| Cargando el Contenido del Documento | |
| Por favor espere... |
|
CIRCULAR 014 DE 2020
(Marzo 13) Ver Resolución
122 de 2020. Instituto Para la Economía Social – IPES.
PARA: SERVIDORES PUBLICOS Y CONTRATISTAS.
DE: DIRECCION GENERAL
ASUNTO: Medidas de Prevención Coronavirus COVID-19
De conformidad con el artículo 2 de la Constitución Política, las autoridades están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias y demás derechos y libertades.
El artículo 49 de la Carla Política preceptúa que: "La atención de la salud el saneamiento ambiental, son servicios a cargo del Estado. Se garantiza a todas las personas el acceso a los servicios de promoción, protección y recuperación de la salud".
El Decreto 081 de 11 de marzo de 2020, expedido por la alcaldesa de Bogotá, Claudia Nayibe López Hernández, adopta medidas sanitarias y acciones transitorias de policía para la preservación de la vida y mitigación del riesgo con ocasión de la situación epidemiológica causada por el Coronavirus (COVID-19) en Bogotá, D.C., y dicta otras disposiciones".
Que el Instituto Para la Economía Social - !PES, comprometido con el Bienestar de sus colaboradores y alineado con las directrices, respecto a las medidas preventivas de autoprotección y de cuidado colectivo frente al virus y con el fin de mitigar en lo posible el riesgo de contagio, establece:
1. De Autocuidado Personal:
Cada persona deberá realizar una pausa activa con las siguientes acciones:
✓ Cada tres (3) horas lavarse las manos con abundante jabón, alcohol o gel antiséptico.
✓ Tomar agua (hidratarse).
✓ Taparse nariz y boca con el antebrazo (no con la mano) al estornudar o toser.
✓ Evitar contacto directo, no saludar de beso o de mano, no dar abrazos.
✓ Evitar asistir a eventos masivos o de cualquier tipo que no sean indispensables. ✓ En caso de gripa usar tapabocas y quedarse en casa. Llamar a la línea 123 antes de ir al servicio de urgencias si presenta síntomas de alarma (dificultad respiratoria, temperatura superior a 37;5 "C axilar por más de dos días o silbido en el pecho en niños).
2. De autocuidado colectivo:
Se adoptarán las medidas necesarias para organizar el trabajo en casa de los servidores públicos que les sea posible. Para ello se tendrá en cuenta lo siguiente:
Teletrabajo: Los servidores públicos que puedan ejercer sus funciones sin necesidad de venir al lugar de trabajo podrán laborar desde sus hogares, se dará prioridad a servidores públicos en estado de embarazo y con enfermedades crónicas debidamente certificados por la EPS.
Para lo anterior, deberán concertar y establecer previamente con el jefe Inmediato un plan de trabajo con las actividades que desarrollarán desde sus hogares y en todo caso se deberá tener previsto la no afectación del servicio
Cada Jefe Inmediato deberá informar mediante correo electrónico a Talento Humano- thumano@ipes.gov.co, la información de los servidores a su cargo que teletrabajaran, con la respectiva programación.
Así mismo, se realizarán todos los días jornadas de desinfección y aseo en los equipos de cómputo, teléfonos y escritorios.
Para el ingreso a la Entidad todos los colaboradores deberán presentar su carnet institucional y el personal de vigilancia será el encargado de dar el acceso y la salida en el torniquete, respecto al registro en el sistema biométrico por parte de los servidores públicos, este continuara funcionando como es habitual y desde el área de servicios generales se realizará la limpieza al mismo de manera constante.
Cordialmente
LIBARDO ASPRILLA LARA
Director General |