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Decreto Local 012 de 2025 Alcaldía Local de los Mártires

Fecha de Expedición:
14/10/2025
Fecha de Entrada en Vigencia:
22/10/2025
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 8433 del 22 de octubre de 2025.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 012 DE 2025

 

(Octubre 14)

 

Por el cual se liquida la adición al presupuesto de la Vigencia Fiscal 2025 del Fondo de Desarrollo Local de Los Mártires, de conformidad con el Acuerdo Local N° 005 de 2025 aprobado por la Junta Administradora Local el 18 de septiembre de 2025

 

EL ALCALDE LOCAL DE MÁRTIRES

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere el artículo 322 de la Constitución Política de Colombia, las conferidas en el artículo 71, inciso 2° del Decreto-Ley 1421 de 1993, la Ley 2116 de 2021 y el Decreto 158 de 2025, y

 

CONSIDERANDO

 

Qué el Decreto Distrital 158 de 2025 “Por medio del cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local” constituye el marco normativo presupuestal para la entidad local y como normograma especial contempla lo relacionado con la elaboración, programación, ejecución, seguimiento y control del presupuesto de estos.

 

Que el artículo 32 de citado decreto establece que: “Modificaciones Presupuestales. Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales, reducciones y suspensión temporal de apropiaciones, según lo siguiente: (...) 32.2. Créditos adicionales. Es el aumento de las partidas inicialmente aprobadas o no previstas para un objeto del gasto. Cuando durante la ejecución del Presupuesto de los FDL se hiciere indispensable aumentar el monto de las apropiaciones para complementar las insuficientes, ampliar los servicios existentes o establecer nuevos servicios autorizados por la ley, se pueden abrir créditos adicionales de conformidad con las siguientes competencias: (…) c) Adición por Excedentes Financieros: Si persistiera un saldo positivo, una vez ajustado el presupuesto local al monto real de las Obligaciones por Pagar constituidas al cierre de la vigencia inmediatamente anterior, deberá este ser adicionado por cada FDL mediante Acuerdo de la JAL, de acuerdo con la distribución que efectúe el CONFIS Distrital, quien para el efecto consultará los conceptos de los alcaldes locales correspondientes.”

 

Que a 31 de diciembre de 2024, el Fondo de Desarrollo Local de Los Mártires, cerró la vigencia fiscal con excedentes financieros por valor de ($1.363.125.169).

 

Que una vez surtido el procedimiento de cierre presupuestal 2024, el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal CONFIS, CONFIS Distrital en sesión No. 18 celebrada el día 13 de agosto de 2025 de acuerdo con lo establecido en el literal h) del artículo 10° y en el artículo 78° del Decreto Distrital 714 de 1996, así como en los artículos 41 y 42 del Decreto Distrital 158 de 2025 y el Acuerdo 740 de 2019, efectuó una tercera distribución parcial de los excedentes financieros determinados por este Consejo en sesión No. 05 del 18 de marzo de 2025, por un monto de SETECIENTOS NOVENTA Y OCHO MILLONES PESOS M/CTE ($798.000.000) con destino al Fondo de Desarrollo Local de Los Mártires:

 

Proyecto

Uso según circular

CONFIS

Valor

O21202020080585250 Servicios de protección

(guardas de seguridad)

Servicios de protección

(guardas de seguridad)

$630.000.000

O21202020080585330 Servicios de limpieza general

Limpieza aseo y cafetería

$18.000.000

O212020200701030571354 Servicios de Seguros

contra incendio, terremoto o sustracción recursos

Seguros

$150.000.000

TOTAL

$798.000.000

 

Que, es función de la Junta Administradora Local aprobar las modificaciones que aumentan las apropiaciones autorizadas inicialmente por la Junta Administradora Local o no previstas para un objeto de gasto.

 

Que el acuerdo local 001 de 2024 “Por medio del cual se expide el nuevo Reglamento Interno de la Junta Administradora Local de Los Mártires”, determina en su artículo 76 que: “Para que un proyecto de acuerdo local, se convierta en acuerdo; deberá aprobarse en dos debates celebrados en días distintos. El primero se realizará en la comisión respectiva y el segundo en la sesión de plenaria. En el segundo debate no se podrán hacer y/o introducir modificaciones o adiciones de fondo al texto aprobado por la comisión, salvo que se haya dejado constancia sobre los artículos, temas y asuntos a modificar.

 

Que la Junta Administradora Local de los Mártires surtió en efecto el estudio y puesta a consideración el proyecto de Acuerdo Local No. 005 de 2025, el cual fue votado favorablemente en primer debate el miércoles 16 de septiembre de 2025 y en segundo debate el 18 de septiembre de 2025, siendo aprobado en ambos por unanimidad.

 

Que en consideración de lo aprobado, la Junta Administradora Local el 18 de septiembre de 2025 expidió el Acuerdo Local 005 de 2025 “Por el cual se adiciona el Presupuesto de Ingresos y Gastos de la Vigencia Fiscal 2025 del Fondo de Desarrollo Local de Los Mártires”.

 

Que, una vez aprobado en sus debates, fue enviado para la sanción del Alcalde Local procediéndose para tales efectos el 23 de septiembre de 2025, siendo sancionado el acuerdo local 005 de 2025 “Por el cual se adiciona el Presupuesto de Ingresos y Gastos de la Vigencia Fiscal 2025 del Fondo de Desarrollo Local de Los Mártires”.

 

Que el decreto ley Decreto 1421 de 1993 “Por el cual se dicta el Régimen Especial para el Distrito Capital de Santafé de Bogotá” sus normas modificatorias faculta al alcalde local a la expedición de los decretos que reglamenten los acuerdos locales expedidos por la Junta Administradora local.

 

Que, es necesario incorporar al presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Los Mártires para la vigencia fiscal, comprendida entre el 01 de enero y el 31 de diciembre de 2025, los recursos asignados por el CONFIS.

 

Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO PRIMERO: Sancionar el Acuerdo Local 005 de 2025 “Por el cual se adiciona el Presupuesto de Ingresos y Gastos de la Vigencia Fiscal 2025 del Fondo de Desarrollo Local de Los Mártires”, aprobado por la Junta Administradora Local de los Mártires.

 

ARTÍCULO SEGUNDO: Efectúese una adición presupuestal de rentas e ingresos del Fondo de Desarrollo Local de los Mártires para la vigencia fiscal 2025, por valor de SETECIENTOS NOVENTA Y OCHO MILLONES PESOS M/CTE $798.000.000, correspondiente a la incorporación de excedentes financieros, conforme al siguiente detalle:

 

O1

INGRESOS

$798.000.000

O12

RECURSOS DE CAPITAL

$798.000.000

TOTAL INGRESOS

$798.000.000

  

ARTÍCULO TERCERO: Efectúese una adición en el Presupuesto de Gastos de Inversión de la vigencia 2025 del Fondo de Desarrollo Local de Los Mártires, por valor de SETECIENTOS NOVENTA Y OCHO MILLONES PESOS M/CTE ($798.000.000) conforme al siguiente detalle:

 

POSICIÓN

PRESUPUESTARIA

RUBRO

VALOR

O2

GASTOS

$798.000.000

O21

Funcionamiento

$798.000.000

O212

Adquisición de bienes y servicios

$798.000.000

O21202

Adquisiciones diferentes de activos

$798.000.000

O2120202

Adquisición de servicios

$798.000.000

O2120202007

Servicios financieros y servicios conexos, servi- cios inmobiliarios y servicios de leasing

 

$150.000.000

O212020200701

Servicios financieros y servicios conexos

$150.000.000

O21202020070103

Servicios de seguros y pensiones (excepto los servicios de reaseguro y de seguridad social de

afiliación obligatoria)

 

$150.000.000

O2120202007010305

Otros servicios de seguros distintos a los seguros de vida (excepto los servicios de reaseguro)

 

$150.000.000

O212020200701030571354

Servicios de seguros contra incendio, terremoto

o sustracción

$150.000.000

O2120202008

Servicios prestados a las empresas y servicios de

producción

$648.000.000

O212020200805

Servicios de soporte

$648.000.000

O21202020080585250

Servicios de protección (guardas de seguridad)

$630.000.000

O21202020080585330

Servicios de limpieza general

$18.000.000

 

ARTÍCULO CUARTO: El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 14 días del mes de octubre del año 2025.

 

JOHN JADER SUAREZ DELGADO

 

Alcalde Local de Mártires

 

Nota: Ver norma original en Anexos