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ACUERDO 022 DE 2016 (Diciembre 07) Por medio del cual se prorroga la vigencia de
la planta temporal de setenta (70) cargos de trabajadores oficiales a término
fijo, para la prestación del servicio de atención al cliente a través del canal
telefónico Call Center, de la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de
Bogotá- ESP, creada mediante Acuerdo de Junta Directiva N° 23 del 11 de
diciembre de 2012 LA JUNTA DIRECTIVA DE LA EMPRESA DE ACUEDUCTO ALCANTARILLADO Y ASEO DE BOGOTÁ E.S.P.,
En ejercicio de sus facultades legales y
estatutarias, y CONSIDERANDO: Que de conformidad con el literal c) del artículo 10° del Acuerdo No. 11 de septiembre 13 de 2010, es atribución de la Junta Directiva de la Empresa “Determinar la estructura interna y la planta de personal de la Empresa.” Que mediante Acuerdo de Junta Directiva N° 23 del 11 de diciembre de 2012 se creó la planta temporal de 1263 cargos de trabajadores oficiales a término fijo, para cumplir las actividades propias de los procesos de acueducto, gestión social y gestión comercial de la empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Bogotá EAB-ESP., que se encontraban tercerizadas. Que a partir del 1º de enero de 2013, las actividades propias de los procesos que estaban tercerizados en las cinco (5) zonas de servicio de la ciudad de Bogotá, son ejecutadas directamente por funcionarios de la Gerencia Corporativa Servicio al Cliente de la EAB-ESP. Que dentro de los 1263 cargos creados se encuentran los setenta (70) cargos de trabajadores oficiales vinculados a término fijo, los cuales cumplen las actividades de atención al cliente a través del canal telefónico (Call Center). Que a través del Acuerdo de Junta Directiva N° 13 del 25 de julio de 2013 se crea la planta de la planta temporal de los setenta (70) cargos de trabajadores oficiales vinculados a término fijo y es prorrogada mediante Acuerdos de Junta Directiva N° 14 del 03 de diciembre de 2014 y 25 del 20 de noviembre de 2015, con el fin de dar continuidad a la prestación del servicio de atención al cliente a través del canal telefónico (Call Center) de la EAB-ESP. Que la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Bogotá EAB-ESP., debe garantizar a la ciudadanía la prestación del servicio público de acueducto y actividades complementarias y tiene el compromiso de recibir sus solicitudes a través del servicio de atención al cliente mediante el canal telefónico, Call Center. Que la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Bogotá-ESP pactó en las respectivas Convenciones Colectivas de Trabajo 2015-2019 con los dos sindicatos que en este momento tiene la Empresa, que los setenta (70) trabajadores oficiales que se encuentran realizando las actividades de Call Center, continuarán a término fijo hasta tanto se desarrolle un asocio públicopúblico que garantice a los trabajadores su vinculación en condiciones salariales equivalentes a las actuales. Que la Dirección de Presupuesto de la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Bogotá-ESP certificó disponibilidad de recursos a través del memorando No. 1370001-2016-497 del 14 de octubre de 2016, para financiar la prórroga de dicha planta de setenta (70) cargos de trabajadores oficiales a término fijo hasta el 31 de diciembre de 2017. Que la Oficina de Asesoría Legal de la Gerencia Jurídica de la EAB-ESP estudió el presente Acuerdo y mediante memorando interno No. 15200-2016-4391 del 06 de diciembre de 2016, emitió concepto jurídico formal, teniendo en cuenta que se encontraba ajustado a las disposiciones legales y reglamentarias. Que mediante oficio No. EE2016EE2348 del 11 de noviembre de 2016, el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital expidió concepto técnico favorable para prorrogar la planta de setenta (70) cargos de trabajadores oficiales a término fijo hasta el 31 de diciembre de 2017. Que a través del oficio No. 2016EE172685 del 01 de diciembre de 2016, la Secretaría Distrital de Hacienda, emitió concepto de viabilidad presupuestal para prorrogar la planta de setenta (70) cargos de trabajadores oficiales a término fijo hasta el 31 de diciembre de 2017. Que, en mérito de lo expuesto, ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO: Prorrogar hasta el 31 de diciembre de 2017, la planta de setenta (70) cargos de trabajadores oficiales a término fijo, conformada como a continuación se detalla, para dar continuidad con la prestación del servicio de atención al cliente a través del canal telefónico, Call Center.
ARTÍCULO SEGUNDO: En el evento que, dentro de la vigencia del presente Acuerdo, se defina el Convenio Interadministrativo con una entidad de derecho público de la cual dependerá la plataforma del Call Center, se extinguirá el término establecido en el artículo anterior. ARTÍCULO TERCERO: El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dado en Bogotá D.C., a los 07 días del mes de diciembre del año 2016. RAÚL JOSÉ BUITRAGO ARIAS Presidente LAURA CATALINA CARDONA CRUZ Secretaria NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5984 del 28 de diciembre de 2016 |
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