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Acuerdo Local 003 de 2023 Junta Administradora Local de Kennedy

Fecha de Expedición:
21/05/2023
Fecha de Entrada en Vigencia:
31/05/2023
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7729 del 31 de mayo de 2023.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO LOCAL 003 DE 2023

 

(Mayo 21)

 

Por el cual se incorporan los recursos financieros provenientes de la conciliación judicial parcial del Convenio Interadministrativo de Cooperación No 1292 del 2012 a proyectos de inversión local relacionados con la intervención de malla vial, y mantenimiento y/o dotación de parques vecinales y de bolsillo al Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Kennedy de la vigencia fiscal 2023

 

LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE KENNEDY

 

en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere el Artículo 324 de la Constitución Política de Colombia, y


Ver Decreto Local 003 de 2023.

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 31 de Decreto Distrital 372 del 30 de agosto de 2010, por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local – F.D.L., establece que “Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto, mediante traslados, créditos adicionales, reducciones y suspensión temporal de apropiaciones” y establece en su numeral 2, literal “a”:

 

“2. Créditos adicionales: Es el aumento de las partidas inicialmente aprobadas o no previstas para un objeto del gasto. Cuando durante la ejecución del Presupuesto de los F.D.L. se hiciere indispensable aumentar el monto de las apropiaciones para complementar las insuficientes, ampliar los servicios existentes o establecer nuevos servicios autorizados por la ley, se pueden abrir créditos adicionales de conformidad con las siguientes competencias:

 

a) Incremento estimado de los recursos propios: Cuando el recaudo real de los ingresos propios de las localidades supere el monto presupuestado, se podrá adicionar el excedente mediante Acuerdo de la JAL con previo concepto favorable del CONFIS. Con posterioridad a la expedición y sanción del Acuerdo de Adición expedido por la JAL, el alcalde Local hará mediante Decreto la distribución por programas y proyectos de los recursos adicionados”.

 

Que la Resolución SDH - 000191 del 22 de septiembre de 2017 “Por medio de la cual se adopta y consolida el Manual de Programación, Ejecución y Cierre Presupuestal del Distrito Capital” establece en su módulo 3 Sección 3.9.2 “Adiciones Presupuestales - Incremento estimado de los recursos propios” que:

 

“Los créditos adicionales se pueden presentar por:

 

- Recursos de cooperación y/o donaciones.

 

- Incremento estimado de los recursos propios.

 

- Adición por Excedentes Financieros.

 

- Convenios entre entidades, cuando así lo establezcan las disposiciones generales del Presupuesto Anual del Distrito Capital”.

 

Que El Decreto Distrital 411 de 2016 “Por medio del cual se modifica la Estructura Organizacional de la Secretaría Distrital de Gobierno”, establece en su Artículo 1 sobre “Objeto y Funciones Esenciales”, que es función de la Secretaría de gobierno: “l) Coordinar con las Secretarías del Distrito y las Alcaldías Locales la formulación y adopción de políticas, planes, programas y proyectos de acuerdo con sus funciones”,

 

Que el Artículo 13 del citado decreto establece en su literal e) que es función de la Secretaría de Gobierno “e) Realizar la asistencia técnica en la formulación, ejecución y seguimiento de los proyectos de inversión con cargo a los recursos de los Fondos de Desarrollo Local, cuando la delegación de la facultad para contratar y ordenar los gastos que recaigan en el Alcalde local”.

 

Que igualmente en el literal i) del citado artículo se establece que la Secretaría de Gobierno debe: “i) Coordinar con los Sectores Administrativos de Coordinación, el apoyo a la asistencia técnica a los Fondos de Desarrollo Local en la formulación y contratación de los proyectos de inversión local.”

 

Que el 21 de diciembre de 2012, se suscribió el Convenio Interadministrativo de Cooperación 1292 entre la Secretaría Distrital de Gobierno, los Fondos de Desarrollo Local de Chapinero, Santa Fe, San Cristóbal, Usme, Tunjuelito, Kennedy, Fontibón, Engativá, Suba, Barrios Unidos, Teusaquillo, Mártires, Antonio Nariño, Puente Aranda, La Candelaria, Ciudad Bolívar, Rafael Uribe Uribe, Bosa y Usaquén, y la Secretaría Distrital de Movilidad, la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial (UAERMV), el Instituto de Desarrollo Urbano (IDU), la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá E.S.P (EAAB), el Jardín Botánico “José Celestino Mutis” y el Instituto para la Protección de la Niñez y la Juventud (IDIPRON).

 

Con ocasión a la ejecución del convenio, la Secretaría de Gobierno y los citados Fondos de Desarrollo Local entablaron el 2 de mayo de 2018 demanda de controversias contractuales contra la Secretaría Distrital de Movilidad, la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial (UAERMV), el Instituto de Desarrollo Urbano (IDU), la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá E.S.P (EAAB), el Jardín Botánico “José Celestino Mutis” y el Instituto para la Protección de la Niñez y la Juventud (IDIPRON) con el fin de que se declarara el incumplimiento contractual del convenio interadministrativo de cooperación No. 1292 de 2012 por parte de la UAERMV, se reconocieran los perjuicios ocasionados a los Fondos de Desarrollo Local de Bogotá con el incumplimiento y se liquidara judicialmente el acuerdo de voluntades, ante la Subsección C de la Sección Tercera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca.

 

Que, el 27 de octubre de 2022 se reanudó la audiencia inicial y la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial (UAERMV) propuso fórmula conciliatoria, por lo que se otorgó plazo a las partes para estudiar el acuerdo presentado por la demandada como quiera que manifestaron tener ánimo conciliatorio y constituir una Mesa de Trabajo en cabeza de la Secretaría Distrital de Movilidad.

 

Que, el 1° de diciembre de 2022 la Secretaría Distrital de Gobierno y la UAERMV presentaron fórmula conciliatoria parcial, la cual fue puesta a discusión de las demás entidades demandadas, quienes indicaron que aceptaban el acuerdo parcial.

 

Que el Tribunal administrativo de Cundinamarca, sección Tercera, Subsección C, con ponencia del Magistrado José Elver Muñoz Barrera, bajo radicado Número 25000-23-36-000-2018-00343-00, Resolvió Aprobar la conciliación judicial parcial permitiendo la liberación de saldos y rendimientos financieros derivados del Convenio Interadministrativo de Cooperación No. 1292 de 2012.


Que el 29 de marzo de 2023, en sesión extraordinaria del Consejo de Alcaldes Locales, se aprobó la destinación de recursos propuesta por la Secretaría Distrital de Gobierno y se acordó delegar ante dicha Secretaría el trámite respectivo ante la Secretaría Distrital de Planeación y el Confis.

 

Que, en concordancia con lo anterior, se solicitó concepto previo para la inclusión de recursos liberados del acuerdo conciliatorio parcial Convenio Interadministrativo de Cooperación No 1292 del 2012 ante la Secretaría Distrital de Planeación.

 

Que la Secretaría Distrital de Planeación, mediante comunicado Número 2-2023-32436, emitió concepto previo favorable para realizar la adición presupuestal por valor de $2.226.031.671 a los recursos de inversión directa, vigencia 2023, del Fondo de Desarrollo Local de Kennedy, distribuidos de la siguiente manera:

 

Código Proyecto

Nombre Proyecto

Valor Adición

2118

Kennedy con mejor movilidad

$ 1.558.222.170

2179

Kennedy con mejores parques

$ 667.809.501

 

Total

$ 2.226.031.671

 

Que el CONFIS Distrital en sesión Número 03 celebrada el día 31 de marzo de 2023, y de acuerdo con lo establecido en el literal f) del artículo 10° del Decreto Distrital 714 de 1996, y en el artículo 31° del Decreto Distrital 372 de 2010, emitió Concepto Favorable para la adición en el Presupuesto de Ingresos y Gastos 2023 para los 15 Fondos de Desarrollo Local, estableciendo el valor a incorporar para el Fondo de Desarrollo Local de Kennedy, por un valor total de $ 2.226.031.671, Decisión que fue comunicada mediante Circular No. 05 del 5 de abril de 2023.

 

Que, en mérito de lo anteriormente expuesto, la Junta Administradora Local de Kennedy,

 

ACUERDA:

 

Artículo 1. Adicionar el presupuesto de rentas e ingresos del Fondo de Desarrollo Local de Kennedy para la vigencia fiscal 2023, por valor de DOS MIL DOSCIENTOS VEINTISÉIS MILLONES TREINTA Y UN MIL SEISCIENTOS SETENTA Y UN PESOS M/ CTE ($ 2.226.031.671), correspondiente a adición de recursos, conforme al siguiente detalle:

 

CÓDIGO

CONCEPTO

ADICIÓN

O1

INGRESOS

$ 2.226.031.671

O12

RECURSOS DE CAPITAL

$ 2.226.031.671

 

TOTAL INGRESOS

$ 2.226.031.671

 

Artículo 2. Adicionar el presupuesto de gastos e inversión del Fondo de Desarrollo Local de Kennedy para la vigencia fiscal de 2023, por valor de DOS MIL DOSCIENTOS VEINTISÉIS MILLONES TREINTA Y UN MIL SEISCIENTOS SETENTA Y UN PESOS M/ CTE ($ 2.226.031.671), correspondiente a adición de recursos, conforme al siguiente detalle:

 

CÓDIGO

CONCEPTO

ADICIÓN

O2

GASTOS

$ 2.226.031.671

O23

INVERSIÓN

$ 2.226.031.671

 

TOTAL GASTOS

$ 2.226.031.671

 

Artículo 3. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.

 

Expedido en Bogotá, D.C., a los 21 días del mes de mayo del año 2023.

 

MILTON EDUARDO PEÑA PEÑA

 

Presidente Junta Administradora Local

 

ELEUTERIO MUNEVAR BERNAL

 

Vicepresidente Junta Administradora Local

 

WILLIAM MIGUEL FONSECA SIERRA

 

Secretario

 

Junta Administradora Local

 

La suscrita Alcaldesa Local, sanciona el presente Acuerdo Local a los 21 días del mes de mayo del año 2023.

 

YEIMY CAROLINA AGUDELO HERNÁNDEZ

 

Alcaldesa Local de Kennedy