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Resolución Reglamentaria 21 de 2010 Contraloría de Bogotá D.C.

Fecha de Expedición:
19/08/2010
Fecha de Entrada en Vigencia:
23/08/2010
Medio de Publicación:
Registro Distrital 4484 de agosto 23 de 2010
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA 021 DE 2010

(Agosto 19)

 Derogada por el art. 5, Resolución Contraloria Distrital 039 de 2013.

Por la cual se modifican, eliminan e incorporan documentos y procedimientos del proceso Enlace con los clientes.

EL CONTRALOR DE BOGOTÁ D. C.

En ejercicio de sus atribuciones legales y en especial las que le confiere el artículo 6 del Acuerdo 361 de 2009; y

CONSIDERANDO:

De conformidad con los literales b) y l) del artículo 4 de la Ley 87 de 1993, "Por la cual se establecen normas para el ejercicio de control interno en las entidades y organismos del Estado y se dictan otras disposiciones", se deben implementar como elementos del sistema de control interno institucional la definición de políticas como guías de acción y procedimientos para la ejecución de procesos, así como la simplificación y actualización de normas y procedimientos.

Que el Modelo Estándar de Control Interno MECI, adoptado en la Contraloría de Bogotá mediante Resolución Reglamentaria No. 013 de junio 12 de 2006, contiene entre otros elementos de control del subsistema de control de gestión, los procedimientos conformados por el conjunto de especificaciones, relaciones y ordenamiento de tareas requeridas para cumplir con las actividades de un proceso controlando acciones que requiere la operación de la Contraloría de Bogotá y el manual de procedimientos como una guía de uso individual y colectivo que permite el conocimiento de la forma como se ejecuta o desarrolla su función administrativa, propiciando la realización del trabajo bajo un lenguaje común a todos los servidores públicos.

Que mediante el Acuerdo 361 del 6 de enero de 2009: "por el cual se organiza la Contraloría de Bogotá, D. C., se determinan las funciones por dependencias, se fijan los principios generales inherentes a su organización y funcionamiento y se dictan otras disposiciones", en su Artículo 30 establece las funciones de la Dirección para el Control Social y Desarrollo Local así:

"Dirección para el Control Social y Desarrollo Local. Además de las funciones que en materia de fiscalización se establecen para las direcciones sectoriales en el artículo 47 del presente Acuerdo, esta dirección ejecutará de manera trasversal a todos los sectores de fiscalización, las políticas orientadas a propiciar la participación ciudadana y el ejercicio del control social, ejerciendo las siguientes funciones:

1. Promover el ejercicio del control social en todas las localidades de la Ciudad, en materia de promoción y gestión de los procesos de participación de las comunidades y los ciudadanos.

2. Presentar ante las distintas instancias de la Contraloría de Bogotá las estrategias encaminadas a propiciar en todo el proceso auditor el ejercicio de la participación ciudadana y el control social.

3. Diseñar y difundir las políticas y estrategias de promoción de la participación ciudadana y de los ciudadanos en las localidades para coadyuvar eficazmente en la vigilancia de la gestión fiscal y la promoción de los mecanismos institucionales, metodológicos y técnicos que la garanticen.

4. Organizar programas de promoción, sensibilización y divulgación, que potencien la participación ciudadana y su contribución a la vigilancia fiscal.

5. Promover un especial seguimiento, con el apoyo de las direcciones de fiscalización, a los recursos públicos distritales destinados a la participación ciudadana, a las emergencias y a los desastres.

6. Servir de enlace entre las Oficinas de Localidades, el Despacho del Contralor Distrital y las demás dependencia misionales y de apoyo de la entidad.

7. Dirigir las relaciones de las Oficinas de Localidades con los Despachos superiores y las dependencias inmediatas, las dependencias del ramo administrativo y las Direcciones Sectoriales de Fiscalización".

Que el Artículo 29 del mismo Acuerdo, dispone como función de la Dirección de Apoyo al Despacho. Atender las relaciones con el Concejo de Bogotá para la coordinación de las distintas materias en que la Contraloría deba interactuar con el mismo.

Que en el Artículo 34 del mismo Acuerdo, dispone que son funciones de la Oficina Asesora de Comunicaciones:

1. Asesorar al Contralor de Bogotá en lo referente a la imagen institucional, la divulgación y el diseño de programas y esquemas de diversos géneros de información para todos los medios de comunicación.

2. Registrar visual y gráficamente las actuaciones de los servidores de la Contraloría de Bogotá, con el objeto de promover y difundir la información relevante frente a la comunidad.

3. Asesorar las áreas relacionadas con la ejecución de eventos en los que se requiera resaltar las acciones e imagen de la Contraloría de Bogotá y propender por la adecuada utilización de la imagen corporativa de la entidad.

(…)

6. Producir y realizar los programas que convengan a la imagen de la Contraloría de Bogotá y a las necesidades de información de la opinión pública sobre la gestión de la Entidad, de acuerdo con las políticas establecidas por el Contralor.

(…)

Que el numeral 9 del artículo 37 del mismo Acuerdo, consagra como una de las funciones de la Dirección de Planeación, "Realizar la revisión técnica de los planes, documentos y procedimientos que adopte la entidad, para asegurar la armonización, implementación y evaluación de los mismos".

Que la Constitución Política y los desarrollos normativos y legales alrededor del ejercicio del control social, consagran una serie de disposiciones encaminadas a garantizar al ciudadano y a las organizaciones sociales que puedan ejercer el derecho y el deber de la vigilancia y control de la gestión pública y de los recursos públicos.

Que mediante Resolución Reglamentaria 056 de Diciembre 3 de 2003 "Por la cual se deroga la Resolución Reglamentaria No. 005 del 11 de febrero de 2002 y se reglamenta la conformación y funcionamiento de los Comités Locales de Control Social" se estableció que debía conformarse en cada localidad de la ciudad de Bogotá, D.C., el COMITÉ LOCAL DE CONTROL SOCIAL, "como organismo que coadyuve a articular el control social con el control fiscal", cuya gestión debe ser actualizada con mayores herramientas y estrategias de pedagogía social, sensibilización y control en el marco de la auditoria social, el observatorio y demás acciones ciudadanas especiales, a través del Agenciamiento transversal.

Que mediante Resolución Reglamentaria No. 049 de septiembre 30 de 2003, se adoptó la versión 2.0 del procedimiento para desarrollar eventos de formación a la ciudadanía.

Que mediante Resolución Reglamentaria No. 04 de febrero 14 de 2008 se adoptaron e incorporaron procedimientos al proceso de enlace como: "Procedimiento para el funcionamiento de los comités de Control Social, Nodos temáticos y Redes de Acción participativa", "Procedimiento para la divulgación de Información Institucional" y "Procedimiento para la realización de acciones ciudadanas especiales".

Que mediante Resolución Reglamentaria No. 010 de Abril 28 de 2009, se adoptó la nueva versión de la "Caracterización del proceso enlace con clientes" y el "Procedimiento Enlace con el Concejo".

Que se hace necesario actualizar la caracterización del proceso de Enlace con los clientes y ajustar los procedimientos, creando uno nuevo que recoge en un solo contexto el actuar de la Entidad con el cliente, mediante una estrategia metodológica en la que se refleja en cada uno de sus pasos el enlace institucional con los ciudadanos al ejercicio del control social para lograr un control fiscal efectivo y su accionar con todas las formas de organización en el espacio de Comités de Control Social.

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO.- Adoptar la nueva versión de los siguientes documentos y Procedimientos relacionados con el Proceso de Enlace con Clientes:

No.

Documento/procedimiento

Versión

Código

1.

Estructura para la caracterización del proceso Enlace con clientes.

6.0

20

2

Procedimiento Enlace con el Concejo de Bogotá D.C.

4.0

2001

3.

Procedimiento para la divulgación de Información Institucional

2.0

2011

ARTÍCULO SEGUNDO.- Eliminar los siguientes procedimientos del Proceso de Enlace con Clientes:

No.

Documento/procedimiento

Versión

Código

1.

Procedimiento para el funcionamiento de los Comités de Control Social, Nodos Temáticos y Redes de Acción Participativa.

3.0

2002

2.

Procedimiento para la realización de acciones ciudadanas especiales.

1.0

2012

3.

Procedimiento para desarrollar eventos de formación a la ciudadanía

2.0

ARTÍCULO  TERCERO.- Derogado por el art. 4, Resolución Contraloría Distrital 019 de 2012. Incorporar el siguiente procedimiento relacionado con el Proceso de Enlace con Clientes:

No.

Documento/procedimiento

Versión

Código

1.

Procedimiento para el ejercicio del control social a la Gestión Pública.

1.0

2013

ARTÍCULO CUARTO.- Delegar en la Dirección de Planeación, en coordinación con las direcciones competentes, la actualización de los procedimientos adoptados.

ARTÍCULO QUINTO -. Es responsabilidad del Director para el Control Social y Desarrollo Local, del Director de Apoyo al Despacho, del jefe de la Oficina de Comunicaciones en coordinación con la Dirección de Informática, velar por la administración, divulgación, presentación, capacitación y mejoramiento del procedimiento adoptado.

ARTÍCULO SEXTO.- Corresponde a la Dirección de Informática, en coordinación con la Dirección para el Control social y Desarrollo Local, prestar el apoyo técnico necesario a las dependencias de la entidad para la aplicación de la Base de datos de control social.

PARÁGRAFO.- La capacitación en el uso de la Base de datos de control social, estará a cargo de la Dirección para el Control Social y Desarrollo Local.

ARTÍCULO  SÉPTIMO.- La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial el numeral 1 del artículo primero de la Resolución Reglamentaria 049 de septiembre 30 de 2003, la Resolución Reglamentaria No. 056 de 2003, el numeral 2 del artículo primero y artículo segundo de la Resolución Reglamentaria No. 04 de febrero 14 de 2008 y la Resolución 10 de Abril 28 de 2009.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

ARTÍCULO TRANSITORIO. La Dirección para el Control Social y Desarrollo Local durante el término de tres (3) meses contados a partir de la entrada en vigencia de esta Resolución, organizará lo pertinente para que funcione la Base de Datos de control social y coordinará con la Dirección de Informática lo necesario para que se garantice la conectividad del Sistema con todas las Direcciones Sectoriales y Oficinas Locales.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D. C., a los 19 días del mes de agosto de 2010.

MIGUEL ÁNGEL MORALESRUSSI RUSSI

Contralor de Bogotá D. C.

CARACTERIZACIÓN DEL PROCESO ENLACE CON LOS CLIENTES

HISTORIAL DE CAMBIOS

VERSIÓN

No. DEL ACTO ADMINISTRATIVO QUE LO ADOPTA Y FECHA

NATURALEZA DEL CAMBIO

1.0

R.R. 018 de 14 de marzo de 2003

En la Matriz de descripción del proceso, se redefinió la "ENTRADA/INSUMO" y "SALIDA" de cada una de las actividades claves del proceso. Para cada una de las fases del proceso, se garantiza que los productos o resultados (salidas) son insumos para la actividad siguiente.

En la Matriz responsabilidad y comunicaciones, los requisitos de la norma ISO 9001:2000: 8.2.3 "Seguimiento y Medición de los procesos"; 8.4 "Análisis de Datos"; y 8.5 " Mejora", se organizaron los conceptos de acuerdo a los procedimientos que hacen parte del Proceso de Enlace con Clientes. Además el nombre de los registros de comunicación se revisó.

2.0

R.R. 032 de 29 de mayo de 2003.

Se unifican las matrices de descripción de los procesos de segundo nivel, así como las matrices de responsabilidad y comunicación.

Se sustituyen los instrumentos de seguimiento y medición POA y SIMER por el Plan de actividades y sistema de medición de la gestión de la Contraloría de Bogotá D.C. en la matriz de descripción del proceso y la matriz de Responsabilidad y Comunicación.

Se modifican actividades claves del proceso y se eliminan las relacionadas con convenios.

3.0

R.R. 004 de 14 de febrero de 2008.

Se ajusta la redacción del objetivo y alcance del Proceso.

En la descripción del proceso se ajusta los insumos y salidas de las actividades claves del proceso, mejorando la articulación y secuencia con los demás procesos del SGC, especialmente con los de Orientación Institucional "documentos controlados", Gestión Humana, Recursos Físicos y Financieros y Evaluación y Control.

De la matriz de responsabilidad y comunicaciones se excluye el requisito 8.2.2. "Auditoría externa", el cual se incorpora en el nuevo proceso de Evaluación y Control.

Se precisan los documentos a comunicar, así como el medio y los registros en la matriz de responsabilidad y comunicaciones.

4.0

R.R. 016 de septiembre 30 de 2008

Se delimitan como clientes únicamente la ciudadanía y el concejo, actualizando en la descripción del proceso los proveedores de los insumos: Necesidades, expectativas y temas de impacto para los clientes, peticiones quejas y reclamos y encuestas de percepción.

Se actualiza la denominación de la Dirección para el Control Social y Desarrollo Local y Subdirección para el control Social, de conformidad con lo establecido en el Acuerdo 361 de 2009.

5.0

R.R. 010 de Abril 28 de 2009

En el numeral 4.1. Descripción del procedimiento, No. 6 se modifica la salida "Foros, paneles, audiencias públicas" por Acciones ciudadanas Especiales.

En el numeral 4.2. Matriz de Responsabilidad y comunicaciones proceso Enlace con clientes, Requisito aplicable 7.2, se incorpora en la responsabilidad por: los PQR y en el documento que indica la responsabilidad se incluye la Resolución de PQR, de igual manera en quién lo comunica, se determina la responsabilidad al Director de apoyo al Despacho.

Se modifica Plan de actividades por plan de acción.

6.0

R.R. 021 19 AGO. 2010

CARACTERIZACIÓN DEL PROCESO DE ENLACE CON LOS CLIENTES

CÓDIGO DEL PROCESO: 20

VERSIÓN No. 6.0

Fecha: 09 de Agosto de 2010

REVISADO POR:

Directora para el Control Social y Desarrollo Local Gladys Amalia Russi Gómez CARGO NOMBRE

__________FIRMA

APROBADO POR:

Director Técnico de Planeación Elemir Eduardo Pinto Díaz CARGO NOMBRE

__________FIRMA

COPIA No. No. de Páginas: 9

PROCESO DE ENLACE CON LOS CLIENTES

1. OBJETIVO:

Establecer un enlace permanente con los clientes de la entidad: Concejo y Ciudadanía.

2. ALCANCE:

El Proceso inicia con dar a conocer a los procesos misionales las líneas temáticas de interés para los clientes: Ciudadanía y Concejo y termina con la implementación de las acciones de mejora del Proceso y su seguimiento.

3. APLICACIÓN:

Dirección de Apoyo al Despacho, Dirección para el Control Social y Desarrollo Local, Oficina Asesora de Comunicaciones, Subdirección para el Control Social.

4. CARACTERIZACION DEL PROCESO:

4.1. Descripción del Proceso.

44.2. Matriz de responsabilidades y Comunicaciones.

DESCRIPCION DEL PROCESO ENLACE CON CLIENTES 4.1.

CLIENTE

EXTERNO

INTERNO

Procesos Prestación de Servicio Micro, Prestación de Servicio Macro.

Proceso Gestión

Recursos Físicos

Proceso Gestión Humana

Proceso de Orientación Institucional

Proceso Enlace con Clientes.

SALIDA

Lineamientos del Proceso Enlace con Clientes

Necesidades de Recursos Físicos

Necesidades de Talento Humano

Plan de acción del proceso

ACTIVIDADES CLAVESDEL PROCESO

Dar a conocer a los procesos misionales las líneas temáticas de interés para los clientes:

• Ciudadanía

• Concejo

Identificar necesidades de Recursos

Formular actividades estratégicas e indicadores del proceso.

ENTRADA/ INSUMO

Informe sobre los resultados de la Medición de la Satisfacción de los Clientes.

Necesidades, expectativas y temas de impacto para los Clientes.

Plan Estratégico.

Lineamientos de la Alta Dirección.

Informe de Gestión del proceso

Plan Estratégico. Lineamientos de la Alta Dirección.

Manual de Calidad.

Lineamientos de Orientación Institucional.

Documentos controlados.

Asignación de funcionarios competentes. Plan de Capacitación Manual específico de funciones, requisitos y competencias laborales. Programa de Bienestar Social Programa de Salud Ocupacional

Provisión de recursos

PROVEEDOR

EXTERNO

Ciudadanía Concejo

INTERNO

Proceso Enlace con Clientes

Proceso Orientación Institucional

Proceso Enlace con Clientes

Proceso Orientación Institucional

Proceso Gestión Humana

Proceso Gestión Recursos Físicos y Financieros

No.

1

2

3

PHVA

PLANEAR

4.1.DESCRIPCION DEL PROCESO ENLACE CON CLIENTES

CLIENTE

EXTERNO

Clientes.(Ciudadanía).

Clientes.

Clientes.

Clientes(Concejo)

INTERNO

Proceso Enlace con clientes.

Procesos Prestación de Servicio Micro, Prestación de Servicio Macro

Procesos Prestación de Servicio Micro,

Procesos de Prestación de Servicio Micro

Proceso Enlace con clientes.

Proceso prestación de servicio macro

Procesos Orientación Institucional y Enlace con Clientes

SALIDA

Acta de comité local de control social.

Ciudadanos capacitados

Acciones ciudadanas

Respuesta a los PQR radicados en la Contraloría de Bogotá

Acciones ciudadanas especiales.

Publicaciones

Información especifica suministrada a los periodistas que cubren diferentes medios de comunicación.

Comunicados y Ruedas de prensa.

Programas de Radio y Televisión.

Página Web

Entrega de informes, Estudios.

Respuestas a solicitudes y/o cuestionarios.

Informe sobre los resultados de la Medición de la Satisfacción de los Clientes.

ACTIVIDADES CLAVESDEL PROCESO

Integrar al Ciudadano en el ejercicio del Control Fiscal.

Recepcionar, direccionar, coordinar y dar respuesta a los PQR radicados en la Contraloría de Bogotá

Difundir o divulgar los resultados del ejercicio del control fiscal.

Desarrollar el Enlace con el Concejo.

Medir la Satisfacción de la Ciudadanía y Concejo,

ENTRADA/ INSUMO

Actividades Estratégicas.

Plan de Auditoría Distrital.

Peticiones Quejas y Reclamos

Informes, estudios, estadísticas y/o documentos producto de los procesos misionales.

Informes, estudios y documentos técnicos.

Solicitudes y/o cuestionarios

Encuestas de percepción.

PROVEEDOR

EXTERNO

Ciudadanía, Concejo, entre otros

Concejo de Bogotá

Ciudadanía,

Concejo

INTERNO

Proceso Orientación Institucional

Proceso de Prestación de Servicio Micro

Procesos Prestación de Servicio Micro, Prestación de Servicio Macro, Prestación de Servicio Responsabilidad Fiscal y Jurisdicción Coactiva,

Procesos Prestación de Servicio Micro.Proceso Prestación de Servicio Macro. Proceso de Responsabilidad Fiscal.

No.

4

5

6

7

8

PHVA

HACER

4.1.DESCRIPCION DEL PROCESO ENLACE CON CLIENTES

CLIENTE

EXTERNO

INTERNO

Proceso Enlace con Clientes. Proceso Orientación Institucional.

Proceso Enlace con Clientes.

Proceso Evaluación y control.

SALIDA

Informe de Gestión por Proceso

Acciones correctivas, de corrección, preventivas o de mejora del proceso implementadas y seguimiento a las mismas.

ACTIVIDADES CLAVESDEL PROCESO

Realizar Seguimiento y medición a la ejecución del proceso y el análisis de gestión del proceso.

Determinar e Implementar Acciones correctivas, de corrección, preventivas y de mejora continua y efectuar seguimiento.

ENTRADA/ INSUMO

Plan Estratégico. Plan de acción de la Contraloría de Bogotá D.C.

Seguimiento Acciones correctivas, de corrección, preventivas o de mejora del proceso. Informe sobre los resultados de la Medición de la Satisfacción de los Clientes.

Informe de Gestión del Proceso

Resultados de la Revisión por la Dirección. Informe de gestión del Sistema de Gestión de Calidad. Documentos controlados.

Informes de Evaluaciones Independientes

Informe de Auditoria externa de calidad.

Informe de Auditoria General de la República. Informe de Auditoria Fiscal.

PROVEEDOR

EXTERNO

Entidad certificadora

Entes de Control

INTERNO

Proceso Orientación Institucional

Proceso Enlace con Clientes.

Proceso Enlace con Clientes.

Proceso Orientación Institucional

Proceso Evaluación y control

No.

9

10

PHVA

VERIFICAR

ACTUAR

INDICADORES

Nota: Los indicadores del proceso, se incluirán en el Plan de acción de la CB.

4.2. MATRIZ DE RESPONSABILIDAD Y COMUNICACIONES PROCESO ENLACE CON LOS CLIENTES

Responsabilidad

Comunicaciones

Requisito aplicable

Responsabilidad por:

Responsable

Documento que indica la responsabilidad

Qué se comunica

Quién lo comunica

A quién se comunica

Medio de comunicación

Registro de la comunicación

7.2 Relación con el cliente.

Identificar las necesidades de los ciudadanos, Concejales y trasladarlas a los procesos misionales para que sean desarrolladas

Director para el Control Social y Desarrollo Local y Subdirector para el Control Social. Director de Apoyo al Despacho Jefe Oficina Asesora de Comunicaciones

Acuerdo que define la estructura orgánica de la Contraloría de Bogotá

Director para el Control Social y Desarrollo Local

Comité Directivo

Presentación en Comité Directivo

Acta de Comité Directivo

Procesos misionales, Dirección de Planeación

Memorando Correo electrónico

Memorando con recibido Confirmación de entrega correo electrónico.

Mantener informados a los ciudadanos, Concejo, sobre el estado en el que se encuentran sus requerimientos o solicitudes, peticiones, quejas y

Director para el Control Social y Desarrollo Local y Subdirector para el Control Social.

Acuerdo que define la estructura orgánica de la Contraloría de Bogotá

Respuestas oportunas y de fondo

Director Apoyo al Despacho

Peticionarios

Respuesta

Oficio

Resolución que adopta los procesos del SGC y Resolución que adopta los procedimientos de Enlace con Clientes y PQR

8.2.1 Medición de la satisfacción de los clientes.

Evaluar la satisfacción de los Ciudadanos, Concejales y recibir sus inquietudes.

Director para el Control Social y Desarrollo Local, Director de Apoyo al Despacho, Jefe Oficina Asesora de Comunicaciones en coordinación con el Director de Planeación.

Acuerdo que define la estructura orgánica de la Contraloría de Bogotá

Resultado de percepción ciudadana y del Concejo.(Encuestas)

Director para el Control Social y Desarrollo Local

Comité Directivo,

En Comité Directivo

Acta de Comité Directivo

8.2.3 Seguimiento y medición de los procesos

Formular actividades, variables e indicadores de gestión para realizar la medición y monitoreo del proceso.

Director para el Control Social y Desarrollo Local, Director de Apoyo al Despacho, Jefe Oficina Asesora de Comunicaciones en coordinación con el Director de Planeación.

Acuerdo que define la estructura orgánica de la Contraloría de Bogotá. Procedimiento para la formulación, seguimiento y modificación del plan de acción de la Contraloría de Bogotá, D.C.

Plan de Acción de la Contraloría de Bogotá, D.C.

Director de Planeación

Comité Directivo

En Comité Directivo

Acta de Comité Directivo

Director para el Control Social y Desarrollo Local, Director de Apoyo al Despacho, Jefe Oficina Asesora de Comunicaciones.

En reunión ó correo electrónico.

Acta reunión ó registro de asistencia ó confirmación entrega de correo.

Realizar la medición y monitoreo del proceso.

Director para el Control Social y Desarrollo Local, Director de Apoyo al Despacho, Jefe Oficina Asesora de Comunicaciones.

Acuerdo que define la estructura orgánica de la Contraloría de Bogotá Procedimiento para la formulación, seguimiento y modificación del plan de acción de la Contraloría de Bogotá, D.C.

Resultados del Seguimiento y Medición a la Ejecución del Proceso

Director para el Control Social y Desarrollo Local, Director de Apoyo al Despacho, Jefe Oficina Asesora de Comunicaciones.

En reunión ó correo electrónico.

Acta reunión ó registro de asistencia ó confirmación entrega de correo.

4.2. MATRIZ DE RESPONSABILIDAD Y COMUNICACIONES PROCESO ENLACE CON LOS CLIENTES

Responsabilidad

Comunicaciones

Requisito aplicable

Responsabilidad por:

Responsable

Documento que indica la responsabilidad

Qué se comunica

Quién lo comunica

A quién se comunica

Medio de comunicación

Registro de la comunicación

8.4 Análisis de datos

Analizar la información resultante del proceso.

Director para el Control Social y Desarrollo Local, Director de Apoyo al Despacho, Jefe Oficina Asesora de Comunicaciones.

Acuerdo que define la estructura orgánica de la Contraloría de Bogotá Procedimiento para la formulación, seguimiento y modificación del plan de acción de la Contraloría de Bogotá, D.C.

Informe de gestión del proceso.

Director para el Control Social y Desarrollo Local

Director de Planeación

Memorando ó Correo electrónico

Memorando ó Confirmación de entrega de correo.

Comité de SGC.

En Comité

Acta de Comité SGC.

Funcionarios

En reunión ó correo electrónico.

Acta reunión ó registro de asistencia ó confirmación entrega de correo.

8.5 Mejora

Planificar e implementar la mejora del proceso

Director para el Control Social y Desarrollo Local, Director de Apoyo al Despacho, Jefe Oficina Asesora de Comunicaciones.

Acuerdo que define la estructura orgánica de la Contraloría de Bogotá. Procedimiento para la implementación de acciones correctivas, preventivas y de mejora.

Acciones correctivas, preventivas y de mejora del proceso.

Director para el Control Social y Desarrollo Local

Oficina de Control Interno

Memorando ó Correo electrónico

Memorando ó Confirmación de entrega de correo.

Director para el Control Social y Desarrollo Local, Director de Apoyo al Despacho, Jefe Oficina Asesora de Comunicaciones.

Funcionarios

En reunión ó correo electrónico.

Acta reunión ó registro de asistencia ó confirmación entrega de correo.

PROCEDIMIENTO ENLACE CON EL CONCEJO DE BOGOTA D.C. ISTORIAL DE CAMBIOS

VERSIÓN

No. DEL ACTO ADMINISTRATIVO QUE LO ADOPTA Y FECHA

NATURALEZA DEL CAMBIO

1.0

R.R. 016 del 13-03-03

Modificación del objetivo del procedimiento.

Modificación del modo verbal en todas las actividades del procedimiento y ajuste de la redacción.

Eliminación en la relación de anexos y en las actividades Nos. 6, 7 y 8 el registro: "planilla de control". En las actividades Nos. 7, 9 y 10, eliminar el registro "archivo". En las actividades Nos. 9 y 10, eliminar el registro "copia del informe" y en la No. 10, el registro "Reporte vía fax".

Inclusión en la relación de registros del procedimiento: "Citación del Concejo, agenda, memorando de entrega a las sectoriales, memorando de entrega al Contralor, oficio ampliación de términos, copia oficio sobre el trámite, copia de los oficios de envío de los informes enviados al Concejo de Bogotá y relación de recibido de los informes enviados al Concejo de Bogotá". En la actividad No. 1, incluir el registro "Citación del Concejo"; en las Nos 9 y 10, los registros "Memorando de entrega al Contralor y memorando de entrega a las sectoriales", respectivamente.

Supresión de la Secretaria 540-04 como ejecutora en la actividad No. 6 y del Técnico 40102 en la actividad No. 11.

Modificar el alcance del procedimiento de la siguiente manera: termina con el envío de los Informes sectoriales, controles de advertencia, pronunciamientos, auditorías, estudios realizados y comunicados de prensa mediante oficios a cada uno de los miembros del Concejo, avalados por el Contralor.

2.0

R.R. 049 del 30 de septiembre de 2003

Se modifica todo el procedimiento diferenciando las actividades a desarrollarse para los casos de citaciones e invitaciones presentadas por el Concejo de Bogotá.

3..0

R.R. 010 de 04-28-2009

Inclusión de algunas definiciones que permiten dar mayor claridad tales como: ventanilla virtual, Instrumentos de medición, medición de satisfacción, percepción del cliente, periodicidad del cliente, periodicidad, proposición, retroalimentación del cliente, satisfacción del cliente. Modificación en la actividad 3 numeral 7.2, del término encuesta por Instrumento de medición.

4..0

R.R. 021 19 AGO. 2010

PROCEDIMIENTO ENLACE CON EL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

CODIGO DEL PROCEDIMIENTO: 2001

VERSIÓN No. 4.0

Fecha: 09 de Agosto de 2010

REVISADO POR: Directora para el Control Social y Desarrollo Local CARGO

Gladys Amalia Russi Gómez NOMBRE

FIRMA

APROBADO POR: Director Técnico de Planeación CARGO

Elemir Eduardo Pinto Díaz NOMBRE

FIRMA

COPIA No. No. DE PAGINAS: 9

PROCEDIMIENTO ENLACE CON EL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

1. OBJETIVO:

Estandarizar las actividades necesarias para apoyar técnicamente al Concejo de Bogotá, fomentando el ejercicio de control político, con el propósito de satisfacer sus solicitudes.

2. ALCANCE:

Este procedimiento inicia con la recepción de citaciones, invitaciones e información requerida por el Concejo y termina con las respuestas del Organismo de control fiscal, mediante oficios y/o medio electrónico, al Concejo de Bogotá, D.C.

3. BASE LEGAL:

Constitución Política de Colombia, artículos 267 y 268.

Decreto Ley 1421 de 1993. "Por el cual se expide el Estatuto Orgánico del Distrito Capital.

Acuerdo No. 348 de 23 de Diciembre de 2008. "Por el cual se expide el Reglamento Interno del Concejo de Bogotá, Distrito Capital".

Acuerdo No. 361 de 2009. "Por el cual se organiza la Contraloría Distrital, se determinan las funciones por dependencias, se fijan los principios generales inherentes a su organización y funcionamiento y se dictan otras disposiciones".

4. DEFINICIONES:

AGENDA: Registro de las actividades semanales programadas en el Concejo; que deben ser atendidas diariamente por la Contraloría de Bogotá.

A: APLAZAMIENTO

C: CANCELACIÓN

SI: SOLICITUD DE INFORMACIÓN

CITACIÓN: Acción a través de la cual el Concejo de Bogotá requiere la presencia en sesión plenaria o de comisión del representante legal de la entidad con el fin de adelantar un debate, conforme lo previsto en el artículo 58 del Acuerdo 348 de 2008.

CP: CITACIÓN A PROPOSICIÓN

CD: CITACIÓN A DEBATE

DEBATE: Sesión plenaria o de comisión a través de la cual el Concejo de Bogotá ejerce el control político sobre las autoridades distritales referente a algún tema en particular.

INVITACIÓN: Acción de invitar al representante legal de una entidad o su delegado en desarrollo del debate a un tema específico.

IP: INVITACIÓN A PROPOSICIÓN

ID: INVITACIÓN A DEBATE

IMT: INVITACIÓN A MESA DE TRABAJO

INSTRUMENTOS DE MEDICIÓN: Mecanismos técnicos de análisis utilizados para obtener información exacta sobre los índices de satisfacción que la CB logra obtener en los clientes, que permitan traducirse en lineamientos que se constituyan en insumo para la mejora de los productos de los procesos misionales.

MEDICIÓN DE SATISFACCIÓN: Calificación que permite calcular el grado de efectividad entre expectativa y realidad de los productos o servicios de la Contraloría de Bogotá.

PERCEPCIÓN DEL CLIENTE: Sensación interior de los clientes ciudadanía y Concejo que resulta de la admisión de los productos o servicios de la Contraloría de Bogotá.

PERIODICIDAD: Mínimo una vez al año de conformidad con las decisiones de la Alta Dirección.

PROPOSICION: Medio a través del cual los concejales, organizados por bancadas, formulan a la administración y/o órganos de control un cuestionario sobre un tema que deseen debatir.

RETROALIMENTACIÓN DEL CLIENTE: Es el resultado de la evaluación y el análisis de la satisfacción del cliente que permita mejorar la imagen y percepción de los mismos frente a los productos y servicios de la CB, mediante la implementación de acciones de corrección, correctivas, preventivas y de mejora.

SATISFACCIÓN DEL CLIENTE: Percepción del cliente sobre el grado en se han cumplido los requisitos que la Contraloría de Bogotá debe brindar a los clientes, respecto de los productos y servicios suministrados.

VENTANILLA VIRTUAL: A través de esta aplicación Web se pueden visualizar trámites como: Invitaciones o Citaciones a proposiciones o proyectos de acuerdo, correspondientes al procedimiento Enlace con el Concejo, a través de la cual los funcionarios del Concejo, diligencian y remiten vía Web las solicitudes correspondientes a dicho procedimiento. En la aplicación, se capturan datos básicos y documentos que son guardados dentro de una base de datos. La información remitida es revisada a través del aplicativo SIGESPRO, en este caso por una funcionaria asignada de la Dirección de Apoyo al Despacho, y enviada a los distintos sectores y la(s) persona(s) encargados de tramitar la solicitud hecha, quedando registradas cada una de las etapas y documentos dentro del mismo sistema.

5. REGISTROS:

Radicado

Oficio de delegación

Respuesta radicada

Registro electrónico del envío.

Instrumento de Medición de la Satisfacción del Cliente

Informe de Medición de Satisfacción del Cliente

Memorando de entrega al Contralor

6. ANEXOS

7. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO:

7.1 Trámite Citaciones, Invitaciones

No.

RESPONSABLE

ACTIVIDAD

REGISTROS

PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES

1

Técnico Dirección de Apoyo al Despacho

Recepciona citaciones, invitaciones e información requerida por el Concejo y entrega a profesional de la Dirección de Apoyo al Despacho.

Un medio para recibir citaciones, invitaciones e información del Cliente Concejo es la ventanilla virtual.

2

Profesional Dirección de Apoyo al Despacho

Valora el tema, direcciona y entrega, conforme a la competencia del sector. Para invitaciones aplica actividades 3 y 4. Para citaciones aplica actividades 5 a 9.

Radicado.

Punto de control

3

Profesional Dirección de Apoyo al Despacho

Invitación a Proposición:

Entrega al sector correspondiente para que éste recopile las actuaciones de la entidad en el tema correspondiente. Invitación a Debate:

Entrega al sector correspondiente para que asista al debate programado, previa delegación.

Oficio de delegación.

4

Director Sectorial ó Funcionario delegado

Invitación a Proposición:

Recopila información relacionada con las actuaciones desarrolladas por la entidad en el tema correspondiente. Invitación a Debate:

Asiste al debate según programación informada y recoge los temas relevantes que en su criterio puedan servir para alguna actuación de competencia de la entidad.

5

Profesional Dirección de Apoyo al Despacho

Citación a Proposición – Cuestionario SOLO para Sujeto de Control:

Entrega al sector correspondiente para que elabore respuesta directa al Concejo dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la fecha de recibido en la Contraloría.

Citación a Proposición – Cuestionario PARA Contraloría:

Entrega al sector correspondiente para que éste elabore, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de recibido en la Contraloría, proyecto de respuesta para revisión y firma del Contralor.

Citación a Debate: Entrega copia a la Oficina Jurídica para la elaboración de la Resolución, en caso que el Contralor delegue, así como copia al Sector correspondiente

Radicado.

Punto de control

No.

RESPONSABLE

ACTIVIDAD

REGISTROS

PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES

6

Director Sectorial

Citación a Proposición – Cuestionario SOLO para Sujeto de Control:

Elabora respuesta al Concejo, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la fecha de recibido en la Contraloría, con copia del radicado a la Dirección de Apoyo al Despacho. Efectúa seguimiento a la respuesta del sujeto de control.

Citación a Proposición – Cuestionario PARA Contraloría:

Elabora, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de recibido en la Contraloría, proyecto de respuesta para revisión y firma del Contralor acompañada de los soportes en medio magnético CD ROM. Si no es posible emitir respuesta en el término establecido, se debe solicitar a través de la Dirección de Apoyo al Despacho la prórroga correspondiente al Concejo.

Punto de control

7

Asesor Dirección de Apoyo al Despacho

Revisa y ajusta proyecto de respuesta para firma del Contralor.

8

Contralor

Firma respuesta al Concejo.

9

Técnico Dirección de Apoyo al Despacho

Citación a Proposición – Cuestionario PARA Contraloría:

Radica respuesta del cuestionario en el Concejo y entrega copia a la Dirección de Apoyo y al sector correspondiente para el archivo.

Respuesta radicada.

7.2 Otras Actividades

No.

RESPONSABLE

ACTIVIDAD

REGISTROS

PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES

1

Profesional Dirección de Apoyo al Despacho

Elabora y envía la agenda temática semanal a los Directores y Subdirectores sectoriales, por correo electrónico.

Registro electrónico del envío.

2

Director, Asesor ó Profesional Dirección de Apoyo al Despacho

Envía periódicamente, según el caso, en medio físico y magnético -archivo PDF-; los informes obligatorios, sectoriales, estructurales, controles de advertencia, pronunciamientos, Informes de auditoria y el Boletín Concejo & Control, a cada uno de los miembros del Concejo.

Registro electrónico del envío y/o Radicado.

3

Profesional Dirección de Apoyo al Despacho

Aplica instrumento de medición de satisfacción a los Concejales o entrevista Tabula y analiza los resultados.

Instrumento de Medición de Satisfacción del Cliente

4

Director Dirección de Apoyo al Despacho

Remite Informe de Medición de la Satisfacción del Cliente -Concejo, a la Dirección para el Control Social y Desarrollo Local.

Informe de Medición de Satisfacción del Cliente

5

Profesional Dirección de Apoyo al Despacho

Presenta diariamente al Contralor un informe ejecutivo, con las conclusiones de lo ocurrido durante el debate, con copia vía Outlook a las sectoriales correspondientes, para lo de su competencia.

Memorando de entrega al Contralor. Registro electrónico del envío.

PROCEDIMIENTO PARA LA DIVULGACIÓN DE INFORMACIÓN INSTITUCIONAL

HISTORIAL DE CAMBIOS

VERSIÓN

No. ACTO ADMINISTRATIVO QUE LO ADOPTA Y FECHA

NATURALEZA DEL CAMBIO

1.0

R.R. 004 de febrero 14 de 2008

Numeral 7.1 Elaboración de publicaciones, en el punto 10, Jefe OAC "Verifica finalmente que la diagramación y diseño se encuentre ajustado a la imagen institucional y ordena la impresión" quedó establecido como punto de control.

Numeral 7.2 Publicaciones periódicas, en el punto 4, Jefe OAC "Revisa los artículos y apoyo gráfico, y establece los ajustes necesarios", quedó establecido como punto de control.

Numeral 7.3 Otras publicaciones impresas, en el punto 4, Jefe OAC "Revisa el diseño, la diagramación y el manejo de la imagen institucional y lo remite a la persona que hizo la solicitud, para la revisión del contenido y Visto Bueno" quedó establecido como punto de control.

Numeral 7.4 Elaboración de comunicados y realización de ruedas de prensa. En el punto 6 Director o Contralor "revisa el comunicado de prensa y le da el Vo.Bo" quedó establecido como punto de control.

En el punto 7 se elimina el formato "Envío de Comunicados y/o Convocatoria a Ruedas de Prensa", por cuanto no se justifica su existencia cuando se cuentan con herramientas tecnológicas que permiten la verificación inmediata del envío de la información. En el punto 9 se elimina:" Remite a la Dirección de Informática el comunicado para publicarlo en el Portal Web" y se modifica por:" Publica en la página Web el comunicado". Así mismo, se elimina de la columna puntos de control y observaciones "La solicitud de publicación se hace vía e-mail".

En el punto 10 en la columna, Registro se modifica "CD de audio y video ó casete de audio y video" por "Monitoreo de noticias" y se elimina de la columna puntos de control y observaciones "El monitoreo se podrá hacer de dos maneras: las noticias de radio y TV son grabadas por los periodistas de la OAC, de acuerdo a las emisoras y noticieros que designe previamente el Jefe de la OAC o contratando el servicio con una firma especializada"

Elimina todo la actividad del punto 11:"Profesional OAC" "Realiza recortes de prensa de todos los diarios donde se publicó la noticia, los escanea y de prensa y de acuerdo al criterio periodístico los remite, junto con las noticias emitidas por radio y televisión, a la Dirección de Informática para que sean publicados en el Portal Web e Intranet. Igualmente, elige el recorte que se publicará en las carteleras de la Entidad. Finalmente, los archiva en la AZ y en la carpeta digital correspondientes" "La actividad relacionada con la publicación de las noticias de radio y televisión se puede desarrollar siempre y cuando exista el contrato de monitoreo".

R.R. 004 de febrero 14 de 2008

Numeral 7.6 programa de radio y televisión se modificaron las siguientes actividades;

En el punto 5: se cambia la palabra "libreto del programa" por "guión de continuidad".

En el punto 7: se modifica "Edita el programa correspondiente" por "entrega material para la edición de cada nota". Elimina de la columna puntos de control y observaciones: "El profesional de la OAC coordinará el proceso".

En el punto 8 se modifica "Evalúa y aprueba la producción del programa y autoriza su emisión" por "La empresa contratada, en el caso del programa de televisión, edita el programa" quedó establecido como punto de control

Numeral 7.7 Actualizaciones portal Web

El punto 4 "Verifica que la información se publique inmediatamente en el Portal Web" quedó como punto de control.

2.0

R.R 021 19 AGO. 2010

PROCEDIMIENTO PARA LA DIVULGACIÓN DE INFORMACIÓN INSTITUCIONAL

CÓDIGO DEL PROCEDIMIENTO: 2011

VERSIÓN No. 2.0

Fecha: 09 de Agosto de 2010

REVISADO POR: Director a para el Control Social y Desarrollo Local CARGO

Gladys Amalia Russi NOMBRE

FIRMA

APROBADO POR: Director Técnico de Planeación CARGO

Elemir Eduardo Pinto Diaz NOMBRE

FIRMA

COPIA No. No. DE PÁGINAS 15

PROCEDIMIENTO PARA LA DIVULGACIÓN DE INFORMACIÓN INSTITUCIONAL

1. OBJETIVO(S):

Establecer los pasos a seguir para la divulgación de la información institucional tanto a los usuarios internos como externos, a través de los diferentes medios de comunicación escritos y verbales.

2. ALCANCE:

El procedimiento recoge los pasos necesarios que utiliza la Oficina Asesora de Comunicaciones para divulgar la información institucional, a través de los diferentes mecanismos tales como: Publicaciones (Informes proceso prestación de servicio macro); Publicaciones periódicas (periódicos, revistas, entre otros); Otras publicaciones impresas (folletos, cartillas, guías, afiches, volantes, entre otros); Comunicados y realización de ruedas de prensa; Suministro de información a periodistas que cubren diferentes medios de comunicación; Programas de televisión y radio institucional y Actualización Portal Web.

3. BASE LEGAL:

• Constitución Política de Colombia Artículo 268

• Estatuto Orgánico de Bogotá.

• El Acuerdo 361 de 2009 del Concejo de Bogotá, D.C. "Por el cual se organiza la Contraloría de Bogotá D.C., se determinan las funciones por dependencias, se fijan los principios generales inherentes a su organización y funcionamiento y se dictan otras disposiciones", en especial lo normado en los artículos 30 y 47 numeral 7.

• Resolución Reglamentaria 015 de 2006 "Por la cual se crea y reglamenta el comité de publicaciones de la Contraloría de Bogotá, DC

• Resolución Reglamentaria 07 de 2005 "Por la cual se crea, conforma y reglamenta el comité institucional de televisión de la Contraloría de Bogotá, DC. Y

• Las demás normas que actualicen o modifiquen.

4. DEFINICIONES:

COMUNICADO DE PRENSA: Pronunciamiento oficial exclusivamente de la entidad acerca de un hecho, tema o resultado de los procesos auditores.

COMITÉ DE REDACCIÓN: reunión en la que se presentan, discuten y se eligen los temas que se incluirán en el medio de comunicación institucional.

DIAGRAMACIÓN: corresponde al diseño y organización en un espacio de elementos escritos y visuales.

EDICIÓN: producción de un trabajo impreso o visual.

EMISIÓN: transmitir en televisión o radio un programa específico.

FLASH INFORMATIVO: noticias de última hora.

MEDIOS DE COMUNICACIÓN. Empresa dedicada a la transmisión de información a través de la prensa, radio o televisión.

MONITOREAR. Revisar en los diarios, emisoras y noticieros de televisión el impacto y la difusión de una noticia.

PORTAL WEB: sitio en la World Wide Web que provee información a cualquier navegante de Internet.

PUBLICACIÓN: Impreso con algún estudio, informe en particular.

RUEDA DE PRENSA: Evento en el que son invitados los periodistas de los medios de comunicación (prensa, radio y televisión), para presentarles un tema o pronunciamiento oficial de gran impacto para la ciudad

5. REGISTROS:

Acta Comité Publicaciones

Publicación impresa

Memorando

Publicación periódica impresa

Memorando remisorio

Comunicado de Prensa

Monitoreo de noticias

Máster del programa

Grabación de la emisión del programa

6. ANEXOS

7. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO:

7.1. ELABORACIÓN DE PUBLICACIONES (Informes Proceso Prestación de Servicio Macro)

No

RESPONSABLE

ACTIVIDAD

REGISTROS

PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES

1

Director(a) de Economía y Finanzas

Solicita a la Secretaría Técnica del Comité de Publicaciones que convoque a una reunión a los miembros del mismo, con el fin de analizar y decidir los estudios o informes que ameritan ser publicados en medio impreso, teniendo en cuenta su importancia e impacto.

La Dirección de Economía y Finanzas puede hacer la solicitud a la Secretaria Técnica del Comité (Jefe Oficina Asesora de Comunicaciones) de manera verbal, escrita o vía Outlook.

2

Jefe Oficina Asesora de Comunicaciones-OAC

Convoca de manera verbal, vía Outlook o a través de un memorando a los miembros del Comité de Publicaciones y a los responsables de los estudios que se sustentarán en dicho Comité, informándoles el sitio, día y hora.

El responsable de (los) estudio(s) sustenta ante el Comité, el motivo por el cual este trabajo amerita ser publicado, a excepción de los obligatorios, pues por ley deben ser publicados.

3

Director Técnico, Subdirector y/o Funcionario

Presenta al Comité de Publicaciones el informe o estudio teniendo en cuenta la política institucional de la Entidad, conveniencia, oportunidad y caracterización del producto.

Acta Comité Publicaciones

En el acta queda claramente registrado si se publica o no y el motivo.

4

Jefe OAC

Solicita a la Dirección de Economía y Finanzas, la respectiva corrección de estilo y de forma a los informes que son aprobados para su publicación con el acompañamiento de la OAC.

De presentarse algún ajuste o modificación al estudio, éste se devolverá al responsable del mismo, para que la realice. Una vez se surta este procedimiento, se remitirá nuevamente a la Dirección de Economía y Finanzas para la corrección de estilo.

No

RESPONSABLE

ACTIVIDAD

REGISTROS

PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES

5

Director(a) de Economía y Finanzas

Entrega el informe con todas las correcciones y/o ajustes al Jefe de la OAC en medio magnético e impreso y/ o vía e-mail, para que inicie el respectivo trámite de la(s) publicación(es).

Memorando

6

Jefe OAC

Realiza el estudio de conveniencia y oportunidad y lo presenta a la Dirección Administrativa para que realice el respectivo proceso contractual.

Memorando

7

Director(a) Administrativo y Financiero

Analiza y aprueba el estudio de conveniencia y oportunidad y le da el respectivo tramite

En caso de observaciones al estudio de conveniencia y oportunidad lo remite a la OAC para los ajustes.

8

Jefe OAC

Entrega el informe o estudio a la persona o empresa que se encargará de diagramar e imprimir el trabajo.

El Diseñador contratado previamente por la Dirección Administrativa diseña y diagrama la publicación.

9

Jefe OAC

Recibe del diagramador (persona o empresa que se encargará de hacer la(s) publicación el borrador quien revisa el manejo de la imagen institucional y la diagramación y hace los ajustes respectivos.

La Jefe de la OAC lo podrá remitir nuevamente al responsable del proceso macro, para la revisión y o ajustes del texto.

10

Jefe OAC

Verifica finalmente que la diagramación y diseño se encuentre ajustado a la imagen institucional y ordena la impresión.

Punto de control

11

Jefe OAC

Recibe la publicación impresa para la respectiva distribución.

Publicación impresa

Los ejemplares de la publicación deben ser entregados por parte del impresor a la OAC.

12

Jefe OAC

Elabora las cartas remisorias y se ordena por paquetes para la distribución y envío de los ejemplares, en coordinación con la Subdirección de Servicios Administrativos.

13

Jefe OAC

Solicita a la Subdirección de Servicios Administrativos la distribución y el envío de los ejemplares, según lista de destinatarios que previamente ha remitido la Dirección de Economía y Finanzas en medio magnético o vía Outlook. Igualmente, coordina la entrega de los ejemplares al interior de la Contraloría, para que reposen en las diferentes dependencias como medio de consulta.

Memorando

Envía un ejemplar a todas las dependencias de la Contraloría como medio de consulta y preservación del producto, y tres más a la Dirección de Generación de Tecnologías y Cooperación Técnica y Capacitación para que reposen en la biblioteca de la entidad. El 5% del total de las publicaciones, deberá ser remitido al Archivo de Bogotá.

7.2. PUBLICACIONES PERIÓDICAS (Periódicos, revistas, entre otros)

No

RESPONSABLE

ACTIVIDAD

REGISTROS

PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES

1

Jefe Oficina Asesora de Comunicaciones, OAC

Convoca a los profesionales de la dependencia, para determinar los temas que se trabajarán en la siguiente edición.

La convocatoria se hace de manera verbal.

2

Jefe OAC

Distribuye responsabilidades para la elaboración de los artículos.

Los temas a desarrollar se registran en un cuadro de control.

No

RESPONSABLE

ACTIVIDAD

REGISTROS

PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES

3

Profesionales de la OAC

Elabora el artículo respectivo a través de entrevistas, testimonios, documentos, fotografías, entre otros.

Previa coordinación con la Dirección responsable de la información

4

Jefe OAC

Revisa los artículos y apoyo gráfico, y establece los ajustes necesarios.

Punto de control

5

Profesional de la OAC

Entrega el material periodístico corregido a la persona o empresa que se encargará de diagramar e imprimir el trabajo.

6

Jefe OAC

Recibe del diagramador el diseño y borrador para las revisiones respectivas.

El diagramador realiza los cambios y correcciones que sean necesarias.

7

Jefe y profesionales de la OAC

Verifican que los ajusten se hayan hecho correctamente.

8

Jefe de la OAC

Autoriza el envío a impresión.

9

Jefe y Profesionales de la OAC.

Verifican que la publicación periódica sea impresa.

Publicación periódica impresa.

La distribución se realizará de acuerdo a lo definido previamente con la Dirección Administrativa.

7.3. OTRAS PUBLICACIONES IMPRESAS (Folletos, cartillas, guías, afiches, volantes, entre otros)

No

RESPONSABLE

ACTIVIDAD

REGISTROS

PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES

1

Contralor, Director y / o Jefe de Oficina

Solicita a la Oficina Asesora de Comunicaciones – OAC el diseño, diagramación e impresión de un folleto, cartilla, guía, afiche, volante, entre otros.

Memorando

La solicitud podrá hacerse enviando un memorando, un e-mail o por medio del SIGESPRO, indicando las especificaciones del producto.

2

Jefe OAC

Solicita el diseño, diagramación e impresión de acuerdo con las especificaciones requeridas, al profesional de la OAC o al diagramador y/o empresa especializada en el tema.

El trabajo podrá realizarse en la OAC o contratándolo externamente a través de la Dirección Administrativa, para lo cual el Jefe de la OAC hace el respectivo estudio de conveniencia y oportunidad.

3

Profesional OAC

Diseña y diagrama el folleto, cartilla, guía, afiche, volante, entre otros, solicitado y se lo presenta al Jefe de la OAC.

En caso de que sea contratado lo realizara el Diseñador

4

Jefe OAC

Revisa el diseño, la diagramación y el manejo de la imagen institucional y lo remite a la persona que hizo la solicitud, para la revisión del contenido y Visto Bueno.

Punto de control

5

Contralor, Director y / o Jefe de Oficina

Revisa y corrige el contenido de la publicación y la aprueba para la respectiva publicación y remite a la respectiva OAC

La revisión la podrá hacer el Contralor, Director y/o Jefe de Oficina con el acompañamiento de un funcionario de la OAC

6

Jefe OAC

Verifica las correcciones y ordena la impresión.

7

Jefe OAC

Verifica que el producto final esté conforme con las especificaciones definidas.

Publicación impresa

Los ejemplares de la publicación deben ser entregados por parte del impresor a la OAC.

8

Jefe OAC

Entrega el producto final a quien realizó la solicitud.

Memorando remisorio

7.4. ELABORACIÓN DE COMUNICADOS Y REALIZACIÓN DE RUEDAS DE PRENSA

No

RESPONSABLE

ACTIVIDAD

REGISTROS

PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES

1

Contralor y Jefe Oficina Asesora de Comunicaciones, OAC

Determina el tema de la rueda o comunicado de prensa y el funcionario que dará las declaraciones a los medios de comunicación.

2.

Jefe OAC

Informa al funcionario designado de la decisión adoptada y le indica si debe dar las declaraciones del comunicado o presentar el tema en rueda de prensa. Solicita la información necesaria para la elaboración del comunicado de prensa al responsable del tema.

Se le informa vía e-mail o verbalmente.

3

Jefe OAC

Designa verbalmente al profesional de la OAC que elaborará el respectivo comunicado, bien sea para entregarlo en la rueda de prensa o enviarlo vía e-mail a los periodistas.

4

Profesional de la OAC

Elabora el borrador del comunicado con base en la información suministrada y lo presenta al Jefe de la OAC para su respectiva aprobación y/o ajuste.

5

Jefe OAC

Presenta al Contralor o Director Sectorial el proyecto de comunicado de prensa para su visto bueno y aprobación.

Envía vía e-mail al Contralor de Bogotá o Director Sectorial el proyecto de comunicado.

6

Director o Contralor de Bogotá

Revisa el comunicado de prensa y le da el visto bueno.

Punto de control

7

Profesional OAC

Envía el comunicado de prensa vía e-mail a los periodistas. En caso de rueda de prensa, envía un e-mail indicándoles la fecha, lugar, hora y tema de la misma y reitera la invitación vía telefónica.

Comunicado de Prensa

El comunicado o citación a los periodistas a la rueda de prensa se realiza con base en un listado de medios de comunicación.

8

Profesional OAC

Prepara la logística del salón donde se realizará la rueda de prensa. Solicita a la Subdirección de Servicios Administrativos vía e mail, verbalmente o mediante oficio el salón indicando fecha, hora y demás requerimientos.

9

Profesional OAC

Publica en la página Web el comunicado

10

Profesional OAC

Realiza seguimiento a la información que sobre el tema presentado, se difunda en los medios de comunicación.

Monitoreo de noticias

.

7.5. SUMINISTRO DE INFORMACIÓN A PERIODISTAS QUE CUBREN DIFERENTES MEDIOS DE COMUNICACIÓN

No

RESPONSABLE

ACTIVIDAD

REGISTROS

PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES

1

Jefe OAC y/o Profesional OAC

Recibe solicitud de un periodista bien sea personal, telefónica o vía e-mail para que le suministre información o le absuelve una duda o inquietud.

2

Jefe OAC y/o Profesional OAC

Determina si la información solicitada se puede proporcionar de manera inmediata o si es necesario establecer un contacto entre el periodista y un funcionario específico.

La información que no haya sido publicada será consultada con la Jefe de OAC para su entrega.

3

Jefe OAC y/o Profesional OAC

Absuelve la inquietud, bien sea de manera personal, por teléfono, fax o e-mail o lo pone en contacto con el funcionario indicado.

4

Jefe OAC y/o Profesional OAC

Contacta al periodista y verifica que su inquietud haya sido absuelta.

7.6. PROGRAMA DE RADIO Ó TELEVISIÓN INSTITUCIONAL

No

RESPONSABLE

ACTIVIDAD

REGISTROS

PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES

1

Contralor y/o Jefe Oficina Asesora de Comunicaciones y Profesionales de la OAC.

Define esquema y temática del programa que se va a emitir, las secciones y los invitados.

2

Jefe OAC

Solicita la información respectiva a la dependencia de la entidad sobre el tema a tratar en el programa.

3

Jefe OAC

Distribuye responsabilidades en los funcionarios de la dependencia para la elaboración de las notas.

4

Profesionales de la OAC.

Elaboran las notas correspondientes, para lo cual realizan entrevistas, testimonios, documentos, entre otros.

5

Profesional de la OAC

Entrega guión de continuidad al Jefe de la OAC, para su revisión y ajustes.

6

Jefe OAC

Aprueba el libreto para iniciar la edición del programa.

7

Profesional de la OAC

Entrega material para la edición de cada nota.

8

Jefe OAC

La empresa contratada, en el caso del programa de televisión, edita el programa.

Máster del programa

Punto de control

9

Jefe y Profesionales de la OAC.

Adelantan el respectivo monitoreo televisivo ó radial para verificar la emisión del programa.

Grabación de la emisión del programa.

7.7. ACTUALIZACIÓN PORTAL WEB

SECCIONES SALA DE PRENSA, PUBLICACIONES, FLASH INFORMATIVOS, FOROS, CHAT, Y CAMPAÑAS

No

RESPONSABLE

ACTIVIDAD

REGISTROS

PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES

1

Jefe Oficina Asesora de Comunicaciones, OAC

Define la información a publicar en el Portal Web.

2

Profesional de la OAC.

Actualiza directamente la información, que corresponda a comunicaciones y la que no será remitida a la Dirección de Informática para publicar en el Portal Web.

El envío se hace vía Outlook, por red o de manera física.

No

RESPONSABLE

ACTIVIDAD

REGISTROS

PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES

3

Director de Informática

Pública inmediatamente la información en el Portal Web

4.

Profesional de la OAG.

Verifica que la información se publique inmediatamente en el Portal Web

Punto de Control

PROCEDIMIENTO PARA EL EJERCICIO DEL CONTROL SOCIAL A LA GESTIÓN PÚBLICA

CÓDIGO DEL PROCEDIMIENTO: 2013

VERSIÓN No. 1.0

Fecha: 09 de Agosto de 2010

REVISADO POR: Director a para el Control Social y Desarrollo Local CARGO

Gladys Amalia Russi NOMBRE

FIRMA

APROBADO POR: Director Técnico de Planeación CARGO

Elemir Eduardo Pinto Diaz NOMBRE

FIRMA

COPIA No. No. DE PÁGINAS 22

PROCEDIMIENTO PARA EL EJERCICIO DEL CONTROL SOCIAL A LA GESTIÓN PÚBLICA

1. OBJETIVO:

Enlazar la gestión institucional con la ciudadanía, para el uso adecuado y oportuno de los mecanismos de participación ciudadana, mediante el desarrollo de labores de pedagogía social, divulgación y sensibilización de los ciudadanos para la generación de acciones estratégicas como espacio de participación que permitan el ejercicio del control social articulado cojn el control fiscal.

1.1. OBJETIVOS ESPECÍFICOS

Formular con las organizaciones y la ciudadanía a través de ejercicios de pedagogía social formativa e ilustrativa, divulgación y sensibilización; acciones estratégicas, que logren integrar al ciudadano en el ejercicio del control fiscal.

Identificar líneas temáticas de interés para la ciudadanía o problemáticas que afectan a la comunidad, a través del uso de mecanismos técnicos de análisis que permitan obtener información sobre los índices de satisfacción que la Contraloría de Bogotá logra obtener en los clientes, que sirvan de lineamientos que se constituyan en insumo para la mejora de los productos de los procesos misionales.

2. ALCANCE:

El procedimiento inicia con la articulación institucional para interactuar con la ciudadanía en la realización de acciones ciudadanas especiales con el fin de lograr la integración del ciudadano al ejercicio del control fiscal y concluye con la medición de la percepción y satisfacción del cliente.

3. BASE LEGAL:

• Constitución Política de Colombia en particular los Artículos 2, 3, 20, 23, 74,95, 103 y 270.

• Ley 134 de 1994, "Por la cual se reglamentan los mecanismos de Participación Ciudadana" especialmente el Artículo 100.

• Decreto Ley 1421 de 1993, en particular los Artículos 6, 60 y 69.

• Ley 472 de 1998, "Por la cual se desarrolla el artículo 88 de la Constitución Política de Colombia en relación con el ejercicio de las acciones populares y de grupo y se dictan otras disposiciones".

• Ley 489 de 1998 por la cual se dictan normas sobre la organización y funcionamiento de las entidades del orden nacional, se expiden las disposiciones, principios y reglas generales para el ejercicio de la atribuciones previstas en los numerales 15 y 16 del artículo 189 de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones, capítulo VIII Democratización y control social de la administración pública, artículos 32 al 35. Reglamentada por el Decreto 1714 de 2000.

• Ley 850 de 2003, por medio de la cual se reglamentan las veedurías ciudadanas.

• Ley 80 de 1993 por la cual se expide el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública. Artículo 66.

• El Acuerdo No. 361 de 2009 (6 de enero de 2009) "por el cual se organiza la Contraloría de Bogotá, D. C., se determinan las funciones por dependencias, se fijan los principios generales inherentes a su organización y funcionamiento y se dictan otras disposiciones".

• Acuerdo 142 de 2005 (10 de marzo de 2005) "Por medio del cual se adoptan mecanismos e instancias para apoyar y promover en el ámbito distrital las Veedurías Ciudadanas y se dictan otras disposiciones"

• Acuerdo 401 de 2009 (25 de septiembre de 2009) "Por el cual se crean las Contralorías Estudiantiles en las Instituciones Educativas del Distrito, y las redes de Contralores Estudiantiles Locales y Distritales de Bogotá".

4. DEFINICIONES

4.1. AGENCIAMIENTO TRANSVERSAL:

Las Direcciones Sectoriales de acuerdo con su competencia deben trabajar de manera transversal para el análisis y evaluación de las líneas temáticas de interés para la ciudadanía o las problemáticas que la impactan dentro del marco de las políticas publicas, así como para la realización de las acciones ciudadanas especiales y para el seguimiento de los compromisos adquiridos.

Informe técnico. Del análisis y la evaluación se elabora un informe técnico, el cual debe contener de manera integral la explicación clara del tema, el origen, las entidades responsables, los recursos comprometidos, los antecedentes, los insumos ciudadanos, la existencia de DPC, quejas o reclamos y su estado actual, la trazabilidad de compromisos anteriores, el barrido de publicaciones que se hayan emitido en medios locales y/o masivos de comunicación, profundizando la especificidad de los temas y generando un método de control de las acciones respecto del cumplimiento de los compromisos que se adquieran por la administración, así como identificar plenamente las organizaciones y comunidades interesadas directa o indirectamente en la materia.

Articulación institucional. Las direcciones sectoriales conformarán un equipo técnico, integrado por un delegado de cada Dirección Sectorial (Subdirector) para la gestión de control social en cada sector y para la articulación con las demás direcciones sectoriales: En el caso particular de la Dirección para el Control Social y Desarrollo Local, lo será el Subdirector para el Control Social.

Coordinación. Para hacer efectivo el agenciamiento transversal es necesario que exista una coordinación desde el Responsable del proceso de enlace con clientes, para el caso, se trata de la Dirección para el Control Social y Desarrollo Local, a la cual le corresponde coordinar la interacción con la ciudadanía y la articulación con otras Direcciones sectoriales.

4.2. ACCIONES CIUDADANAS ESPECIALES

Ejercicio de la facultad que tiene el ciudadano de actuar activamente en los espacios generados por la Contraloría de Bogotá para ejercer el control social a la gestión publica Sirven de estructura interna a los Directores Sectoriales para direccionar los insumos ciudadanos como derechos de petición, denuncias, quejas, consultas, reclamos y peticiones de información, para activar de forma especial y particular diversas acciones implantadas de la Contraloría, a saber:

4.2.1. PEDAGOGÍA SOCIAL FORMATIVA E ILUSTRATIVA

Uso de herramientas audiovisuales que transmitan mensajes concretos que condensen conceptos y palabras claves de fácil recordación en torno al ejercicio responsable del control social y las acciones ciudadanas especiales de la Contraloría, así como los distintos mecanismos de participación ciudadana, como:

VOLANTES INFORMATIVOS, CARTILLAS, CARNÉS CIUDADANOS, FOLLETOS AFICHES, PENDONES Y PLEGABLES, ENTRE OTROS: Estas piezas comunicativas, en la medida en que contengan información precisa se convierten fácilmente en referentes para el ciudadano "de a pie", que no tiene acceso a otros medios informativos como el Internet o los periódicos, de manera que puedan identificar los distintos frentes de trabajo a los cuales puede incorporarse como ejecutores del control social real en las distintas localidades de la ciudad, que sirva como instrumento formativo e informativo a las comunidades vinculadas con la Contraloría.

Para un impacto masivo de la gestión del control social como herramienta que robustece el control fiscal es acertada la implantación de vínculos que permitan al ciudadano no solo presentar quejas, solicitudes o peticiones sino entablar un diálogo para promover y ampliar el espectro participativo que redunde en la mayor vinculación efectiva ciudadana para el desarrollo misional de la Contraloría de Bogotá.

CONVERSATORIOS: Técnicas de grupo que pueden tener carácter académico o no formal. En éstas se escuchan las ideas de los ciudadanos participantes (habitualmente de no mas de 20 personas) en torno a un tema central. Esta técnica es ideal en casos donde todos tienen conocimientos previos sobre el tema y buenos niveles de participación y confianza. Se requiere de un moderador que centre la discusión y/o exposición de ideas.

TALLERES: Actividad grupal que se desarrolla desde la lógica de una aplicación práctica de conceptos o teorías. Normalmente el taller se preocupa por estimular actitudes o reforzar conocimientos. Dependiendo de las estrategias que se utilicen y el tema, el taller puede estar dirigido a pequeños o grandes grupos. Los talleres no necesariamente implican secuencialidad.

FOROS y PANELES: Estas técnicas son muy similares. En cuanto van dirigidas a grupos medianos y grandes y convocan la presencia de expertos que presentan disertaciones sobre un tema específico. La diferencia puede estar centrada en la interacción que se logra con el auditorio, pues en un foro es habitual que los asistentes conozcan del tema y puedan presentar sus desarrollos de manera menos formal que los expertos, pero en el panel se obedece más a una jerarquía de saberes donde se espera y se está atento fundamentalmente a los aportes de los panelistas centrales. En ambas acciones se requiere de un moderador y se puede acompañar de comentaristas que pongan en tensión o en relación las principales ideas de los expositores.

DIPLOMADOS: Es una modalidad de la Educación no formal para desarrollar una temática específica con un nivel medio a alto de complejidad. La duración promedio de éstos es de 120 a 140 horas y puede ser homologable con créditos académicos de programas de formación siempre y cuando se haya previsto desde su formulación. Los diplomados están dirigidos a grupos medianos que compartan un interés común y que se comprometan con unos productos finales y asistencia permanente en las diferentes sesiones que se lleven a cabo.

SEMINARIO: Conjunto de ciudadanos que se auto-instituyen en un grupo de estudio, formación o trabajo en el marco de un tema específico. Como modalidad académica que se desarrolla programáticamente en torno a un tema, en el seminario es frecuente que diferentes expertos asistan a sesiones secuenciales y vayan presentando un tema de menor a mayor complejidad para los asistentes, en ocasiones las diferentes sesiones no tienen que ver con la complejidad del conocimiento, sino con conocer diferentes posturas frente al tema. Los seminarios de esta modalidad normalmente se certifican por una institución de formación y su número de integrantes varia según su objetivo.

CURSO Agrupación temática que tiene por objeto que un grupo de ciudadanos apropien unos conocimientos básicos o específicos. Las reglas de los cursos son auto impuestas en cuanto a intensidad horaria, profundidad, evaluación. Cuando hacen parte del currículum de una institución educativa son regulados por esta última.

CONFERENCIAS Modalidad de presentación temática por parte de uno o varios expertos; es ideal para formar o informar a grandes auditorios, pues se parte de la experticia de un expositor en el tema señalado.

JORNADAS DE FORMACIÓN: El principal interés es actualizar o formar a un grupo de personas pertenecientes a un sector, grupo o institución que tienen objetivos muy precisos.

4.2.2. INSTRUMENTOS DE INTERACCIÓN

AUDIENCIA PÚBLICA: Es un espacio de participación ciudadana para el control social, abierto a la comunidad interesada, que tiene como propósito establecer técnica y documentalmente la evidencia de una falla o irregularidad en la prestación de un bien o servicio a cargo de la Administración Distrital y/o de particulares que administran o manejan recursos públicos distritales, con el fin de determinar y acordar acciones que propendan por resolver las fallas o irregularidades.

La dependencia de la Contraloría de Bogotá que convoca la audiencia pública, como garante de las acciones acordadas y los compromisos adquiridos, levantará en cada mesa de trabajo un acta para la firma de los participantes (entidades y comunidad) en la que se especifique la acción, la entidad responsable y la posible fecha de su realización y culminación. Adicionalmente, la Contraloría de Bogotá garantizará la presencia y el apoyo técnico de las Direcciones Sectoriales competentes de los temas y asuntos objeto de la Audiencia Pública y hará seguimiento a los compromisos hasta su culminación.

RENDICIÓN DE CUENTAS Presentar ante la comunidad las acciones más importantes desarrolladas por la Contraloría Distrital en el ámbito de la gestión institucional mostrando la eficacia del ente fiscalizador como herramienta fundamental de control social. Es una actividad pública en que la Contraloría de Bogotá informa a la ciudadanía sobre los resultados de la acción fiscal y de participación ciudadana por parte del Señor Contralor de Bogotá.

MESA DE TRABAJO CIUDADANA: Es un espacio de reunión ciudadana en el cual podrán participar ciudadanos interesados y bajo la coordinación de la Contraloría de Bogotá, con representantes técnicos de las entidades citadas o invitadas para tratar asuntos relacionados con temas de evaluación en el marco del ejerció del control social con el fin de comprometer acciones correctivas, preventivas o de mejora sobre posibles fallas o irregularidades detectadas. La Contraloría de Bogotá, como garante de las acciones acordadas, levantará un acta para la firma de los participantes en la que se especifique la acción, la entidad responsable de realizarla y la posible fecha de su culminación (Modelo de acta). Adicionalmente, la Contraloría de Bogotá garantizará la presencia y el apoyo técnico de las Direcciones Sectoriales competentes de los temas y asuntos objeto de la mesa de trabajo ciudadana y hará seguimiento a los compromisos hasta su culminación.

INSPECCIONES A TERRENO Es un ejercicio de control y auditoría social en el cual un grupo de ciudadanos interesados, acompañados de un equipo técnico profesional de la Contraloría de Bogotá, hace inspección técnica a la ejecución de un contrato, con el propósito de verificar el cumplimiento de su objeto, la oportunidad y/o la calidad del bien o servicio suministrado. La dependencia que programa o coordina la visita de inspección elaborará un informe técnico de resultados, el cual podrá servir como soporte a una posterior audiencia pública o mesa de trabajo ciudadana y/o insumo a los procesos misionales micro y macro.

REVISIÓN DE CONTRATOS: ejercicio de control y auditoría social en el cual un grupo de ciudadanos interesados, con el acompañamiento técnico profesional de la Contraloría de Bogotá, examina un contrato o convenio que la administración distrital ha firmado con un particular o una entidad oficial con el propósito de verificar el cumplimiento de su objeto, la oportunidad y/o la calidad del bien o servicio suministrado dentro del proceso auditor. La dependencia que programa o coordina la revisión del contrato incluirá dentro del informe de auditaría los resultados.

4.2.3. MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA

Iniciativa Popular Legislativa y Normativa: derecho que tiene un grupo de ciudadanos de presentar proyectos de: leyes, ordenanzas, acuerdos y resoluciones.

El Voto: Acto mediante el cual un ciudadano participa de manera activa en la elección de las personas que quieren que las representen o en la adopción de una decisión, pronunciándose en uno y otro sentido.

Acción de tutela: mecanismo mediante el cual cualquier persona puede solicitar a un juez la protección rápida y efectiva de sus derechos fundamentales, cuando estos son amenazados o violados por una entidad pública o particulares.

Acción de cumplimiento: mecanismo judicial de protección de derechos, consiste en la facultad que tiene toda persona de acudir ante el juez administrativo para solicitarle que ordene, a la autoridad pública o al particular en ejercicio de funciones públicas renuente, al cumplimiento de un deber contenido en una norma con fuerza material de ley o un acto administrativo cuya función le corresponde.

Cabildo abierto: Es la reunión pública de los concejos distritales, municipales o de las juntas administradoras locales, en la cual los habitantes pueden participar directamente con el fin de discutir asuntos de interés para la comunidad.

Consulta previa: Es la intervención ciudadana en la toma de decisiones de la administración pública mediante la cual la entidad, responsable del asunto a decidir, lo somete a consideración de la ciudadanía antes de tomar una decisión entregando la información y permitiendo que la ciudadanía manifieste sus opiniones y observaciones. La entidad, sin embargo, no está obligada a reflejar la opinión de los consultados en la decisión que finalmente adopte.

Acción Popular y de Grupo: La acción popular es un mecanismo para la defensa y protección de los derechos e intereses colectivos, es decir, aquellos que afecten el patrimonio, el espacio, la seguridad pública, la moral administrativa, la libre competencia económica, el ambiente y la salud pública. La acción de grupo es el mecanismo a través del cual una pluralidad de personas, constituida como grupo, acude ante la justicia para lograr la reparación o indemnización de los perjuicios que individualmente se le generó a cada uno de los integrantes del grupo por la vulneración o amenaza de sus derechos fundamentales..

Consulta: Es la petición mediante la cual una persona somete a consideración un caso o asunto, para que éste emita el correspondiente concepto.

Consulta popular: Es la convocatoria que se hace al pueblo para que apruebe o rechace un proyecto de norma jurídica, derogue o no una norma ya vigente. Puede ser nacional, regional, departamental, distrital, municipal o local, derogatoria o aprobatoria. En todos los casos es obligatoria y cuando la consulta se refiera a la conveniencia de convocar una asamblea constituyente, las preguntas serán sometidas a consideración popular mediante ley aprobada por el Congreso de la República.

Referendo: Convocatoria, al pueblo para que apruebe o rechace un proyecto de norma o derogue una norma vigente. Puede ser nacional, regional, departamental, distrital, municipal o local.

Revocatoria del Mandato: derecho que tienen los ciudadanos de dar por terminado el mandato que le han conferido a un gobernados o a un alcalde. Plebiscito: pronunciamiento del pueblo apoyando o rechazando una determinada decisión del ejecutivo, por convocatoria del presidente de la república.

4.2.4.PROMOCIÓN, DIVULGACIÓN, y SENSIBILIZACIÓN

Formas de despertar en los ciudadanos interés por participar activamente en el ejercicio del control social, que propendan por incentivar los mecanismos democráticos de representación, para controlar la gestión pública de manera individual o colectiva.

Socialización de los Memorandos de Encargo y de Planeación para obtener insumos en el ejercicio fiscalizador y vinculación de ciudadanos en la auditoría de cada vigencia.

Divulgación de resultados de gestión del proceso auditor y/o de informes obligatorios: Es una actividad pública en que las Direcciones Sectoriales y de Economía y Finanzas Públicas Distritales y oficinas locales dan a conocer a la ciudadanía los memorandos de encargo y planeación, así como los productos y resultados de los procesos misionales micro y macro.

4.3. CONTROL SOCIAL

Consiste en otorgar a las organizaciones e instituciones de la sociedad civil y a los ciudadanos interesados herramientas y espacios públicos de control social para ejercer el derecho ciudadano de conocer, discutir, analizar y vigilar la información otorgada por el sector público, con el propósito de contribuir al ejercicio fiscalizador desde lo local a través de procedimientos, mecanismos e instancias que permitan el establecimiento de un Control Social mediante el cual los Comités de Control Social ejerzan el derecho tanto a conocer, supervisar y evaluar los resultados e impacto de las políticas de gestión pública.

Esta labor se realiza mediante la revisión por parte de los ciudadanos de las actividades, procedimientos y resultados de impacto social de una organización o entidad pública, con el fin de comprobar que funcionan de conformidad con las normas, principios y procedimientos establecidos para generar bienestar social, bajo la coordinación de la Contraloría de Bogotá.

4.3.1. MECANISMOS DE CONTROL SOCIAL A LA GESTIÓN PÚBLICA

Acciones que desarrollan los ciudadanos y/o organizaciones sociales vinculadas en el ejercicio de control social en la formulación, ejecución, control y evaluación de la gestión pública, de acuerdo con lo normado en el artículo 32 de la Ley 489 de 1998.

4.3.1.1. Auditoría Social: conjunto de programas, procedimientos, técnicas o informes que puede realizar la Contraloría de Bogotá, con la cooperación de la ciudadanía en el ejercicio del proceso auditor o en el desarrollo de las acciones ciudadanas especiales.

4.3.1.2. Comité de Control Social: Escenario abierto por la Contraloría de Bogotá con el propósito de enlazar permanentemente la gestión institucional con los ciudadanos en sus diversas formas de organización, para la generación conjunta de acciones ciudadanas especiales que permiten su ejercicio articulado con el control fiscal

4.3.1.4. Veedurías ciudadanas: "Se entiende por Veeduría Ciudadana el mecanismo democrático de representación que le permite a los ciudadanos o a las diferentes organizaciones comunitarias, ejercer vigilancia sobre la gestión pública, respecto a las autoridades, administrativas, políticas, judiciales, electorales, legislativas y órganos de control, así como de las entidades públicas o privadas, organizaciones no gubernamentales de carácter nacional o internacional que operen en el país, encargadas de la ejecución de un programa, proyecto, contrato o de la prestación de un servicio público". (Artículo 1 de la Ley 850 de 2003)

Cuando los ciudadanos decidan constituir mecanismos de control social de la administración, en particular mediante la creación de veedurías ciudadanas, la administración estará obligada a brindar todo el apoyo requerido para el ejercicio de dicho control (articulo 33 de Ley 489 de 1998)

4.3.1.5. Redes sociales: Las Redes son formas de interacción social, definida como un intercambio dinámico entre personas, grupos e instituciones en contextos de complejidad. Un sistema abierto y en construcción permanente que involucra a conjuntos que se identifican en las mismas necesidades y problemáticas y que se organizan para potenciar sus recursos." (Redes Sociales Agosto 7, 2008 por Michfer)

Uso estratégico de los medios informáticos en aras de sumar ciudadanos y organizaciones en el ejercicio del control social, con un aprovechamiento interactivo de las pagina web en la cual el ente de control planifique las tácticas necesarias para interactuar directamente con las comunidades mediante la implantación de vínculos que permitan al ciudadano no solo presentar quejas, solicitudes o peticiones sino entablar un diálogo controlado y circunspecto pero necesario para promover y ampliar el espectro participativo que sin duda redundará en la mayor vinculación ciudadana que a su vez amplia los insumos de la comunidad para el desarrollo misional de la Contraloría de Bogotá

4.3.1.6. Contraloría Estudiantil: encargada de promover y actuar como veedora del buen uso de los recursos y de los bienes públicos de la institución educativa a la cual pertenece, incluyendo los del Fondo de Servicios Educativos del respectivo Colegio, es un organismo pedagógico en el ejercicio del control fiscal, que estimula la cultura del control social. (Acuerdo 401 de 2009)

4.3.1.7. Observatorio: Es un instrumento que puede constituir la Contraloría de Bogotá de forma temporal o permanente para monitorear la contratación de los sujetos de control que le permita verificar oportunamente las etapas del proceso contractual, así como identificar los destinatarios o beneficiarios de la inversión a fin de lograr su vinculación al ejercicio del control social.

La constitución del observatorio deberá estar debidamente fundamentada y soportada de manera tal que justifique el uso de este instrumento.

4.4. BASE DE DATOS DEL CONTROL SOCIAL:

Mecanismo e instrumento de información, divulgación y reporte de la participación ciudadana en la página Web de la Contraloría, que debe contener la relación de clientes participantes con la información básica necesaria y datos relacionados, que puedan proveer los insumos digitales para publicar las convocatorias a la ciudadanía, participar en la realización de Acciones Ciudadanas Especiales, en la construcción del memorando de Encargo de la Auditoria Gubernamental con Enfoque Integral y desarrollo de las acciones ciudadanas especiales realizadas por cada Dirección Sectorial.

4.5. MEDICIÓN DE SATISFACCIÓN DEL CLIENTE

CLIENTE: Organización o persona que recibe un producto o servicio, en calidad de usuario, destinatario o beneficiario, y que no se encuentra directamente vinculado con la Contraloría de Bogotá.

CLIENTES DE LA CONTRALORÍA DE BOGOTÁ D.C.: Son clientes de la Contraloría: la Ciudadanía y el Concejo de Bogotá.

CIUDADANÍA. Otorga el poder para ejercer el control fiscal, recibe los productos de la CB y el beneficio generado por la labor de vigilancia fiscal.

CLASIFICACIÓN DEL CLIENTE:

Público en General

Participantes en Eventos

Beneficiarios de Pedagogía Social

Usuarios que Interponen Peticiones, Quejas Y Reclamos

PARTE INTERESADA: Los sujetos de control auditados y sin auditar, los particulares que administran fondos o bienes públicos del Distrito Capital y los entes de control que vigilan la gestión de la entidad, son PARTES INTERESADAS, dado que la CB no enfoca todos sus esfuerzos a generar su satisfacción; porque hay actividades que nunca podrán generarles satisfacción (Responsabilidad Fiscal) y porque no se puede concertar con ellos la vigilancia de la gestión fiscal, entre otros aspectos.

No obstante, es necesario tener con ellos un vínculo de cooperación y retroalimentación que permita:

• Solicitarles y entregarles información.

• Mantener buenas relaciones a nivel institucional.

• Cumplir con la obligación de cooperar para la eficiente gestión pública.

• Buscar el beneficio general de la sociedad, por encima de los intereses particulares.

• Entregarles informes sobre el resultado del proceso auditor, dar conformidad y hacer seguimiento a los planes de mejoramiento, recibir sus comentarios de tal forma que exista una retroalimentación en beneficio del mejoramiento de su y nuestra gestión.

SATISFACCIÓN DEL CLIENTE: Percepción del cliente sobre el grado en se han cumplido los requisitos que la Contraloría de Bogotá debe brindar a los clientes, respecto de los productos y servicios suministrados.

MEDICIÓN DE SATISFACCIÓN: Calificación que permite calcular el grado de efectividad entre expectativa y realidad de los productos o servicios de la Contraloría de Bogotá.

INSTRUMENTOS DE MEDICIÓN: Mecanismos técnicos de análisis utilizados para obtener información exacta sobre los índices de satisfacción que la CB logra obtener en los clientes, que permitan traducirse en lineamientos que se constituyan en insumo para la mejora de los productos de los procesos misionales.

PERCEPCIÓN DEL CLIENTE: Sensación interior de los clientes ciudadanía y Concejo que resulta de la admisión de los productos o servicios de la Contraloría de Bogotá.

RETROALIMENTACIÓN DEL CLIENTE: Es el resultado de la evaluación y el análisis de la satisfacción del cliente que permita mejorar la imagen y percepción de los mismos frente a los productos y servicios de la CB, mediante la implementación de acciones de corrección, correctivas, preventivas y de mejora.

PERIODICIDAD: Mínimo una vez al año de conformidad con las decisiones del Comité de Análisis.

4.6. LOGÍSTICA: Son todos los bienes y/o servicios mínimos y complementarios que se consideren necesarios para garantizar el cumplimiento de la realización de las acciones ciudadanas especiales programadas según su naturaleza y las actividades inherentes a ellas.

SERVICIOS MÍNIMOS DE LOGÍSTICA: Suministrar los medios necesarios para el funcionamiento de espacios abiertos o cerrados debidamente dotados para la realización de las actividades colectivas, con una adecuada presentación, disposición de ambientes, ornato y comodidad de las instalaciones para la realización de las actividades propias del control social

5. REGISTROS:

Acta

Informe

Sigespro

Plan

Acta de Acciones Ciudadanas Especiales

Lista de Participantes magnética o en manuscrito.

Reporte magnético de la Acción Ciudadana en la Base de datos de Control Social.

Lista de Participantes magnética o en manuscrito y/o registro fotográfico o "documento" que pruebe la realización de la Acción ciudadana.

Instrumentos de evaluación de satisfacción del cliente

Informe sobre los resultados de la medición de la satisfacción de los clientes.

6. ANEXOS:

Anexo 1. Modelo de Acta de Acciones Ciudadanas Especiales. Código2013001.

Anexo 2. Modelo lista de Participantes. Código2013002.

Anexo 3. Instructivo para diligenciar la Base de Datos de Control Social para el reporte de la acción ciudadana.

7. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO

No

RESPONSABLE

ACTIVIDAD

REGISTROS

OBSERVACIONES/PUNTO DE CONTROL

1

Director para el Control Social y Desarrollo Local, Director de Economía y Finanzas Subdirector para el Control Social, Director o Subdirector sectorial responsable y /o Jefe de Oficina Local.

Conforma el Equipo para el Agenciamiento Transversal del Control Social1

Acta

Las Direcciones Sectoriales conformarán un equipo técnico articulado, integrado por un delegado de cada Dirección Sectorial (Subdirector) quien será el responsable de la gestión articuladora de control social en cada sector, así como el encargado de realizar los estudios técnicos e informes necesarios.

Para hacer efectivo el agenciamiento transversal es necesario que exista una coordinación por parte del "Responsable del proceso de enlace con clientes", para el caso, se trata de la Dirección para el Control Social y Desarrollo Local, quien podrá delegar al Subdirector para el Control Social para orientar la gestión institucional de control social (este subdirector es el responsable logístico de la acción ciudadana). El Equipo de Agenciamiento Transversal se debe reunir una vez al mes ó cuando sea necesario.

2

Director técnico responsable.

Elabora y presenta informe sobre el tema, el cual debe contener de manera integral la explicación clara del tema, los recursos, los antecedentes, los insumos ciudadanos, el barrido de publicaciones que se hayan emitido en medios locales y/o masivos de comunicación y PQR, así como identificar plenamente las organizaciones y comunidades interesadas directa o indirectamente en la materia a intervenir y explicar el por qué de la temática y de la población objetiva.

Informe

3

Director para el Control Social y Desarrollo Local, Subdirector para el Control Social, Director ó Subdirector sectorial responsable, Director de Economía y Finanzas y /o Jefe de Oficina Local.

Establece la necesidad de realizar una acción ciudadana especial generada de la solicitud, problemática, denuncia, queja, petición ciudadana u observación de la Contraloría de Bogotá respecto de una posible falla ó irregularidad de la administración distrital en la prestación de un bien ó servicio y presentarla ante el Equipo de Agenciamiento Transversal

Sigespro

Esta comunicación se dirige al coordinador del Equipo de Agenciamiento Transversal, para que convoque al mismo.

4

Director para el Control Social y Desarrollo Local, Subdirector para el control Social

Convoca al Equipo de Agenciamiento Transversal para analizar informe y decidir el tipo2 de acción o acciones ciudadanas a realizar

Se fijan responsables de cada actividad y los compromiso según la temática y el tipo de acción ciudadana.

Sigespro

No

RESPONSABLE

ACTIVIDAD

REGISTROS

OBSERVACIONES/PUNTO DE CONTROL

5

Director técnico responsable

Realiza mesas de trabajo del agenciamiento transversal convocando a los funcionarios de la administración distrital y/o local que se requieran, (si fuera necesario) antes de la realización de la acción ciudadana a fin de revisar las problemáticas y avanzar sobre las posibles soluciones y registrar los compromisos en Acta.

Acta

6

Director Técnico responsable

Formula y presenta un plan para la realización de la Acción ciudadana éste deberá contener los siguientes aspectos: posible fecha de realización, número de participantes estimados, entidades o instituciones Distritales o locales a convocar, responsabilidades asignadas y en general el orden temático propuesto y la logística Así mismo, deberá contener los avances de las reuniones previas, si se han realizado, con la administración.

Remite a la Dirección para el Control Social y Desarrollo local, como responsable del proceso de Enlace, mínimo con 10 días hábiles de antelación, para la respectiva organización.

Plan

7

Director para el Control Social y Desarrollo Local.

Convoca a la Dirección de Apoyo al Despacho, Oficina Asesora de Comunicaciones y Subdirección para el control Social, para que de acuerdo con el rol de cada dependencia, planifiquen y coordinen lo relacionado con la ejecución de la actividad.

El Equipo de Agenciamiento Transversal debe definir todos los bienes y/o servicios mínimos y complementarios que se consideren necesarios para garantizar el cumplimiento de la realización de las acciones ciudadanas programadas según su naturaleza y las actividades inherentes a ellas, solicitando el suministro de los medios necesarios para la realización de las actividades propias del control social.

8

Director técnico responsable, Director para el Control Social y Desarrollo Local, Subdirector para el Control Social, y Jefe de Oficina de Comunicaciones y/o Jefe de oficina Local y funcionarios

Realiza la Acción Ciudadana Especial.

Toma el registro de asistencia

Acta de Acciones Ciudadanas Especiales Lista de Participantes magnética o en manuscrito.

1. Orden del día

2.Intevención de la Contraloría

3.Intervención de expositores o docentes cuando se trate de actividades de pedagogía social

4. Intervención de las entidades distritales o locales, cuando les corresponda.

5.Intervención de la comunidad cuando les corresponda

6. Conclusiones y compromisos

7. Entrega de material o insumos a los ciudadanos

8. Las demás que se puedan presentar

No

RESPONSABLE

ACTIVIDAD

REGISTROS

OBSERVACIONES/PUNTO DE CONTROL

9

Director Técnico responsable

Reporta la Acción Ciudadana en la Base de datos de Control Social (sistema), subiendo en medio magnético todos los soportes: ya sean actas, registros de asistencia o fotográficos que sustenten la actividad, diligenciando todos los ítems, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la realización de la acción ciudadana.

Reporte magnético de la Acción Ciudadana en la Base de datos de Control Social Lista de Participantes magnética o en manuscrito y/o registro fotográfico o "que pruebe la realización de la Acción ciudadana 3 documento"

En la casilla Estado Actual el responsable de la actividad selecciona el elemento "creado", los demás espacios (Aprobado, Publicado, Bloqueado, Ejecutado, y Anulado) solamente son diligenciados por la Dirección para el Control Social y Desarrollo Local4

10

Director para el Control Social y Desarrollo Local, Subdirector para el Control Social, Subdirector responsable y /o Jefe de Oficina Local.

Realiza con el equipo de Agenciamiento Transversal el seguimiento a los compromisos adquiridos en la Acción ciudadana realizada.

Acta

La Dirección responsable de la temática sectorial realiza el seguimiento a las acciones y compromisos adquiridos por las entidades distritales para la solución del tema, verificando su cumplimiento, de manera que permita valorar la efectividad en el mejoramiento de la gestión, la relación estado ciudadano y su contribución al fortalecimiento del control social para lograr un control fiscal efectivo

Las mesas de trabajo deberán adelantarse durante el tiempo y el número de sesiones que sean necesarias hasta que se cumplan los compromisos establecidos en el marco de la acción ciudadana.

11

Subdirector de Control Social, profesionales universitarios, especializados o técnicos.

Evalúa la acción ciudadana realizada a través de la medición de satisfacción del cliente y presenta informe.

Instrumentos de evaluación de satisfacción del cliente.

Informe sobre los resultados de la medición de la satisfacción de los clientes

La medición de satisfacción del cliente es la calificación que permite calcular el grado de efectividad entre expectativa y realidad de los productos o servicios de la Contraloría de Bogotá a través de los mecanismos técnicos de análisis utilizados para obtener información exacta sobre los índices de satisfacción que la Contraloría logra obtener en los clientes, que permitan traducirse en lineamientos que se constituyan en insumo para la mejora de los productos de los procesos misionales.

MODELO DE ACTA DE ACCIONES CIUDADANAS ESPECIALES

ACTA DE ACCIONES CIUDADANAS ESPECIALES

TIPO DE ACCIÓN CIUDADANA

ACTA No.____________________

LUGAR:

FECHA:

HORA INICIO:

HORA FIN:

OBJETIVO

 

ORDEN DEL DÍA

1.

3.

2.

4.

RESULTADOS

TEMAS TRATADOS

 

 

1.

 

 

2.

 

 

n.

 

 

No. de ORDEN

ANEXOS

1.

 

 

2.

 

 

N-1

 

 

COMPROMISOS

No. DE COMPROMISO

ACCIÓN

RESPONSABLE

FECHA LIMITE DE EJECUCIÓN

1.

 

 

 

2.

 

 

 

N

 

 

 

JEFE DE LA DEPENDENCIA O SU DELEGADO

SECRETARIO

FIRMA:

FIRMA:

NOMBRE:

NOMBRE:

CARGO:

CARGO:

NOMBRE COMPLETO DE QUIÉN ELABORA Y TRASCRIBE EL ACTA

MODELO CODIGO: 2013001

*Este modelo corresponde a la información que debe contener el acta de la Acción Ciudadana Especial realizada y su diligenciamiento puede ser en manuscrito con letra legible, siempre debe anexarse el listado de asistentes.

MODELO LISTA DE PARTICIPANTES ACCIONES CIUDADANAS ESPECIALES

TIPO DE ACCIÓN CIUDADANA.___________________________________________________ LUGAR:________________________________________________________DIRECCION SECTORIAL Y/O OFICINA LOCAL:_________________________________________________________

FECHA:________________________________________________________RESPONSABLE:_________________________________________________

No.

NOMBRES Y APELLIDOS

DIRECCIÓN

TELEFONO

ORGANIZACIÓN Y/O ENTIDAD

FIRMA

*Este modelo corresponde a la información que debe contener la lista de participantes y su diligenciamiento puede ser en manuscrito con letra legible.

INSTRUCTIVO PARA DILIGENCIAR LA BASE DE DATOS DE CONTROL SOCIAL PARA EL REPORTE DE LA ACCIÓN CIUDADANA

NOMBRE DE DIRECCIÓN SECTORIAL O LOCALIDAD

TIPO DE ACCIÓN CIUDADANA

OBJETIVO

TEMA SECTORIAL: Mencionar el tema sectorial: Salud, Educación, recreación, deporte, cultura, Infraestructura (Malla vial), Servicios públicos, vivienda, movilidad, medio ambiente, plan de desarrollo.

LUGAR

-SALÓN COMUNAL

-ESTADIO

-TEATRO

-DIRECCIÓN

FECHA DE REALIZACIÓN

NÚMERO DE ASISTENTES

ENTIDADES VINCULADAS

ORGANIZACIONES VINCULADAS

-Comités de Control Social

-Contralores Estudiantiles

-Veedurías, ONG

-JAC

-Consejos Locales

-Asociaciones Comunitarias

-Comunidad en general

BARRIOS INVOLUCRADOS

ANOTACIÓN DEL EVENTO (RESULTADOS)

ANEXOS:

*FOTOS

*ACTAS

*INFORMES TÉCNICOS

*OTROS REGISTROS

Notas de pie de pagina

1 Cuando se trate de Acciones Ciudadanas Especiales de temáticas exclusivamente "locales" o "específicas" de un solo sector NO se recurrirá a la instancia del Comité de Agenciamiento Transversal sino que el Jefe de Oficina Local o Director Técnico Sectorial se reunirá con el Subdirector (a) para el Control Social y ejecutará la actividad de acuerdo con lo establecido en los numerales 9 y 10 de este documento.

2 Las Acciones Ciudadanas Especiales que realiza la Contraloría de Bogotá son: PEDAGOGIA SOCIAL FORMATIVA E ILUSTRATIVA, INSTRUMENTOS, MECANISMOS DE PARTICIPACION CIUDADANA, PROMOCIÓN, DIVULGACIÓN, y SENSIBILIZACIÓN. Para cada una de las cuales se tendrá en cuenta lo establecido en el numeral correspondiente a definiciones.

3 Documento: Escrito o soporte que contiene datos que poseen información para evidenciar algo y su medio de soporte

4 Ver Instructivo de Base de Datos de Control Social

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 4484 de agosto 23 de 2010