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Resolución 14778 de 2018 Registraduría Nacional del Estado Civil

Fecha de Expedición:
11/10/2018
Fecha de Entrada en Vigencia:
17/10/2018
Medio de Publicación:
Diario Oficial No. 50749 del 17 de octubre de 2018.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 14778 DE 2018

 

(Octubre 11)

 

Por la cual se establece el calendario electoral para las elecciones de Autoridades Locales (Gobernadores, Alcaldes, Diputados, Concejales y Ediles o Miembros de las Juntas Administradoras Locales) que se realizarán el 27 de octubre de 2019

 

EL REGISTRADOR NACIONAL DEL ESTADO CIVIL,

 

En uso de las atribuciones constitucionales y legales, en especial las consagradas en el artículo 266 de la Constitución Política, el numeral 2 del artículo 26 del Código Electoral y el numeral 11 del artículo 5° del Decreto ley 1010 de 2000, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que, el artículo de la Constitución Política establece como fin esencial del Estado, facilitar la participación de todos los ciudadanos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación.

 

Que, el artículo 266 de la Constitución Política establece como función propia del Registrador Nacional del Estado Civil, dirigir y organizar el proceso electoral.

 

Que, el numeral 11 del artículo 5° del Decreto-ley 1010 de 2000, establece además de las funciones señaladas en la Constitución y la ley, dentro de las funciones del Registrador Nacional del Estado Civil, dirigir y organizar el proceso electoral y demás mecanismos de participación ciudadana y elaborar los respectivos calendarios electorales.

 

Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1° de la Ley 163 de 1994, las elecciones de gobernadores, alcaldes, diputados, concejales y ediles o miembros de juntas administradoras locales, se realizarán el último domingo del mes de octubre del respectivo año.

 

Que, de acuerdo con lo anterior, el 27 de octubre de 2019 se realizarán elecciones de gobernadores, alcaldes, diputados, concejales y ediles o miembros de las juntas administradoras locales, siendo necesario establecer el calendario electoral correspondiente.

 

Que, en virtud de lo anteriormente expuesto,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1°. Fijar el calendario electoral de las diferentes etapas preclusivas y actividades que se deben desarrollar para las elecciones de gobernadores, alcaldes, diputados, concejales y ediles o miembros de las juntas administradoras locales, que se realizarán el 27 de octubre de 2019, así:


FECHA

SOPORTE LEGAL

CONCEPTO

27 de octubre de 2018

Artículo 49 Ley Estatutaria 1475 de 2011

Inicia la inscripción de ciudadanos para votar, por cambio de lugar de domicilio o residencia (Un año antes de la elección)

27 de abril de 2019

Artículo 99 –parágrafo– del Código Electoral (Decreto número 2241 de 1986)

Fecha límite para ubicar mesas de votación en los corregimientos creados hasta la fecha (6 meses antes de la elección)

27 de junio de 2019

Artículo 28, incisos 2 y 3, Ley Estatutaria 1475 de 2011

Vence término para el registro de los comités de Grupos Significativos de Ciudadanos, Movimientos Sociales y de Comités Independientes Promotores del Voto en Blanco

(1 mes antes de la fecha de cierre de la inscripción de candidatos )

Artículo 66 Código Electoral (Decreto número 2241 de 1986) Modificado por el artículo  Ley 6a de 1990

Suspensión de incorporación al censo electoral de cédulas de primera vez con el fin de elaborar las listas de sufragantes

(4 meses antes de la elección)

Artículo 30 Ley Estatutaria 1475 de 2011

Inicia el periodo de inscripción de candidatos y listas

(4 meses antes de la elección)

27 de julio de 2019

Artículo 35 Ley Estatutaria 1475 de 2011

Propaganda Electoral empleando el espacio público

(3 meses antes de la elección)

Artículo  Ley 6ª de 1990

Publicación del Censo Electoral

(3 meses antes de la elección)

Artículo 86 del Código Electoral (Decreto número 2241 de 1986)

Vence el plazo para que los comandantes de las Fuerzas Armadas remitan el listado de cédulas de los miembros de las distintas armas, que se deben excluir del censo electoral (3 meses antes de la elección)

Artículo 30 Ley Estatutaria 1475 de 2011

Vence inscripción de candidatos y listas

29 de julio de 2019

Artículo  Ley 163 de 1994

Solicitud de listas de las personas que pueden prestar el servicio de jurados de votación a las Entidades Públicas, Privadas, Directorios Políticos y establecimientos educativos

(90 días calendario antes de la elección)

31 de julio de 2019

Artículo 10 Ley 6a de 1990

Los Registradores, de acuerdo con el Alcalde, establecerán mediante Resolución, los lugares en donde se instalarán mesas de votación

(60 días antes de la elección)

Artículo 35 Ley Estatutaria 1475 de 2011

Inicia propaganda electoral a través de los medios de comunicación social (60 días antes de la elección)

2 de agosto de 2019

Artículo 31 Ley Estatutaria 1475 de 2011

Vence modificación de candidatos por renuncia o no aceptación

(5 días hábiles después del cierre de inscripciones)

Artículo 98 Código Electoral (Decreto 2241 de 1986)

Los Delegados del Registrador del Estado Civil y Registradores Distritales deben reportar los candidatos inscritos

(Inmediatamente al vencimiento del término para la modificación de listas)

4 de agosto de 2019

Artículo 33 Ley Estatutaria 1475 de 2011

Publicación del listado de candidatos inscritos, en un lugar visible de sus dependencias y en la página en Internet (2 días calendario al vencimiento de la modificación)

La Registraduría Nacional del Estado Civil, remite a los organismos competentes la relación de candidatos cuyas inscripciones fueron aceptadas para certificar sobre causales de inhabilidad (2 días calendario al vencimiento de la modificación)

27 de agosto de 2019

Artículo 49 Ley Estatutaria 1475 de 2011

Cierre de inscripción de ciudadanos

(2 meses antes de la elección)

Artículo 36 Ley Estatutaria 1475 de 2011

Se inician los espacios gratuitos en los medios de comunicación social que hacen uso del espectro electromagnético, para los partidos y movimientos políticos, las organizaciones sociales y los grupos significativos de ciudadanos y promotores de voto en blanco que hayan inscrito candidatos, de acuerdo con la asignación del CNE (2 meses antes de la elección)

13 de septiembre de 2019

Artículo 175 del Código Electoral (Decreto número 2241 de 1986) Modificado Artículo 13 inciso 1, Ley 62 de 1988

Conformación de listas de Delegados del Consejo Nacional Electoral

(30 días antes de la elección)

27 de septiembre de 2019

Artículo 31 inciso 1, Ley Estatutaria 1475 de 2011

Revocatoria de la inscripción por causas constitucionales o legales, inhabilidad sobreviniente o evidenciada con posterioridad a la inscripción (Un mes antes de la elección)

4 de octubre de 2019

Artículo 175 inciso 2, del Código Electoral (Decreto número 2241 de 1986)

Selección de Delegados del Consejo Nacional Electoral

(15 días antes de la elección)

11 de octubre de 2019

Artículos 148,157 y 158 del Código Electoral (Decreto número 2241 de 1986)

Designación de Comisiones Escrutadoras y Claveros por los Tribunales (10 días antes de la elección)

12 de octubre de 2019

Artículo 101 del Código Electoral (Decreto número 2241 de 1986)

Fecha límite para la realización del sorteo y publicación de listas de jurados de votación (15 días calendario antes de la elección)

16 de octubre de 2019

Artículo 31 inciso 2, Ley Estatutaria 1475 de 2011

En caso de muerte o incapacidad física, podrán inscribirse nuevos candidatos (Hasta 8 días antes de la votación)

25 de octubre de 2019

Artículos 2°, 3° y 5° de la Resolución número 4138 de 2015 CNE

Postulación, acreditación y publicación del listado de Testigos Electorales (viernes anterior a la elección)

Artículo 127 Código Electoral (Decreto número 2241 de 1986)

Inmunidad de los miembros de las comisiones escrutadoras, sus secretarios y claveros (48 horas antes de iniciarse el escrutinio)

Artículo 36 de la Ley Estatutaria 1475 de 2011

Finalizan los espacios gratuitos en los medios de comunicación social que hacen uso del espectro electromagnético, para los partidos y movimientos políticos, las organizaciones sociales y los grupos significativos de ciudadanos y promotores de voto en blanco que hayan inscrito candidatos, de acuerdo con la asignación del CNE (48 horas antes de iniciarse el escrutinio)

26 de octubre de 2019

Artículo 206 del Código Electoral (Decreto 2241 de 1986)

A las 6:00 p. m. inicia Ley Seca

(Día anterior a la elección)

  

Artículo 2°. La presente resolución rige a partir de su publicación.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

El Registrador Nacional del Estado Civil,

 

JUAN CARLOS GALINDO VÁCHA.

 

El Secretario General,

 

ORLANDO BELTRÁN CAMACHO

 

(C.F.).