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ACUERDO
045 DE 2019 (Diciembre 17) Por medio del cual se adopta la Actualización
del Plan Para la Gestión integral de Residuos Peligrosos en jurisdicción de la
Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR) y se toman otras
determinaciones EL
CONSEJO DIRECTIVO DE LA CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DE CUNDINAMARCA (CAR), en uso de
sus facultades legales y estatutarias, en especial de las previstas en el
artículo 24, numeral 20 de la Resolución 703 de 25 de junio de 2003 “Por la
cual se aprueban los Estatutos de la Corporación Autónoma Regional de
Cundinamarca (CAR)”, y CONSIDERANDO: Que
el artículo 8° de la Constitución Política en concordancia con lo dispuesto en
los artículos 79, 80, 95 y 334 del mismo ordenamiento, establece que es deber
del Estado y de las personas proteger las riquezas naturales de la nación; Que
el Decreto ley 2811 de 1974 “Por el cual se dicta el Código Nacional de
Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente”, señala en su
artículo 1°, que el ambiente es patrimonio común, razón por la cual el Estado y
los particulares deben participar en su preservación y manejo que son de
utilidad pública e interés social; Que
los fundamentos de la Política para la Gestión Integral de los Residuos o
Desechos Peligrosos en el país están contenidos principalmente en la
Constitución Nacional de 1991, el Código de Recursos Naturales Renovables, la
Ley 99 de 1993 que crea el Ministerio del Medio Ambiente, la Ley 253 de 1996
que ratifica el Convenio de Basilea sobre el Control de los Movimientos
Transfronterizos de Desechos Peligrosos y su Eliminación, la Ley 430 de 1998
sobre la introducción al país de residuos peligrosos, el Capítulo 20 de la
Agenda 21 de la Conferencia de Río de 1992 de las Naciones Unidas sobre residuos
o desechos peligrosos y la Cumbre de Johannesburgo; articulándose con la
Política para la Gestión Integral de Residuos y la Política de Producción Más
Limpia; Que
el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial expidió en el mes
de diciembre de 2005, la Política Ambiental para la Gestión Integral de
Residuos Peligrosos, la cual se sustenta en los siguientes fundamentos: 1.
La minimización mediante la prevención de la generación, así como el
aprovechamiento y la valorización, es la prioridad de la gestión integral de
los residuos o desechos peligrosos. 2.
El tratamiento de los residuos o desechos peligrosos debe permitir la reducción
de su volumen y/o peligrosidad, mediante la aplicación a un costo razonable de
las mejores técnicas disponibles y las mejores prácticas ambientales. 3.
La disposición final de los residuos o desechos peligrosos debe, en la medida
de lo posible, limitarse a aquellos que no sean aprovechables o cuyo reciclado
por el momento no sea económica o técnicamente factible; Que,
con base en la Política Ambiental para la Gestión Integral de Residuos
Peligrosos, la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR), mediante el
Acuerdo 10 de 18 de junio de 2010, adoptó el Plan para la Gestión Integral de
Residuos Peligrosos en el área de su jurisdicción; Que
mediante el artículo 2.2.6.1.5.1 del Decreto 1076 de 2015 “Por medio del cual
se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo
Sostenible”, se dispuso: Artículo
2.2.1.5.1. De las Autoridades Ambientales en la Gestión integral de los
residuos o desechos peligrosos. De conformidad con lo consagrado en la Ley 99
de 1993 y sus disposiciones reglamentarias y en ejercicio de las funciones de
evaluación, control y seguimiento ambiental, las diferentes autoridades
ambientales competentes en el área de su jurisdicción deben: (…) d)
Formular e implementar en el área de su jurisdicción un plan para promover la
gestión integral de residuos o desechos peligrosos, con énfasis en aquellas
estrategias o acciones que haya definido la política como prioritarias. Lo
anterior independientemente de los planes de gestión que deben formular los
generadores, fabricantes o importadores. (…)”; Que
la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR) formuló en su Plan de
Acción 2016-2019, como una de sus líneas estratégicas “Tejido Social para la
corresponsabilidad ambiental”, en la cual se incorporó el Proyecto evaluación,
control y vigilancia al uso, manejo, aprovechamiento y movilización de los
recursos naturales, que contiene la meta 7.6 consistente en cumplir el 100% de
las actividades priorizadas en el Plan de Gestión Integral de Residuos
Peligrosos; Que,
por lo anterior, se hizo necesaria la actualización del Plan de Gestión
Integral de Residuos Peligrosos para armonizar la gestión de estos residuos de
forma planificada y estructurada con todos los actores involucrados, definidos
en la cadena de gestión como generadores, gestores y entes territoriales, con
enfoque preventivo, de reducción, aprovechamiento, tratamiento y disposición
final; Que
para cumplir este propósito se celebró el Contrato de Consultoría número 1127
de 2017 con la firma Aquaviva Gestión e Ingeniería
S.A.S., cuyo objeto fue Realizar la Actualización del Plan de Gestión de
Residuos Peligrosos; Que
la Dirección de Evaluación Seguimiento y Control Ambiental (DESCA) se pronunció
mediante el Informe Técnico DESCA número 2426 de 2019, con respecto al
documento del PGIRRESPEL entregado por la Consultoría, cuyos aspectos más
importantes se resaltan a continuación: (…) V.
CONCEPTO TÉCNICO Que
teniendo en cuenta que el documento presentado por la Consultora Aquaviva Gestión e Ingeniería S.A.S. mediante oficio
Radicado número 20181128599 del 16 de julio de 2018 es muy robusto y que en las
socializaciones realizadas con las dependencias involucradas en su ejecución se
sugirieron ajustes desde las funciones de cada dependencia establecidas en el
Acuerdo CAR número 22 de 2014 modificado mediante Acuerdo CAR número 28 de 2017
y atendiendo al cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Artículo
2.2.6.1.5.1 del Título 6 del Decreto 1076 de 2015 y la Política Ambiental para
la Gestión Integral de Residuos o Desechos Peligrosos.. Que
con base a los proyectos y programas presentados por la consultora y luego de
incorporar las sugerencias de las diferentes áreas involucradas en su
ejecución, se construye un documento técnico que será el presentado ante el
Consejo Directivo de la Corporación para su aprobación. Es pertinente aclarar
que el anexo técnico que se adjunta en el presente informe conservó la
estructura propuesta por la Consultora Aquaviva
Gestión e Ingeniería S.A.S., tal como se describió en la Tabla 2 del Numeral
4.1 del presente Informe Técnico. El
día 29 de agosto de 2019 se realizó la socialización final con las dependencias
involucradas en la ejecución de PGIRP, en la cual se aprobó el documento final
que se anexa en el presente informe. Se anexa lista de asistencia. VI.
RECOMENDACIONES Y OBLIGACIONES Adoptar
el Plan de Gestión Integral de Residuos Peligrosos (PGIRESPEL) actualizado en
el marco del Contrato de Consultoría número 1727, el cual se implementará en la
jurisdicción CAR a través de las fichas del Anexo 1. Dicho
anexo se diseñó con base en la información aportada por la Consultora Aquaviva Gestión e Ingeniería S.A.S. y se concertó con las
dependencias relacionadas en su ejecución. (…); Que
el Plan de Gestión Integral de Residuos Peligrosos promueve en las entidades territoriales,
sectores industriales, de atención en salud y otras actividades de la
jurisdicción de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR), el
manejo y la gestión integral de los residuos peligrosos y su ciclo de vida,
mediante el desarrollo de programas, proyectos y actividades viables económica
y técnicamente, en el corto, mediano y largo plazo, dentro de los principios de
prevención y reducción, producción y consumo sostenible, con la finalidad de
minimizar los riesgos sobre la salud humana y el ambiente; Que
en mérito de lo expuesto ACUERDA: Artículo 1°. Adopción. Adoptar la
actualización del Plan para la gestión Integral de Residuos Peligrosos en
Jurisdicción de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR),
conforme a los objetivos, programas, proyectos, actividades, metas, indicadores
y responsables definidos en el documento anexo denominado ACTUALIZACIÓN DEL
PLAN DE GESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS O DESECHOS PELIGROSOS Y RESIDUOS
POSCONSUMO PARA EL ÁREA DE JURISDICCIÓN DE LA CAR, el cual forma parte integral
del presente acuerdo, así como el Informe Técnico DESCA 2426 de 9 de diciembre
de 2019, mediante el cual fue evaluado. Artículo 2°.
Seguimiento.
El seguimiento a la ejecución del presente PLAN se efectuará mediante un comité
el cual estará conformado por un delegado de las dependencias involucradas en
su ejecución, quienes serán designados por el director de cada dependencia como
se establece en la Línea Estratégica 3. Mejoramiento del sistema de gestión
integral de RESPEL - PROGRAMA 3.1 Fortalecimiento de los mecanismos para la
gestión del PGIRESPEL PROYECTO 3.1.1: Coordinación de la gestión para
implementación del PGIRESPEL. Artículo 3°. Vigilancia
y control.
La Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR), deberá propender por el
uso de tecnologías de punta en sus labores de vigilancia y control,
garantizando el desarrollo de hardware y software que permita la
georreferenciación y el monitoreo en tiempo real de los generadores,
transportadores y gestores autorizados en la jurisdicción y el control de la
oferta de acuerdo con las medidas impuestas por la Corporación. Artículo 4°.
Actualizaciones.
Las actualizaciones que se lleven a cabo sobre el plan adoptado mediante el
presente Acuerdo, serán realizadas por el director de la CAR, mediante acto
administrativo motivado. Artículo 5°. Vigencia. El presente Acuerdo
rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial. COMUNÍQUESE PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Dado en
Bogotá, D. C., a los 17 días del mes de diciembre del año 2019. El
presidente del Consejo Directivo, Efraín
Eduardo Contreras Ramírez. El
secretario del Consejo Directivo, José
Alfredo Salamanca Ávila. (C. F.). |