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DECRETO 677 DE 1950 (Diciembre 7) Por el cual se adscriben unas funciones a la Personería Municipal, se suprimen unos cargos, se reorganiza la Oficina de Adquisición de Inmuebles de la Secretaria de Hacienda y se hacen unos nombramientos. EL ALCALDE DE BOGOTÁ, En ejercicio de sus facultades legales, y de las especiales que le confiere el Decreto Ejecutivo Nacional número 73 de 1950, DECRETA: ARTICULO 1. En desarrollo del Precepto legal establecido por el artículo 234 de la Ley 4 de 1913 (Código de Régimen Político y Municipal), que prescribe para los Personeros municipales la obligación de "velar por la conservación de los bienes municipales", a partir del 15 de diciembre de 1950 adscribense a la Personería Municipal de Bogotá las funciones propias de la antigua Oficina de "Procuraduría de Bienes".ARTICULO 2. Con arreglo a la disposición contenida en el artículo anterior, suprímese, a partir del 15 de diciembre del año en curso, los empleos de Secretario encargado de la Procuraduría de Bienes y Ayudante de la Procuraduría, que vienen figurando en la nómina de la Oficina de Adquisición de inmuebles. ARTICULO 3. Desde la misma fecha, 15 de diciembre de 1950, la Oficina de Adquisición de Inmuebles de la Secretaria de Hacienda funcionará con el personal y las asignaciones que a continuación se expresan, que se pagarán con cargo al Presupuesto Extraordinario de Progreso Urbano:
ARTICULO 4. Los empleos existentes en la Oficina de Adquisición de Inmuebles no mencionados en el artículo anterior quedan suprimidos a partir del 15 de diciembre de 1950.ARTICULO 5. Para proveer los cargos creados por el artículo 3. Del presente Decreto, hácense los siguientes nombramientos. Director, Luis Patiño Galvis. Secretario, José Gabriel Uribe. Oficial Primero, Lucio Montalvo Escobar. Dibujante de Planos y Paramentos, Carlos Guerra Arbeláez. Oficial Ayudante, Carlos E. Torres. Mecanotaquígrafa, Carmen Julia Gutierrez Archivera . Mecanógrafa, Ana Restrepo de Sánchez. Portero . Chofer, Dionisio Cubillos. ARTICULO 6. Los empleados que continúan desempeñando los cargos que sirven actualmente, no requieren nueva posesión. ARTICULO 7. En el término de treinta (30) días, a partir de la vigencia del presente Decreto, la Secretaria de Hacienda, por medio de Resolución, fijará las funciones propias del personal de la Oficina de Adquisición de Inmuebles. Comuníquese y publíquese. Cúmplase. Dado en el Palacio Municipal de Bogotá, a 7 de diciembre de mil novecientos cincuenta. SANTIAGO TRUJILLO GOMEZ El Secretario de Gobierno Miguel Torres Arroyo . El Secretario de Hacienda, Manuel J. Madero París . El secretario de Obras Públicas, Luis Enrique Orduz.
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