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CIRCULAR 018 DE 2017
(Marzo 29)
Para: GOBERNADORES, ALCALDES SECRETARIOS DEPARTAMENTALES, DISTRITALES Y MUNICIPALES DE SALUD, EMPRESAS ADMINISTRADORAS DE PLANES DE BENEFICIOS -EAPB-, ADMINISTRADORAS DE REGÍMENES ESPECIALES Y DE EXCEPCIÓN, INSTITUCIONES PRESTADORAS DE SERVICIOS DE SALUD -IPS-, PUNTOS DE ENTRADA, DIRECCIÓN GENERAL MARÍTIMA -DIMAR-, AEROLÍNEAS NACIONALES E INTERNACIONALES Y COMUNIDAD EN GENERAL. De: MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL Asunto: ACTUALIZACIÓN A LA CIRCULAR 014 DE MARZO 1 DE 2017 “DIRECTRICES PARA EL CONTROL DE LA FIEBRE AMARILLA Y EXIGENCIA DE CERTIFICACIÓN INTERNACIONAL O CARNÉ NACIONAL DE VACUNACIÓN”. Fecha: Agosto 15 de 2017
Ver Circular Circular Externa 018 de 2024 Ministerio de Salud y Protección Social., Circular 12 de 2025. Resolución 691 de 2025. En concordancia con la alerta internacional sobre fiebre amarilla emitida por la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la Organización Panamericana de la Salud (OPS) y ante la necesidad de actualizar la situación epidemiológica mundial, el Ministerio de Salud y Protección Social determina los países a los cuales se les solicitará la certificación internacional de fiebre amarilla contemplada en el anexo 7 del Reglamento Sanitario Internacional RSI 2005, así como se puntualizan los sitios de riesgo en el territorio nacional, previa la siguiente consideración:
Frente a la situación mundial, desde el inicio del brote en diciembre de 2016 y hasta el 17 de marzo de 2017, se notificaron en Brasil 1.561 casos de fiebre amarilla, de los cuales 28,7% fueron confirmados (n=448), 16,9% fueron descartados (n=263) y 54,41% (n=850) sospechosos permanecen en investigación, y se contabilizan 264 defunciones (144 confirmadas, 10 descartadas y 110 en investigación). La tasa de letalidad entre los casos confirmados es de 32%.1
En Colombia, al cierre del 2016, se confirmaron 7 casos por laboratorio, de los cuales 6 fallecieron, entre ellos uno proveniente de Caballococha, Perú. La letalidad fue del 86%. A marzo 18 de 2017 no se han confirmado nuevos casos.
Bajo el contexto anteriormente mencionado, se determina que los viajeros que procedan de los países de Angola, República Democrática del Congo, Uganda y Brasil se les solicitará el Certificado Internacional de Fiebre Amarilla para el ingreso a Colombia.
Por otra parte, se recomienda a los viajeros (nacionales e internacionales) que se desplacen a los municipios de riesgo que a continuación se relacionan, que por lo menos 10 días previos a su viaje a los mismos, se vacunen contra la fiebre amarilla, y como medidas de protección adicional usen repelente, camisa manga larga, pantalón largo y toldillos impregnados para evitar la picadura del mosquito.
Municipios con riesgo para fiebre amarilla por circulación viral o nexo ecológico, Colombia, Marzo 2017
Para los departamentos de ARAUCA, CAQUETÁ, PUTUMAYO, AMAZONAS, GUAINÍA, GUAVIARE, VAUPÉS Y VICHADA se consideran de riesgo todos los municipios.
Cabe mencionar que la exigencia del carné de vacunación contra la fiebre amarilla a la entrada de los parques nacionales, está vigente desde el año 2013.
Por último, es necesario indicar que la lista de los países a quienes se les exigirá la Certificación Internacional de Fiebre Amarilla se actualizará, dependiendo de la presencia y magnitud del brote en cada país, previa la respectiva evaluación de riesgo que Colombia realice en cumplimiento del Reglamento Sanitario Internacional RSI 2005.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los 29 días del mes de marzo del año 2017.
ALEJANDRO GAVIRIA URIBE
Ministro de Salud y Protección Social
NOTA DE PIE DE PAGINA: 1Organización Panamericana de la Salud / Organización Mundial de la Salud. Actualización Epidemiológica: Fiebre amarilla, 23 de marzo de 2017, Washington, D.C. OPS/OMS. 2017 |