RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

© Propiedad de la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Secretaría
Jurídica Distrital

Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Acuerdo 130 de 1956 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
22/12/1956
Fecha de Entrada en Vigencia:
03/01/1957
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

Definición de vínculos para la Norma:

ACUERDO 130 DE 1956

(Diciembre 22)

Por el cual se reglamentan algunos servicios de la Caja de Previsión.

EL CONSEJO ADMINISTRATIVO DEL DISTRITO ESPECIAL DE BOGOTÁ,

ACUERDA:

 ARTICULO 1. A partir del 1 de febrero de 1957 las cuotas periódicas mensuales de los afiliados a la Caja de Previsión del Distrito Especial de Bogotá, serán las siguientes:

a) Para obreros el

2%;

b) para empleados que devenguen sueldos hasta de $ 500.00 el

3%,

c) Para empleados que devenguen sueldos entre $ 501.00 y

$ 750.00, el

3 ½%, y

d) para los empleados de devenguen sueldos superiores a $ 750.00, el 4%.

ARTICULO 2. A partir de la fecha indicada en el artículo anterior el servicio de visitas médicas de la Caja a sus afiliados se prestará en la siguiente forma:

a) Obreros y empleados con sueldos inferiores a $ 400.00, no pagan;

b) Empleados que devenguen sueldos entre $ 401.00 y $ 750.00 pagan $ 3.00 por visita, y

c) Empleados que devenguen sueldos superiores a $ 750.00, pagan $ 5.00 por visita.

ARTICULO 3. Las visitas a los familiares de los afiliados serán pagadas a razón de $ 5.00 cada una.

ARTICULO 4. Este Acuerdo rige desde su sanción.

Dado en Bogotá, D.E., a 22 de diciembre de 1956.

El Presidente, ANDRES RODRIGUEZ GOMEZ

– El Secretario, Hernán Pedraza.

Alcaldía Mayor del D.E. de Bogotá – ENERO 3 DE 1957

Publíquese y ejecútese.

Andrés Rodríguez Gómez

– El Secretario de Gobierno, Francisco Cajiao V.

– EL Secretario DE Hacienda, Camilo Serrano.