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Decreto Local 1 de 2009 Alcaldía Local de Engativá

Fecha de Expedición:
17/06/2009
Fecha de Entrada en Vigencia:
17/06/2009
Medio de Publicación:
Registro Distrital 4227 de junio 19 de 2009
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 01 DE 2009

(Junio 17)

Por medio del cual se ajusta el presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Engativá para la vigencia fiscal de 2009.

LA ALCALDESA LOCAL DE ENGATIVÁ.

En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los Decretos 1421 de 1993 y Decreto 1139 de 2000, y

CONSIDERANDO:

Que el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal  CONFIS, en su reunión No. 03 del 30 de Marzo de 2009, conforme a lo establecido en los Artículos 78 del Decreto Distrital 714 de 1.996 y 29-30-32 y 34 del Decreto Distrital 1139 de 2000, emitió concepto favorable a las solicitudes de modificación presupuestal presentadas por los veinte Fondos de Desarrollo Local  FDL , orientadas a ajustar el presupuesto 2009 con base en las cifras definitivas de cierre presupuestal y financiero a 31 de Diciembre de 2008. lo cual fue notificado con Oficio 2-2009-11578 de fecha abril 2 de 2009 radicado CALE 4738

Que en la misma reunión No. 03 del 30 de Marzo de 2009, respecto de los excedentes financieros, el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal  CONFIS, determinó reasignar a cada una de las Localidades el 100% de los excedentes financieros liquidados a 31 de Diciembre de 2008 y reservarlos en la Disponibilidad Final, hasta una nueva determinación del mismo.

Que la Secretaría Distrital de Hacienda  Dirección Distrital de Presupuesto, en la Circular Nº 043 de 2008 "Cierre de Vigencia 2008  FDL, sobre los Excedentes Financieros, determinó:"Los Fondos de Desarrollo Local efectuarán el cálculo de la situación fiscal del ejercicio presupuestal 2008 y si resultan excedentes, los mismos se reflejarán en la "Disponibilidad Final". Estos corresponden a recursos que no han sido comprometidos y están libres de afectación presupuestal, los cuales deben ser distribuidos y reasignados por el CONFIS de conformidad con las determinaciones de mismo.

De conformidad con las cifras de cierre presupuestal y financiero al cierre de vigencia y la determinación de los excedentes por parte del CONFIS, los FDL deben ajustar su presupuesto de la vigencia 2009, en consecuencia el FDL de Engativá, debe proceder a efectuar una reducción presupuestal producto del ajuste de las cifras de cierre presupuestal.

Que de conformidad con el Articulo 34 del Decreto 1139 del 29 de Diciembre de 2000," De la reducción o aplazamiento del presupuesto" deberá ajustarse por medio de Decreto que expida el Alcalde Local dentro de la vigencia respectiva .

Que la Junta Administradora Local de Engativá remite con Oficio JALE 154-09 de fecha 09-06-2009 radicado CALE 8447 el Acuerdo Local No. 01 de 2009, mediante el cual aprueba el ajuste al presupuesto anual de rentas e Ingresos y de gastos e inversiones de Fondo de Desarrollo Local de Engativá para la Vigencia Fiscal de 2009 y se distribuye la Disponibilidad Final- Excedente Financiero.

Que la Alcaldesa Local sanciona el Acuerdo Local No. 01 de 2009 el día 16 de Junio de 2009 respectivamente.

En mérito de lo anterior, La Alcaldesa Local de Engativá.

DECRETA:

ARTÍCULO PRIMERO: Efectúese un ajuste en el presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Engativá de SEISCIENTOS OCHENTA Y SEIS MILLONES CUATROSCIENTOS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y SEIS PESOS MCTE $686.400.596.00, para la vigencia 2009 de conformidad con el siguiente detalle.

Código

Nombre

Valor

1

DISPONIBILIDAD INICIAL

-721.217.599,00

Código

Nombre

Valor

3

GASTOS

-721.217.599,00

3,3

INVERSIÓN

-721.217.599,00

3.3.1

DIRECTA

686.400.596,00

3.3.1.13

Plan de desarrollo "Bogotá positiva: para vivir mejor"

686.400.596,00

3.3.1.13.01

Ciudad de derechos

236.400.596,00

3.3.1.13.01.12

Bogotá viva

160.000.000,00

3.3.1.13.01.12.0295

Creación y apoyo a escuelas de formación artística y Eventos Integrales.

60.000.000,00

3.3.1.13.01.12.0297

Masificación de actividad recreodeportivas y culturales.

100.000.000,00

3.3.1.13.01.14

Toda la vida integralmente protegidos

76.400.596,00

3.3.1.13.01.14.0299

Programas integrales para familias.

76.400.596,00

3.3.1.13.02

Derecho a la ciudad

100.000.000,00

3.3.1.13.02.27

Bogotá espacio de vida

100.000.000,00

3.3.1.13.02.27.0304

Adecuación, embellecimiento y dotación de zonas verdes y parques de la Localidad.

100.000.000,00

3.3.1.13.04

Participación

350.000.000,00

3.3.1.13.04.38

Organizaciones y redes sociales

350.000.000,00

3.3.1.13.04.38.0312

Adquisición, adecuación, construcción y dotación de salones Comunales y organizaciones sociales.

350.000.000,00

3.3.6

OBLIGACIONES POR PAGAR

-1.407.618.195,00

4

DISPONIBILIDAD FINAL

0,00

ARTICULO TERCERO: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D. C., a los diecisiete (17) días de mes de junio de dos mil nueve (2009)

LEONOR GUATIBONZA VALDERRAMA

Alcaldesa Local de Engativá

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 4227 de junio 19 de 2009.