fontanero

41

27

Albañil

42

9

Auxiliar Administrativo

42

41

Auxiliar de Topografía

42

10

Auxiliar Operativo

42

5

Ayudante

42

3

Ayudante Operativo

42

20

Fontanero

42

158

Operador Válvulas

42

34

Técnico

42

315

Auxiliar

50

15

Ayudante

52

63

TOTAL

1193

 

ARTÍCULO SEGUNDO: Crear en la EAB-ESP una planta de ochenta y un (81) cargos de trabajadores oficiales a término indefinido, con las denominaciones y niveles descritos a continuación para cumplir las funciones propias del proceso de Facturación, Urbanismo y Construcción, en las actividades específicas de REDENSIFICACIÓN.

 

DENOMINACIÓN CARGO

NIVEL

No cargos

Profesional Especializado

21

3

Profesional

22

1

Tecnólogo Operativo

32

2

Tecnólogo en Obras Civiles

32

2

Técnico

40

1

Técnico

42

71

Auxiliar Operativo

42

1

TOTAL

81

 

ARTÍCULO  TERCERO:  Derogado por el art. 1, Acuerdo EAAB 027 de 2015. Crear en la EAB-ESP una planta de sesenta y nueve (69) cargos de trabajadores oficiales a término indefinido, con las denominaciones y niveles descritos a continuación para continuar en forma directa y permanente las actividades comerciales y financieras del servicio público de aseo que se encontraban tercerizadas:

 

DENOMINACIÓN CARGO

NIVEL

No cargos

Profesional Especializado

21

1

Profesional

22

8

Tecnólogo Administrativo

31

20

Auxiliar Administrativo

32

17

Técnico Administrativo

32

4

Ayudante Operativo

42

8

Auxiliar Administrativo

42

4

Ayudante

52

7

TOTAL

 

69

 

ARTÍCULO  CUARTO:  Modificado por el art. 2, Acuerdo EAAB 027 de 2015. Modificar el artículo quinto del Acuerdo 12 de junio 25 de 2007, en lo pertinente a la planta de cargos de trabajadores oficiales, cuyo texto quedará así:

 

ARTÍCULO QUINTO: Las funciones propias de la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Bogotá EAB-ESP, serán cumplidas por la planta de cargos que se establece a continuación, compuesta por 79 empleos de libre nombramiento y remoción y 3166 cargos de trabajadores oficiales:

 

NIVEL

DENOMINACIÓN DEL CARGO

No. CARGOS

 

20

 

Jefe de División

Pagador

Profesional Especializado

35

1

112

21

Profesional Especializado

173

22

Profesional

241

 

 

30

Médico

Odontólogo

Tecnólogo Administrativo

Tecnólogo Operativo

Topógrafo

10

1

71

4

21

31

Bibliotecario

Secretaria Profesional

Técnico en tratamiento de Aguas

Tecnólogo Administrativo

Tecnólogo en Obras Civiles

Tecnólogo Operativo

1

3

9

130

4

45

 

 

 

32

Aforador

Auxiliar Administrativo

Auxiliar Operativo

Operador Equipo Técnico Especializado

Secretaria Profesional

Soldador

Técnico

Técnico Administrativo

Técnico en Tratamiento de Aguas

Tecnólogo en Obras Civiles

Tecnólogo Operativo

24

193

26

36

8

4

6

38

15

85

60

 

 

40

Auxiliar Administrativo

Auxiliar Operativo

Auxiliar Técnico

Operador de Válvulas

Secretaria

Sustanciador

Técnico en Tratamiento de Aguas

Técnico

41

16

13

35

25

3

14

1

 

 

 

41

Auxiliar Administrativo

Auxiliar Operativo

Celador

Conductor Operativo

Fontanero

Secretaria

Técnico

22

33

5

91

57

55

52

 

 

 

42

 

 

Albañil

Auxiliar Administrativo

Auxiliar en Topografía

Auxiliar Operativo

Ayudante

Ayudante Operativo

Celador

Fontanero

Guardabosques Hoyas Hidrográficas

Operador de cabrestantes

Operador de válvulas

Secretaria

Técnico

23

73

49

6

13

119

2

211

30

19

65

6

445

50

Auxiliar

Secretaria

35

2

52

Ayudante

249

TOTAL CARGOS TRABAJADORES OFICIALES

3.166

 

ARTÍCULO QUINTO: Facultar al Gerente General de la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Bogotá - ESP para distribuir los cargos de esta planta, ubicar al personal y asignar las responsabilidades mediante el acto administrativo correspondiente, teniendo en cuenta la estructura, los planes, los programas y las necesidades del servicio.

 

ARTÍCULO SEXTO: Facultar al Gerente General para modificar las denominaciones de los cargos de conformidad con la estructura, los planes, los programas y las necesidades del servicio.

 

ARTÍCULO SÉPTIMO: El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación, ad referéndum, de la obtención del concepto de viabilidad presupuestal  para la creación de los cargos aquí descritos, expedido por la Secretaría Distrital de Hacienda y modifica y deroga en lo pertinente las disposiciones que le sean contrarias.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá D.C., a los 20 días del mes de noviembre del año 2015.

 

GUSTAVO PETRO U.

 

Presidente

 

WILLIAM EDUARDO MORALES ROJAS

 

Secretario