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Decreto 695 de 1992 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
04/12/1992
Fecha de Entrada en Vigencia:
04/12/1992
Medio de Publicación:
Registro Distrital 735 de Marzo 8 de 1993
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DAM06951992

DECRETO 695 DE 1992

(Diciembre 4)

Derogado por el art. 512, Decreto Único Sectorial 645 de 2025.

Por el cual se dictan normas sobre gasto público

EL ALCALDE MAYOR DE SANTAFE DE BOGOTA, D.C.

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales,

Ver el Decreto Nacional 26 de 1998 , Ver el Decreto Distrital 30 de 1999

DECRETA:

ARTICULO 1º. Queda prohibido en las dependencias de la administración central y en las entidades descentralizadas del Distrito efectuar gastos para la adquisición de regalos de navidad o de temporada de fin de año.

PARAGRAFO. Exceptúanse de esta prohibición las compras de obsequios para los hijos de los empleados y servidores del Distrito siempre y cuando estén enmarcadas dentro de la política de austeridad emprendida por la Administración distrital.

ARTICULO 2º. El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición y deroga las normas que le sean contrarias.

COMUNÍQUESE Y CUMPLASE

Dada en Santafé de Bogotá, a los 4 Diciembre de 1992

JAIME CASTRO

HERMAN ARIAS GAVIRIA

El Alcalde Mayor

El secretario General

EDUARDO FERNANDEZ D.

Secretario de Hacienda

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 735 de Marzo 8 de 1993