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Decreto Local 017 de 2024 Alcaldía Local de Sumapaz

Fecha de Expedición:
12/08/2024
Fecha de Entrada en Vigencia:
26/08/2024
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 8104 del 26 de agosto de 2024.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 017 DE 2024

 

(Agosto 17)

 

Por el cual se convoca a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de Sumapaz

 

CONSIDERANDO:

 

1. Que el inciso segundo del Artículo 71 del Decreto Ley 1421 de 1993 (Estatuto Orgánico de Bogotá D.C.), prevé que los Ediles se reunirán extraordinariamente por convocatoria que les haga el respectivo Alcalde Local por el término que este señale y únicamente se ocuparán de los asuntos que él mismo someta a su consideración.

 

2. Que la Constitución Política de 1991 establece en su preámbulo que se debe asegurar la paz y la libertad dentro de un marco jurídico, democrático y participativo que garantice un orden político, económico y social justo.

 

3. Que de confirmada a lo establecido en el Artículo 69 del Decreto Ley 1421 de 1993, corresponde a la Junta Administradora Local adoptar el Plan de Desarrollo Local.

 

4. Que de conformidad a lo establecido en el Acuerdo 878 de 2023, “Por medio del cual se dictan lineamientos para el sistema distrital de planeación, la creación de planes de desarrollo, se garantiza la participación ciudadana en el Distrito Capital y se dictan otras disposiciones” en lo referente al Consejo Territorial de Planeación Distrital - CTPD, los Consejos de Planeación Local - CPL y se adoptan otras disposiciones” y el Decreto 580 de 2023, Por el cual se reglamenta el Acuerdo 878 de 2023.

 

5. Así mismo según la Circular 006 del 22 febrero de 2024, sobre lineamientos metodológicos para la realización de los encuentros ciudadanos y la formulación de los Planes de Desarrollo Local 2025-2028, Comunicación Conjunta 002 de 2024, sobre las recomendaciones y orientaciones generales para el desarrollo de las mesas de Concertación, Circular CONFIS 04 del 2 de julio de 2024, sobre los lineamientos para las líneas de inversión 2025-2028, presupuestos participativos y la Circular 015 del 19 de julio de 2024, sobre la ruta metodológica para la distribución porcentual de los recursos de inversión del componente de presupuestos participativos en los planes de desarrollo locales 2025-2028.

 

6. Que, surtidos todos los trámites y espacios de participación descritos en el numeral anterior, se procederá a la radicación del proyecto de Plan de Desarrollo Local 2025-2028, ante la Junta Administradora Local de Sumpaz el día 13 de agosto del 2024.

 

7. Por lo expuesto, el Alcalde Local de Sumapaz, se encuentra facultado para convocar a la Junta Administradora Local a sesiones extraordinarias con el fin de que se dé trámite de manera exclusiva a los asuntos que se sometan a consideración de la corporación.

 

En mérito de lo anterior,

DECRETA:

 

ARTICULO 1°: Convocar a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de Sumapaz, por el periodo comprendido entre el día trece (13) de agosto al dieciséis (16) de agosto de dos mil veinticuatro (2024).

 

ARTICULO 2°: Las sesiones extraordinarias de la Junta Administradora Local de Sumpaz citadas en el presente Decreto, serán exclusivamente para discutir y aprobar el Plan de Desarrollo Local 2025-2028.

 

ARTICULO 3°: El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLIQUESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C, a los 12 días del mes de agosto del año 2024.

 

Sebastián Saldarriaga Rivera

 

Alcalde Local de Sumapaz

 

Nota: Ver norma original en Anexos.