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Acuerdo Local 1 de 2009 Junta Administradora Local de Engativá

Fecha de Expedición:
08/06/2009
Fecha de Entrada en Vigencia:
19/06/2009
Medio de Publicación:
Registro Distrital 4227 de junio 19 de 2009
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO LOCAL 01 DE 2009

(Junio 8)

"Por el cual se ajusta el presupuesto anual de rentas e ingresos y de gastos e inversión del fondo de desarrollo local de Engativá para la vigencia fiscal de 2009, y se distribuye la disponibilidad final - excedentes financieros".

LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE ENGATIVÁ

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere los artículos 32 y 33 del Decreto 1139 de 2000, y

CONSIDERANDO:

Que revisado el mensaje presupuestal y el anexo informativo con el detalle de la composición del presupuesto hasta el nivel de proyectos, para facilitar el estudio y aprobación del proyecto de ajuste del presupuesto anual de rentas e ingresos y de gastos e inversiones del FDL de Engativá para la vigencia fiscal 2009 y se distribuye la disponibilidad final  excedentes financieros, radicado por la Alcaldesa local de Engativá, se confirmó el lleno de los requisitos contenidos en el artículo 16 del Decreto 1139 de 2000.

Que la JAL de Engativá, dentro de sus funciones constitucionales y legales, amparadas en los artículos 324 de la carta política y el artículo 69 en su numeral 4, tiene la facultad de aprobar el presupuesto anual del Fondo de Desarrollo Local, así como la apropiación y distribución de las partidas globales del presupuesto Distrital asignadas a la localidad.

Que el Decreto 1139 de 2000, en su Artículo 32 establece que toda adición al presupuesto local, deberá contar con concepto previo del CONFIS y aprobación de la JAL, salvo las contempladas en el mismo artículo, que no es el presente caso.

Que en el estudio de la JAL, se consideró la circular No 12 de marzo 20 de 2009 de la Secretaría de Hacienda Distrital  DDP que estableció los aspectos a considerar para efectuar el ajuste presupuestal al presupuesto 2009, de conformidad con las cifras resultantes del cierre presupuestal y financiero a 31 de diciembre de 2008, el reporte del saldo en caja de la Tesorería Distrital a favor del FDL por una cuantía de $31.875.283.176,64, la apropiación en la disponibilidad inicial de $32.596.500.776,oo, quedando el ajuste de dicho rubro en $721.217.599,oo

Que el FDL de Engativá presentó a 31 de diciembre unas obligaciones de $27.074.727.853,64 y dado que en el presupuesto de 2009 se apropió en el rubro obligaciones por pagar, un monto de $28.482.346.048,oo, se debe ajustar dicho rubro en $1.407.618.195,oo (ajuste al peso)

Que mediante Acuerdo Local No 03 de 2008, liquidado por Decreto Local No 13 de 2008, se aprobó el item procesos en curso (UEL Secretaría de Educación $1.125.441.000,oo; UEL Secretaría de Gobierno $893.636.364,oo), igual a $2.019.077.364,oo.

Que efectuado el ejercicio de ajuste del FDL de Engativá, la Administración determinó una disponibilidad final excedentes financieros a 31 de diciembre de $4.800.555.323,10, de los cuales está apropido un monto de $2.095.077.364,oo en el presupuesto de 2009, quedando un saldo por distribuir de $686.400.596,oo, el cual aumenta la inversión directa (ajuste al peso).

Que por solicitud de la Alcaldesa Local, el CONFIS conceptúo favorablemente el ajuste al presupuesto 2009 y distribución de excedentes financieros  disponibilidad final, en su reunión No 03 del 30 de marzo de 2009

Que en mérito de lo anteriormente expuesto,

Ver el Acuerdo Local 03 de 2008, Ver el Acuerdo Local 01 de 2009

ACUERDA:

ARTÍCULO 1°: Ajustar el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Engativá, por un valor de SEISCIENTOS OCHENTA Y SEIS MILLONES CUATROSCIENTOS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y SEIS PESOS MCTE ($686.400.596.00) para la Vigencia Fiscal de 2009, y distribuir la disponibilidad final- excedentes financieros, conforme al siguiente detalle:

Cod.

Concepto

Aumentar

Disminuir

1.

Disponibilidad inicial

 

721.217.599

3.

Gastos

 

721.217.599

3.

Inversión

 

721.217.599

3.3

Directa

686.400.596

 

3.3.1.13

Bogotá Positiva: Para vivir mejor

686.400.596

 

3.3.1.13.01

Ciudad de derechos

236.400.596

 

3.3.1.13.01.12

Bogotá viva

160.000.000

 

3.3.1.13.01.14

Toda la vida integralmente protegidos

76.400.596

 

3.3.1.13.02

Derecho a la ciudad

100.000.000

 

3.3.1.13.02.27

Bogotá espacio de vida

100.000.000

 

3.3.1.13.04

Participación

350.000.000

 

3.3.1.13.04.38

Organizaciones y redes sociales

350.000.000

 

3.3.6

Obligaciones por pagar

 

1.407.618.195

ARTÍCULO 2º: El anexo informativo hace parte integral del presente Acuerdo Local.

ARTICULO 3°: El presente Acuerdo Local rige a partir de la fecha de su publicación.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, a los ocho (8) días del mes de junio de dos mil nueve (2009).

ADALBERTO RAMIREZ CAMACHO

Presidente JAL de Engativá

WALTER MORENO PEDRAZA

Vicepresidente JAL de Engativá

La Alcaldesa Local de Engativá sanciona el presente Acuerdo el día (16) de junio de dos mil nueve.

LEONOR GUATIBONZA VALDERRAMA

Alcaldesa Local

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 4227 de junio 19 de 2009.