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Decreto Local 006 de 2025 Alcaldía Local de Ciudad Bolívar

Fecha de Expedición:
29/07/2025
Fecha de Entrada en Vigencia:
05/08/2025
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 8382 del 05 de agosto de 2025.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 006 DE 2025

 

(Julio 29)

 

Por el cual se adiciona el presupuesto anual de rentas e ingresos y de gastos e inversión del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar para la vigencia fiscal de 2025

 

EL ALCALDE LOCAL DE CIUDAD BOLÍVAR

 

En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el Decreto 158 de 2025 "Por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local-F.D.L.", teniendo en cuenta que este derogó el Decreto 372 de 2010.

 

CONSIDERANDO:

 

Que, según el artículo 32 numeral 2°, literal C, del el Decreto 158 de 2025 "Por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local -F.D.L." dispone frente a la adición por Excedentes Financieros: "Si persistiera un saldo positivo, una vez ajustado el presupuesto local al monto real de las Obligaciones por Pagar constituidas al cierre de la vigencia inmediatamente anterior, deberá este ser adicionado por cada F.D.L. mediante Acuerdo de la JAL, de acuerdo con la distribución que efectúe el CONFIS Distrital, quien para el efecto consultará los conceptos de los Alcaldes(as) Locales correspondientes".

 

Que, el artículo 41 del Decreto 158 de 2025, establece que el CONFIS determinara la cuantía de los excedentes financieros que entrarán a hacer parte de los recursos de capital del presupuesto Distrital con destinación a los Fondos de Desarrollo Local - FDL.

 

Que, el artículo 42 del Decreto 158 de 2025 dispone que los excedentes financieros de los FDL, se distribuirán entre las localidades atendiendo las necesidades apremiantes no financiadas que determine el CONFIS.

 

Que, el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal CONFIS, mediante Circular 03 del 27 de junio de 2025, en su sesión N°. 15 celebrada el 27 de junio 2025, y de acuerdo a lo establecido en el literal h) del artículo 10° y en el artículo 78° del Decreto Distrital 714 de 1996, así como los artículos 41 y 42 del Decreto 158 de 2025 y el Acuerdo 740 de 2019, resolvió Modificar el valor determinado de Excedentes aprobados por el CONFIS en su Sesión N°. 05 del 18 de marzo de 2025, aprobó para el Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar un valor de $2.588.312.036.

 

Que, la Junta Administradora Local de Ciudad Bolívar expidió el Acuerdo Local Nº. 082 de 25 de julio de 2025 y sancionado por el Alcalde Local el 28 de julio de 2025, en el cual se aprueba la modificación al presupuesto para la vigencia 2025 al Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar.

 

Que el 16 de julio de 2025, la Secretaría Distrital de Planeación, emitió concepto favorable No 2-2025-38660, para la adición presupuestal de excedentes financieros.

 

Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,

 

DECRETA

 

Artículo 1°. Efectúese una adición al Presupuesto de Ingresos de la vigencia 2025, del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar, por valor de DOS MIL QUINIENTOS OCHENTA Y OCHO MILLONES TRESCIENTOS DOCE MIL TREINTA Y SEIS PESOS М/СТЕ., ($2.588.312.036), conforme al siguiente detalle:

 

CÓDIGO

DENOMINACIÓN

VALOR EN PESOS ($) MTE

O1

Ingresos

2.588.312.036

O12

Recursos de Capital

2.588.312.036

O1202

Excedentes Financieros

2.588.312.036

O120203

Fondos de Desarrollo Local

2.588.312.036

TOTAL INGRESOS

2.588.312.036

 

Artículo 2°. Efectúese una adición en el Presupuesto de Gastos de Inversión de la vigencia 2025, del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar, por valor de DOS MIL QUINIENTOS OCHENTA Y OCHO MILLONES TRESCIENTOS DOCE MIL TREINTA Y SEIS PESOS M/CTE., ($2.588.312.036), conforme al siguiente detalle:

 

CÓDIGO

DENOMINACIÓN

VALOR EN PESOS ($) MTE

O2

GASTOS

2.588.312.036

O23

INVERSION

2.588.312.036

O2301

DIRECTA

2.588.312.036

O230117

Bogotá Camina Segura

2.588.312.036

O23011745

Gobierno Territorial

2.588.312.036

O2301174599

Fortalecimiento a la gestión y dirección de la administración pública territorial

2.588.312.036

O230117459920242234

Participación activa para la localidad Ciudad Bolívar, camina segura

1.000.000.000

0230117459920242242

Confianza y Legitimidad frente a la seguridad de Ciudad Bolívar camina segura.

1.588.312.036

TOTAL GASTOS

2.588.312.036

 

Artículo 3º. El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 29 días del mes de julio del año 2025.

 

DIEGO ARLEY ARENAS MANRIQUE

 

Alcalde Local Ciudad Bolívar

 

NOTA: Ver norma original en Anexos.