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CIRCULAR 009 DE 2018
(Mayo 29)
Para:
Secretarios de Despacho, Directores de Departamentos Administrativos, Gerentes,
Presidentes y Directores de Establecimientos Públicos, Unidades
Administrativas Especiales,
De: Subsecretario Jurídico Asunto:
Solicitud de información de los actos administrativos de delegación del Alcalde
Mayor de Bogotá, D.C.
Conforme
lo dispuesto en el artículo 40 del Decreto Ley 1421 de 1993, el "Alcalde
Mayor podrá delegar las funciones que le asignen la Ley y los Acuerdos, en los
secretarios, jefes de departamento administrativo, gerentes o directores de
entidades descentralizadas, en los funcionarios de la administración
tributaria, y en las juntas administradoras y los Alcaldes Locales".
En este mismo sentido el artículo 9 de la Ley 489 de 1998, señala que
"las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la
Constitución Política, y de conformidad con la ley, podrán mediante acto de
delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras
autoridades, con funciones afines o complementarias"
En
concordancia con lo anterior, el Acuerdo Distrital 257 de 2006, "Por el
cual se dictan normas básicas sobre la estructura, organización y
funcionamiento de los organismos y de las entidades de Bogotá, Distrito
Capital, y se expiden otras disposiciones", señala en su artículo 17
como una de las modalidades de la acción administrativa, la delegación de
funciones estableciendo que "las autoridades administrativas del Distrito
Capital podrán delegar el ejercicio de sus funciones a sus colaboradores o a
otras autoridades con funciones afines o complementarias, de conformidad con la
Constitución Política y la ley
El
Acuerdo Distrital 638 de 2016 creó el sector administrativo de la Gestión
Jurídica, teniendo como integrante y cabeza de sector a la Secretaría Jurídica
Distrital, como ente rector de los asuntos jurídicos del Distrito, que tiene
como objeto formular, orientar y
En este sentido el Decreto Distrital 323 de 2016 "Por medio del cual se establece la estructura organizacional de la Secretaría Jurídica Distrital y se dictan otras disposiciones", señala que la Secretaría Jurídica Distrital tiene entre otras, la función de “(…) Asesorar, revisar y evaluar la legalidad, pertinencia, coherencia y conveniencia de los proyectos de decreto del Gobierno Distrital y de los proyectos de actos administrativos del/la Alcalde/sa o los que deba sancionar o suscribir (…).”1
En desarrollo de la función descrita, la Secretaría Jurídica Distrital se encuentra revisando las delegaciones efectuadas por el Alcalde Mayor en uso de sus facultades, con el fin de unificarlas en un solo Acto Administrativo.
Por
lo anterior, se requiere que todos los organismos y entidades distritales a los
que va dirigida esta circular, remitan la siguiente información a la Dirección
Distrital de Doctrina y Asuntos Normativos de la Secretaría Jurídica Distrital,
a más tardar el doce (12) de junio
1.
Tipo de acto administrativo
2. Número de acto administrativo
3. Fecha de expedición
4. Epígrafe
5. Relación de funciones que se delegan.
7. Acto administrativo
por medio del cual se modificó (derogaciones, sustituciones,
8. Vigencia.
9. Observaciones
La misma información y anexos se debe enviar al correo electrónico apospinaf@secretariaiuridica.gov.co.
Cordialmente,
WILLIAM ANTONIO BURGOS DURANGO
Subsecretario Jurídico
Nota: Ver Anexo. Proyectó: Catalina Ballestero Alejandra Ospina Flórez Natalia Castiblanco Revisó: Ana Lucy Castro Castro Aprobó: William Antonio Burgos Durango |