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DECRETO LOCAL 025 DE 2020
(Octubre 15)
Por el cual se sanciona el Acuerdo Local No. 035 de 2020 “Por el cual se adopta el Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas para la Localidad de Fontibón 2021-2024 “Un Nuevo Contrato Social y Ambiental para la Bogotá del Siglo XXI” Un Nuevo Contrato Social y Ambiental para Fontibón”
EL ALCALDE LOCAL DE FONTIBÓN
En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por los números 1,3 y 4 del artículo 86 de Decreto 1421 de 1993 y
CONSIDERANDO:
Que la Junta Administradora Local de Fontibón remitió al Despacho del suscrito Alcalde Local el Acuerdo Local No. 035 de 2020 “POR EL CUAL SE ADOPTA EL PLAN DE DESARROLLO ECONÓMICO, SOCIAL, AMBIENTAL Y DE OBRAS PÚBLICAS PARA LA LOCALIDAD DE FONTIBÓN 2021-2024 “UN NUEVO CONTRATO SOCIAL Y AMBIENTAL PARA LA BOGOTÁ DEL SIGLO XXI” UN NUEVO CONTRATO SOCIAL Y AMBIENTAL PARA FONTIBÓN”, para que proceda a la respectiva sanción.
Que el artículo 81 del Decreto 1421 de 1993, indica: “ARTICULO 81. OBJECIONES Y SANCION. Aprobado en segundo debate un proyecto de acuerdo, pasará al alcalde local para su sanción, quien podrá objetarle por razones de inconveniencia
o por encontrarlo contrario a la Constitución, a la ley, a otras normas nacionales aplicables, a los acuerdos distritales o a los decretos del alcalde mayor. Las objeciones deberán formularse dentro del término improrrogable de los cinco (5) días siguientes a su recibo. Si el alcalde una vez transcurrido el citado término, no hubiere devuelto el proyecto objetado, deberá sancionarlo y promulgarlo.
Las objeciones sólo podrán ser rechazadas por el voto de la mitad más uno de los miembros de la corporación.”
Que una vez revisado el Acuerdo Local No. 035 de 2020 no se encuentran razones de inconveniencia, de inconstitucionalidad o de ilegalidad para ser objetado, razón por la cual se procederá a su sanción de conformidad con lo normado en el artículo 81 del Decreto 1421 de 1993.
En mérito de lo expuesto, el Alcalde Local de Fontibón.
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO. SANCIONAR el Acuerdo Local No. 035 de 2020 “POR EL CUAL SE ADOPTA EL PLAN DE DESARROLLO ECONÓMICO, SOCIAL, AMBIENTAL Y DE OBRAS PÚBLICAS PARA LA LOCALIDAD DE FONTIBÓN 2021-2024 “UN NUEVO CONTRATO SOCIAL Y AMBIENTAL PARA LA BOGOTÁ DEL SIGLO XXI” UN NUEVO CONTRATO SOCIAL Y AMBIENTAL PARA FONTIBÓN”.
ARTÍCULO SEGUNDO. Remitir el Acuerdo Local No. 035 de 2020 debidamente sancionado a la Junta Administradora Local, a la Dirección Jurídica de la Secretaria Distrital de Gobierno para lo de su competencia y a la Imprenta Distrital para su publicación.
ARTÍCULO TERCERO. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 15 días del mes de octubre del año 2020.
CARLOS LEONARDO LOZADA CARVALHO
Alcalde Local de Fontibón |