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RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA 049 DE 2003 (Septiembre 30) Derogada parcialmente por la Resolución de la Contraloria de Bogotá D.C. 04 de 2008 Derogada parcialmente por la Resolución de la Contraloría de Bogotá D.C 10 de 2009 Por la cual se adopta la versión 2.0 de los procedimientos relacionados con el Proceso Enlace con Clientes EL CONTRALOR DE BOGOTÁ, D. C. En ejercicio de sus atribuciones legales y en especial las que le confiere el artículo 10 del Acuerdo 24 de 2001; y CONSIDERANDO Que de conformidad con los literales b) y l) del artículo 4 de la Ley 87 de 1993 *Por la cual se establecen normas para el ejercicio de control interno en las entidades y organismos del Estado y se dictan otras disposiciones*, se deben implementar como elementos del sistema de control interno institucional la definición de políticas como guías de acción y procedimientos para la ejecución de procesos, así como la simplificación y actualización de normas y procedimientos.Que el artículo 10 del Acuerdo 24 de 2001 del Concejo de Bogotá, D. C., *Por el cual se organiza la Contraloría de Bogotá D.C., se determinan las funciones por dependencias, se fijan los principios generales inherentes a su organización y funcionamiento y se dictan otras disposiciones*, fija la estructura organizacional de la Contraloría de Bogotá, D.C. y faculta al Contralor de Bogotá, D. C. para establecer y reglamentar la organización interna, la forma de ejercer las funciones a su cargo y el funcionamiento de la Entidad, en armonía con los principios consagrados en la Constitución Política, la Ley y los Acuerdos. Que el numeral 13 del artículo 42 ibídem, consagra como una de las funciones de la Dirección de Planeación, *Elaborar y actualizar el manual de procedimientos de la Contraloría en coordinación con las demás dependencias*. Que conforme a los parámetros establecidos en los artículos 35 numerales 2 y 12, Artículo 36 numerales 2 y 8, Artículo 52 numeral 6 y 18 y Articulo 57 numerales 1, 2, 3, 4, 7 y 9 del Acuerdo 24 de 2001, las Direcciones de Apoyo al Despacho, Desarrollo Local y Participación Ciudadana y la Oficina Asesora de Comunicaciones, deben desarrollar las políticas, planes y programas que en materia de Enlaces con el Concejo de Bogotá, D.C., Ciudadanía y Opinión Pública se deban realizar para fomentar el ejercicio del control político, social y tramitar dentro de la oportunidad legal las peticiones formuladas por concejales y ciudadanía en general, con el propósito de satisfacer sus solicitudes. Que la racionalización de los trámites, métodos y procedimientos se constituye en una herramienta fundamental para el sistema de gestión de la calidad y el mejoramiento de la función pública, al facilitar el cumplimiento de las funciones y objetivos institucionales, la delimitación de responsabilidades, la inducción del empleado en su puesto de trabajo, la definición de controles internos y el desarrollo de los sistemas de información en los procesos misionales y administrativos de la Entidad. Que para la implementación del Sistema de Gestión de la Calidad se requiere adoptar los procedimientos relacionados con el proceso de primer nivel Enlace con Clientes que involucra los procesos de Segundo Nivel: Enlace con la Ciudadanía, Enlace con la Opinión Pública y Enlace con el Concejo. Que mediante Resolución Reglamentaria No. 016 del 13 de marzo de 2003, se adoptaron diez (10) procedimientos en la versión 1.0 relacionados con el Proceso de Enlace con Clientes, de los cuales una vez implementados requieren ser modificados con el propósito de hacerlos más funcionales, dentro del proceso de racionalización y mejoramiento continuo de la organización. Que los procedimientos que se adoptan fueron objeto de revisión y aprobación por las dependencias competentes. RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO.- Adoptar la versión 2.0 de los procedimientos relacionados con el Proceso de Enlace con Clientes, los cuales se incorporan a este acto administrativo para todos los efectos legales, como se enuncian a continuación: 1. Procedimiento para Desarrollar Eventos de Formación a la Ciudadanía, V 2.0. Derogado por el art. 7, Resolución Contraloria Distrital 021 de 2010 2. Procedimiento para el Manejo de los Comités Locales de Control Social, V 2.0. 3. Procedimiento para Celebrar Convenios de Cooperación con Universidades, V 2.0. 4. Procedimiento para Celebrar Convenios de Cooperación Interinstitucional, V 2.0. 5. Procedimiento para la Recepción y Trámite de los Derechos de Petición, V 2.0. 6. Procedimiento Enlace con el Concejo, V 2.0. 7. Procedimiento Realización Ruedas de Prensa, V 2.0. 8. Procedimiento Elaboración Comunicados de Prensa, V 2.0. 9. Procedimiento Elaboración Publicaciones, V 2.0. 10. Procedimiento Suministro de Información a Periodistas que Cubren Diferentes Medios de Comunicación, V 2.0. ARTÍCULO SEGUNDO.- Delegar en la Dirección de Planeación, en coordinación con las direcciones competentes la actualización de los procedimientos adoptados. ARTÍCULO TERCERO.- Es responsabilidad de los Directores de Desarrollo Local y Participación Ciudadana y Apoyo al Despacho, del Jefe de la Oficina Asesora de Comunicaciones y asesores velar por la administración, divulgación, presentación, capacitación y mejoramiento de los procedimientos adoptados. ARTÍCULO CUARTO.- La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial la Resolución 016 del 13 de marzo de 2003, expedida por la Contraloría de Bogotá, D.C. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Bogotá, D. C. a los treinta (30) días del mes de septiembre de dos mil tres (2003) JUAN ANTONIO NIETO ESCALANTE Contralor de Bogotá, D.C. Nota: Publicada en el Registro Distrital 2962 de Octubre 7 de 2003. Los anexos de la presente Resolución pueden ser consultados en el Registro Distrital señalado |