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Resolución 897 de 2017 Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá -ESP

Fecha de Expedición:
14/12/2017
Fecha de Entrada en Vigencia:
18/12/2017
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 6218 del 18 de diciembre de 2017.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 897 DE 2017

 

(Diciembre 14)

 

Por la cual se declara hábiles los días 16, 23 y 30 de diciembre de 2017, para efectos de gestión y términos de la contratación de la EAB ESP

 

LA GERENTE GENERAL DE LA EAB ESP

 

en uso de sus facultades estatutarias y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que de conformidad con la solicitud efectuada por la Dirección de Contratación y Compras de la EAB ESP, contenida en el oficio 11900-2017-2755 del 12 de diciembre de 2017 y teniendo en cuenta que los procesos de contratación que se hallan en curso hacen parte del compromiso asumido por la empresa de contratar la ejecución de estos proyectos antes del 31 de diciembre de 2017, es necesario habilitar como hábiles los días sábados 16, 23 y 30 de diciembre de 2017, con el fin de adelantar en estas fechas la gestión de la contratación de la EAB ESP, que se encuentra bajo la coordinación de la Dirección de Contratación y Compras. De tal manera que las citadas fechas serán hábiles para cualquier trámite de los procesos contractuales citados.

 

Que en mérito de lo anterior,

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO PRIMERO: Habilitar como hábiles los días 16, 23 y 30 de diciembre de 2017, en lo referente a la gestión de los procesos de contratación que se encuentran abiertos en la EAB ESP, bajo la coordinación de la Dirección de Contratación y Compras, que incluye el conteo de días hábiles para la presentación de: propuestas, evaluación de ofertas, radicación de observaciones a dichas evaluaciones; así como los actos de adjudicación y la suscripción de contratos, entre otras actividades propias de los citados procesos contractuales.

 

ARTÍCULO SEGUNDO: Comunicar la presente Resolución a la Dirección de Contratación y Compras para que informe a los interesados y proponentes de los distintos procesos contractuales abiertos, sobre la decisión tomada en la presente Resolución y, realice los ajustes a los documentos y demás actividades involucradas en dichos procesos.

 

ARTÍCULO TERCERO: Comunicar la presente Resolución a los Gerentes Corporativos de Servicio al Cliente, Sistema Maestro, Gestión Humana, Ambiental, Planeamiento y Control, Residuos Sólidos y en los Gerentes de Tecnología y Jurídico, para que, en ejercicio de sus competencias y funciones asignadas, presten el apoyo que requiera la Dirección de Contratación de Compras durante los días que se habilitan en la presente Resolución.

 

ARTÍCULO CUARTO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

 

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.


Dada en Bogotá, D.C., a los 15 días del mes de diciembre del año 2017.

 

MARÍA CAROLINA CASTILLO AGUILAR

 

Gerente General