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RESOLUCIÓN 282 DE 2024
(Febrero 13) Derogado por el art. 45, Resolución 1381 de 2025.
Por la cual se delega una función y se adiciona un artículo a la Resolución IDU 6165 de 2023
EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO –IDU,
En ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas por los artículos 209 y 211 de la Constitución Política; 12 de la Ley 80 de 1993; 9º de la Ley 489 de 1998; 21 de la Ley 1150 de 2007, 17 del Acuerdo Distrital 19 de 1972 y 30 del Acuerdo 01 de 2009 del Consejo Directivo del IDU y,
CONSIDERANDO:
Que las funciones a cargo del Director General del Instituto se encuentran descritas en el artículo 29 del Acuerdo 01 de 2009 del Consejo Directivo del IDU; artículos 5º de los Acuerdo 06 de 2021 y 4º del Acuerdo 02 de 2022 del Consejo Directivo del IDU, y en la Resolución IDU-12649 de 2019 mediante la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales de la planta de personal del Instituto.
Que en desarrollo del artículo 30 del Acuerdo 01 del Consejo Directivo del IDU y observando el cumplimiento de las facultades otorgadas por los artículos 211 de la C.P., 12 de la Ley 80 de 1993; 9º, 10º y 11 de la Ley 489 de 1998 y 21 de la Ley 1150 de 2007, este Despacho expidió la Resolución IDU-6165 de 2023 “Por la cual se delegan funciones y se dictan otras disposiciones”.
Que el artículo 2.2.6.1.1.1 del Decreto Único Reglamentario 1077 de 2015 señala: “(…) La licencia urbanística es el acto administrativo de carácter particular y concreto, expedido por el curador urbano o la autoridad municipal o distrital competente, por medio del cual se autoriza específicamente a adelantar obras de urbanización y parcelación de predios, de construcción, ampliación, modificación, adecuación, reforzamiento estructural, restauración, reconstrucción, cerramiento y demolición de edificaciones, de intervención y ocupación del espacio público, y realizar el loteo o subdivisión de predios (…)”
Que el artículo 2.2.6.1.2.1.5 del Decreto Único Reglamentario 1077 de 2015 dispone: “(…) Podrán ser titulares de las licencias de urbanización, parcelación, subdivisión y construcción quienes ostenten la calidad de propietarios de los inmuebles objeto de la solicitud, los fideicomisos, y los fideicomitentes de los mismos fideicomisos si así lo certifica la sociedad fiduciaria. También podrán ser titulares las entidades previstas en el artículo 59 de la Ley 388 de 1997 o la norma que lo adicione, modifique o sustituya, cuando se les haya hecho entrega del predio o predios objeto de adquisición, en los procesos de enajenación voluntaria y/o expropiación previstos en los capítulos VII y VIII de la Ley 388 de 1997 (…)”.
Que de conformidad con el artículo 13 literal f) del Acuerdo 06 de 2021 del Consejo Directivo del instituto de Desarrollo Urbano, corresponde a la Subdirección General de Desarrollo Urbano, “acompañar las gestiones para la obtención de las aprobaciones y licencias de los diseños de los proyectos a cargo del Instituto de Desarrollo Urbano - IDU, que deban expedir las Empresas de Servicios Públicos y demás entidades competentes, en articulación con la Oficina de Coordinación Interinstitucional”.
Que por lo anterior, resulta necesario desde la eficiencia de la gestión, delegar en el Subdirector General de Desarrollo Urbano el otorgamiento de poderes a los servidores públicos y/o a particulares que colaboren en el desempeño de funciones públicas, para que adelanten ante las Curadurías Urbanas y/o entidades competentes, el trámite de solicitud de licencias urbanísticas, en relación con asuntos de competencia del Instituto.
Que por lo anterior y a efecto de mantener el control y seguimiento de las facultades delegadas por el Director General, corresponderá adicionar un artículo a la Resolución IDU-6165 de 2023, que concentra las delegaciones vigentes en el Instituto.
Que, en mérito de lo expuesto, el Director General del Instituto de Desarrollo Urbano,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Adicionar el artículo 17A a la Resolución IDU-6165 de 2023, cuyo texto será el siguiente:
“ARTÍCULO 17A. Delegación en la Subdirección General de Desarrollo Urbano. Delegar en el Subdirector General de Desarrollo Urbano, el otorgamiento de poderes a los servidores públicos y/o a particulares que colaboren en el desempeño de funciones públicas, para que adelanten ante las Curadurías Urbanas y/o entidades competentes, el trámite de solicitud de licencias urbanísticas, en relación con asuntos de competencia del Instituto. La delegación de que trata este artículo es una excepción a la delegación señalada en el artículo 17.2 de esta resolución.”
ARTÍCULO 2º. Ordenar a la Subdirección General de Gestión Corporativa la comunicación de la presente Resolución al Subdirector General de Desarrollo Urbano, así como en cumplimiento del artículo 11 de la Resolución 104 de 2018 de la Secretaría Jurídica Distrital, enviar PDF firmado y el texto en Word a la citada Secretaría, para su incorporación en el Régimen Legal de Bogotá. Corresponderá a la Oficina Asesora de Comunicaciones del IDU estructurar y ejecutar la estrategia de divulgación del presente acto administrativo.
ARTÍCULO 3º. La presente Resolución entrará a regir el día siguiente a partir de su publicación en el Registro Distrital y adiciona la Resolución IDU-6165 de 2023. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá D.C., a los 13 días del mes de febrero del año 2024.
PEDRO ORLANDO MOLANO PÉREZ
Director General Ver Norma Original en Anexos. |