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DIRECTIVA 009 DE 2017 (Diciembre
20) PARA: SECRETARIOS DE DESPACHO; DIRECTORES DE DEPARTAMENTOS
ADMINISTRATIVOS Y DE UNIDADES
ADMINISTRATIVAS ESPECIALES CON Y SIN PERSONERÍA JURÍDICA; GERENTES, PRESIDENTES
Y DIRECTORES DE ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS, DE EMPRESAS INDUSTRIALES Y
COMERCIALES DEL DISTRITO, SOCIEDADES DE ECONOMÍA MIXTA, SOCIEDADES ENTRE
ENTIDADES PÚBLICAS, EMPRESAS DE: ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. ASUNTO: IMPLEMENTACIÓN DE LA ESTRATEGIA DISTRITAL PARA LA ASUNTO: RESPUESTA A
EMERGENCIAS - MARCO DE ACTUACIÓN. Radicación
interna 1-2018-28053 El artículo 37 de la Ley 1523 de 2012 “Por la cual se adopta la política nacional de gestión del riesgo de
desastres y se establece el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres
y se De otra parte, en el literal d) del artículo 11 del Acuerdo Distrital
546 de 2013 “Por el cual se En
consecuencia, el IDIGER en conjunto con las entidades que conforman la Mesa de
Trabajo para el Manejo de Emergencias y Desastres, instancia reglamentada por
el Acuerdo 01 de 2014 de la Comisión Intersectorial de Gestión de Riesgos y
Cambio Climático, formularon el instrumento Estrategia
Distrital para la Respuesta a Emergencias - Marco de Actuación, validada
por el Consejo Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático en sesión del
25 de octubre de 2017 conforme se registra en el Acta No. 1 de tal fecha, Marco
de Actuación disponible en la URL www.idiger.gov.co/marcodeactuacion. De igual
manera, siguiendo las orientaciones de la Ley 1523 de 2012 para el proceso de
manejo de emergencias, en especial lo detallado en los numerales 17 y 24 del
artículo 4 ídem con respecto a la preparación y respuesta, y cumpliendo con los
lineamientos del artículo 37 ibídem, Ahora, con el
fin de implementar la Estrategia
Distrital para la Respuesta a Emergencias Marco de Actuación, se establecen
las siguientes directrices: 1. Las entidades y organismos distritales responsables de la
ejecución de servicios y funciones de respuesta, en su calidad de integrantes
del SDGR-CC de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 3 del Acuerdo Distrital
546 de 2013, deben consultar y acoger el Marco
de Actuación 2. Las entidades y organismos identificados como “Responsable principal” en cada servicio
de respuesta, referenciado en el Marco de
Actuación, en su calidad de integrantes del SDGR-CC, deben desarrollar
avances en la preparación para la respuesta de los servicios que lideran, a 3. Todas las entidades y organismos, en su calidad de
integrantes del SDGR-CC y con base en los lineamientos de los Decretos
Distritales 172 y 173 de 2014, deben tener en cuenta los 4 4. El IDIGER, con el apoyo de la Mesa de Trabajo para el
Manejo de Emergencias y Desastres, La presente
Directiva rige a partir de la fecha de su publicación. ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO Alcalde Mayor de Bogotá Proyectó: Claudia
Patricia Coca Galeano, Contratista, Subdirección para el Manejo de emergencias
y Desastres IDIGER / Faride P. Solano Hamdan, Profesional Especializado, Subdirección para el
Manejo de Emergencias y Desastres IDIGER / Jorge Suárez Stevenson, Profesional
Especializado, Subdirección para el Manejo de Emergencias y Desastres IDIGER Revisó: Viviana Carolina
Ortíz Guzmán, Directora Legal Ambiental – SDA / Olga
Teresa de Jesús Ávila, Jefe Oficina Asesora Jurídica – IDIGER / Carlos Edgar
Torres Becerra, Subdirector para el Manejo de Emergencias y Desastres – IDIGER Aprobó: Francisco J.
Cruz Prada, Secretario Distrital de Ambiente // Richard A.Vargas Hernández, Director General – IDIGER NOTAS DE PIE DE PÁGINA: 1 “Por medio del cual
se reglamenta el Acuerdo 546 de 2013, se organizan las instancias de coordinación
del Sistema Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático SDGR-CC y se
definen tratamientos para su funcionamiento” 2 “Por medio del cual
se dictan disposiciones en relación con el Instituto Distrital de Gestión de
Riesgos y Cambio Climático – IDIGER, su naturaleza, funciones, órganos de
dirección y administración” |