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Decreto Local 016 de 2023 Alcaldía Local de Engativá

Fecha de Expedición:
16/11/2023
Fecha de Entrada en Vigencia:
20/11/2023
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7860 de 20 de noviembre de 2023.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 016 DE 2023

 

(Noviembre 16)

 

Por medio del cual se liquida el Acuerdo Local No. 02 del 10 de noviembre de 2023 “por el cual se efectúa una modificación presupuestal por valor de $214.338.059 en el presupuesto de gastos e inversión del Fondo de Desarrollo Local de Engativá para la vigencia fiscal 2023 al interior del agregado presupuestal de gastos de inversión para gastos de funcionamiento”.

 

EL ALCALDE LOCAL DE ENGATIVÁ (E)

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que confiere al Decreto 192 de 2021, artículo 31 del Decreto Distrital 372 de 2010, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el tercer inciso del artículo 31 del Decreto 372 de 2010 del 30 de agosto de 2010 estipula sobre los traslados presupuestales “(…) Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Los traslados entre agregados presupuestales se aprobarán por la Junta Administradora Local previo concepto favorable del CONFIS Distrital., para lo cual el Alcalde Local deberá presentar el Proyecto de Acuerdo respectivo a la JAL. Todos los traslados de gastos de inversión requerirán del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Planeación (…)”.

 

Que el Decreto 192 de 2021, en su artículo 10° instituye “(…) Modificaciones al anexo del decreto de liquidación. Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local. En el caso de los establecimientos públicos del Distrito estas modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos (…) Parágrafo. Cuando se trate de modificaciones de gastos de inversión, se requerirá además que las entidades del Distrito cuenten con el concepto favorable de la Secretaría Distrital de Planeación (…)”.

 

Que mediante Acta CONFIS Nº. 18 de 2023 se comunica al Alcalde Local de Engativá (E) que el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal (CONFIS) en sesión celebrada el 25 de octubre de 2023, emitió en el punto 13 el concepto favorable al traslado presupuestal de Inversión para Funcionamiento por valor de $214.338.059 en el Fondo de Desarrollo Local de Engativá, así:

 

De conformidad con lo establecido en el artículo 31 del Decreto Distrital 372 de 2010. El CONFIS Distrital emitió concepto previo favorable al traslado presupuestal entre los Gastos de Inversión y los Gastos de Funcionamiento, por valor de $214.338.059 del Fondo de Desarrollo Local de Engativá, según el siguiente detalle:

 

 

Que se encuentra que el siguiente rubro presupuestal de Gastos de inversión del Fondo de Desarrollo Local de Engativá cuenta con saldo disponible “O2306 - OBLIGACIONES POR PAGAR INVERSIÓN: “O230690 - Obligaciones por pagar Inversión vigencias anteriores” $214.338.059, valor soportado en el Acta de Liberación de Saldos Nos. 4 del 7 de septiembre del 2023, por tal razón es necesario efectuar un traslado presupuestal sin afectar la programación, donde la disminución asciende a un valor total de DOSCIENTOS CATORCE MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL CINCUENTA Y NUEVE PESOS ($214.338.059) M/CTE.

 

 Que la Administración Local requiere acreditar la apropiación presupuestal de los siguientes rubros de Gastos de Funcionamiento: “O2110103007 - Honorarios Ediles” por un valor de $73.056.114, y “O212020200701030471349 - Otros servicios de seguros de salud n.c.p”. por la suma de $9.965.592, por cuanto se aplicó la normativa vigente de incremento, y al realizar la proyección se determinó que los recursos disponibles son insuficientes para atender el compromiso con la corporación hasta diciembre de 2023, “O21202020060363399 - Otros servicios de suministro de comidas” por un valor de $14.552.546, con el objeto de poder realizar una adición al Contrato 251 de 2023 y de esta manera poder continuar con la prestación del servicio de cafetería en las diferentes sedes administradas por el Fondo de Desarrollo Local de Engativá desde el 20 de enero de 2024 y hasta el 29 del mes de febrero del año 2024, toda vez que actualmente su fecha de terminación es el 20 de octubre de 2023 y que por medio del Decreto Local No. 012 de 2023, se adelantó un traslado para realizar la adición y prórroga y cubrir estas necesidades hasta el 19 de enero de 2024, “O212020200701030571351 - Servicios de seguros de vehículos automotores” por la suma de $21.000.000, con el objeto de realizar una adición al contrato 492 de 2023, con el fin de asegurar unos vehículos adquiridos por la entidad mediante el contrato 535 de 2023 y que se encuentran en proceso de entrega por parte del contratista, “O21202020080585330 - Servicios de limpieza general” por la suma de $54.763.807, con el objeto de poder realizar una adición al contrato 251 de 2023 y de esta manera poder continuar con la prestación del servicio de aseo en las diferentes sedes administradas por el Fondo de Desarrollo Local de Engativá desde el 20 de enero de 2024 y hasta el 29 del mes de febrero del año 2024, toda vez que actualmente su fecha de terminación es el 20 de octubre de 2023 y que por medio del Decreto Local No. 012 de 2023, se adelantó un traslado para realizar la adición y prórroga y cubrir estas necesidades hasta el 19 de enero de 2024; respecto a los rubros de servicios públicos: “O21202020080686312 - Servicios de distribución de electricidad (a comisión o por contrato)” por un valor de $30.000.000, “O21202020080686330 - Servicios de distribución de agua por tubería (a comisión o por contrato)” por la suma de $4.000.000, “O21202020090494110 - Servicios de alcantarillado y tratamiento de aguas Residuales” por un valor de $4.000.000, y “O21202020090494239 - Servicios generales de recolección de otros Desechos” por la suma de $3.000.000, debido al incremento que inició en enero de 2023 y de acuerdo con el IPC de cierre macroeconómico 13,12% y a la fecha encontramos el Kwh se ha incrementado en 14,11% y el servicio de acueducto (m3 ) a 14.05% igual que el de alcantarillado y el de aseo a 14.02%., los cuales se encuentran deficitarios para asumir los compromisos en la presente vigencia, es así como se adicionará estos rubros presupuestales por la suma total de DOSCIENTOS CATORCE MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL CINCUENTA Y NUEVE PESOS ($214.338.059) M/CTE.

 

Que mediante Oficio No. 2-2023-106592 del 27 de septiembre de 2023, la Secretaría Distrital de Planeación, emitió concepto previo y favorable para el traslado presupuestal relacionado con los gastos de inversión.

 

Que mediante oficio No. 20236020753101 del 27 de octubre de 2023, el Alcalde Local de Engativá (E), radicó ante la Junta Administradora Local de Engativá el Proyecto de Acuerdo Local para estudio y aprobación del traslado presupuestal de Inversión a Funcionamiento por valor de $214.338.059.

 

Que mediante oficio No. 20236010238882 del 14 de noviembre de 2023, la Junta Administradora Local de Engativá radicó el Acuerdo Local No. 02 del 10 de noviembre de 2023, mediante el cual aprueba el traslado presupuestal de Inversión a Funcionamiento por valor de $214.338.059 en el presupuesto anual del Fondo de Desarrollo Local de Engativá, solicitando su sanción.

 

Que el 15 de noviembre de 2023 el Alcalde Local de Engativá (E) sancionó el Acuerdo Local No. 02 del 10 de noviembre de 2023, siendo procedente de conformidad el Decreto Distrital 372 de 2010 disponer del traslado presupuestal de Inversión a Funcionamiento para la vigencia fiscal 2023.

 

En mérito de lo anteriormente expuesto, el Alcalde Local de Engativá (E),

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO PRIMERO: Efectúese el siguiente contracrédito al Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones del Presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Engativá para la vigencia 2023 por valor de DOSCIENTOS CATORCE MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL CINCUENTA Y NUEVE PESOS ($214.338.059) M/CTE., según el siguiente detalle:

 

 

ARTÍCULO SEGUNDO: Efectúese los siguientes créditos al Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones del Presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Engativá para la vigencia 2023, por la suma de DOSCIENTOS CATORCE MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL CINCUENTA Y NUEVE PESOS ($214.338.059) M/CTE., según el siguiente detalle:

 

 

 

 

ARTÍCULO TERCERO. – Comunicación. Una vez expedido el presente Decreto, comuníquese inmediatamente el contenido de este a la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto, para lo de su competencia.

 

ARTÍCULO CUARTO. – Publicación. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital, de conformidad con el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.

 

ARTÍCULO QUINTO. – Vigencia y Derogatorias. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

 

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Se expide en Bogotá, D.C. a los 16 días del mes de noviembre del año 2023.

 

ALFY ROSAS SÁNCHEZ

 

Alcalde Local de Engativá (E)

 

Nota: Ver norma original en Anexos.