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Decreto Local 008 de 2023 Alcaldía Local de Chapinero

Fecha de Expedición:
17/05/2023
Fecha de Entrada en Vigencia:
29/05/2023
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7727 del 29 de mayo de 2023.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 008 DE 2023

 

(Mayo 17)

 

Por medio del cual se modifica parcialmente el Decreto No. 06 de 26 de abril de 2023 de la Alcaldía Local de Chapinero, y se amplía el período de sesiones extraordinarias de la Junta Administradora Local de Chapinero

 

EL ALCALDE LOCAL DE CHAPINERO

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las conferidas en el artículo 86 del Decreto Ley No. 1421 de 1993, modificado parcialmente por la Ley 2116 de 2021, el Acuerdo 740 de 2019, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que, de conformidad con lo señalado en el artículo 71 del Decreto Ley 1421 de 1993, “Por el cual se dicta el régimen especial para el Distrito Capital de Bogotá”, corresponde a las Juntas Administradoras Locales reunirse, ordinariamente y por derecho propio, cuatro (4) veces al año, y de manera extraordinaria por convocatoria que les haga el respectivo Alcalde, evento en el cual sesionarán por el término que señale el Alcalde y únicamente para tratar los asuntos que él mismo someta a su consideración.

 

Que, de conformidad con lo previsto en el artículo 69 del Decreto Ley 1421 de 1993, corresponde a las Juntas Administradoras Locales aprobar el presupuesto anual del respectivo Fondo de Desarrollo Local, así como sus modificaciones.

 

Que, de conformidad con lo señalado en el Decreto 140 de 2013 “Por el cual se modifica el Decreto 778 de 2000 que reglamenta el Acuerdo 17 de 1999 sobre la participación de la sociedad civil en la conformación del Consejo de Paz en el Distrito Capital y se dictan otras disposiciones”, corresponde a las Juntas Administradoras Locales, a iniciativa del Alcalde Local, reglamentar la conformación de los Consejos Locales de Paz a los que se refiere el artículo 3° del Acuerdo 17 de 1999 y sus demás disposiciones concordantes, modificatorias o complementarias.

 

Que, de la misma manera, la discusión y aprobación de los Consejos Locales de Paz corresponde por mandato legal y reglamentario a las Juntas Administradoras Locales.

 

Que en cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias que rigen a la materia, la Alcaldía Local de Chapinero expidió el pasado 26 de abril de 2023 el Decreto No. 06 por medio del cual convocó a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de Chapinero, con el fin de discutir y aprobar:

 

1.- Excedentes Financieros del Presupuesto del Fondo de Desarrollo Local para el año 2023.

 

2.- Adición presupuestal a Recursos de Inversión Vigencia 2023.


3.- Conformación y funcionamiento del Consejo Local de Paz para la Localidad de Chapinero para el año 2023.

 

Que el período de sesiones extraordinarias se fijó entre el dos (2) y el veintiuno (21) de mayo de 2023 inclusive.

 

Que en desarrollo de las discusiones adelantadas por la Junta Administradora Local respecto de los temas para los cuales se convocó a sesiones extraordinarias se advirtió la necesidad de ampliar el plazo de las mismas para los debates y aprobaciones finales de los asuntos sometidos a consideración.

 

Que se hace necesario ampliar el período de sesiones extraordinarias para las que se convocó a la Junta Administradora Local de Chapinero, modificando para ello de forma parcial el Decreto 06 de 26 de abril de 2023 de la Alcaldía Local de Chapinero. En mérito de lo anterior,

 

DECRETA

 

Artículo 1. MODIFICAR parcialmente el artículo PRIMERO del Decreto 06 de 26 de abril de 2023 de la Alcaldía Local de Chapinero, el cual quedará así:

 

ARTÍCULO 1. Convocar a la Junta Administradora Local de Chapinero a sesiones extraordinarias para el período comprendido entre el dos (2) de mayo y el treinta y uno (31) del mes de mayo de 2023, inclusive”.

 

Artículo 2. Los demás términos del Decreto 06 del 26 de abril de 2023 de la Alcaldía Local de Chapinero se mantienen.

 

Artículo 3. El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 17 días del mes de mayo del año 2023.

 

ÓSCAR YESID RAMOS CALDERÓN

 

Alcalde Local de Chapinero