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DECRETO 683 DE 1950 (Diciembre 12) Derogado por el art. 512, Decreto Único Sectorial 645
de 2025. Por el cual se reorganiza la Sección de Catastro de la Secretaría de Hacienda El Alcalde de Bogotá, En uso de sus atribuciones legales, y de las especiales que le confiere el Decreto ejecutivo Nacional número 73 de 1950, Ver el Decreto Distrital 321 de 1950 ,Ver el Decreto Distrital 650 de 1950 , Ver el Decreto Distrital 28 de 1997 , Ver el Decreto Distrital 305 de 2001 DECRETA: ARTICULO 1. Desde la vigencia del presente Decreto las oficinas de Catastro de la Nomenclatura de la Secretaría de Hacienda, quedarán organizadas como "Departamento de Catastro y Nomenclatura", el que funcionará dividido en cinco secciones, con la denominación, el personal y las asignaciones mensuales que a continuación se expresan:
ARTICULO 2. Los empleos existentes no mencionados en el artículo anterior quedan suprimidos a partir del 10 de diciembre de 1950. ARTICULO 3. Las funciones de todo el personal de Catastro y Nomenclatura serán las señaladas en el Decreto número 650, del 28 de noviembre de 1950. ARTICULO 4. El presente Decreto regirá a partir del 1 de enero de 1951. Comuníquese y Publíquese, Cúmplase. Dado en el Palacio Municipal de Bogotá, a 12 de diciembre de mil novecientos cincuenta. SANTIAGO TRUJILLO GOMEZ – El Secretario de Gobierno, Miguel Torres Arroyo – el Secretario de hacienda, Manuel J. Madero parís – El Secretario de Obras Públicas, Luis Enrique Orduz. |