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Resolución 575 de 2020 Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación - ICFES

Fecha de Expedición:
03/12/2020
Fecha de Entrada en Vigencia:
03/12/2020
Medio de Publicación:
Diario Oficial No. 51571 del 03 de diciembre de 2020.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 575 DE 2020

 

(Diciembre 03)

 

Por la cual se fijan las tarifas de los exámenes de Estado que realiza el Icfes para la vigencia 2021.

 

La Directora General del Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación (Icfes),

 

En ejercicio de sus atribuciones legales y en especial las conferidas en la Ley 1324 de 2009 y en el numeral 9 del artículo 9° del Decreto 5014 de 2009, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que la Ley 1324 de 2009[1] establece en su artículo 7° que los exámenes de Estado son los que (i) evalúan oficialmente la educación formal impartida a quienes terminan el nivel de educación media o quienes deseen acreditar los conocimientos y competencias de ese nivel (Saber 11); y (ii) evalúan oficialmente la culminación de los programas de pregrado de las instituciones de educación superior (Saber Pro y TyT). Estos exámenes, de conformidad con el artículo 12 de la misma Ley, son aplicados por el Icfes.

 

Que la Ley 635 de 2000[2] establece en su artículo 1° que el Icfes podrá definir y recaudar las tarifas correspondientes a los costos de los servicios prestados, y el artículo 3° señala que “la base para la liquidación de las tarifas será el costo de los servicios definidos (…)”.

 

Que el Decreto 5014 de 2009[3] estableció en el numeral 5 del artículo 6° que la Junta Directiva del Icfes tiene la función de fijar las tarifas para la aplicación de los exámenes de Estado en cada anualidad.

 

Que la Junta Directiva del Icfes, en sesión extraordinaria del 30 de noviembre de 2020, aprobó y fijó las tarifas para la aplicación de los exámenes de Estado Saber 11 y Validación del Bachillerato, Saber Pro y Saber T y T de la vigencia 2021. En igual sentido fijó la tarifa de la prueba Pre Saber. Sin embargo, las tarifas de los exámenes Saber Pro y TyT en el extranjero y exámenes de Estado extemporáneos serán fijados con posterioridad.

 

Que la Ley 1955 de 2019 señaló en su artículo 49 que “todos los cobros, sanciones, multas, tasas, tarifas y estampillas, actualmente denominados y establecidos con base en el salario mínimo mensual legal vigente (smmlv), deberán ser calculados con base en su equivalencia en términos de la Unidad de Valor Tributario (UVT). (…)”.

 

Que al momento de expedir la presente resolución la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) no ha fijado oficialmente el valor de la UVT para el año 2021, razón por la cual los valores de las tarifas serán expresados en las UVT del año 2020, esto es, $35.607 pesos; sin perjuicio de que sean actualizadas eventualmente.

 

Que en mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1°. Fijar las tarifas del examen de Estado de la Educación Media, del Examen de Estado de Calidad de la Educación Superior, y de las pruebas Pre Saber 11 y de validación para la vigencia 2021, por usuario, así:

 

1. Tarifas examen de Estado de la educación media Saber 11

 

 

2. Tarifas examen de Estado de la educación superior: Saber Pro y Saber TyT

 

3. Tarifas pruebas Pre Saber y Validación

 


4. Adicionado por el art 1, Resolución 127 de 2021 <El texto adicionado es el siguiente> Tarifas exámenes Extemporáneos


El Icfes podrá realizar aplicaciones extemporáneas de los exámenes de Estado, entendidas como aplicaciones por fuera del calendario ordinario o exclusivas para grupos de personas que no hubieren presentado o finalizado un examen en la fecha programada originalmente por razones objetivas o de fuerza mayor. Los exámenes extemporáneos serán establecidos por el Icfes mediante acto administrativo, con base en análisis técnicos y jurídicos que soporten la decisión. Las tarifas de dichos exámenes serán las siguientes:

 



 5. Adicionado por el art 1. Resolución 0294 de 2021 <El texto adicionado es el siguiente>TARIFAS EXÁMENES SABER PRO Y SABER TyT EN EL EXTERIOR TARIFAS EXAMEN DE ESTADO DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR: SABER PRO y SABER TyT Exterior

 

POBLACIÓN

 TARIFA ORDINARIA 2021

TARIFA EN UVT 2021

TARIFA EXTRAORDINARIA 2021

TARIFA EN UVT 2021

Saber Pro – Saber TyT Exterior

$ 182.500

5,0

$ 279.500

7,7

 

TARIFAS EXÁMENES EXTEMPORÁNEOS EXTERIOR

 

 

EXAMEN

TARIFA EXTEMPORÁNEA 2021

TARIFA EN UVT 2021

Saber Pro – Saber TyT Exterior

$ 419.500

11,6

 

Artículo 2°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D. C., a 03 días del mes de diciembre del año 2020.

 

La Directora General,

 

Mónica Ospina Londoño.



NOTAS DE PIE DE PÁGINA:

[1] Por la cual se fijan parámetros y criterios para organizar el sistema de evaluación de resultados de la calidad de la educación, se dictan normas para el fomento de una cultura de la evaluación, en procura de facilitar la inspección y vigilancia del Estado y se transforma el Icfes.

[2] Por la cual se fijan el sistema y métodos para que el Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior (Icfes), fije las tarifas por concepto de los servicios que presta y se dictan otras disposiciones

[3] Por el cual se modifica la estructura del Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación (Icfes), y se dictan otras disposiciones.