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DECRETO LOCAL 006 DE 2023
(Abril 26)
Por medio del cual se convoca a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de Chapinero
EL ALCALDE LOCAL DE CHAPINERO
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las conferidas en el artículo 86 del Decreto Ley No. 1421 de 1993, modificado parcialmente por la Ley 2116 de 2021, el Acuerdo 740 de 2019, y
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo señalado en el artículo 71 del Decreto Ley 1421 de 1993, “Por el cual se dicta el régimen especial para el Distrito Capital de Bogotá”, corresponde a las Juntas Administradoras Locales reunirse, ordinariamente y por derecho propio, cuatro (4) veces al año, y de manera extraordinaria por convocatoria que les haga el respectivo Alcalde, evento en el cual sesionarán por el término que señale el Alcalde y únicamente para tratar los asuntos que él mismo someta a su consideración.
Que, de conformidad con lo previsto en el artículo 69 del Decreto Ley 1421 de 1993, corresponde a las Juntas Administradoras Locales aprobar el presupuesto anual del respectivo Fondo de Desarrollo Local, así como sus modificaciones.
Que, de acuerdo con las condiciones financieras actuales del Fondo de Desarrollo Local, el presupuesto para el año 2023 debe ser ajustado conforme a los excedentes existentes, por lo cual se requiere solicitar y gestionar lo correspondiente a los excedentes presupuestales para el Año 2023.
Que, del mismo modo, la Secretaría Distrital de Planeación informó a la Alcaldía Local de Chapinero, mediante Oficio 2-2023-32497 del 30 de marzo de 2023, que, de acuerdo con solicitud de la Secretaría Distrital de Gobierno, se emitió CONCEPTO FAVORABLE para realizar una adición presupuestal por valor de MIL CIENTO OCHENTA Y TRES MILLONES TRESCIENTOS SIETE MIL NOVECIENTOS SESENTA Y OCHO PESOS ($1.183.307.968,00) a los recursos de inversión directa de la Vigencia 2023 de la Alcaldía Local, para su aplicación exclusiva al Proyecto 1734 “Chapinero Modelo de Movilidad Inteligente”, siendo necesario dar lugar a la discusión y aprobación de la adición presupuestal en cita.
Que, de conformidad con lo señalado en el Decreto 140 de 2013 “Por el cual se modifica el Decreto 778 de 2000 que reglamenta el Acuerdo 17 de 1999 sobre la participación de la sociedad civil en la conformación del Consejo de Paz en el Distrito Capital y se dictan otras disposiciones”, corresponde a las Juntas Administradoras Locales, a iniciativa del Alcalde Local, reglamentar la conformación de los Consejos Locales de Paz a los que se refiere el artículo 3° del Acuerdo 17 de 1999 y sus demás disposiciones concordantes, modificatorias o complementarias.
Que, de la misma manera, se requiere discutir y aprobar lo relacionado con la composición, funcionamiento y ejercicio del Consejo Local de Paz para la Localidad de Chapinero para el año 2023, aspecto que no ha sido discutido en las sesiones ordinarias previstas para la vigencia actual.
Que, con fundamento en lo anterior, se requiere convocar a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local, a fin de que se discutan, como puntos de la agenda, la aprobación de los excedentes financieros para la vigencia fiscal 2023 y lo relacionado con el Consejo Local de Paz de la Localidad de Chapinero.
En mérito de lo anterior, DECRETA:
Artículo 1. Modificado por el art. 1, Decreto Local 008 de 2023. <El nuevo texto es el siguiente> Convocar a la Junta Administradora Local de Chapinero a sesiones extraordinarias para el período comprendido entre el dos (2) de mayo y el treinta y uno (31) del mes de mayo de 2023, inclusive. El texto original era el siguiente: Artículo 1. Convocar a la Junta Administradora Local de Chapinero a sesiones extraordinarias para el período comprendido entre el dos (2) de mayo y el veintiuno (21) del mes de mayo de 2023.
Artículo 2. En las sesiones extraordinarias para las cuales se convoca a la Junta Administradora Local de Chapinero se tratarán exclusivamente los temas relacionados con:
1.- Excedentes Financieros del Presupuesto del Fondo de Desarrollo Local para el año 2023.
2.- Adición presupuestal a Recursos de Inversión Vigencia 2023.
2.- (Sic)Conformación y funcionamiento del Consejo Local de Paz para la Localidad de Chapinero para el año 2023.
Artículo 3. El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C, a los 26 días del mes de abril del año 2023.
ÓSCAR YESID RAMOS CLADERÓN
Alcalde Local de Chapinero |