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Decreto Local 009 de 2023 Alcaldía Local de Usme

Fecha de Expedición:
09/05/2023
Fecha de Entrada en Vigencia:
12/05/2023
Medio de Publicación:
Registro Distrital NO. 7717 del 12 de mayo de 2023.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 009 DE 2023

 

(Mayo 09)

 

Por medio del cual se efectúa traslado presupuestal en el presupuesto de gastos de funcionamiento del fondo de desarrollo local de Usme para la vigencia fiscal 2023

 

EL ALCALDE LOCAL DE USME (E)

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere el artículo 324 de la Constitución Política de Colombia, el Decreto 372 de 2010, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que de conformidad con el artículo 31 del Decreto 372 del 30 de Agosto de 2010, los traslados presupuestales dentro del mismo agregado, y específicamente entre rubros presupuestales de Gastos de inversión los hará el Alcalde Local mediante Decreto Local previo concepto favorable de la Dirección Distrital de presupuesto de Secretaria Distrital de Hacienda. Todos los traslados de gastos de inversión requerirán del concepto previo favorable de la Secretaria Distrital de Planeación.

 

Que en la Resolución No. SDH – 191 del 22 de septiembre de 2017, por medio del cual se adopta y consolida el manual de programación, ejecución y cierre presupuestal del Distrito Capital se indica el procedimiento para efectuar el traslado en mención.

 

Que según el MANUAL OPERATIVO PRESUPUESTAL DEL DISTRITO CAPITAL en su numeral 4.1 Traslado Presupuestal se manifiesta que: “es la modificación al presupuesto que disminuye el monto de una apropiación para aumentar, en la misma cuantía, la de otra del mismo agregado presupuestal o entre agregados presupuestales. Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado los efectúa el Alcalde Local mediante Decreto, previo concepto favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto”.

 

Que de acuerdo al parágrafo único del artículo 10° del Decreto No. 192 del 02 de junio de 2021, expedido por la Alcaldesa Mayor de Bogotá D.C. se modificó el procedimiento para los traslados presupuestales de las entidades que componen el Presupuesto Anual y los Fondos de Desarrollo Local, exceptuando el concepto previo y favorable de la Secretaria Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en Gastos de Funcionamiento de los traslados al interior de cada uno de los rubros que componen, siempre que correspondan al mismo tipo de vinculación al quinto nivel establecida en el Catálogo de Clasificación Presupuestal del Distrito.

 

Que, mediante Decreto Local 15 del 19 de diciembre de 2022 se liquidó el presupuesto del Fondo de Desarrollo Local para el año fiscal 2023, de acuerdo con la cuota aprobada por el CONFIS, en el cual se asignaron recursos al agregado de gastos de funcionamiento para la vigencia por valor de tres mil setenta y un millones doscientos quince mil y dos mil pesos ($3.071.215.000).

 

Que mediante la circular No. 04 de 2023 el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal – CONFIS se determinan y distribuyen los excedentes financieros generados por los 20 Fondos de Desarrollo Local al cierre de la vigencia 2022, y a partir de dicha distribución se asignaron $994.922.860 para cubrir las necesidades manifiestas por el F.D.L.U. en temas de funcionamiento.

 

Que, mediante Decreto Local N° 008 del 4 de mayo de 2023 “Por medio del cual se ajusta el presupuesto Anual de Ingresos y gastos del Fondo de Desarrollo Local de Usme para la vigencia fiscal 2023” Que, analizado el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Usme para la vigencia 2023 se hace necesario efectuar un traslado al interior del mismo, por cuanto se han identificado con precisión incrementos en la demanda de recursos.

 

Que se cuenta con los recursos disponibles en cada uno de los rubros mediante los cuales se informa de la disponibilidad de recursos por trasladar.

 

Que, en mérito de lo expuesto, El Alcalde Local de Usme (E),

 

DECRETA:

 

Artículo 1. Efectúese el siguiente contra crédito en el Presupuesto de Gastos de funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de USME para la Vigencia Fiscal de 2023, por valor de VEINTICINCO MILLONES OCHENTA Y UN MIL QUINIENTOS CUARENTA Y NUEVE PESOS M/CTE ($ 25.081.549), de conformidad con el siguiente detalle:

 

COMPOSICIÓN DEL CONTRACRÉDITO:

 

CÓDIGO

CONCEPTO

VALOR

 

O2

Gastos

$ 25.081.549

 

O21

 

 

Funcionamiento

$ 25.081.549

 

O212

Adquisición de bienes y servicios

$ 25.081.549

 

O21202

Adquisiciones diferentes de activos

$ 25.081.549

 

O2120202

Adquisición de servicios

$ 25.081.549

 

O2120202008

Servicios prestados a las empresas y servicios de producción

$ 25.081.549

 

O212020200803

Servicios profesionales, científicos y técnicos (excepto los servicios de

investigación, urbanismo, jurídicos y de contabilidad)

 

$ 25.081.549

O21202020080383990

Otros servicios profesionales, técnicos y empresariales n.c.p.

$ 25.081.549

 

Artículo 2. Efectúese el siguiente crédito en el Presupuesto de Gastos de funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Usme para la Vigencia Fiscal de 2023, por valor de VEINTICINCO MILLONES OCHENTA Y UN MIL QUINIENTOS CUARENTA Y NUEVE PESOS M/CTE ($25.081.549), de conformidad con el siguiente detalle:

 

CÓDIGO

CONCEPTO

VALOR

O2

Gastos

$ 25.081.549

O21

Funcionamiento

$ 25.081.549

O212

Adquisición de bienes y servicios

$ 25.081.549

O21202

Adquisiciones diferentes de activos

$ 25.081.549

O2120202

Adquisición de servicios

$ 25.081.549

O2120202008

Servicios prestados a las empresas y servicios de producción

$ 25.081.549

O212020200805

Servicios de soporte

$ 25.081.549

O21202020080585330

Servicios de limpieza general

$ 25.081.549

 

Artículo 3. El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación.

 

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 09 días del mes de mayo del año 2023.

 

DORIAN DE JESÚS COQUIES MAESTRE

 

Alcalde Local de Usme (E)