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RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA 8 DE 2012 (Abril 17) Derogada por el art. 5, Resolución Contraloría Distrital 038 de 2013 "Por la cual se adopta la nueva versión de algunos procedimientos relacionados con el Proceso de Prestación de Servicio Macro de la Contraloría de Bogotá, D.C." EL CONTRALOR DE BOGOTÁ D.C. En ejercicio de sus atribuciones legales y en especial las que le confiere el Acuerdo 361 de 2009 y CONSIDERANDO: Que de conformidad con el artículo 269 Constitucional, es obligación de las autoridades públicas diseñar y aplicar en las entidades públicas, métodos y procedimientos de control interno, según la naturaleza de sus funciones, de conformidad con lo que disponga la ley. Que el artículo 4 de la Ley 87 de 1993 "por la cual se establecen normas para el ejercicio del control interno en las entidades y organismos del Estado y se dictan otras disposiciones" establece que se deben implementar elementos para orientar la aplicación del control interno, entre ellos: la definición de políticas como guías de acción y procedimientos para la ejecución de los procesos, aplicación de las recomendaciones resultantes de las evaluaciones del control interno y simplificación y actualización de normas y procedimientos. Que el Modelo Estándar de Control Interno – MECI, adoptado en la Contraloría de Bogotá mediante la Resolución Reglamentaria 013 de 2006, contiene entre otros elementos de control del Subsistema de Control de Gestión, los procedimientos y el manual de procedimientos como una guía de uso individual y colectivo que permite el conocimiento de la forma como se ejecuta o desarrolla su función administrativa, propiciando la realización del trabajo bajo un lenguaje común a todos los servidores públicos. Que el Acuerdo 361 del 6 de enero de 2009, "Por el cual se organiza la Contraloría de Bogotá, D. C., se determinan las funciones por dependencias, se fijan los principios generales inherentes a su organización y funcionamiento y se dictan otras disposiciones", en su artículo 6 establece: "En ejercicio de su autonomía administrativa le corresponde a la Contraloría de Bogotá, D.C., definir todos los aspectos relacionados con el cumplimiento de sus funciones en armonía con los principios consagrados en la Constitución, las leyes y en este Acuerdo". Que mediante la Resolución Reglamentaria No. 017 de junio 16 de 2010, se creó el Procedimiento para la Formulación, Implementación, Control y Seguimiento del Observatorio de Control Fiscal y Vigilancia de las Políticas Públicas y se adoptó la nueva versión de algunos procedimientos relacionados con el Proceso de Prestación de Servicio Macro de la Contraloría de Bogotá, entre ellos el Procedimiento para la Elaboración, Ejecución, Modificación, Control y Monitoreo del Plan Anual de Estudios PAE y el Procedimiento para la Elaboración de Pronunciamientos. Que es necesario adoptar una nueva versión de los procedimientos: "para la Elaboración, Ejecución, Modificación, Control y Monitoreo del Plan Anual de Estudios PAE" y "para la Elaboración de Pronunciamientos", a fin de ajustarlos y subsanar las No Conformidades detectadas en la Auditoría Interna de Calidad, acordadas en reunión de equipo de análisis del Proceso Macro. Que teniendo en cuenta el concepto de mejora establecido en las Normas Técnicas de Calidad NTC ISO 9001:2008 y NTC GP 1000:2009 y para facilitar el cumplimiento de las funciones establecidas por el Acuerdo 361 de 2009 a la Dirección de Economía y Finanzas Distritales y a las subdirecciones que la integran y que hacen parte del Proceso de Prestación del Servicio Macro, se requiere modificar el nombre y actualizar el Procedimiento para la formulación, implementación, control y seguimiento del observatorio de control fiscal y vigilancia de las políticas públicas. En mérito de lo expuesto, este Despacho; RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Modificar el nombre del "Procedimiento para la formulación, implementación, control y seguimiento del observatorio de control fiscal y vigilancia de las políticas públicas" por "Procedimiento para la adopción, puesta en marcha, generación y socialización de los productos del observatorio de control fiscal y vigilancia de las políticas públicas". ARTÍCULO SEGUNDO: Adoptar la nueva versión de los siguientes procedimientos relacionados con el Proceso de Prestación de Servicio Macro:
ARTÍCULO TERCERO: Es responsabilidad de los directores, subdirectores, jefes de oficinas y coordinadores de grupos especiales, velar por la administración y divulgación de los procedimientos adoptados.ARTÍCULO CUARTO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial los ítems 1, 2 y 12 del artículo tercero de la Resolución Reglamentaria 017 de Junio 16 de 2010. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Bogotá, D. C., a los 17 días del mes de abril del año 2012. DIEGO ARDILA MEDINA Contralor de Bogotá D.C. HISTORIAL DE CAMBIOS
FORMATO CÓDIGO 1002002 PROCEDIMIENTO PARA LA ELABORACIÓN, EJECUCIÓN, MODIFICACIÓN, CONTROL Y MONITOREO DEL PLAN ANUAL DE ESTUDIOS - PAE CÓDIGO: 3003 VERSIÓN No. 7.0 FECHA: 08 de Marzo de 2012
1. OBJETIVO: Establecer los pasos necesarios para la construcción del PAE, con el propósito de contar con la herramienta de planeación del proceso prestación de servicio Macro. 2. ALCANCE: El procedimiento inicia con "Analizan los lineamentos de los procesos de Orientación Institucional, Enlace con los Clientes y Proceso de Prestación de Servicio Macro" y termina con "Aplica procedimiento para el Control de Documentos Internos del SGC." 3. BASE LEGAL: Acuerdo 361 del 6 de enero de 2009: "por el cual se organiza la Contraloría de Bogotá, D. C., se determinan las funciones por dependencias, se fijan los principios generales inherentes a su organización y funcionamiento y se dictan otras disposiciones". 4. DEFINICIONES PLAN ANUAL DE ESTUDIOS (PAE): Es el documento mediante el cual se planean los estudios y/o informes de carácter obligatorio, estructural, sectorial y pronunciamientos, para ser desarrollados durante el ejercicio del control fiscal de una vigencia, contiene los lineamientos dados por Macro para los insumos que se requieren del proceso Micro. Los demás informes que se realicen durante la vigencia, que no se planearon al inicio del año, serán inventariados e incorporados en un anexo, el cual formará parte del Informe de Gestión del PPS-Macro con corte a 31 de diciembre de la respectiva vigencia. NOTA: Los pronunciamientos que realicen las demás dependencias se incorporarán en el anexo mencionado. SEGUIMIENTO: Conjunto de actividades mediante las cuales se evalúa el cumplimiento de los lineamientos dados en el PAE, como también la realización de los informes del PAE. 5. REGISTROS * Memorando y/o confirmación de entrega de correo electrónico * Actas de comité directivo * Plan Anual de Estudios – PAE * Plan de trabajo detallado * Confirmación de entrega de correo * Formato de seguimiento a los lineamientos dados en el plan anual de estudios- PAE. * Matriz de seguimiento al PAE. * Formato de solicitud de prórroga y/o modificación al PAE. 6. ANEXOS: * Seguimiento a los lineamientos dados en el plan anual de estudios- PAE (Formato código 3003001). * Matriz de Seguimiento al PAE (Formato código 3003002). * Solicitud de prórroga y/o modificaciones al PAE (Formato código 3003003). 7. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO:
FORMATO DE SEGUIMIENTO A LOS LINEAMIENTOS DADOS EN EL PLAN ANUAL DE ESTUDIOS - PAE SUBDIRECCIÓN: __________________________________________________________ PRODUCTO O INFORME:_____________________________________________________ FECHA: ____________________________________________________________________
______________________ ______________________ ______________ NOMBRE CARGO FIRMA FORMATO CODIGO: 3003001 INSTRUCTIVO PARA EL DILIGENCIAMIENTO DEL SEGUIMIENTO A LOS LINEAMIENTOS DADOS EN EL PLAN ANUAL DE ESTUDIOS – PAE Subdirección: Escriba aquí el nombre de la Subdirección que hace el seguimiento. Producto o informe: Escriba el nombre del informe que requiere los insumos de Micro, de acuerdo a los lineamientos dados en el PAE. Fecha: Escriba la fecha real en la cual se efectúa el seguimiento. Lineamientos dados en el PAE: En esta columna se presentan los lineamientos dados en el PAE para los informes. Sectores de Fiscalización: Escriba el nombre del sector al cual le hace seguimiento. Acciones correctivas u observaciones: Registrar las acciones correctivas en el caso de encontrar diferencias, si es necesario dejar las observaciones que considere pertinentes. MATRIZ DE SEGUIMIENTO AL PAE SUBDIRECCION: __________________________________________________ FECHA DE SEGUIMIENTO: _________________________________________
Nombre: __________________Cargo_________________Firma___________________ FORMATO CÓDIGO 3003002 INSTRUCTIVO PARA EL DILIGENCIAMIENTO DE LA MATRIZ DE SEGUIMIENTO AL PAE Subdirección: Escriba aquí el nombre de la Subdirección a que pertenece el producto o estudio al cual se le está efectuando seguimiento. Fecha: Escriba la fecha real en la cual efectúa el seguimiento. Columna de Estudio/Informes: Escriba allí si se trata de un estudio estructural, sectorial o de un informe obligatorio. Columna correspondiente a la etapa: Determine si se trata de Planeación, Ejecución o Informe. Fecha de inicio programada: Escriba la fecha acordada para dar inicio al estudio o elaboración de producto. Fecha de terminación programada: Escriba aquí la fecha establecida en el horizonte del PAE para la terminación. Fecha real de inicio: Escriba la fecha real en que se inicio el estudio o producto y anexe motivos del por qué el cambio. Fecha real de terminación: Escriba en este campo la fecha real en que se terminó el trabajo. Porcentaje de avance: Escriba en este campo el porcentaje de avance que realmente tenga el estudio o producto. Para la determinación del porcentaje de avance, se hace necesario tener en cuenta la etapa a la cual se refiere las cuales se van desarrollando en su orden y de acuerdo a la siguiente ponderación dentro de los rangos: hasta el 20% planeación, del 21% al 80% ejecución y el informe del 81% al 100%. Número de funcionarios programados para la ejecución: Escriba el número de funcionarios programados para la ejecución: Número de funcionarios ejecutores: Escriba el número real de funcionarios que efectuaron la labor. Pronunciamientos realizados: Establezca si generó o no pronunciamiento en el transcurso de la ejecución. Observaciones: Escriba aquí todas las observaciones que en su momento vengan al caso. Así mismo, es obligatorio para el producto ejecutado en un 100% especificar en esta columna los clientes o partes interesadas a quienes se les comunicó dicho informe. FORMATO DE SOLICITUD DE PRORROGA Y/O MODIFICACIONES AL PAE
*: (I, E, P): I = Inclusión de actuación. E = Exclusión de actuación. P = Prórroga de la presentación de informes. DIRECCIÓN TECNICA SECTORIAL Elaboró Subdirectores de Economía y Finanzas Distritales y Subdirector de Fiscalización Gestión Pública Ambiental: _____________________ Firma: _____________________________ Aprobó Director de Economía y Finanzas Distritales __________________________ Firma: _________________________ Fecha de Aprobación: _________________________ FORMATO CÓDIGO 3003003 INSTRUCTIVO PARA EL DILIGENCIAMIENTO DEL FORMATO DE SOLICITUD DE PRORROGA Y/O MODIFICACION AL PAE Dependencia: Escriba aquí la Subdirección a que pertenece el producto o estudio al cual se le requiere efectuar modificación. Nombre del informe: Escriba el nombre del informe y entre paréntesis si se trata de un informe estructural, sectorial, obligatorio o pronunciamiento. Tipo de modificación: I Inclusión de actuación. E = Exclusión de actuación. P = Prórroga de la presentación de informes. Justificación: Escriba de manera sucinta las razones que conllevan a realizar la modificación. Fecha programada de iniciación: Escriba la fecha de inicio acordada o modificada para la elaboración del informe. Fecha programada de terminación: Escriba la fecha de terminación acordada o modificada para la elaboración del informe.
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PROCEDIMIENTO PARA LA ELABORACIÓN DE PRONUNCIAMIENTOS CÓDIGO: 3004 VERSIÓN No. 8.0 Fecha: 08 de Marzo de 2012
1. OBJETIVO(S): Establecer los pasos necesarios para la elaboración de pronunciamientos que se realicen en el transcurso de la vigencia. 2. ALCANCE: El procedimiento inicia con: "Ordenar la elaboración de pronunciamientos sobre un tema específico" y termina con "Publica en página Web el pronunciamiento". 3. BASE LEGAL: Acuerdo 361 del 6 de enero de 2009: "por el cual se organiza la Contraloría de Bogotá, D. C., se determinan las funciones por dependencias, se fijan los principios generales inherentes a su organización y funcionamiento y se dictan otras disposiciones". 4. DEFINICIONES PRONUNCIAMIENTOS: Comunicación suscrita por el Contralor de Bogotá, dirigida a los clientes y/o partes interesadas, donde se fija una posición, se emite concepto técnico o se realizan recomendaciones sobre temáticas de carácter macro fiscal, sectorial, de impacto social, o en temas que se originen en proyectos de Acuerdo para debates en el Concejo de Bogotá. 5. REGISTROS * Memorando o correo electrónico * Esquema del pronunciamiento. * Memorando * Planilla de seguimiento y/o actas de mesa de trabajo. 6. ANEXOS: * Instructivo para la elaboración del esquema de pronunciamiento (formato código 3004001). * Planilla de seguimiento (formato código 3004002). 7. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO:
INSTRUCTIVO PARA LA ELABORACION DEL ESQUEMA DEL PRONUNCIAMIENTO 1. Elaborar carátula del Esquema de Pronunciamiento, así:DIRECCIÓN ___________________ SUBDIRECCIÓN ________________ GAF: ________________ NOMBRE DEL PRONUNCIAMIENTO: _______________________________________ RESPONSABLE: _______________________________________ ELABORADO POR: ___________________ ___________________ _________________ NOMBRE CARGO FIRMA REVISADO Y APROBADO POR: ___________________ ___________________ _________________ NOMBRE CARGO FIRMA FECHA DE APROBACIÓN: DÍA _________ MES _________ AÑO ________ NÚMERO DE FOLIOS: __________ 2. Los esquemas de pronunciamiento que se elaboren, deberán contener como mínimo los siguientes aspectos: 2.1 OBJETIVOS: Es el fin o propósito bajo el cuál se desarrolla un estudio. Explica el porque y para que se va a realizar el pronunciamiento. 2.2 METODOLOGÍA: Es la descripción racional de los elementos que se utilizarán para el desarrollo de los objetivos del pronunciamiento. Define los procedimientos técnicos en forma ordenada para el levantamiento de la información, el tratamiento y el análisis sistemático de la misma. 2.3 CAPITULACIÓN PRELIMINAR: Es un proyecto de las secciones que llevará el pronunciamiento. Ello indica el orden y la fuerza de la argumentación que la sustentará. 2.4 CONCLUSIONES PRELIMINARES: Es una lista sumaria y provisional de los resultados del análisis que desarrollará el pronunciamiento teniendo en cuenta sus implicaciones en materia de control fiscal y/o de evaluación de la política implicada en la temática específica que trata el pronunciamiento. FORMATO CÓDIGO 3004001 MODELO PLANILLA DE SEGUIMIENTO PROCESO PRESTACIÓN DE SERVICIO MACRO Y / O MICRO PAE: PLANILLA DE SEGUIMIENTO (1). NOMBRE DEL INFORME: ______________________________________________ (2). TIPO DE INFORME: ___________________________________________________ (3). DEPENDENCIA RESPONSABLE: ________________________________________ (4). NOMBRE DEL RESPONSABLE: _________________________________________
(9) Nombre subdirector: ________________________ Firma: ___________________ FORMATO CÓDIGO 3004002 INSTRUCCIONES DE DILIGENCIAMIENTO MODELO PLANILLA DE SEGUIMIENTO. (1) Titulo del informe (2) Pronunciamiento (3) Corresponde a la dependencia responsable de su elaboración. (4) Nombre del jefe responsable (5) Fecha en que el jefe de la dependencia responsable elaboró el seguimiento. (6) Nombre de los funcionarios que realizaron las actividades. (7) Detalle de las tareas realizadas en forma breve. (8) Detallar desviaciones o incumplimientos de actividades programadas. (9) Nombre y firma del jefe de la dependencia que realizó el seguimiento. HISTORIAL DE CAMBIOS
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PROCEDIMIENTO PARA LA ADOPCIÓN, PUESTA EN MARCHA, GENERACIÓN Y SOCIALIZACIÓN DE LOS PRODUCTOS DEL OBSERVATORIO DE CONTROL FISCAL Y VIGILANCIA DE LAS POLÍTICAS PÚBLICAS CÓDIGO DEL PROCESO: 3020 VERSIÓN No. 2.0 FECHA: 08 de Marzo de 2012
1. OBJETIVOS 1. Establecer los pasos necesarios para la adopción y puesta en marcha de un observatorio como sistema de información específico que facilite el control fiscal, seguimiento y vigilancia de las políticas públicas, entendidas como las acciones de gobierno en el desarrollo, de programas, proyectos y decisiones de la administración distrital, que abordan fenómenos sociales, estructurales de alta incidencia en la ciudad capital y su entorno. 2. Implantar los pasos necesarios para la elaboración, aprobación y socialización de los productos del observatorio de control fiscal, seguimiento y vigilancia de las políticas públicas. 2. ALCANCE El procedimiento inicia con "Comunica periódicamente los lineamientos y las directrices sobre el alcance del observatorio" y termina, con Publica en la página Web de la Contraloría de Bogotá, los productos remitidos por el Director de Economía y Finanzas Distritales. 3. BASE LEGAL Acuerdo 361 del 6 de enero de 2009, "Por el cual se organiza la Contraloría de Bogotá, D. C., se determinan las funciones por dependencias, se fijan los principios generales inherentes a su organización y funcionamiento y se dictan otras disposiciones", y los siguientes artículos: * Artículo 3, Objetivos: el numeral 4 establece: "Evaluar el cumplimiento y conformidad de las acciones de la administración distrital en sus diferentes niveles y sectores con los objetivos, planes, programas y proyectos que constituyen en un período determinado, las metas y propósitos de la administración; realizar el balance social de las políticas públicas del Distrito Capital". * Artículo 27, Nivel macro de la vigilancia de gestión fiscal: "Comprende la vigilancia de la gestión fiscal, la consolidación de análisis y resultados y situaciones en que se encuentran y desarrollan las finalidades de la actuación pública del Distrito Capital, tanto a escala general y por localidades, como por sectores de actividad". * Artículo 55, numeral 15: Funciones de la Dirección de Economía y Finanzas Distritales: entre ellas esta la de "Propender por el desarrollo, optimización y difusión de las metodologías diseñadas en la Dirección, para la medición y evaluación del desempeño macro de la Administración Distrital, en lo financiero, presupuestal, contable, social, ambiental, de gestión y de política pública". * Artículo 56, numerales 3, 4, 6 7, 8, 9 y 10, Funciones de la Subdirección de Evaluación Sectorial, Planes de Desarrollo y Políticas Públicas: estas son, entre otras: "Realizar el seguimiento a la inversión sectorial, verificando el nivel de ejecución real, georeferenciándola territorialmente y advirtiendo el impacto social y la afectación en las políticas públicas que se pretenden impactar". "Dirigir la elaboración y permanente actualización del banco de datos y/o hoja de vida de los sectores objeto de fiscalización, con el fin de elaborar estadísticas sectoriales y de coadyuvar en la compilación de las Estadísticas Fiscales del Sector Público Distrital que elabora la entidad". "Formular indicadores y metodologías de tipo sectorial que permitan evaluar el desempeño de las políticas públicas y la intervención del Sector Público Distrital en el sector respectivo, evaluando los resultados de estos indicadores, como mecanismo de verificación del cumplimiento de las metas distritales". "Realizar el análisis DOFA de cada sector, que permita formular los mapas de riesgo de cada uno de ellos, para orientar las acciones prioritarias de vigilancia fiscal, como las propuestas y recomendaciones pertinentes". "Suministrar a las direcciones de fiscalización el diagnóstico sectorial y subsectorial de cada uno de los sectores". "Asegurar a través de los estudios desarrollados en la Subdirección y en coordinación con otras subdirecciones, la evaluación del impacto social generado por la inversión pública en la ciudad y la consistencia del Plan de Desarrollo con el Plan de Ordenamiento Territorial". "Asegurar a través de los estudios desarrollados en la Subdirección, la evaluación de desempeño de la gestión fiscal y de los programas de política pública sectoriales, en su formulación, implementación y resultados, como también del impacto en la solución de las problemáticas, en las cifras macroeconómicas del Distrito y como herramienta para la toma de decisiones de la Administración Distrital, respecto de las acciones, metas y los recursos de las políticas públicas y del Plan de Desarrollo". 4. DEFINICIONES 4.1. DEFINICIONES PARA LA ADOPCIÓN Y PUESTA EN MARCHA OBSERVATORIO: herramienta donde se capturan, examinan, analizan y procesan datos e información acerca de una realidad social, en un contexto y período de tiempo determinado. Se constituye, a partir de datos estadísticos, cuantitativos y cualitativos, para construir diagnósticos y documentos analíticos, cuyo objeto es aportar insumos que permitan la comprensión de los fenómenos sociales y las decisiones de gobierno que afectan a una población determinada. En este sentido, los datos procesados y los documentos producidos son esenciales para los tomadores de decisiones y los hacedores de políticas. OBSERVATORIO DE CONTROL FISCAL Y VIGILANCIA DE LAS POLÍTICAS PÚBLICAS: es una herramienta estadística conformada por el conjunto de bases de datos de la Dirección de Economía y Finanzas, debidamente organizadas y articuladas por un grupo especial de funcionarios adscritos a las Subdirecciones de Evaluación Sectorial, Planes de Desarrollo y Políticas Públicas, Análisis Financiero, Presupuestal y Estadísticas, y de Estudios Fiscales, Económicos y Sociales de Bogotá, dependencias encargadas de alimentar, hacer seguimiento a los datos y a la información construida de los sectores de la administración distrital, a partir de la información reportada y debidamente auditada de los sujetos de control así como de otras fuentes primarias o secundarias relacionadas con los temas sectoriales, como insumos para producir informes obligatorios, documentos y pronunciamientos, en el contexto de políticas públicas, abordando temas estructurales y estratégicos de la ciudad en desarrollo de las funciones de control fiscal. MONITOREO: seguimientos de la información que proveen las fuentes oficiales (Contraloría de Bogotá, Secretaria Distrital de Planeación, Secretaria distrital de Hacienda) centros de investigación tanto oficiales como privados), generando series estadísticas que permitan comparar e inferir la evolución de las variables de estado en el tiempo y comportamiento de los sectores de la administración. SECTOR: estructura administrativa del Distrito Capital, del nivel superior dependiente del Alcalde Mayor, responsable de la gestión de los organismos y entidades estatales del D. C., establecidas por el Decreto 257 de 2006. SECTOR DEL GASTO: categoría establecida por la teoría económica que dice del conjunto de recursos asignados por el estado según sea sus fuentes, e incidencia en la distribución de la renta, la riqueza y el nivel de actividad económica. Sus ramas se definen como: financiación, asignación, distribución y estabilización. VARIABLE: propiedad y/o característica, que refleja la situación y/o el comportamiento de los hechos más importantes en materia de productos, funciones, retos con la ciudad, en cada uno de los sectores. INDICADOR: relación matemática de diferentes datos de una variable, que busca mostrar un fenómeno presente en el sector, en la administración o en la ciudad. También son llamados índices, aunque no todo indicador es un índice, pues estos últimos son un tipo particular de indicador. DATO: cifras o números con los que se pueden hacer comparaciones en el tiempo, construir indicadores, elaborar tablas y realizar análisis sobre hechos relevantes en el comportamiento del sector, beneficiarios de proyectos, programas o políticas públicas. 4.2. DEFINICIONES PARA LA ELABORACIÓN DE LOS PRODUCTOS PRODUCTOS DEL OBSERVATORIO: Son el conjunto de información organizada en matrices, tanto del plan de desarrollo como del balance social, estadísticas socioeconómicas y presupuestales, boletines, informes, pronunciamientos y documentos sobre políticas públicas y comportamiento de la deuda pública. MATRICES: Herramienta que integra datos por filas y columnas que refleja hechos o comportamiento de las variables del Balance social y Plan de Desarrollo Distrital. BOLETÏN: Instrumento de divulgación de artículos o ensayos sobre temas referidos a las funciones de las subdirecciones que componen la Dirección de Economía Finanzas. ESTADISTICAS: Conjunto de datos organizados sobre diferentes tópicos del control fiscal macro objeto de las funciones de las subdirecciones que componen la Dirección de Economía y Finanzas. 5. REGISTROS Memorando en medio físico o electrónico y/o Acta de reunión de seguimiento Matriz de Plan de Desarrollo. Matriz de Balance Social, Fichas de indicadores por sector, estadísticas fiscales, cuadros de presupuesto. Producto aprobado. Acta reunión de seguimiento al producto y/o, correo de envío de información Comunicación en medio físico o electrónico. 6. ANEXOS Anexo 1: Matriz de Evaluación del Plan de Desarrollo Distrital (Formato código 3020001). Anexo 2: Matriz para el seguimiento del Balance Social (Formato código 3020002). Anexo 3: Ficha Técnica de Indicadores Sectoriales (Formato código 3020003). 7. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO 7.1. PROCEDIMIENTO PARA LA ADOPCIÓN Y PUESTA EN MARCHA DEL OBSERVATORIO
7.2. PROCEDIMIENTO PARA LA ELABORACIÓN DE LOS PRODUCTOS
ANEXO 1: MATRIZ DE EVALUACIÓN PLAN DE DESARROLLO DISTRITAL FORMATO CÓDIGO 3020001 ANEXO 1: MATRIZ DE EVALUACIÓN PLAN DE DESARROLLO DISTRITAL INSTRUCTIVO Herramienta electrónica, que recoge las variables más destacadas del Plan de Desarrollo Distrital en cada sector, relacionadas con las políticas públicas, programas y proyectos, en materia de ejecución física y presupuestal. Para su diligenciamiento se debe tener en cuenta el siguiente instructivo: Funcionario responsable: nombre del funcionario que diligencia el formato. Sector administrativo: sector de la administración al que pertenece la entidad sujeto de control. Sujeto de control entidad objeto de evaluación sobre la ejecución del plan de desarrollo. Período de evaluación: hace referencia a la vigencia objeto de evaluación del plan de desarrollo. Objetivo estructurante: se refiere a los objetivos estructurantes del plan de desarrollo "Bogotá Positiva" en los que participa el sujeto de control en evaluación. Programa: se refiere a los programas en los que participa la entidad objeto de evaluación. Metas plan: se hace referencia a las metas del plan de desarrollo en las que participa la entidad. Proyectos de inversión: se refiere a los proyectos de inversión formulados por la entidad, para ejecutar las metas plan descritas. Número del proyecto: código asignado al proyecto. Descripción del proyecto: objetivo general del proyecto. Metas del proyecto de inversión dirigidas a la metas plan de desarrollo: descripción de las metas formuladas en los proyectos descritos en el numeral 8.1. dirigidas a ejecutar las metas plan de desarrollo. Apropiación presupuestal de las metas que ejecutan las metas plan: Programado: asignación disponible a las metas descritas en el numeral (9). Ejecutado: presupuesto total ejecutado de la asignación disponible a las metas descritas en el numeral (9). Ejecución física de las metas que ejecutan la meta plan de desarrollo Programado: magnitud programada de la metas descritas en el numeral (9). Ejecutado: magnitud ejecutada de la programada en el numeral 11.1 ANEXO 2 MATRIZ PARA EL SEGUIMIENTO DEL BALANCE SOCIAL FORMATO CÓDIGO 3020002 ANEXO 2 MATRIZ PARA EL SEGUIMIENTO DEL BALANCE SOCIAL. INSTRUCTIVO Instrumento electrónico en Excel, que contiene los componentes más importantes establecidos en la metodología para el "Informe de Balance Social y Evaluación de las Políticas Públicas del D.C." de las entidades sujetos de control obligadas a presentarlo referidos a los resultados propiamente dichos, contiene: Nombre del funcionario que diligencia el formato: Persona de la Subdirección de Evaluación Sectorial que hace seguimiento al informe y al sector. Sector: Se apunta en el formato el nombre de estructura político administrativa del D.C. a la que corresponda el sujeto de control que entrega el informe. Entidad: Sujeto de control del Distrito Capital a la cual se le hace seguimiento al informe de Balance Social. Acciones Formuladas: Agrupa las respuestas previstas en los objetivos de los proyectos, programas o en las problemáticas identificadas. Potenciales beneficiarios: contiene las poblaciones o sectores sociales, directamente afectados por la problemática identificada, entendido como el universo de beneficiarios. Acciones Realizadas: Señala las acciones ejecutadas por el sujeto de control frente a los problemas identificados. Cumplimiento Físico: Da cuenta del avance o no de los resultados medibles de las acciones, con relación a lo programado según las metas de proyectos, metas plan y/o metas de ciudad según sea lo pertinente. Ejecución Presupuestal por Meta: Contiene el cumplimiento en la ejecución de los presupuestos programados por periodo para cada uno de los proyectos (meta) o acciones que se ejecutan para la atención de los problemas. Unidades de Focalización Programadas: Contiene las unidades de focalización programadas para ser atendidas por el sujeto de control. Unidades de Focalización Atendidas: Señala las unidades de focalización atendidas por el sujeto de control con base en cada uno de los problemas identificados. Unidades de Focalización sin Atender: Relaciona las unidades de focalización no atendidas por el sujeto de control, también la resta de los potenciales beneficiarios, menos las unidades de focalización atendidas. Observaciones: contiene los análisis y observaciones del evaluador del balance social FORMATO CÓDIGO .3020002 Anexo 3: Ficha Técnica del Indicador
ANEXO 3: FICHA TÉCNICA DEL INDICADOR INSTRUCTIVO Es la hoja de vida con los datos más relevantes de las variables de estado y comportamiento del respetivo sector, relacionados de manera matemática, estableciendo su trazabilidad. Tiene tres componentes: los datos generales, las características del indicador y la fuente de información. Nombre del formato. Ficha técnica del indicador. Nombre. Se escribe el nombre del indicador. Por ejemplo: índice de calidad de vida. Características del indicador. Entrega la información relevante que le da identidad al indicador. Sector: Señala el sector de la administración distrital al cual pertenece la variable de estado o comportamiento. Entidad. Contiene la institución distrital que aporta o valida los datos, con los que se construye el indicador. Tipo de indicador. Se han establecido tres tipos de actividad que da cuenta de los niveles de eficiencia, de lo realizado; de producto que se orienta a valorar la efectividad de los hechos con relación a las funciones y productos que tiene la entidad y finalmente de resultado, que mide la eficacia de lo realizado frente a lo promovido como efecto de las acciones. Descripción. Se detalla en la fila las particularidades que dan fisonomía propia al indicador, lo pinta con palabras. Objeto del Indicador. Se anota la intención o propósito de la formulación del indicador, lo que se quiere medir. Fórmula o expresión matemática del indicador. Contiene el o los numeradores y denominadores y las operaciones matemáticas que dan cuenta de lo que se quiere medir o comparar. Ejemplo déficit cuantitativo de vivienda = hogares con vivienda / total de hogares. Datos necesarios para construir el indicador. Conjunto de cifras requeridos para construir el indicador. Ejemplo hogares con vivienda y total de hogares en el distrito capital en el período de análisis. Normatividad regulatoria o valor de referencia. Se escribe las normas legales o parámetros preestablecidos para el indicador señalado. Frecuencia. Periodicidad con la que se puede construir el indicador, como consecuencia de la temporalidad con la que se generen los datos. Fuente de Información. Aporta diversas referencias para establecer la idoneidad de la fuente de la cual se obtienen los datos. Sistema de información o recolección de la información. Espacio para escribir de donde proviene la información. Ejemplo: SEGPLAN sistema de evaluación, gestión y seguimiento al plan de desarrollo. Fuente de información (Entidad responsable del indicador). Institución pública o privada, nacional o internacional que genera el indicador. Entidad. Institución distrital relacionada directamente con el indicador. Unidad encargada. Dependencia de la entidad que aporta, genera o maneja la información o el indicador. Funcionario. Servidor público o contratista con funciones análogas que facilita la información. Teléfono. Número de celular o fijo para comunicarse con el funcionario facilitador de la información. Correo Electrónico. Dirección electrónica institucional o personal del funcionario facilitador de la información. Sitio en Internet. Pagina web en la que se puede acceder a la información o al indicador. 22. Funcionario quien diligencia. Servidor público de la Contraloría de Bogotá que llena la ficha técnica del indicador. NOTA: Publicada en el Registro Distrital 4878 de abril 20 de 2012 |
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