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DECRETO 271 DE 2016
(Junio 29)
Por el cual se crean empleos de carácter temporal en la planta de empleos administrativos de la Secretaría de Educación del Distrito
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ D.C.
En ejercicio de las atribuciones conferidas por el numeral 9° del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993 y,
CONSIDERANDO:
Que la Ley 909 de 2004, que regula el empleo público, la carrera administrativa y la gerencia pública, es aplicable a los empleados que prestan sus servicios en las entidades Distritales.
Que el artículo 21 de la Ley 909 de 2004 consagra que los organismos y entidades podrán contemplar excepcionalmente en sus plantas de personal, empleos de carácter temporal o transitorio, con el fin de suplir necesidades de personal para desarrollar programas o proyectos de duración determinada en los procesos misionales y de apoyo.
Que, en cumplimiento a lo establecido, la Secretaría de Educación del Distrito presentó la justificación técnica ante el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, para la creación de quinientos sesenta y nueve (569) empleos de carácter temporal, por el término de veinticuatro (24) meses.
Que en uso de las facultades conferidas en el artículo 6° del Acuerdo Distrital 199 de 2005, el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, mediante oficio No. 2016EE1247 del 17 de junio de 2016, emitió concepto técnico favorable para la creación de quinientos sesenta y nueve (569) empleos de carácter temporal en la planta de empleos administrativos de la Secretaría de Educación del Distrito, con fundamento en el literal b) artículo 21 de la Ley 909 de 2004.
Que mediante oficio 2016EE105524 del 28 de junio de 2016, la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, expidió viabilidad presupuestal para la creación de quinientos sesenta y nueve (569) empleos de carácter temporal en la Secretaría de Educación Distrital.
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°.- Crear los empleos de carácter temporal que se mencionan a continuación en la Secretaría de Educación Distrital por el término de veinticuatro (24) meses.
Artículo 2°.- Los empleos de carácter temporal, creados con el presente decreto deberán cumplir los requisitos y funciones que dieron lugar a la creación de los mismos, de conformidad con lo señalado en la Ley 909 de 2004, el Decreto 1083 de 2015 y demás disposiciones que los modifiquen, adicionen o sustituyan y se sujetarán a la escala salarial establecida para el sector central de Bogotá, D.C.
Artículo 3°.- La provisión de los empleos de carácter temporal se efectuará de conformidad con lo preceptuado en los artículos 2.2.1.1.3 y 2.2.1.1.4 del Decreto 1083 de 2015 y la jurisprudencia vigente.
Artículo 4º.- El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 29 días del mes de junio del año 2016.
ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO
Alcalde Mayor MARÍA VICTORIA ANGULO GONZÁLEZ Secretaria de Educación Distrital NIDIA ROCÍO VARGAS Directora del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital |