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Resolución 089 de 2020 Secretaría Distrital de Gobierno - Dirección para la Gestión Policiva

Fecha de Expedición:
11/06/2020
Fecha de Entrada en Vigencia:
01/08/2020
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 6872 del 01 de agosto de 2020.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

Resolución 089 de 2020

 

(Junio 11)

 

Por la cual se modifica la Resolución No. 0673 de 2017 “Por la cual se expide el Reglamento Interno de los delegados de la Secretaría Distrital de Gobierno para la supervisión de sorteos, concursos y espectáculos públicos y se deroga la Resolución No. 628 del 21 de octubre de 2009” y se amplía la vigencia de la Lista de Delegados contenida en las Resoluciones 116 de 2017 y la 094 de 2018

 

EL DIRECTOR PARA LA GESTIÓN POLICIVA

 

En uso de las facultades delegadas por el Secretario Distrital de Gobierno en la Resolución No. 0677 del 19 de julio de 2017, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Acuerdo Distrital 079 de 2003, en sus artículos 128 y 133, y el Decreto Distrital No. 455 de 2006 en su artículo 1, señalan que, para la supervisión de los sorteos que realicen las loterías, los chances, los juegos promocionales, los consorcios comerciales, así como el desarrollo de concursos y espectáculos públicos, el Secretario Distrital de Gobierno, designará como delegados a los servidores de esa entidad que considere pertinente.

 

Que el 19 de julio de 2017 el Secretario Distrital de Gobierno mediante la Resolución No. 0677  delega en el Director para la Gestión Policiva “la expedición de los actos administrativos y la definición de manuales, procedimientos, instrucciones, formatos y demás documentos controlados del sistema integrado de gestión que sean necesarios para dar cumplimiento a los artículos 10 al 30, inclusive, de la resolución 0673 del 19 de Julio de 2017, en los asuntos relacionados con la conformación y exclusiones de la lista de  delegados para supervisión, delegaciones y retribución de los delegados para la supervisión de sorteos, concursos y espectáculos públicos que se realicen en el distrito capital”.

 

Que el Secretario Distrital de Gobierno con la Resolución No. 0673 del 19 de julio de 2017, expidió el Reglamento Interno de los delegados de la Entidad para la supervisión de sorteos, concursos y espectáculos públicos, derogando el reglamento anterior consignado en la Resolución No. 628 del 21 de octubre de 2009.


Que en la Resolución No. 0637 del 19 de julio de 2017 se prevé en el artículo 4 que podrá ser designado como Delegado para la Supervisión el funcionario que integre la Lista de Delegados, suscriba el Acta de Compromiso y haya ingresado a la base de datos del aplicativo JACD. Asimismo en el artículo 10 se dispone que podrán inscribirse para conformar la Lista de Delegados los funcionarios que: acrediten tiempo de servicio continuo en la Entidad no inferior a un (1) año, no haber sido sancionado disciplinariamente en el año inmediatamente anterior y no haber sido retirado de la Lista de Delegados del periodo inmediatamente anterior.

 

Que la Lista de Delegados para la Supervisión tiene una vigencia de tres (3) años contados a partir de la publicación del acto administrativo mediante la cual se conforme, pudiendo en cualquier momento por necesidades del servicio, iniciar el procedimiento al que hace referencia el artículo 11 de la Resolución No. 0673 del 19 de julio de 2017 y quienes sean seleccionados se incorporaría a la Lista de Delegados para la Supervisión por el término restante de vigencia de la misma.

 

Que así es como previo el agotamiento del procedimiento dispuesto en el artículo 11 de la Resolución No. 0673 del 19 de julio de 2017, se conformó mediante la  Resolución No. 116 del 12 de octubre de 2017 expedida por el Director para la Gestión Policiva, con 147 servidores públicos de la Entidad,  la Lista de Delegados para la Supervisión de juegos promocionales, concursos, asambleas y sorteos que realicen las loterías, consorcios comerciales, así como de espectáculos públicos en el territorio de Bogotá, D.C para el periodo 2017-2020.

 

Que a la Resolución No. 116 del 12 de octubre de 2017, luego fueron incorporados 85 servidores públicos de la Secretaría Distrital de Gobierno mediante la Resolución No. 094 del 30 de mayo de 2018 emitida por el Director para la Gestión Policiva, quedando así un total de 232 servidores públicos.

 

Que al 30 de enero de 2020 estaban activos como delegados de la Secretaría Distrital de Gobierno 203 servidores públicos, de conformidad con la respuesta dada al memorando enviado a la Directora para la Gestión del Talento Humano con número 20202210049073 de dicha fecha.

 

Que luego del dato que reportó la Dirección para la Gestión de Talento Humano sobre la cantidad de servidores públicos activos que hacían parte de la lista de Delegados de la Secretaría Distrital de Gobierno a enero de 2020, se ha evidenciado por los reportes que mensualmente se reciben de esa Dirección acerca de las situaciones administrativas correspondientes, que a la fecha se cuenta únicamente con un total de 181 servidores públicos vigentes como delegados de la Entidad, ante las novedades de personal que se han presentado en el transcurso de ese tiempo.

 

Que a la par con la reducción del número de servidores públicos activos de la lista de delegados para la supervisión de sorteos, concursos y espectáculos públicos,  gradualmente desde febrero del año en curso han ingresado para el desempeño de funciones en la planta de personal de la Secretaría Distrital de Gobierno, con ocasión de las listas de elegibles que cobraron firmeza dentro del proceso del Concurso de Méritos No. 740 de 2018, un total de ciento noventa (190) servidores públicos, acorde con la información que suministró electrónicamente a esta dependencia el 9 de junio de 2020 la Dirección de Gestión para el Talento Humano.

 

Que los servidores vinculados a la Secretaría Distrital de Gobierno con ocasión de la convocatoria 740 de 2018, una vez superado el periodo de prueba de seis (6) meses establecido en el artículo 2.2.6.26 Decreto Nacional 1083 de 2015, adquieren derechos de carrera, pero no por ello estarían habilitados para poder entrar a participar en el proceso de conformación de la lista de delegados ante lo exigido en el artículo 10 del reglamento interno de delegados de la Secretaría Distrital de Gobierno.

 

Que en aras de fomentar la participación del mayor número de servidores públicos de la Entidad que podrían llegar a conformar la nueva Lista de Delegados y considerando que:  (i) para ejercer supervisión de sorteos, concurso y espectáculos públicos el tiempo actualmente exigido de tener vinculación con la Entidad no inferior a un (1) año, no obedece a algún criterio de exigencia legal que no pueda ser modificado; (ii) el ejercicio de las supervisiones corresponde a un servicio que debe ser prestado por la Secretaría Distrital de Gobierno a través de sus delegados y no un incentivo y que (iii) las capacidades para ejercer una supervisión de un sorteo, concurso o espectáculo público no las da el tiempo que haya estado un servidor vinculado a la Secretaría Distrital de Gobierno, sino las competencias para comprender el objeto de lo que va a supervisar, estudiar, aplicar, hacer exigible y tomar según el caso decisiones estrictamente relacionadas con las condiciones de la mecánica que cada empresario dispone para un evento, se encontró procedente, en ejercicio de las facultades delegadas por el Secretario Distrital de Gobierno mediante la Resolución No. 0677 del 19 de julio de 2017,  modificar los requisitos del artículo 10 de la Resolución No. 0673 del 19 de julio de 2017, reduciendo el tiempo de vinculación de un (1) año a seis (6) meses, contados a partir de la fecha de inicio del proceso para conformar la nueva lista de delegados.

 

Que así mismo, acorde con el tiempo que se empleó para la conformación de la lista de delegados del periodo 2017-2020, esto es (3) meses y en congruencia con el plazo  en que la mayoría de los servidores públicos vinculados a la Secretaría Distrital de Gobierno por la convocatoria 740 de 2018, superarían el periodo de prueba, es procedente ampliar la vigencia de la Lista de Delegados para la Supervisión conformada con la Resolución No. 116 del 12 de octubre de 2017 y la incorporación hecha con la Resolución No. 094 del 30 de mayo de 2018 hasta el 31 de diciembre de 2020, de tal manera que pueda adelantarse sin inconvenientes en la prestación del servicio a cargo de la Secretaría Distrital de Gobierno, el proceso de selección de la nueva lista de delegados para la supervisión de sorteos, concursos y espectáculos públicos correspondiente al periodo 2021- 2023, en el último trimestre del año 2020.

 

Que por lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1.- Modificar el artículo 10 de la Resolución No. 0673 del 19 de julio de 2017, el cual quedará así:

 

“ARTÍCULO 10. Requisitos. Podrán inscribirse para conformar la Lista de Delegados para la Supervisión los funcionarios que al inicio del procedimiento previsto en el artículo 11 de la presente resolución, cumplan con los siguientes requisitos:

 

1. Acreditar tiempo de servicio continuo en la Entidad no inferior a seis (6) meses.

 

2. No haber sido sancionado disciplinariamente en el año inmediatamente anterior.

 

3. No haber sido retirado de la Lista de Delegados para la Supervisión del periodo inmediatamente anterior.

 

PARÁGRAFO. Los plazos a que se refiere el presente artículo se contarán a partir de la fecha de inicio del proceso para conformar la Lista”.

 

ARTÍCULO 2.- Ampliar la vigencia de la Lista de Delegados para la Supervisión conformada con la Resolución No. 116 del 12 de octubre de 2017 y la incorporación hecha con la Resolución No. 094 del 30 de mayo de 2018 hasta el 31 de diciembre de 2020.

 

ARTÍCULO 3.- Comunicar la presente resolución a los servidores públicos que están activos de la Lista de Delegados para la supervisión conformada con las Resoluciones números 116 del 12 de octubre de 2017 y la 094 del 30 de mayo de 2018, mediante los correos electrónicos habilitados para el efecto.

 

ARTÍCULO 4.- La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Registro Distrital.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 11 días del mes de junio del año 2020.

 

ANDRÉS MÁRQUEZ PENAGOS

 

Director para la Gestión Policiva