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RESOLUCIÓN 543 DE 2024
(Octubre 31)
Por la cual se modifica parcialmente el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos de la planta de personal de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
EL SECRETARIO GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C.
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial la prevista en el artículo 32 del Decreto Ley 785 de 2005 y el artículo 1° del Decreto Distrital 101 de 2004 y; Ver Art. 4, Resolución 253 de 2025.
CONSIDERANDO
Que la Constitución Política, en su artículo 122 establece que: “No habrá empleo público que no tenga funciones detalladas en Ley o reglamento, y para proveer los de carácter remunerado se requiere que estén contemplados en la respectiva planta y previstos los emolumentos en el presupuesto correspondiente.”
Que la Ley 909 de 2004, el Decreto Ley 785 de 2005 y el Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado parcialmente por el Decreto Nacional No. 648 de 2017, consagran que las entidades deben expedir sus Manuales Específicos de Funciones y Competencias Laborales, teniendo en cuenta el contenido funcional y las competencias comunes y comportamentales, de los empleos que conforman la planta de personal.
Que, mediante Decreto Distrital Nos. 140 de 2021, 551 de 2021, 332 de 2022, 367 de 2022, 435 de 2023, 079 y 382 de 2024, se modificó la Estructura Organizacional de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Que, en especial mediante el Decreto Distrital No. 367 de 2022, en mención, en su artículo 2° modificó la denominación de la Secretaría Privada dependencia adscrita al despacho del (la) Alcalde(sa) Mayor que pasó a denominarse Jefatura de Gabinete Distrital.
Que, mediante Decreto Distrital No. 80 de 2024, modificado por el Decreto Distrital No. 112 y 383 de 2024, se estableció la Planta de Empleos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Que mediante Resolución No. 160 de 2021 se modificó el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos de la planta de personal de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., se determinan las funciones y requisitos para cada uno de los cargos las cuales se integran en un solo acto administrativo teniendo en cuenta las modificaciones de Estructura organizacional y Planta de personal del organismo distrital, incluyendo los empleos Profesional Universitario Código 219 Grado 18, ubicados en la Subsecretaria de Servicio a la Ciudadanía.
Que, mediante Resolución No. 137 de 2024, se modificó parcialmente el Manual Especifico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos de la planta de personal de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., en la cual se crea el perfil de Asesor Código 105 Grado 08 de la Jefatura de Gabinete Distrital y se ajusta el número de cargos para el empleo Asesor Código 105 Grado 07 de la Jefatura de Gabinete Distrital.
Que el artículo 4 del Decreto Nacional No. 498 de 2020, modificó el parágrafo 3° del artículo 2.2.2.6.1 del Decreto Único 1083 de 2015, que establece que “La administración antes de publicar el acto administrativo que adopta o modifica el manual de funciones y competencias y su estudio técnico, en aplicación del numeral 8 del artículo 8°de la Ley 1437 de 2011, deberá adelantar un proceso de consulta en todas sus etapas con las organizaciones sindicales presentes en la respectiva entidad, en el cual se dará conocer el alcance de la modificación o actualización, escuchando sus observaciones e inquietudes, de lo cual se dejará constancia. Lo anterior sin perjuicio de la facultad de la administración para la adopción y expedición del respectivo acto administrativo”. En este sentido, se adelantó el proceso de consulta con las organizaciones sindicales mediante los memorandos Nos. 2-2024-27380, 2-2024-27381, 2-2024-27382, 2-2024-27383, 2-2024-27384, 2-2024-27385 y 2-2024-27386 de 16 de octubre de 2024, de los cuales no se recibieron comentarios, inquietudes u observaciones.
Que, mediante el Decreto Distrital No. 382 de 2024, la Jefatura de Gabinete Distrital pasó a denominarse Secretaría Privada, dependencia adscrita al despacho del (la) Alcalde(sa) Mayor, y mediante el Decreto Distrital No. 383 de 2024 se suprimió un (1) empleo con denominación Asesor Código 105 Grado 07 de la Jefatura de Gabinete Distrital y un (1) empleo de Profesional Universitario Código 219 Grado 18 de la Subsecretaría de Servicio a la Ciudadanía; y se creó un (1) empleo Asesor Código 105 Grado 08 de la Secretaría Privada.
Que, de acuerdo con la modificación parcial de la planta de empleos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., efectuada mediante Decreto Distrital 383 de 2024, se hace necesario modificar parcialmente la Resolución No. 160 de 2021, en el sentido suprimir la ficha del empleo Profesional Universitario Código 219 Grado 18, ubicado actualmente en Subsecretaria de Servicio a la Ciudadanía, que tiene por proposito “Diseñar y realizar verificación técnica y funcional a los proyectos tecnológicos del Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía, de acuerdo con los lineamientos establecidos.”, de la planta de personal de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.; asimismo, modificar parcialmente la Resolución No. No. 137 de 2024, en el sentido suprimir la actual ficha del Asesor Código 105 Grado 07 de la hoy denominada Secretaría Privada y adicionar un (1) cargo a la ficha de Asesor Código 105 Grado 08 de la hoy denominada Secretaría Privada; y, a su vez, ajustar los perfiles que corresponden a la Secretaría Privada con ocasión a la modificación del nombre de esta dependencia.
Que, mediante comunicación No. 2-2024-28319 de 25 de septiembre de 2024, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., solicitó al Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital - DASCD- que emitiera concepto Técnico Favorable para la modificación del Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales para los empleos de la planta de personal de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Que, mediante oficio No 2-2024-14904 del 09 de octubre de 2024, radicado en la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. con el No. 1-2024-40417 de 10 de octubre de 2024, la Directora del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital -DASCD- expidió concepto técnico favorable a la propuesta de modificación del Manual Específico de Funciones y Competencias Labores para los empleos de la planta de personal de la Secretaría General de la Alcaldia Mayor de Bogotá, D.C.
Que las funciones que se establecen en el Manual de Funciones y Competencias Laborales deberán ser cumplidas por los servidores públicos con criterios de eficiencia y eficacia en orden al logro de la misión, objetivos y funciones que la ley y los reglamentos señalan.
Que, en consecuencia, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., requiere efectuar la modificación de la Resolución No. 160 de 2021 “Por la cual se modifica el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos de la planta de personal de la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C”, en el sentido suprimir la ficha del empleo Profesional Universitario Código 219 Grado 18, ubicado en la Subsecretaria de Servicio a la Ciudadanía, de la planta de personal de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.. Así mismo, modificar parcialmente la Resolución No. 137 de 2024 “Por la cual se modifica parcialmente el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos de la planta de personal de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C” en el sentido suprimir la actual ficha del empleo Asesor Código 105 Grado 07 de la Secretaría de Despacho y adicionar un (1) cargo en la actual ficha de Asesor Código 105 Grado 08 de la Secretaría de Despacho.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO. Derogado por el art. 10, Resolución 253 de 2025. El texto original era el siguiente: ARTÍCULO
PRIMERO. Modificar parcialmente la Resolución No. 160 de 2021 “Por la
cual se modifica el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales
para los empleos de la planta de personal de la Secretaría General de la
Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C”, para adicionar una (1) ficha al empleo Asesor
Código 105 Grado 08 de la Secretaría Privada, en el Manual Específico de
Funciones y Competencias Laborales de la Secretaría General de la Alcaldía
Mayor de Bogotá, D.C, así: PLANTA DEL DESPACHO ALCALDE(SA) MAYOR NIVEL ASESOR
ARTÍCULO SEGUNDO. Modificar parcialmente la Resolución No. 160 de 2021 “Por la cual se modifica el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos de la planta de personal de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C”, para suprimir una (1) ficha del empleo Profesional Universitario Código 219 Grado 18 de la Subsecretaria de Servicio a la Ciudadanía, en el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, así:
ARTÍCULO TERCERO-. Modificar parcialmente la Resolución 160 de 2021, “Por la cual se modifica el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos de la planta de personal de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C” que ha sido modificada por la Resolución las Resoluciones Nos. 431 y 572 de 2022, 567 y 653 de 2023 y 137 de 2024, respecto de los siguientes perfiles, así:
ARTÍCULO CUARTO-. El (la) Director (a) de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., entregará a cada servidor o servidora una copia de las funciones y competencias determinadas en el presente Manual para el respectivo empleo en el momento de la posesión; cuando sea ubicado en otra dependencia que implique cambio de sus funciones; o cuando en razón a la adopción o modificación del Manual de Funciones y de Competencias Laborales se afecten las establecidas para el respectivo empleo. En todo caso los jefes inmediatos responderán por la orientación del empleado en el cumplimiento de sus funciones.
ARTÍCULO QUINTO-. Cuando para el desempeño de un empleo se exija una profesión, arte u oficio debidamente reglamentado, la posesión de grados, títulos, licencias, matrículas o autorizaciones previstas en las leyes o en sus reglamentos, no podrán ser compensadas por experiencia u otras calidades, salvo cuando las mismas leyes así lo establezcan.
ARTÍCULO SEXTO-. Para efectos de la aplicación de equivalencias entre estudios y experiencia en el presente Manual de Funciones y de Competencias Laborales, se dará aplicación a lo establecido en el Decreto Distrital 367 de 2014 y el Decreto Ley 785 de 2005 y las demás normas aplicables en la materia.
ARTÍCULO SEPTIMO-. A los servidores públicos vinculados con anterioridad a la vigencia del presente Manual, no podrán exigírseles requisitos de educación y experiencia diferentes a los que estaban vigentes al momento de tomar posesión del empleo original.
ARTÍCULO OCTAVO-. Los (las) servidores (as) públicos/as de la Secretaría General deberán en el desarrollo de sus funciones acatar e implementar los lineamientos del Sistema Integrado de Gestión, aportando a su sostenibilidad y al mejoramiento continuo en la gestión institucional. De igual manera, participarán en la elaboración de los planes estratégico, de gestión y de inversión.
ARTÍCULO NOVENO -. La presente resolución rige a partir de su refrendación por parte del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital y modifica, en lo pertinente, las Resoluciones Nos. 160 de 2021, 431 y 572 de 2022 y 137 de 2024.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en la ciudad de Bogotá, D.C., a los 31 días del mes de octubre del año 2024.
MIGUEL ANDRES SILVA MOYANO
Secretaria General
Refrendado: 31 de octubre de 2024.
NIDIA ROCÍO VARGAS
Directora Departamento Administrativo del Servicio Civil
Nota: Ver norma original en Anexos. |