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DECRETO 013 DE 2019
(Octubre 16)
Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Usaquén para la vigencia fiscal 2019
EL ALCALDE LOCAL DE USAQUÉN (E)
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Decreto 372 de 2010, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto Ley Número 1421 de 1993, por el cual se dictó el régimen especial para el Distrito Capital de Santa Fe de Bogotá, en su Artículo 69 estableció como atribuciones de las Juntas Administradoras Locales, como primera autoridad administrativa de la localidad, el aprobar Acuerdos Locales de conformidad con la Ley y los reglamentos.
Que frente a lo anterior y atendiendo el artículo 31 del Decreto 372 de 2010, párrafo tercero que estipula: “Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaria Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto.”, la Administración Local requiere el traslado presupuestal de unos recursos
Que analizado el presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Usaquén de la vigencia fiscal 2019, se requiere efectuar un traslado para poder ajustar los gastos de funcionamiento de la vigencia
Que la Secretaria Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto mediante oficio No. 2019EE185227 del 16 de Octubre de 2019, emitió concepto favorable al traslado presupuestal al interior del presupuesto de Gastos de Funcionamiento por valor de CIENTO OCHENTA Y TRES MILLONES NOVENTA MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y UN PESOS ($183.090.971)
Que en mérito de lo anteriormente expuesto,
DECRETA
ARTÍCULO 1º. – Efectúese un contracrédito al Presupuesto de Gastos de Funcionamiento de la vigencia 2019 del Fondo de Desarrollo Local de Usaquén conforme al siguiente detalle:
ARTÍCULO 2º. – Efectúese un crédito al Presupuesto de Gastos de Funcionamiento de la vigencia 2019 del Fondo de Desarrollo Local de Usaquén conforme al siguiente detalle:
ARTÍCULO 3º.- Publicación. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital de conformidad al artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.
ARTÍCULO 4º.- Vigencia y Derogatorias. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Dado en Bogotá, D.C., a los dieciséis días del mes de octubre del año 2019.
ANTONIO MARÍA LÓPEZ BURITICA
Alcalde Local de Usaquén (E.) |