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DECRETO LOCAL 014 DE 2019
(Noviembre 22)
Por medio del cual se expide la certificación de los integrantes del Comité local de libertad Religiosa y de Conciencia de Engativá - vigencia 2019-2021
LA ALCALDESA LOCAL DE ENGATIVÁ
En uso de sus facultades legales y especialmente de las conferidas en el Artículo 86 del Decreto ley 1421 de 1993 “Por el cual se dicta el régimen especial para el Distrito Capital de Santa Fe de Bogotá”, demás normas que lo reglamentan o modifiquen y,
CONSIDERANDO:
Que el Acuerdo Local No. 02 del 7 de junio de 2018, en su artículo 1ro creó el “Comité Local de Libertad Religiosa y de conciencia de Engativá, como una instancia consultiva de participación comunitaria, de articulación, seguimiento, promoción y evaluación de las políticas, estrategias, planes y programas en materia de libertad religiosa, de cultos y de conciencia, será un espacio consultivo que promueva bajo la regulación jurídica la libertad de conciencia, y el derecho de cada persona profese libremente su religión en forma individual y colectiva, para asegurar la convivencia, la tolerancia, la igualdad, la libertad, el pluralismo la dignidad humana, las creencias de todas las personas residentes en la localidad de Engativá y la protección de la libertad de cultos y de religión de todas las personas”.
Que el Acuerdo Local 02 de 2018 en su artículo 2 dispone que el Comité Local de Libertad Religiosa y Conciencia de Engativá - CLLRCE, estará conformado por:
> El Alcalde Local o su delegado, (enlace o coordinador) designado por la alcaldía local para asuntos religiosos.
> Un Consejero del CPL, escogido para el sector religioso o el designado por afinidad.
> Un representante de la(s) federación(es) religiosa(s) legalmente reconocidas y con presencia en la localidad de Engativá. > Un representante de la(s) confederación(es) religiosa(s) legalmente reconocidas y con presencia en la localidad de Engativá.
> Cuatro representantes de las confesiones Religiosas e Iglesias reconocidas por el estado que tengan presencia en la localidad de Engativá. >Dos representantes de las Organizaciones Sociales del Sector Religioso.
>Un representante de cada una de las asociaciones de ministros reconocidas por el Estado que tengan presencia en la localidad de Engativá.
> Un Representante del grupo de asuntos religiosos y entidades extranjeras sin ánimo de lucro del Ministerio del Interior y de Justicia. Invitados especiales.
> Edil Localidad de Engativá.
> Comandante de Policía estación décima de Engativá.
> Un delegado de la Personería de Bogotá. > Un delegado de la Procuraduría Distrital.
> El Personero Local o su delegado.
> Un representante de la veeduría.
> Un Representante de la Secretaria de Gobierno o su delegado.
Que, en la sesión del 06 de junio de 2019, a las 9:00 horas se llevó a cabo la presentación de la Política Publica de Libertad Religiosa y de Conciencia por parte de la Secretaría Distrital de Gobierno y del Acuerdo Local N° 02 del 7 de junio de 2018 por parte de la Junta Administradora Local de Engativá.
Que en la sesión del 6 de junio de 2019, con presencia de la Personería Local de Engativá, la subdirección de Asuntos Religiosos de la Secretaria Distrital de Gobierno, los representantes de las organizaciones religiosas de la localidad, y de la Alcaldía Local de Engativá, procedieron a la designación de los representantes y/o delegados ante el Comité Local de Libertad Religiosa y de Conciencia de Engativá, y de los resultados del mismo quedaron registrados en el Acta con fecha 6 de junio de 2019.
Que en consecuencia con lo anterior, las siguientes personas fueron escogidas para ejercer el cargo como representantes y/o delegados ante el Comité Local de Libertad Religiosa y Conciencia de Engativá (CLLRCE), para un periodo de dos (2) años, así:
1. Representantes de las confesiones religiosas e iglesias reconocidas por el Estado que tengan presencia en la localidad de Engativá: 2. Representantes de las organizaciones sociales del sector religioso: 3. Representante de cada una de las asociaciones de ministros reconocidas por el Estado que tengan presencia en la localidad de Engativá: 4. Representante de la(s) Federación(es) religiosa(s) legalmente reconocidas y con presencia en la localidad de Engativá:
5. Representante de la(s) Confederación(es) religiosa(s) legalmente reconocidas y con presencia en la localidad de Engativá:
6. Representantes de las organizaciones sociales del sector religioso
Que de acuerdo con lo registrado en el Acta de fecha 6 de junio de 2019, quedaron vacancias para representantes y/o delegados ante el Comité Local de Libertad Religiosa y Conciencia de Engativá, se autorizó que las postulaciones para las vacantes continuarían abiertas en la Oficina de Participación de la Alcaldía Local de Engativá, en donde se recibiría la documentación y realizaría la verificación de la misma. Que con Acta de fecha 27 de
junio de 2019, se cerraron las inscripciones para suplir las vacancias a
representantes y/o delegados ante el Comité Local de Libertad Religiosa y
Conciencia de Engativá, presentándose los siguientes candidatos: Que en dicha acta se dejó constancia que el Consejo de Planeación Local (CPL) no presentó candidatos para representar esta instancia de participación ante el Comité Local de Libertad Religiosa y Conciencia de Engativá.
En mérito de lo anteriormente expuesto,
DECRETA: PRIMERO: Expedir la certificación de delegados del Comité Local de Libertad Religiosa y de Conciencia de Engativá (CLLRCE) para el periodo 2019 - 2021 a las siguientes personas, identificados y designados como se expresa en la parte considerativa de este Decreto así:
Pastor luis Ángel torres Meléndez, cédula N° 19.416.565
Pastor Henry Alberto Castillo Arévalo, cédula N° 80.513.255
Pastor Diego Rodrigo torres tamayo, cédula N° 79.508.099
Pastor Hugo Esteban Montalvo Espitia, cédula N° 78.322.101
Monseñor Fernando Villegas, cédula N° 3.613.533
Jenniffer Adriana Unda Vergara, cédula N° 1018410135
Pastor Osear Perilla Duran, cédula N° 79,500.541
Pastor Julián Davey tangarife Cardona, cédula N° 1.109.295.209
Pastor Francisco Alfonso Correa Rey, cédula N° 79159054
SEGUNDO: Los representantes y/o delegados reconocidos según el artículo anterior tomarán posesión del cargo en 2019 ante la Alcaldesa Local de Engativá, en fecha que será determinada por ésta, ejercerán su cargo por un periodo de dos (2) años, ad honórem, sin derecho a honorarios, prestaciones u otros derechos económicos y sin vínculo laboral alguno con la Administración.
TERCERO: Contra el presente acto administrativo proceden los recursos contemplados en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437-2011).
CUARTO: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 22 días del mes de noviembre del año 2019.
ÁNGELA VIANNEY ORTIZ ROLDÁN
Alcaldesa Local de Engativá
ALCALDÍA LOCAL DE LA CANDELARIA |