| Cargando el Contenido del Documento | |
| Por favor espere... |
|
RESOLUCIÓN 0294 DE 2021
(Mayo 27)
por la cual se fija el valor de los exámenes Saber Pro y TyT en el exterior para la vigencia 2021 y se modifica la Resolución número 575 de 2020.
La Directora General del Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación (Icfes), en ejercicio de sus atribuciones legales y en especial las conferidas en la Ley 1324 de 2009 y en el numeral 9 del artículo 9° del Decreto número 5014 de 2009, y
CONSIDERANDO
Que, con base en el artículo 1° de la Ley 635 de 2000 y el artículo 12 de la Ley 1324 de 2009, el Icfes fijó las tarifas de los exámenes de Estado para la vigencia 2021 mediante la Resolución 575 de 2021, modificada por la Resolución 127 de 2021, en la que se dispuso en sus considerandos que “(…) la Junta Directiva del Icfes, en sesión extraordinaria del 30 de noviembre de 2020, aprobó y fijó las tarifas para la aplicación de los exámenes de Estado Saber 11 y Validación del Bachillerato, Saber Pro y Saber T y T de la vigencia 2021. (…) Sin embargo, las tarifas de los exámenes Saber Pro y TyT en el extranjero (…) serán fijados con posterioridad”.
Que la Junta Directiva del Icfes, en sesión del 25 de mayo de 2021, aprobó las tarifas de los exámenes Saber Pro y TyT en el extranjero, en sus modalidades ordinaria, extraordinaria y extemporánea, así:
TARIFAS EXAMEN DE ESTADO DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR: SABER PRO y SABER TyT EXTERIOR
TARIFAS EXÁMENES EXTEMPORÁNEA EXTERIOR
Que, por lo anterior, se hace necesario modificar la Resolución número 575 de 2020 en el sentido de adicionar un numeral 5° que contenga el valor de la tarifa de los exámenes Saber Pro y Saber TyT en el exterior.
Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE
Artículo 1°. Adición al artículo 1° de la Resolución número 575 de 2020. Adiciónese el numeral 5 al artículo 1° de la Resolución 575 de 2020, el cual quedará así:
“5. TARIFAS EXÁMENES SABER PRO Y SABER TyT EN EL EXTERIOR TARIFAS EXAMEN DE ESTADO DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR: SABER PRO y SABER TyT Exterior
TARIFAS EXÁMENES EXTEMPORÁNEOS EXTERIOR
(…)”
Artículo 2°. Las demás disposiciones contenidas en las Resoluciones números 575 de 2020 y 127 de 2021 que no se modifican expresamente continúan vigentes.
Artículo 3º. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a los 27 días del mes de mayo del año 2021.
La Directora General,
Mónica Ospina Londoño. |