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Resolución Reglamentaria 20 de 2008 Contraloría de Bogotá D.C.

Fecha de Expedición:
22/12/2008
Fecha de Entrada en Vigencia:
26/12/2008
Medio de Publicación:
Registro Distrital 4125 de diciembre 26 de 2008
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA 020 DE 2008

(Diciembre 22)

Derogada por el art. 6, Resolución Contraloria Distrital 16 de 2011

Por la cual se modifica el Procedimiento para registro y control de procesos judiciales y para el cumplimiento y pago de sentencias y conciliaciones en la Contraloría de Bogotá D.C.

EL CONTRALOR DE BOGOTÁ D. C.

En ejercicio de sus atribuciones legales y en especial las que le confiere el artículo 10 del Acuerdo 24 de 2001; y

CONSIDERANDO:

De conformidad con los literales j) y l) del artículo 4 de la Ley 87 de 1993 "Por la cual se establecen normas para el ejercicio de control interno en las entidades y organismos del Estado y se dictan otras disposiciones", se deben implementar como elementos del sistema de control interno institucional procedimientos para la ejecución de procesos y simplificación y actualización de normas y procedimientos.

El Decreto 1599 del 20 de mayo de 2005, estableció el . Modelo Estándar de Control Interno para entidades y organismos del Estado MECI 1000:2005, el cual fue adoptado en la Contraloría de Bogotá, mediante Resolución Reglamentaria No. 013 del 12 de junio de 2006.

El artículo 10 del Acuerdo 24 de 2001 del Concejo de Bogotá, D.C., "Por el cual se organiza la Contraloría de Bogotá D.C., se determinan las funciones por dependencias, se fijan los principios generales inherentes a su organización y funcionamiento y se dictan otras disposiciones", fija la estructura organizacional de la Contraloría de Bogotá, D.C. y faculta al Contralor de Bogotá, D.C. para establecer y reglamentar la organización interna, la forma de ejercer las funciones a su cargo y el funcionamiento de la Entidad, en armonía con los principios consagrados en la Constitución, la Ley y los Acuerdos.

La racionalización de los trámites, métodos y procedimientos constituye herramienta fundamental para el Sistema de Gestión de la Calidad y el mejoramiento de la función pública, al facilitar el cumplimiento de las funciones y objetivos institucionales, la delimitación de responsabilidades, la inducción del empleado en su puesto de trabajo, la definición de controles internos y el desarrollo de los sistemas de información en los procesos misionales y administrativos de la Entidad.

Mediante Resolución Reglamentaria No. 022 de 2007, se modificaron los documentos y procedimientos del Proceso de Orientación Institucional, entre ellos para registro y control de procesos judiciales y para el cumplimiento y pago de sentencias y conciliaciones en la entidad, el cual es pertinente actualizar en atención a las acciones correctivas y preventivas implementadas dentro del sistema de gestión de calidad, con el fin de aumentar la satisfacción de los clientes y de las partes interesadas.

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: Adoptar la nueva versión del siguiente procedimiento dentro del Proceso de Orientación Institucional del Sistema de Gestión de la Calidad:

Procedimiento para registro y control de procesos judiciales y para el cumplimiento y pago de sentencias y conciliaciones en la Contraloría de Bogotá D.C. Versión 3.0.

ARTÍCULO SEGUNDO: Es responsabilidad de los Directores y los Jefes de Oficinas Asesoras, velar por la administración y divulgación del procedimiento adoptado.

ARTÍCULO  TERCERO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial el numeral 6 del artículo primero de la Resolución Reglamentaria No. 022 de 23 de noviembre de 2007.

PUBLIQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los veintidós (22) días del mes de diciembre de dos mil ocho (2008).

MIGUEL ÁNGEL MORALESRUSSI RUSSI

Contralor de Bogotá D.C.

PROCEDIMIENTO PARA REGISTRO Y CONTROL DE PROCESOS JUDICIALES Y PARA EL CUMPLIMIENTO Y PAGO DE SENTENCIAS Y CONCILIACIONES EN LA CONTRALORÍA DE BOGOTÁ D. C.

HISTORIAL DE CAMBIOS

VERSIÓN

No. del Acto Administrativo que lo adopta y fecha

NATURALEZA DEL CAMBIO

1.0

R. R. 026 de diciembre 21 de 2006.

Se unifican todos los procedimientos objeto del Proceso de Orientación Institucional y se adoptan en una sola Resolución Reglamentaria, lo que genera mayor organización y fácil consulta por parte de los interesados.

Se incorporan nuevas actividades al cumplimiento y pago de sentencias judiciales ejecutoriadas desfavorables a la Entidad.

2.0

R. R. 022 de noviembre 23 de 2007

Se incluyen los puntos de control de acuerdo con el nuevo procedimiento para el control de documentos internos

Se ajustan y reducen las actividades a cargo de la Dirección de Talento Humano

Se ajustan e incluyen actividades a cargo de la Dirección Administrativa y Financiera

Se ajustan los registros

Se ajusta la base legal del procedimiento

Se recodifica el código del formato

3.0

R.R.

 

PROCEDIMIENTO PARA REGISTRO Y CONTROL DE PROCESOS JUDICIALES Y PARA EL CUMPLIMIENTO Y PAGO DE SENTENCIAS Y CONCILIACIONES EN LA CONTRALORÍA DE BOGOTÁ D. C.

CÓDIGO DEL PROCEDIMIENTO: 1007

VERSIÓN No. 3.0

Fecha: Diciembre 11 de 2008

REVISADO POR: : Contralor Auxiliar José A. Corredor Sánchez

CARGO NOMBRE FIRMA

APROBADO POR: Director Técnico de Planeación Elemir Eduardo Pinto Díaz CARGO NOMBRE FIRMA

COPIA No. No. DE FOLIOS: 17

1. OBJETIVO:

Establecer las actividades básicas para: el registro y control de los procesos judiciales en los cuales es parte la Contraloría de Bogotá, el cumplimiento y pago de las sentencias judiciales y las conciliaciones a cargo de la Entidad y el conocimiento de los pagos efectuados en virtud de ellas, por parte del Comité de Conciliación.

2. ALCANCE:

Inicio: Notificación y recepción de un auto admisorio de demanda

Sentencia ejecutoriada favorable o desfavorable a la Entidad

Conocimiento de una situación objeto de conciliación

Fin: Archivo de las diligencias

3. BASE LEGAL:

• Constitución Política, artículo 90

• Código Civil, artículos 63 y 2341 (de acuerdo con la fecha de ocurrencia de los hechos).

• Código Contencioso Administrativo, artículos 77, 78, 176, 177 y 178

• Decreto 768 de 23 de abril de 1993, Por el cual se reglamentan los artículos 2°, literal f), del Decreto 2112 de 1992, los artículos 176 y 177 del Código Contencioso Administrativo y el articulo 16 de la Ley 38 de 1989.

• Decreto 818 de 22 de abril de 1994, por el cual se modifica y adiciona el Decreto 768 del 23 de abril de 1993.

• Ley 446 de 1998, por la cual se adoptan como legislación permanente algunas normas del Decreto 2651 de 1991, se modifican algunas del código de procedimiento civil, se derogan otras de la Ley 23 de 1991 y del Decreto 2279 de 1989, se modifican y expiden normas del Código Contencioso Administrativo y se dictan otras disposiciones sobre descongestión, eficiencia y acceso a la justicia.

• Decreto 1214 de 2000, por el cual se establecen funciones para los Comités de Conciliación de que trata el artículo 75 de la Ley 446 de 1998 y se dictan otras disposiciones.

• Ley 678 de 2001, por medio de la cual se reglamenta la determinación de responsabilidad patrimonial de los agentes del Estado a través del ejercicio de la acción de repetición o de llamamiento en garantía con fines de repetición.

• Estatuto Orgánico del Presupuesto General de la Nación.

• Estatuto Orgánico del Presupuesto del Distrito Capital.

4. DEFINICIONES:

ACCIÓN DE REPETICIÓN: Es una acción civil de carácter patrimonial que deberá ejercerse en contra del servidor o ex servidor público que como consecuencia de su conducta dolosa o gravemente culposa haya dado lugar a reconocimiento indemnizatorio por parte del Estado, proveniente de una condena, conciliación u otra forma de terminación de un conflicto. La misma acción se ejercitará contra el particular que investido de una función pública haya ocasionado, en forma dolosa o gravemente culposa, la reparación patrimonial (Ley 678 de 2001 art. 2º).

CERTIFICADO DE DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL: Es el documento expedido por el funcionario responsable de presupuesto o quien desempeñe estas funciones en cada entidad, mediante el cual se garantiza la existencia de apropiación presupuestal disponible, libre de afectación y suficiente para respaldar los actos administrativos con los cuales se ejecuta el presupuesto o se hace uso de la apropiación presupuestal. Este documento afecta preliminarmente el presupuesto mientras se perfecciona el compromiso y se efectúa el correspondiente registro presupuestal.

COMITÉ DE CONCILIACIÓN: Es una instancia administrativa que actúa como sede de estudio, análisis y formulación de políticas sobre prevención del daño antijurídico y defensa de los intereses de la entidad. Su conformación se establece mediante resolución reglamentaria de la Entidad, de acuerdo con la ley y decretos sobre la materia.

Igualmente, decidirá en cada caso específico sobre la procedencia de la conciliación o cualquier otro medio alternativo de solución de conflictos, con sujeción estricta a las normas jurídicas sustantivas, procedimentales y de control vigentes. (Decreto 1214 de 2000 art. 2º).

CONCILIACIÓN: Es un mecanismo de resolución de conflictos a través del cual, dos o más personas gestionan por sí mismas la solución de sus diferencias, con ayuda de un tercero neutral y calificado, denominado conciliador (Ley 446 de 1998, art. 64).

DEPENDENCIA COMPETENTE: Despacho, Dirección u Oficina de la Contraloría de Bogotá que profiere los actos administrativos que dan origen a una conciliación o a un proceso judicial en el cual es parte la Entidad, o dependencia que tiene asignadas funciones de ordenación del gasto. (Despacho del Contralor, Despacho del Contralor Auxiliar, Direcciones de Talento Humano, Responsabilidad Fiscal y Jurisdicción Coactiva, Sectoriales de Fiscalización y Administrativa y Financiera) o dependencia con competencia para cobro coactivo: Subdirección de Jurisdicción Coactiva.

REGISTRO CONTABLE: Es el reconocimiento de los hechos económicos, financieros y sociales, los cuales deben contabilizarse mediante procedimientos técnicos adecuados a la organización de la entidad, observando las etapas del proceso contable relativas a la identificación y clasificación, con sujeción a las técnicas de valuación que permitan el debido reconocimiento, garantizando la confiabilidad y utilidad social de la información.

REPRESENTACIÓN JUDICIAL: Facultad jurídica de obrar en nombre de otra persona, con poder conferido por quien tiene la facultad para tal efecto.

SENTENCIA EN PRIMERA INSTANCIA: Resolución judicial en una causa.

SENTENCIA EN SEGUNDA INSTANCIA: Resolución judicial que se dicta como consecuencia de una apelación o consulta, con respecto a la sentencia de primera instancia.

5. REGISTROS:

• Libro radicador de reparto OAJ

• Memorando

• Acta Comité de Conciliación

• Base de datos de trámites judiciales

• Resolución

• Hoja de vida

6. ANEXOS:

Ninguno

7. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO:

7.1. Registro y control de procesos judiciales en los que es parte la Entidad

No

RESPONSABLE

ACTIVIDAD

REGISTROS

PUNTOS DE CONTROL – OBSERVACIONES

1

Jefe Oficina Asesora Jurídica OAJ

Recibe copia del auto admisorio y traslado de una demanda en contra de la Entidad, o,

Conoce la situación que amerita iniciar proceso judicial por parte de la Contraloría de Bogotá.

Ordena asignar la representación externa de la Entidad.

2

Profesional Especializado o Universitario OAJ (con funciones de secretaría común)

Realiza el reparto de la demanda o la orden de iniciar proceso, para el trámite de representación judicial de la Entidad y entrega los documentos para conformación de la carpeta.

Libro radicador del reparto OAJ

 

3

Asesor, Profesional Especializado o Universitario OAJ

Reporta la información necesaria para actualizar la base de datos de trámites judiciales

Actualiza el Siprojweb

 

Mensualmente

4

Profesional Especializado o Universitario, Técnico OAJ (responsable de la base de datos)

Ingresa la información del proceso a la base de datos de trámites judiciales.

Proyecta memorando dirigido a la Subdirección Financiera para informar sobre el nuevo proceso1 y solicitar el registro contable correspondiente.

Base de datos de trámites judiciales

Mensualmente

1 o el archivo según la actividad 3 del procedimiento 7.2

5

Jefe Oficina Asesora OAJ

Remite memorando a la Subdirección Financiera

 

Mensualmente

6

Subdirector Financiero

Recibe información sobre procesos judiciales y ordena realizar los registros contables a que haya lugar y supervisa su ejecución

Remite a la Oficina Asesora Jurídica copia del auxiliar contable correspondiente, a fin de efectuar la conciliación de información con la base de datos de trámites judiciales.

 

Mensualmente

(Con el fin de valorar el pasivo contingente de la entidad)

7

Profesional Especializado o Universitario, Técnico OAJ (responsable de la base de datos de trámites judiciales)

Realiza conciliación entre la base de datos de trámites judiciales y la información contable recibida

Proyecta memorando dirigido a la Subdirección Financiera solicitando ajustes en los registros contables o indicando la conformidad de las cifras.

Memorando

Punto de control: la conciliación base de datos e información contable En caso de ser necesario se repiten las actividades 5 a 7.

8

Asesor

Profesional Especializado o Universitario OAJ

Elabora y entrega a la secretaría técnica del comité de conciliación: ficha de guía para determinar causas de conflicto y reporte de llamamiento en garantía.

Realiza el trámite procesal en representación de la Entidad

Reporta mensualmente la información necesaria para actualizar la base de datos de trámites judiciales.

Actualiza una vez al mes el Siprojweb

Califica, trimestralmente los procesos en el Siprojweb.

Organiza las carpetas de antecedentes por proceso.

Punto de Control: Los reportes de la base de datos de trámites judiciales

9

Asesor Profesional Especializado o Universitario OAJ

Con la sentencia ejecutoriada en los procesos de representación externa: elabora y entrega a la secretaría técnica del comité de conciliación la guía para determinar causas de conflicto y activa procedimientos 7.2 o 7.3 según el caso

 

 

7.2 Cumplimiento de sentencias judiciales ejecutoriadas favorables a la Entidad

No

RESPONSABLE

ACTIVIDAD

REGISTROS

PUNTOS DE CONTROL – OBSERVACIONES

1.

Asesor, Profesional Especializado o Universitario OAJ

Solicita copia de la sentencia favorable a la Contraloría de Bogotá.Solicita copia auténtica de la fijación y liquidación de costas a favor de la Contraloría de Bogotá y del auto aprobatorio con constancia de notificación, ejecutoria y ser la primera copia.

Proyecta memorando para remitir copia de la sentencia a las dependencias competentes según el tema del proceso

Sentencia ejecutoriada de única, primera o segunda instancia

2

Jefe Oficina Asesora OAJ

Remite copia de la sentencia y/o autos a las dependencias competentes según el tema del mismo.

Remite documento de fijación y liquidación de costas y auto aprobatorio a la Subdirección de Jurisdicción Coactiva.

Memorando

Con el fin de informar sobre las resultas favorables del proceso para los fines pertinentes.

Para el cobro coactivo correspondiente.

3

Jefe Oficina Asesora, Asesor, Profesional o Técnico

Realizan las actividades No. 3 a 7 del Procedimiento No. 7.1.

 

 

4

Asesor, Profesional Especializado o Universitario OAJ

En caso de no requerirse actuación judicial para hacer efectivas obligaciones a favor de la Entidad:

Entrega la carpeta con todos los antecedentes, organizada y foliada para que repose en el archivo de gestión de la Oficina

5

Jefe Oficina Asesora (Jurídica)

En caso de requerirse actuación judicial para hacer efectivas obligaciones a favor de la Entidad:

Confiere poder para la representación externa de la Entidad en la ejecución de la sentencia.

6

Asesor, Profesional Especializado o Universitario OAJ

Solicita copia auténtica con constancia de notificación, ejecutoria y ser la primera copia de la sentencia favorable, en proceso contencioso administrativo, cuando deba ejecutarse ante la jurisdicción ordinaria.

Solicita al juez de la causa la ejecución de la sentencia favorable a la Entidad y la práctica de las medidas cautelares que garanticen el pago efectivo de la deuda a favor de la entidad.

Si es necesario solicita apoyo en dependencia competente

7

Asesor, Profesional Especializado o Universitario OAJ

Ejerce representación externa hasta el pago efectivo

Actualiza la base de datos de trámites judiciales

Actualiza Siprojweb

Comunica a las dependencias competentes el pago efectivo

Entrega la carpeta de antecedentes judiciales para el archivo de gestión de la Oficina

7.3. Cumplimiento y pago de sentencias judiciales ejecutoriadas desfavorables a la Entidad

No

RESPONSABLE

ACTIVIDAD

REGISTROS

PUNTOS DE CONTROL OBSERVACIONES

1

Asesor, Profesional Especializado o Universitario OAJ

Solicita la expedición de copia auténtica con constancia de notificación y ejecutoria de la sentencia desfavorable a la Entidad y/o copia de la fijación y liquidación de costas en contra de la entidad y del auto aprobatorio de las mismas, debidamente ejecutoriado (si hay condena en costas).

 

 

2

Asesor, Profesional Especializado o Universitario OAJ

Reporta el fallo al Jefe Oficina Asesora Jurídica.

Reporta información para actualizar la base de datos de trámites judiciales (Mensual)

Actualiza el Siprojweb (Mensual)

Base de datos de trámites judiciales

Punto de Control: registro en la base de datos de trámites judiciales

3

Jefe Oficina Asesora (OAJ)

Remite copia de la sentencia a las dependencias competentes según el tema del proceso que termina.

 

Dirección Administrativa sigue actividad 4 Dirección de Talento Humano continúa actividad 12

4

Director Administrativo

Recibe documentación y asigna funcionario para trámite en la dependencia.

 

 

5

Profesional Dirección Administrativa

Proyecta para la firma del Director Administrativo, oficio requiriendo al beneficiario de la condena que acredite los requisitos necesarios para tramitar el pago y lo envía por correo certificado.

Elabora liquidación de la condena para revisión y aprobación del ordenador del gasto.

Proyecta para la firma del Director Administrativo la solicitud de disponibilidad presupuestal y envía a la Subdirección Financiera.

Proyecta resolución ordenando el cumplimiento de la sentencia.

6

.

Subdirector Financiero

Si no existe apropiación tramita recursos ante la Secretaría de Hacienda Distrital.

Expide certificado de disponibilidad presupuestal y lo remite a la Dirección Administrativa y Financiera

Memorando

7

Director Administrativo

Revisa y suscribe la resolución que ordena el cumplimiento de la sentencia y la envía a la Dirección de Talento Humano para registro, número y fecha.

Resolución

 

8

Profesional Dirección Administrativa

Proyecta oficio comunicando la resolución al beneficiario y lo envía por correo certificado.

Surte la notificación de la resolución.

Proyecta memorando solicitando registro presupuestal.

9

Director Administrativo

Obtenido el registro presupuestal, remite la documentación a la Subdirección Financiera para que se efectúe el pago.

Memorando

 

10

Subdirector Financiero

Da trámite a la solicitud de pago de acuerdo con los procedimientos definidos en la dependencia para el pago y los registros contables.

Supervisa el registro en el módulo de pago de sentencias en el Siprojweb

11

Tesorero

Reporta a la Oficina Asesora Jurídica los pagos realizados a título de sentencias judiciales, indicando el último pago efectuado en cumplimiento de la sentencia y acompañando los documentos soportes.

Memorando

Dentro de los 5 días hábiles siguientes a la realización del pago

Se activa procedimiento 7.5.

12

Subdirector de Gestión de Talento Humano

Recibe documentación y genera reparto para que el funcionario designado elabore el proyecto de liquidación correspondiente.

 

 

13

Profesional Dirección de Talento Humano

Abre el expediente de sentencia con la documentación recibida.

Estudia la sentencia y la hoja de vida, verifica las vacantes de la planta de acuerdo con el último cargo desempeñado por el beneficiario y la última dirección registrada.

Proyecta oficio solicitando al beneficiario o apoderado, los documentos necesarios de orden legal, de conformidad con lo establecido en los Decretos 768 de 1993, 818 de 1994 y la Ley 446 de 1998 (primera copia de la sentencia) y lo envía por correo certificado.

Proyecta resolución ordenando el reintegro o el cumplimiento de la sentencia y la pasa para revisión del director.

La constancia de ser la primera copia, debe contar con la firma del Secretario del Despacho Judicial y sello seco.

Si actúa con apoderado, se debe exigir el original del poder, dirigido a la Contraloría de Bogotá D.C., con presentación personal

En el evento en que exista vacante.

14

Director Técnico de Talento Humano

Examina y da visto bueno al acto administrativo y lo remite al Despacho del Contralor para aprobación y firma del nominador.

 

Punto de control: revisión por el Director

15

Contralor

Examina el acto administrativo y firma como nominador.

Remite a la Dirección de Talento Humano.

16

Secretaria Dirección de Talento Humano

Numera la resolución y pasa una copia al profesional de la Dirección.

Resolución

 

17

Profesional Dirección de Talento Humano

Proyecta oficio comunicando el acto administrativo al beneficiario. Si se trata de reintegro le informa que cuenta con diez días para comunicarle a la Administración si acepta o no el cargo, con copia para el apoderado.

 

Conforme a lo establecido en el artículo 46 del Decreto 1650 de 1973.

18

Director Técnico de Talento Humano

Firma el oficio y ordena el envío al beneficiario, por correo certificado.

 

.

19

Profesional Dirección de Talento Humano

Surte la notificación del acto administrativo al beneficiario.

Si el beneficiario dentro del término, manifiesta que acepta el reintegro, se adelanta el Procedimiento de Ingreso y solicita una copia del Acta de Posesión del beneficiario para anexarla al expediente.

Si el beneficiario no acepta el reintegro, el profesional proyecta el acto administrativo declarando la vacancia del cargo o el que corresponda de acuerdo a la situación específica

20

Director Técnico de Talento Humano

Examina y da visto bueno al acto administrativo y lo remite al Despacho del Contralor para aprobación y firma del nominador.

 

Punto de control: revisión por el Director

21

Contralor

Examina el acto administrativo y firma como nominador

Remite a la Dirección de Talento Humano

22

Secretaria Dirección de Talento Humano

Numera la resolución. Pasa una copia al profesional de la Dirección, para archivo en el expediente

Resolución

 

23

Profesional Dirección de Talento Humano

Surte la citación y trámite de la notificación personal del acto al beneficiario, con copia al apoderado si es del caso.

 

 

24

Profesional Subdirección de Gestión del Talento Humano

Proyecta liquidación de salarios, prestaciones sociales y demás emolumentos de conformidad con las normas vigentes y dando aplicación a la sentencia respectiva.

Proyecta liquidación de intereses y la retención en la fuente, si hay lugar a ello.

Proyecta liquidación de aportes a la Seguridad Social y otros de acuerdo con la normatividad vigente.

Se puede utilizar el programa IPC, para el cálculo de la indexación.

25

Subdirector de Gestión del Talento Humano

Revisa el proyecto de liquidación, ordena corregir si es del caso

Imparte visto bueno.

Pasa el proyecto al Director Técnico de Talento Humano.

Punto de control – revisión de la liquidación en cada área.

26

Director Técnico de Talento Humano

Examina y da visto bueno.

Pasa el proyecto al profesional de la Dirección.

27

Profesional Dirección de Talento Humano

Proyecta memorando, solicitando con base en la liquidación, a la Dirección Administrativa y Financiera la expedición del certificado de disponibilidad presupuestal.

Proyecta oficio con destino a la DIAN.

28

Director Técnico de Talento Humano

Revisa y firma la solicitud de disponibilidad presupuestal y el oficio para la DIAN y ordena su envío.

Memorando

 

29

Subdirector Financiero

Si no existe apropiación tramita recursos ante la Secretaria de Hacienda Distrital.

Expide el certificado de disponibilidad presupuestal

30

Director Técnico de Talento Humano

Recibe y revisa el certificado de disponibilidad presupuestal y lo pasa al profesional de la Dirección

 

 

31

Profesional Dirección de Talento Humano

Verifica la información de la DIAN y procede de conformidad.

Elabora proyecto de Resolución.

32

Subdirector de Gestión del Talento Humano

Revisa, ordena corregir si es del caso, recoge el visto bueno de cada uno de los liquidadores de su área y le imparte su visto bueno.

Pasa el proyecto al Director Técnico de Talento Humano para su firma.

Punto de control: revisión de Subdirector y por áreas

33

Director Técnico de Talento Humano

Revisa, ordena corregir si es del caso y firma el acto administrativo.

 

Punto de control: revisión de Director

34

Secretaria Dirección de Talento Humano

Numera la resolución y pasa el original y tres (3) copias al profesional de la Dirección.

Resolución

 

35

Profesional Dirección de Talento Humano

.

Surte la citación y notificación al beneficiario o su apoderado

Proyecta oficio enviando copia del acto administrativo debidamente ejecutoriado a la Dirección Administrativa y Financiera, para que se efectúe el pago, y lo pasa para firma del Director

36

Director Técnico de Talento Humano

Remite a la Dirección Administrativa y Financiera original y copia de la resolución y demás documentos para el pago de la sentencia.

Memorando

 

37

Director Administrativo

Recibe documentación y solicita registro presupuestal.

 

 

38

Director Administrativo

Obtenido el registro presupuestal devuelve original de la resolución a la Dirección de Talento Humano para archivo.

Remite a la Subdirección Financiera la copia del acto administrativo y los soportes para el pago.

39

Profesional Subdirección Gestión del Talento Humano

Proyecta oficio con destino a las administradoras de seguridad social solicitando liquidación de los aportes al sistema de acuerdo con la sentencia y resolución respectiva.

 

 

40

Director Técnico de Talento Humano

Recibe respuesta de las administradoras de seguridad social y mediante memorando solicita a la Subdirección Financiera efectuar el pago de los aportes respectivos.

 

 

41

Subdirector Financiero

Da trámite a la solicitud de pago de acuerdo con los procedimientos definidos en la dependencia para el pago y los registros contables.

Supervisa el registro en el módulo de pago de sentencias en el Siprojweb.

42

Tesorero

Reporta a la Oficina Asesora Jurídica los pagos realizados a título de sentencias judiciales, indicando el último pago efectuado en cumplimiento de la sentencia y acompañando los documentos soportes.

Memorando

Dentro de los 5 días hábiles siguientes a la realización Se activa procedimiento 7.5del pago.

43

Profesional Dirección de Talento Humano

Recibe y revisa los comprobantes de pago para verificar que los pagos se hayan efectuado de acuerdo a lo ordenado en el acto administrativo correspondiente.

 

 

44

Profesional Dirección de Talento Humano

.

Proyecta memorando solicitando la copia del comprobante de pago de la sentencia

Si transcurren 20 días desde la notificación del acto administrativo que ordena el pago de las obligaciones, sin que el interesado efectué el cobro, el profesional procede a surtir el trámite de pago a través del deposito de las sumas a favor del beneficiario en la cuenta depósitos judiciales a órdenes del respectivo juez o el tribunal y a favor del beneficiario.

45

Director Técnico de Talento Humano

Solicita a la Dirección Administrativa y Financiera certifique la fecha de pago y copia del comprobante de paz y salvo.

Memorando

 

46

Director Administrativo y Financiero

Remite copia del comprobante de pago y el paz y salvo otorgado por el beneficiario o su apoderado, certifica la fecha exacta de pago.

Memorando

 

47

Profesional Subdirección de Gestión del Talento Humano

Proyecta liquidación de los intereses pendientes por reconocer, teniendo en cuenta la fecha exacta del pago.

Proyecta oficio solicitando disponibilidad presupuestal, para visto bueno del Subdirector y posterior firma del Director.

Repite en lo pertinente las actividades 28 y siguientes de este numeral.

Entrega documentos para el archivo.

Si el beneficiario o el apoderado solicitan el desglose de la primera copia, se elabora auto de desglose y acta de entrega dejando en la primera copia certificación del pago efectuado por la entidad hasta esa fecha.

Activa procedimiento numeral 7. 5

48

Técnico Subdirección Gestión de Talento Humano.

Recibe el expediente de sentencias del profesional de la Dirección y lo archiva en la hoja de vida del funcionario.

Hoja de vida

 

7.4 Trámite de conciliaciones y cumplimiento y pago de conciliaciones en contra de la Entidad

No

RESPONSABLE

ACTIVIDAD

REGISTROS

PUNTOS DE CONTROL -OBSERVACIONES

1

Jefe Oficina Asesora OAJ

Conoce la situación objeto de conciliación.

Confiere poder para la representación de la Entidad.

Entrega los documentos para conformación de la carpeta.

2

Asesor, Profesional Especializado o Universitario OAJ

Elabora la ficha técnica de conciliación.

Entrega el proyecto de ficha técnica al Jefe de la Oficina Asesora Jurídica.

Estudia el tema.

En la elaboración de las fichas actuarán funcionarios delegados por las dependencias competentes.

3

Jefe de Oficina Asesora OAJ

Revisa el proyecto de ficha técnica de conciliación.

Ordena ajustes.

Aprueba la ficha técnica de conciliación.

4

Jefe Oficina Asesora OAJ

Coordina fecha para sesión del Comité de Conciliación, aprueba citación y anexa al memorando de convocatoria la ficha técnica.

 

 

5

Contralor, Contralor Auxiliar, Director, Jefe Oficina Asesora

Deliberan y deciden en sesión de Comité de Conciliación.

Acta Comité de Conciliación

 

6

Asesor, Profesional Especializado o Universitario OAJ

Adelanta el trámite de la conciliación ante las autoridades administrativas y jurisdiccionales hasta su terminación, de acuerdo con la decisión del Comité de Conciliación de la Entidad.

 

 

7

Asesor, Profesional Especializado o Universitario OAJ

Si no hay auto aprobatorio de conciliación en contra de la Entidad: entrega la carpeta de la ficha técnica de conciliación a la Secretaría del Comité de Conciliación con todos sus soportes para el archivo de la OAJ.

 

 

8

Asesor, Profesional Especializado o Universitario OAJ

Si hay auto aprobatorio de conciliación en contra de la Entidad:

Actualiza Siprojweb.

Prepara memorando remisorio del auto aprobatorio de la conciliación a las dependencias competentes.

9

Jefe Oficina Asesora OAJ

Envía a la dependencia competente según el tema de la conciliación el auto aprobatorio de la conciliación y demás copias necesarias.

Memorando

 

10

Director Técnico o Administrativo (Dependencia competente)

Recibe documentos y genera reparto a funcionario asignado.

 

 

11

Profesional (Dependencia Competente)

Elabora liquidación (si es necesario).

Proyecta para la firma del director la solicitud de disponibilidad presupuestal y envía a la Subdirección Financiera.

Proyecta resolución ordenando el cumplimiento de la conciliación.

12

Subdirector Financiero

Si no existe apropiación tramita recursos ante la Secretaría de Hacienda Distrital.

Expide certificado de disponibilidad presupuestal.

13

Contralor, Director Técnico o Administrativo (Dependencia competente)

Revisa y suscribe los actos administrativos que ordenan el cumplimiento de la conciliación y envía a la Dirección de Talento Humano para registro, fecha y número.

Resolución

 

14

Profesional (Dependencia competente)

Surte la citación y notificación al beneficiario o su apoderado.

Proyecta oficio enviando copia del acto administrativo debidamente ejecutoriado a la Dirección Administrativa y Financiera, para que se efectúe el pago, y lo pasa para firma del Director.

15

Director Administrativo

Recibe documentación y solicita registro presupuestal.

Obtenido el registro presupuestal devuelve original de la resolución a la Dirección de Talento Humano para archivo.

Remite a la Subdirección Financiera la copia del acto administrativo y los soportes para el pago.

Memorando

16

Subdirector Financiero

Da trámite a la solicitud de pago de acuerdo con los procedimientos definidos en la dependencia para el pago y los registros contables.

Supervisa el registro en el módulo de Siprojweb.

17

Tesorero

Reporta a la Oficina Asesora Jurídica los pagos realizados a título de sentencias judiciales, indicando el último pago efectuado en cumplimiento de la conciliación y acompañando los documentos soportes.

Memorando

Dentro de los 5 días hábiles siguientes a la realización del pago.

Se activa procedimiento 7.5

7.5 Conocimiento del pago de sentencias judiciales ejecutoriadas y conciliaciones desfavorables a la Entidad por parte del Comité de Conciliación

1

Jefe de Oficina Asesora Jurídica

Recibe información sobre pagos efectuados por sentencias o conciliaciones en contra de la entidad.

Ordena la elaboración de la ficha técnica de repetición.

Revisa, ordena ajustes y aprueba la ficha técnica de repetición.

En la elaboración de la ficha actuarán funcionarios delegados por las dependencias competentes.

2

Jefe Oficina Asesora OAJ

Coordina fecha para sesión del Comité de Conciliación, aprueba citación y anexa ficha técnica.

 

 

3

Contralor, Contralor Auxiliar, Director, Jefe Oficina Asesora OAJ

Sesionan en Comité de Conciliación, deciden si hay lugar a repetición y suscribe el acta.

Acta Comité de Conciliación

 

4

Profesional Especializado OAJ (Secretario Comité de Conciliación)

Si se ordenó iniciar acción de repetición: Entrega al Jefe de la Oficina Asesora Jurídica los documentos para iniciar la acción de repetición

 

Activa el procedimiento 7.1.

5

Profesional Especializado OAJ

Si se ordena no iniciar acción de repetición: Conserva acta de Comité de Conciliación y la ficha técnica de repetición en el archivo del Comité.

 

 

NOTA: Publicada en el Registro Distrital 4125 de diciembre 26 de 2008