| Cargando el Contenido del Documento | |
| Por favor espere... |
|
2-2017-2151 4211000 Bogotá
D.C Doctor JUAN ALVARADO SOLANO Director
de Participación Social, Gestión Territorial y Transectorialidad Secretaria
Distrital de Salud Carrera
32 No. 12-81 Bogotá D.C. Asunto: Concepto sobre normatividad Comité Anticorrupción. Respetado
Doctor: Esta
Dirección recibió la solicitud del asunto, a través de la cual requiere
concepto 1.
La Ley 1474 de 2011, Estatuto Anticorrupción, nace con el objeto de fortalecer
los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y
la efectividad del control de la gestión pública. De manera específica el
artículo 73 establece que cada entidad del orden nacional departamental
y municipal deberá elaborar anualmente un plan anticorrupción 2.
La Secretaría de la Transparencia de la Presidencia de la República establece "Es
importante la responsabilidad que debe asumir la Alta Dirección de la entidad
frente al Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano. En este sentido es la
responsable de que sea un instrumento de gestión le corresponde darle contenido estratégico
y articularlo con la gestión y los objetivos de la entidad; ejecutarlo y
generar los lineamientos para su promoción y divulgación al interior y a/
exterior de la entidad, así como el seguimiento a las
acciones planteadas.”1 3.
Así mismo, el Artículo 2.1.4.5. del Decreto Nacional 124 de 2016 establece la Verificación del cumplimiento del Plan
Anticorrupción y de Atención al Ciudadano así: "La
máxima autoridad de la entidad u organismo velará de forma directa porque se
implementen debidamente las disposiciones contenidas en los
1.
El proceso de construcción del Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano,
debe ser liderado y validado por el más alto nivel de la entidad 2. Los resultados del seguimiento y control a la implementación y al avance de las actividades consignadas en el Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano realizados por la Oficina de Control Interno deben ser conocidos de manera oportuna por la Alta Dirección, con el fin de tomar decisiones y acciones pertinentes frente a retrasos o posibles incumplimientos, teniendo en cuenta que esta situación no sólo constituye falta disciplinaria grave, sino impacto en la gestión propia de la entidad. 3.
El Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano, además de ser un Esperamos
con lo anterior orientar las decisiones que tome la entidad frente al tema, y
les recordamos que desde la Dirección Distrital de Desarrollo Institucional
estamos atentos a acompañar el proceso. Atentamente, CESAR
OCAMPO CARO Director
Distrital de Desarrollo Institucional NOTAS DE PIE DE PÁGINA 1.
Secretaria de la Transparencia. Estrategias para la Construcción del Plan
Anticorrupción y de Atención. versión 2. Página 10. 2.
Decreto Nacional 124 de 2016. artículo 2.1.4.6 Proyectó:
Nancy Milena Pineda Jaimes Revisó:
Carlos Andrés Guzmán Rodriguez |