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DECRETO LOCAL 008 DE 2019
(Septiembre 11)
Por medio del cual se efectúa modificación presupuestal en el presupuesto de gastos de funcionamiento del fondo de desarrollo local de chapinero para la vigencia fiscal 2019
EL ALCALDE LOCAL DE CHAPINERO
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las conferidas en el artículo 71 del Decreto Ley 1421/93 y el artículo 36 del Decreto 372 del 30 de agosto 2010, y,
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo con el Decreto 372 de 2010 del 30 de agosto de 2010, “Por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local F.D.L.” en su artículo 31, Modificaciones Presupuestales- Traslado Presupuestal “Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se hará mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda- Dirección Distrital de Presupuesto”.
Que, el Alcalde Local de Chapinero, en cumplimiento de las metas establecidas, dentro de nuestro Plan de Desarrollo Local “Chapinero mejor para todos 2017- 2020” para la vigencia 2019 y teniendo en cuenta los memorandos radicados, el N° 20195220009463 del 17 de julio de 2019 y el N° 20195220010093 del 29 de julio de 2019, solicitan traslado presupuestal entre rubros de funcionamiento para continuar con el buen funcionamiento de las instalaciones de la Alcaldía local de Chapinero.
Que la Secretaría de Hacienda –Dirección Distrital de Presupuesto, mediante oficios con radicados N°2019EE165897 del 5 de septiembre de 2019, el N°2019EE165905 del 5 de septiembre de 2019 y el N° 2019EE165904 del 5 de septiembre de 2019 emitió concepto favorable al traslado presupuestal.
Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO: Efectúese el siguiente contracrédito al Presupuesto anual de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero de la vigencia fiscal 2019, de conformidad al siguiente detalle:
ARTÍCULO SEGUNDO: Efectúese el siguiente crédito al presupuesto anual de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero de la vigencia fiscal 2019, de conformidad al siguiente detalle:
ARTÍCULO TERCERO: El presente Decreto Local rige desde de la fecha de su publicación. COMUNIQUESE, PUBLÍCASE Y CÚMPLASE.
El presente Decreto Local es sancionado por el Alcalde Local de Chapinero a los 11 días del mes de septiembre del año 2019.
HERNANDO JOSÉ QUINTERO MAYA |