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Decreto Local 004 de 2023 Alcaldía Local de Engativá

Fecha de Expedición:
03/05/2023
Fecha de Entrada en Vigencia:
09/05/2023
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7714 del 09 de mayo de 2023.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 004 DE 2023

 

(Mayo 03)

 

Por medio del cual se liquida el Acuerdo Local No. 01 del 28 de abril de 2023, por el cual se efectúa una adición por valor de $4.889.152.852 en el Presupuesto de Ingresos y Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Engativá para la vigencia fiscal 2023 al interior del agregado presupuestal de Gastos e Inversión

 

LA ALCALDESA LOCAL DE ENGATIVÁ

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que confiere el artículo 31 del Decreto Distrital 372 de 2010, el Decreto 192 de 2021, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el tercer inciso del artículo 31 del Decreto 372 de 2010 del 30 de agosto de 2010 estipula sobre los traslados presupuestales “(…) Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Los traslados entre agregados presupuestales se aprobarán por la Junta Administradora Local previo concepto favorable del CONFIS Distrital., para lo cual el Alcalde Local deberá presentar el Proyecto de Acuerdo respectivo a la JAL. Todos los traslados de gastos de inversión requerirán del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Planeación (…)”.

 

Que el Decreto 192 de 2021, en su artículo 10° instituye “(…) Modificaciones al anexo del decreto de liquidación. Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local. En el caso de los establecimientos públicos del Distrito estas modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos (…) Parágrafo. Cuando se trate de modificaciones de gastos de inversión, se requerirá además que las entidades del Distrito cuenten con el concepto favorable de la Secretaría Distrital de Planeación (…)”.

 

Que la Circular CONFIS No. 04 del 05 de abril de 2023 de la Secretaría Técnica del CONFIS (E) comunica a las alcaldesas y alcaldes locales que el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal (CONFIS) Distrital en sesión No. 03 celebrada el 31 de marzo de 2023 de acuerdo con lo establecido en el literal h) del artículo 10 y en el artículo 73 del Decreto Distrital 714 de 1996, así como en los artículos 37 y 38 del Decreto Distrital 372 de 2010, determinó y distribuyo los excedentes financieros generados por los 20 Fondos de Desarrollo Local al cierre de la vigencia 2022, correspondiéndole al Fondo de Desarrollo Local de Engativá por valor de $699.600.000 con la siguiente destinación: “Seguridad y Justicia”, correspondiendo a la de Engativá un valor de $325.000.000, para Sistemas de videovigilancia. Asimismo, se destinaron para el “Cultura” correspondiendo a la de Engativá un valor de $200.000.000 y para “Fortalecimiento Institucional - Gestores” correspondiendo a la de Engativá un valor de $174.600.000.

 

Que la Circular CONFIS No. 05 del 05 de abril de 2023 de la Secretaría Técnica del CONFIS (E) comunica a las alcaldesas y alcaldes locales que el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal (CONFIS) Distrital en sesión No. 03 celebrada el 31 de marzo de 2023 de acuerdo con lo establecido en el literal f) del artículo 10° del Decreto Distrital 714 de 1996, y en el artículo 31° del Decreto Distrital 372 de 2010, “emitió Concepto Favorable a una adición en el Presupuesto de Ingresos y Gastos 2023 para 15 Fondos de Desarrollo Local, por un valor total de $49.610.639.321, (…)”, y al Fondo de Desarrollo Local de Engativá le adicionaron en el Presupuesto de Ingresos y Gastos 2023 un valor de $4.189.552.852, así: Presupuesto de Ingresos, Rubro Presupuestal: “Ingresos: 01 - Ingresos, 012 - Recursos de capital” la suma de $4.189.552.852 . Presupuesto de Gastos e Inversiones, Rubro Presupuestal: “02 - Gastos. 023 - Inversión” por valor de $4.189.552.852, con la siguiente destinación: “Conservación de malla vial y espacio público” por valor de $2.932.686.996 y para “Mantenimiento y/o dotación Parques” la suma de $1.256.865.856.

 

Que es necesario incorporar al presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Engativá para la vigencia fiscal, comprendida entre el 01 de enero y el 31 de diciembre de 2023, los recursos asignados por el CONFIS en las Circulares Nos. 04 y 05 de 2023 por un valor total de Cuatro Mil Ochocientos Ochenta y Nueve Millones Ciento Cincuenta y Dos Mil Ochocientos Cincuenta y Dos Pesos ($4.889.152.852) M/Cte.

 

Que la Subsecretaría de Planeación de la Inversión de la Secretaría Distrital de Planeación emite “Concepto previo favorable para la modificación presupuestal a gastos de inversión, originada en la distribución de excedentes financieros” de la localidad de Engativá en tanto cumple con los requerimientos expedidos por el CONFIS en el radicado No. 2-2023-38402.

 

Que la Subsecretaría de Planeación de la Inversión de la Secretaría Distrital de Planeación emite “Adición presupuestal vigencia fiscal 2023” de la localidad de Engativá en tanto cumple con los requerimientos expedidos por el CONFIS en el radicado No. 2-2023-32464.

 

Que mediante oficio No. 20236020258691 del 17 de abril de 2023, la Alcaldesa Local de Engativá, radicó ante la Junta Administradora Local de Engativá el Proyecto de Acuerdo Local para estudio y aprobación de los Excedentes Financieros y la adición al Presupuesto de Ingresos y Gastos 2023.

 

Que mediante oficio con radicado No. 20236010085252 del 2 de mayo de 2023, la Junta Administradora Local de Engativá radicó en esta Alcaldía el Acuerdo Local No. 01 del 28 de abril de 2023, mediante el cual aprueba los ajustes de los Excedentes Financieros y al Presupuesto de Ingresos y Gastos 2023 en el presupuesto anual del Fondo de Desarrollo Local de Engativá para su sanción.

 

Que en fecha del 3 de mayo de 2023 la Alcaldesa Local de Engativá sancionó el Acuerdo Local No. 01 del 28 de abril de 2023, siendo procedente de conformidad el Decreto Distrital 372 de 2010 disponer de la Adición presupuestal para la vigencia fiscal 2023.

 

En mérito de lo anteriormente expuesto, la Alcaldesa Local de Engativá,

 

DECRETA:

 

Artículo 1. Efectúese una adición al presupuesto de Ingresos del Fondo de Desarrollo Local de Engativá en la vigencia 2023, por valor de CUATRO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MILLONES CIENTO CINCUENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y DOS PESOS ($4.889.152.852) M/CTE, de conformidad con el siguiente detalle:

 

 

Artículo 2. Efectúese una adición al presupuesto de Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Engativá en la vigencia 2023, por valor de CUATRO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MILLONES CIENTO CINCUENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y DOS PESOS ($4.889.152.852) M/CTE, según el siguiente detalle:

 

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Artículo 3. Comunicación. Una vez expedido el presente Decreto, comuníquese inmediatamente el contenido del mismo a la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, para lo de su competencia.

 

Artículo 4. Publicación. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital, de conformidad con el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.

 

Artículo 5. Vigencia y Derogatorias. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

 

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Se expide en Bogotá, D.C., a los 03 días del mes de mayo del año 2023.

 

ÁNGELA MARÍA MORENO TORRES

 

Alcaldesa Local de Engativá