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RESOLUCIÓN 084 DE 2024
(Febrero 27)
Por la cual se modifica parcialmente el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos de la planta de personal de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C.
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial la prevista en el artículo 32 del Decreto Ley 785 de 2005 y el artículo 1% del Decreto Distrital 101 de 2004 y, Ver Art. 4, Resolución 253 de 2025., Resolución 472 de 2025.
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política de Colombia, en su artículo 122 establece que: “No habrá empleo público que no tenga funciones detalladas en Ley o reglamento, y para proveer los de carácter remunerado se requiere que estén contemplados en la respectiva planta y previstos los emolumentos en el presupuesto correspondiente”
Que la Ley 909 de 2004, el Decreto Ley 785 de 2005 y el Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado parcialmente por el Decreto Nacional No. 648 de 2017, consagran que las entidades deben expedir sus Manuales Específicos de Funciones y Competencias Laborales, teniendo en cuenta el contenido funcional y las competencias comunes y comportamentales, de los empleos que conforman la planta de personal.
Que, mediante Decretos Distritales Nos. 140 del 14 de abril de 2021, 332 del 10 de agosto de 2022, 367 del 2 de septiembre de 2022, 435 del 26 de septiembre de 2023 y 079 del 27 de febrero de 2024, se modificó la Estructura Organizacional de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Que, mediante Decreto Distrital No. 080 del 27 de febrero de 2024, se estableció la Planta de Empleos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Que, mediante Resolución No. 160 de 2021, se modificó el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos de la planta de personal de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., donde se determinan las funciones y requisitos para cada uno de los cargos las cuales se integran en un solo acto administrativo teniendo en cuenta las modificaciones de Estructura organizacional y Planta de personal de la Entidad.
Que el artículo 4 del Decreto Nacional 498 de 2020, modificó el parágrafo 3° del artículo 2.2.2.6.1 del Decreto Único 1083 de 2015, establece que “La administración antes de publicar el acto administrativo que adopta o modifica el manual de funciones y competencias y su estudio técnico, en aplicación del numeral 8 del artículo 8 de la Ley 1437 de 2011, deberá adelantar un proceso de consulta en todas sus etapas con las organizaciones sindicales presentes en la respectiva entidad, en el cual se dará conocer el alcance de la modificación o actualización, escuchando sus observaciones e inquietudes, de lo cual se dejará constancia. Lo anterior sin perjuicio de la facultad de la administración para la adopción y expedición del respectivo acto administrativo”.
Que se adelantó el proceso de consulta con las organizaciones sindicales mediante los memorandos Nos. 2-2023- 21569, 2-2023-21571, 2-2023-21575, 2-2023-21577, 2-2023-21583, 2-2023-21579 y 2-2023-21581 del 14 de agosto de 2023, frente a las cuales no se presentaron observaciones, y 2-2024-3049, 2-2024-3050, 2-2024-3051, 2- 2024-3053, 2-2024-3054, 2-2024-3055, 2-2024-3056 y 2-2024-3057 del 29 de enero de 2024, de los cuales se recibieron observaciones de la Organización Sindical Sintradistritales, las cuales fueron atendidas con comunicación No. 2-2024-4105 del 5 de febrero de 2024.
Que, de acuerdo con la modificación de la estructura de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., realizada mediante Decreto Distrital 079 de 2024 y el establecimiento de la planta de empleos realizada mediante Decreto Distrital 080 de 2024, se hace necesario modificar parcialmente la Resolución No. 160 de 2021 “Por la cual se modifica el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos de la planta de personal de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C”, en el sentido de modificar las fichas pertenecientes a la Oficina Consejería Distrital de Relaciones Internacionales, la Dirección de Proyección Internacional, el Despacho del (la) Secretario (a) General, la Subsecretaría Distrital de Fortalecimiento Institucional, la Oficina Consejería Distrital de Paz, Víctimas y Reconciliación, la Oficina Consejería Distrital de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones -TIC, y la Oficina Consejería Distrital de Comunicaciones.
Que de igual forma, se requiere modificar parcialmente la Resolución No. 160 de 2021, en el sentido de crear el perfil del empleo Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 03 en la Dirección del Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía, y suprimir la actual ficha del empleo Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 01, ubicado actualmente en la Dirección del Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía, de la planta de personal de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Que de igual forma, se creará el perfil del empleo transitorio Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 03 en la Dirección del Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía, y se derogará la Resolución No. 214 del 25 de mayo de 2021, a través de la cual se estableció la actual ficha del empleo Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 01, ubicado en la misma dependencia.
Que mediante comunicaciones con Nos. 2-2-2023-15716 del 8 de junio de 2023, 2-2023-22599 del 23 de agosto de 2023, 2-2023-22759 del 24 de agosto de 2023 y 2-2024-4549 del 7 de febrero de 2024, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., solicitó al Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital Concepto Técnico Favorable para la modificación de la Planta de empleos de la Entidad.
Que el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, mediante oficios radicados en la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C. con los Nos. 1-2023-28361 del 11 de octubre de 2023 y 1-2024-5326 del 9 de febrero de 2024, emitió concepto técnico favorable para la modificación de la planta de empleos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.
Que las funciones que se establecen en el Manual de Funciones y Competencias Laborales deberán ser cumplidas por los servidores y servidoras públicos con criterios de eficiencia y eficacia en orden al logro de la misión, objetivos y funciones que la ley y los reglamentos señalan.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. Modificar parcialmente la Resolución No. 160 de 2021 “Por la cual se modifica el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos de la planta de personal de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C” en el sentido de ajustar los siguientes perfiles en el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, así:
ARTÍCULO SEGUNDO. Modificar parcialmente la Resolución No. 160 de 2021 “Por la cual se modifica el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos de la planta de personal de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C” en el sentido de crear el siguiente perfil en el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, así:
ARTÍCULO TERCERO. Establecer el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para el empleo transitorio de la planta de personal de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D. C., denominado Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 03 de la Dirección del Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía, así:
ARTÍCULO CUARTO. Modificar parcialmente la Resolución No. 160 de 2021 “Por la cual se modifica el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos de la planta de personal de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C” en el sentido de suprimir los siguientes perfiles en el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, así:
ARTÍCULO QUINTO. El (la) Director (a) de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D. C., entregará a cada servidor o servidora una copia de las funciones y competencias determinadas en el presente Manual para el respectivo empleo en el momento de la posesión; cuando sea ubicado en otra dependencia que implique cambio de sus funciones; o cuando en razón a la adopción o modificación del Manual de Funciones y de Competencias Laborales se afecten las establecidas para el respectivo empleo. En todo caso los jefes inmediatos responderán por la orientación del empleado en el cumplimiento de sus funciones.
ARTICULO SEXTO. Cuando para el desempeño de un empleo se exija una profesión, arte u oficio debidamente reglamentado, la posesión de grados, títulos, licencias, matrículas o autorizaciones previstas en las leyes o en sus reglamentos, no podrán ser compensadas por experiencia u otras calidades, salvo cuando las mismas leyes así lo establezcan.
ARTÍCULO SÉPTIMO. Para efectos de la aplicación de equivalencias entre estudios y experiencia en el presente Manual de Funciones y de Competencias Laborales, se dará aplicación a lo establecido en el Decreto Distrital 367 de 2014 y el Decreto Ley 785 de 2005 y las demás normas aplicables en la materia.
ARTÍCULO OCTAVO. A los servidores públicos vinculados con anterioridad a la vigencia del presente Manual, no podrán exigírseles requisitos de educación y experiencia diferentes a los que estaban vigentes al momento de tomar posesión del empleo original.
ARTÍCULO NOVENO. Los (las) servidores (as) públicos/as de la Secretaría General deberán en el desarrollo de sus funciones acatar e implementar los lineamientos del Sistema Integrado de Gestión, aportando a su sostenibilidad y al mejoramiento continuo en la gestión institucional. De igual manera, participarán en la elaboración de los planes estratégico, de gestión y de inversión.
ARTÍCULO DÉCIMO. La presente resolución rige a partir de su refrendación por parte del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital y modifica en lo pertinente la Resolución No. 160 del 22 de abril de 2021 y deroga la Resolución No. 214 del 25 de mayo de 2021.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá D.C., a los 27 días del mes de febrero de 2024.
LILIANA CABALLERO DURÁN
Secretaria General
REFRENDADO:
NIDIA ROCIO VARGAS
Directora Departamento Administrativo del Servicio Civil Nota: Ver norma original en Anexos. |