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Decreto Local 018 de 2021 Alcaldía Local de Teusaquillo

Fecha de Expedición:
17/12/2021
Fecha de Entrada en Vigencia:
21/12/2021
Medio de Publicación:
Registro distrital 7319 del 21 de diciembre de 2021.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 018 DE 2021

 

(Diciembre 17)

 

Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos de funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo para la vigencia fiscal 2021

 

LA ALCALDESA LOCAL DE TEUSAQUILLO (E)

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el artículo 31 del Decreto 372 de 2010 y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que en el párrafo tercero del artículo 31 del Decreto 372 de 2010, estipula: “Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el alcalde Local”

 

Que el parágrafo único del artículo 10 del Decreto 192 de 2021, dispone que …“Se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretaría de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en gastos de funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen Factores constitutivos de salario, Contribuciones inherentes a la nómina, Remuneraciones o constitutivas de factor salarios siempre que correspondan al mismo tipo de vinculación, Honorarios, Activos Fijos, Materiales y suministritos, Adquisición de servicios, FONPET, Obligaciones por Pagar (Adquisición de Bienes, Adquisición de servicios y Otros Gastos Generales)”

 

Párrafo modificado por el inciso 5, Decreto Local 019 de 2021.<El nuevo texto es el siguiente> Que existe un saldo de apropiación disponible en los rubros de gastos de funcionamiento 131020202020105 “Servicios de seguros de vida colectiva de los Ediles” por valor de $451.402, rubro 131020202030301 “Servicios de consultoría en administración y servicios” por valor de $10.609.088, rubro 131020202030404 “Servicios de telecomunicaciones a través de internet” por valor de $1.328.462, rubro 131020202030603 “Servicios de mantenimiento y reparación de computadores y equipo periférico” por valor de $50.000.000, rubro 131020202030611 “Servicios de mantenimiento y reparación de ascensores y escaleras mecánicas”, por valor de $11.240.841 y rubro 1310202010106 “Dotación (prendas de vestir y calzado)” por valor de 1.576.733.


El texto original era el siguiente:

Que existe un saldo de apropiación disponible en los rubros de gastos de funcionamiento 131020202020105 “Servicios de seguros de vida colectiva de los Ediles” por valor de $451.402, rubro 131020202030301 “Servicios de consultoría en administración y servicios” por valor de $10.609.088, rubro 131020202030404 “Servicios de telecomunicaciones a través de internet” por valor de $2.905.195, rubro 131020202030603 “Servicios de mantenimiento y reparación de computadores y equipo periférico” por valor de $50.000.000, rubro 131020202030611 “Servicios de mantenimiento y reparación de ascensores y escaleras mecánicas”, por valor de $11.240.841.

 

Que, en consecuencia, dichos recursos serán adicionados al rubro 1310202010204 “Químicos básicos” por el valor de $1.576.733, al rubro 131020202030501 “Servicios de protección (guardas de seguridad) en el valor de $22.303.334, al rubro 131020202030502 “Servicios de limpieza general” por valor de $40.717.371, al rubro 13102020202040101 “Energía”  en el  valor de $10.609.088,  lo que le permitirá a la entidad garantizar la revisión, recarga, mantenimiento, y/o adquisición de extintores, la vigilancia de las sedes de la alcaldía Local y la JAL, el aseo de instalaciones, el suministro de cafetería, y el pago oportuno del  servicio público de energía  de la entidad, brindando de esta forma las condiciones necesarias tanto para los funcionarios como para la comunidad en general en el desarrollo de las actividades de forma segura.

 

Que, en mérito de lo anteriormente expuesto:


DECRETA:


Artículo1. Efectúese un contracrédito al Presupuesto de Gastos de funcionamiento de la vigencia fiscal 2021 del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo de conformidad con el siguiente detalle:

 

CONTRACRÉDITOS

 

RUBRO

DESCRIPCIÓN

CREDITOS

13

GASTOS

75.206.526

131

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

75.206.526

13102

Adquisición de bienes y servicios

75.206.526

1310202

Adquisiciones diferentes de activos no financieros

75.206.526

131020202

Adquisición de servicios

75.206.526

13102020202

Servicios financieros y servicios conexos, servicios inmobiliarios y servicios de leasing

                      

451.402

1310202020201

Servicios financieros y servicios conexos

                      

451.402

131020202020105

Servicios de seguros de vida colectiva de los Ediles

                      

451.402

13102020203

Servicios prestados a las empresas y servicios de producción

74.755.124

1310202020303

Otros servicios profesionales, científicos y técnicos

10.609.088

131020202030301

Servicios de consultoría en administración y servicios

10.609.088

1310202020304

Servicios de telecomunicaciones, transmisión y suministro de información

2.905.195

131020202030404

Servicios de telecomunicaciones a través de internet

2.905.195

1310202020306

Servicios de mantenimiento, reparación e instalación (excepto servicios de construcción)

61.240.841

131020202030603

Servicios de mantenimiento y reparación de computadores y equipo periférico

50.000.000

131020202030611

Servicios de mantenimiento y reparación de ascensores y escaleras mecánicas

11.240.841

TOTAL CONTRACRÉDITOS

75.206.526

 

Artículo 2. Efectúese un crédito al Presupuesto de del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo de con Gastos de funcionamiento de la vigencia fiscal 2021 de conformidad con el siguiente detalle:

 

CREDITOS

 

RUBRO

DESCRIPCIÓN

 CREDITOS

13

GASTOS

           75.206.526

131

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

           75.206.526

13102

Adquisición de bienes y servicios

           75.206.526

1310202

Adquisiciones diferentes de activos no financieros

           75.206.526

131020201

Materiales y suministros

             1.576.733

13102020102

Otros bienes transportables (excepto productos metálicos, maquinaria y equipo

             1.576.733

1310202010204

Químicos básicos

             1.576.733

131020202

Adquisición de servicios

           73.629.793

13102020203

Servicios prestados a las empresas y servicios de producción

           63.020.705

1310202020305

Servicios de soporte

           63.020.705

131020202030501

Servicios de protección (guardas de seguridad)

           22.303.334

131020202030502

Servicios de limpieza general

           40.717.371

13102020204

Servicios administrativos del Gobierno

           10.609.088

1310202020401

Otros servicios públicos generales del Gobierno n.c.p

           10.609.088

131020202040101

Energía

10.609.088

TOTAL CREDITOS

75.206.526

 

Artículo 3. Comunicación. Una vez expedido el presente Decreto, deberán ser informadas las Secretarías Distritales de Hacienda, de Gobierno y la Junta Administradora Local, para lo de su competencia.

 

Artículo 4. Publicación. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital, de conformidad con el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.

 

Artículo 5. Vigencia y Derogatorias. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.


 

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 17 días del mes de diciembre del año 2021.

 

ANA DUNIA PINZÓN BARÓN

 

Alcaldesa Local de Teusaquillo (E)


NOTA: Ver Anexo.